Download moción - Senado
Document related concepts
Transcript
MOCIÓN. PROYECTO DE LEY QUE MODIFICA LA LEY GENERAL DE URBANISMO Y CONSTRUCCIÓN ESTABLECIENDO NORMAS SOBRE CUBIERTAS ECOLÓGICAS. Considerando: 1.- Lo establecido en el número 8 del artículo 19 de la Constitución de la República, el cual consagra “El derecho a vivir en un medio ambiente libre de contaminación. Es deber del Estado velar para que este derecho no sea afectado y tutelar la preservación de la naturaleza”. 2.- La experiencia y los antecedentes que existen acerca de los beneficios ambientales que genera la colocación de vegetación apropiada en los sectores desprovistos de ella y donde resulte posible en los centros urbanos. En tal contexto se destacan las denominadas “Cubiertas Ecológicas”, consistentes en capas de vegetación ubicadas en los techos y fachadas laterales de edificios, las que además de mejorar la calidad del proyecto inmobiliario para sus usuarios, embellecen la ciudad y aportan sustantivamente a la descontaminación de zonas que se encuentran afectadas por una alta emisión de sustancias contaminantes del aire. 3.- El trabajo desarrollado por la Arquitecto Karin Soto Cox, a partir del cual se constatan las siguientes ventajas concretas de las referidas cubiertas ecológicas: Logran filtrar de partículas contaminantes, mejorando la composición del aire. Moderan el efecto urbano de isla de calor, ya que al retener la humedad y soltarla al ambiente en forma gradual, mantienen una temperatura más uniforme a lo largo del día. Sedimentan el polvo, al lograr filtrar las partículas en suspensión, principalmente durante las lluvias, dependiendo de la profundidad del suelo. Reducen el riesgo de inundaciones urbanas. Es así como una cubierta de 8 cms. de espesor, retendría un 50% del agua lluvia, disminuyendo sus efectos sobre los habitantes y de las canalizaciones urbanas. Crean ecosistemas de especial interés, al permitir la integración del inmueble al entorno natural, lo que aumenta el atractivo del edificio. Son excelentes aislantes térmicos hacia el interior y hacia el exterior del edificio, manteniendo una baja oscilación térmica, lo que se traduce en sustantivos ahorros en calefacción y aire acondicionado. Son excelentes aislantes acústicos. Es así como con una capa de tierra de 8 cms. se aíslan 40db. Permiten rescatar un nuevo espacio de esparcimiento y recreación que también permitiría el cultivo de hortalizas y flores, convirtiéndose en un espacio productivo. 4. La experiencia internacional, a partir de la cual se ha constatado los ventajosos resultados de las referidas cubiertas ecológicas. Es así como ante el grave problema de contaminación en el aire que sufre la ciudad de Chicago, la agencia de protección al medioambiente de Estados Unidos (E.P.A.) junto con autoridades de la ciudad, elaboró un programa de enverdecer las cubiertas de la ciudad con cubiertas ecológicas. Hashem Akbari, científico colaborador de la E.P.A., a partir de un modelo computacional, predijo que como resultado de la aplicación de cubiertas ecológicas en la ciudad de Chicago se podría reducir hasta en 5 grados Celsius la temperatura en las épocas más calurosas, lo que podría significar un ahorro de hasta 100 millones de dólares al año. Lo anterior, debido a que se podría disminuir en un 10% las necesidades de aire acondicionado, como consecuencia de la mayor capacidad aislante de las construcciones que incluyen tales cubiertas, la cual oscila entre 20 a un 30% en comparación a una estructura estándar; todo lo cual además traería como consecuencia beneficios relevantes en materia de consumo de energía, ya que demanda máxima de electricidad se vería reducida hasta en 720 megavatios, energía equivalente a la generación de varias estaciones de carbón o de una planta de energía atómica pequeña. Otro ejemplo en el mismo sentido es la ciudad de Tokio, cuyo Gobierno Municipal introdujo a partir de octubre del año 2001, normas que establecen que los nuevos edificios que sobrepasen los 1000 m2 en planta, deben desarrollar un 20% de cubierta con vegetación. También se destaca el caso de Alemania, precursores en esta materia, donde existen importantes incentivos financieros y tributarios para la construcción de cubiertas ecológicas. Pero más allá de los beneficios señalados, las cubiertas ecológicas abren nuevos espacios de expresión artística. En tal sentido cabe destacar el trabajo del connotado artista austriaco Friedensreich Hundertwasser, quien no sólo expresó su arte a través de la pintura, sino que también por medio de la arquitectura. Es así como utilizó las cubiertas ecológicas como medio para expresar su concepción en cuanto a que “los techos deben ser la continuación de la tierra y no aquello que se erige desafiante sobre ella.” 5.- Los mayores costos que podría significar la construcción de cubiertas ecológicas para los particulares, en realidad constituyen una inversión que en definitiva aumentará el valor del inmueble, en atención los beneficios que lleva aparejado para el edificio y sus usuarios. 6.- La necesidad de adoptar medidas eficaces y de fondo a fin de enfrentar la grave situación ambiental que existe en muchas de nuestras ciudades, en las que la contaminación del aire pone en serio riesgo la salud de sus habitantes, afectando gravemente su calidad de vida. Es que por las razones señaladas que proponemos la siguiente moción de ley: MOCIÓN. PROYECTO DE LEY QUE MODIFICA LA LEY GENERAL DE URBANISMO Y CONSTRUCCIÓN ESTABLECIENDO NORMAS SOBRE CUBIERTAS ECOLÓGICAS. Artículo único: Agréguese a la Ley General de Urbanismo y Construcciones la siguiente disposición: “Artículo 116 Bis B).- Las solicitudes de permisos de construcción de edificios en áreas declaradas como zona saturada o latente por concentración de contaminantes en el aire conforme lo dispuesto por la ley 19.300, deberán contemplar la construcción de cubiertas ecológicas. Lo anterior se deberá contemplar en una proporción de, a lo menos, 50 metros cuadrados de cubierta ecológica por cada 1.000 metros cuadrados construidos. En el caso de áreas urbanas que no estén afectas a alguna de las declaraciones señaladas en el inciso anterior, las solicitudes de permisos de construcción deberán acompañar antecedentes sobre la factibilidad de la construcción de cubiertas ecológicas, y en su caso, las razones que justifiquen la negativa a incorporarlas en el proyecto definitivo. Se entiende para efectos de esta ley como cubiertas ecológicas a aquella capa vegetal emplazada en el techo o fachadas laterales de una construcción. El reglamento establecerá las menciones y antecedentes concretos que deberán acompañar los solicitantes de permisos de construcción en relación a las cubiertas ecológicas, como las características y especificaciones técnicas que se deberán observar en su construcción.” ANTONIO HORVATH KISS SENADOR