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Importancia
de la economía digital
Sogari, Elena Isabel
Facultad de Derecho, Cs. Sociales y Políticas - UNNE.
Salta 459 - (3400) Corrientes - Argentina.
E-mail: [email protected]
ANTECEDENTES
Corresponde explicar las razones que me han movido a poner aquí el acento en el fenómeno de la Economía digital, la
razón es que vivimos una era de profundos cambios económicos, sociales, culturales.
El siglo XX ha sido testigo de innumerable descubrimientos, inventos, revoluciones, pero en los ultimas décadas han
sido trascendentales el desarrollo de la industria de la tecnología y la informática es Internet;.
La aparición de las computadoras, tienen más de cuarenta años, con la unión de las computadoras y las redes de
comunicación se han convertido, en instrumento importantisimo, tanto para el usuario como para las actividades de
negocios y de consumo. Porque ha permitido a todas las personas del mundo comunicarse en cuestión de segundos y
desde la óptica comercial.
Con la inserción de las nuevas tecnologías de la informatización han comenzado y estimulado a la creación de recientes
estructuras organizativas y con la aparición de la World Wide Web, está surgiendo un entorno de negocios totalmente
nuevo, debido a que mediante los medios electrónicos se ofrecen bienes y servicios a un mayor número de personas.
El poder World Wide Web cuenta con un modelo simple para compartir datos digitales que está conformada a partir
del Internet, es un nexo entre la computación y la red de comunicaciones. La comunicación de red es en verdad la
primera oportunidad , para la gente que desea o necesita abstener acceso a la información en la red, con el fin de
realizar negocios será muy fácil y a un costo significativamente menor. Esta nueva manera de realizar transacciones
comerciales a través de Interner ha recibido el nombre de comercio electrónico.
Uno se preguntará que es el comercio electrónico es un “ conjunto de transacciones comerciales y financieras realizadas
por medios electrónicos, incluyendo texto, sonidos e imagen”.
Es decir que hoy en día la computadora se crea en torno de la economía y la facilidad de uso, para concretar
operaciones de compra y venta, negociación, información de referencia comercial, intercambio de documentos, acceso a
la información de servicios de apoyo ( aranceles, seguros, transportes), son formas de contratación Contemporáneas.
Las comunidades de negocios electrónicos son una nueva forma de organización comercial que surgió con la tecnología
digital. Con el propósito de reducir los costos de la cadena de suministros y responder con mayor rapidez a las
demandas del usuario final, las comunidades de compañías utilizan redes para negociar entre sí y crear productos y
servicios que hacen uso muchos participante. Un famoso economista Ronald Coase preguntó por qué existen las
empresas y la respuesta tiene que ver con el costo y los retos de manejar la información.
En este entorno centrado en el consumidor, el individuo dirige el contenido. En una era de sobrecarga de información,
cada necesidad será diferente. Los lectores del futuro solamente estarán interesados en los asuntos que les serán más
relevantes en cualquier momento dado. Cada solicitud de información será única, lo cual crea la necesidad definitiva de
información uno a uno.
Esta nueva economía, la publicación electrónica convertida en desactualizada las revistas mensuales e incluso el
periódico diario, tan pronto como salga impreso. Esto podrá traer conflicto entre el dinamismo de la electrónica contra
los periódicos diarios.
Se sabe que el acto jurídico es un hecho jurídico, voluntario, lícito, con manifestación de la voluntad y efectos
queridos que respondan a la intención de los sujetos, destinado a crear, regular, modificar o extinguir relaciones
jurídicas conforme con el Derecho Objetivo. El contrato es un acto jurídico bilateral, porque es necesario el acuerdo de
voluntades de dos o más partes que tiene por objeto crear, regular, modificar o extinguir relaciones jurídicas de carácter
patrimonial.
Se puede apreciar, la manifestaciones de voluntades, es un elemento esencial , para que exista Contrato y/o actos
jurídicos.
Los contratos de contenido negocial, hay en su manifestación de voluntad una intención traslativa de interés sobre un
resultado determinado. Esa manifestación, puede ser exteriorizada en forma expresa o tácita, siendo para ello sus
medios comunes y tradicionales las cartas, el fax, el teléfono y otros.
Con el surtimiento de Internet y con la contratación electrónica han surgido múltiples cuestiones que el Dr. Andrés
Recalde Castells nos dice: a) validez y eficacia de las transacciones electrónicas; b) responsabilidad civil por el mal
funcionamiento de los sistemas electrónicos de transacciones de información; c) momentos y lugar de la perfección del
contrato; d) prueba de las declaraciones emitidas por vía electrónica; e) el cumplimiento de las obligaciones por
medios electrónicos y f) determinación del Derecho aplicable y la jurisdicción competente.
Los contratos electrónicos se produce un proceso especial , sin la presencia física de las partes contratantes , en este
ambiente de transformación jurídica, se puede decir que no es un requisito indispensable la presencia física para que
exista comunicación inmediata, porque pueden estar en comunicación directa sin estar dentro de una misma área
geográfica .
Lo importante será la existencia de recibos , a efectos que se puedan aplicar la teoría de recepción en la formación de
los contratos por medios electrónicos .De madera que se presume la recepción de la declaración del aceptante, cuando
éste recibe el recibo de su mensaje enviado electrónicamente conteniendo su aceptación de la oferta.
La seguridad es esencial para cualquier uso comercial , a medida que el comercio electrónico y las transacciones en
línea sean más sofisticadas y penetren más, la deberá evolucionar cerrando filas en busca de su cometido.
MARCO LEGAL
Actualmente existen jurisprudencias y doctrinas que tratan el temas.
CONTRATO- COMERCIO ELECTRONICO- INFORMATICA JURIDICA. LA LEY,1982-D, 134; LA
LEY,1985- A,579, Dj,984-241.
Jurisprudencias 27053
Sumario: La jurisdicción requerida para decidir en derecho un conflicto generado con motivo de la concertación de un
negocio jurídico, no debe tratar la cuestión limitando se a tomar conocimiento formal de lo pactado, encasillando según
la norma legal que en circunstancias normales mejor responda a la naturaleza del contrato y, resolviendo en
consecuencia, sino que debe recogerlo, aclararlo, integrarlo y aun corregirlo de acuerdo con lo que las partes
validamente pretendieron obtener, y justamente les corresponda. En caso contrario, los avances insospechados de la
cibernética, pueden llegar a terminar con la administración de justicia, dejando librado a la tarea de un eficiente analista
de sistemas la confección del programa adecuado que atienda a todos los requerimientos que los intereses vulnerados
pueden solicitar.
Los contratos informáticos, en caso de duda, se deben interpretar en contra del proveedor del servicio, quien debe
utilizar terminologías claras par no confundir al adquirente; recae sobre aquél una obligación de información y
consejo ( SC Mend. 5/2/90, LL1991- A-404).
CONCLUSION
•
La economía digital lo hayamos en el ciberespacio y no en el espacio geográfico, resolviendo aparentemente ( la
jurisdicción geográfica y la problemática de soberanía territorial).
•
Que política debe tomar el gobierno, para contar con leyes necesarias, con el fin de darle al públicos herramientas,
necesarias que puedan detectar el fraude y dar legitimidad a la identidad.
BIBLIOGRAFIA
1.
La Era de Negocios Electrónicos- Cómo generar Utilidades en la Economía Digital. Editora Nomos S.A
ColombiaAño2000
La contratación electrónicos: los supuestos “ contratos informáticos” y “ los contratos celebrados a través de
medios electrónicos”. Lorenzeitt, Ricardo Luis y Soto, Carlos Alberto. Bogotá, Temis, 2001.