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DECRETO DEL CONSEJERO DELEGADO
Contratación
Nº Expte.: CS-002/09
Ref.: RCHO/scho
De conformidad con la propuesta de resolución del jefe de sección de
contratación de fecha 03.02.2010, referente a declarar decaída la adjudicación
provisional del contrato de servicio para la ejecución del proyecto “El paisaje del agua
en Fuerteventura”, mediante procedimiento negociado sin publicidad.
Primero.- Mediante resolución del órgano de contratación de fecha 18.12.09
se acordó adjudicar provisionalmente a la empresa ARQUEOCANARIA S.L. con CIF.: B35612290, el contrato de servicio para la ejecución del proyecto “El paisaje del Agua
en Fuerteventura”, mediante procedimiento negociado sin publicidad, por un precio de
diecisiete mil quinientos veintitrés euros con ochenta y un céntimos (17.523,81€),
excluido el Impuesto General Indirecto Canario, de conformidad con la oferta del
adjudicatario.
Segundo.- De conformidad con lo establecido en el artículo 135.3 de la Ley de
Contratos del Sector Público, la adjudicación provisional se publicó en el perfil del
contratante con fecha 18.12.2009. En la citada resolución se requirió a la empresa
para que en el plazo de quince días hábiles constituyera la garantía definitiva, de
conformidad con los artículos 87.1 y 135.4 de la Ley de Contratos del Sector Público y
además, presentara los certificados de estar al corriente en las obligaciones tributarias
y con la Seguridad Social y el último recibo del Impuesto de Actividades Económicas.
Tercero.- El plazo para constituir la garantía definitiva y presentar los
certificados solicitados venció el día 8 de enero de 2010.
Cuarto.- Mediante escrito de fecha 20.01.2010, registro de salida nº 661 se
concede trámite de audiencia a la citada empresa, para que en el plazo de diez días
hábiles alegue y presente los documentos y justificaciones que estime pertinentes
respecto al incumplimiento de la constitución de la garantía definitiva en el plazo
legalmente establecido y certificados solicitados.
Quinto.- Mediante escrito de fecha 27.01.10, registro de entrada nº 2.217 los
responsables de la citada empresa manifiestan asumir la responsabilidad del
incumplimiento y solicitan sean admitidos a trámite los siguientes documentos:
documento de aval de la entidad Banco de Sabadell, S.A. de fecha 21 de enero de
2010 en el que se hace referencia al compromiso de pago del primer requerimiento
del Cabildo de Gran Canaria; Certificado de la Agencia Tributaria de fecha 06.11.09
Contratación
Nº Expte.: CS-002/09
Ref.: RCHO/scho
con carácter positivo a los efectos establecidos por la Ley 38/2003, de 17 de
noviembre, General de Subvenciones; certificado de la Tesorería General de la
Seguridad Social de fecha 04.09.09 expedido a los efectos de las garantías previstas
en el artículo 42 del Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores;
Certificado de la Administración Tributaria Canaria de fecha 29.07.09 con carácter
positivo emitiéndose a los efectos de participar en los procedimientos de adjudicación
de Contratos con las Administraciones Públicas; declaración responsable ante la
Secretaria Accidental del Ayuntamiento de Santa María de Guía manifestando que la
entidad se encuentra exenta del pago del Impuesto de Actividades Económicas;
documento de alta en el Impuesto sobre Actividades Económicas.
Sexto.- El artículo 87.1 de la Ley de Contratos del Sector Público, establece
que el adjudicatario provisional del contrato deberá acreditar en el plazo señalado en
el artículo 135.4, la constitución de la garantía definitiva. De no cumplirse este
requisito por causas a él imputables, la Administración declarará decaída la
adjudicación provisional a su favor.
Séptimo.- No consta en el procedimiento otros licitadores para efectuar una
nueva adjudicación provisional a efectos de aplicar lo dispuesto en el artículo 135.5 de
la Ley de Contratos del Sector Público.
En virtud del artículo 87.1, 135.4 y Disposición Adicional Segunda de la Ley de
Contratos del Sector Público y del Decreto de la Presidencia de delegación de
Competencias nº 2648/2009, por la presente,
HE RESUELTO:
Primero.- Declarar decaída la adjudicación provisional del contrato de servicio
para la ejecución del proyecto “El paisaje del Agua en Fuerteventura”, efectuada a
favor de la empresa ARQUEOCANARIA S.L. con CIF.: B-35612290, mediante
resolución de fecha 18.12.09.
Segundo.- Declarar desierto el procedimiento de adjudicación del contrato de
servicio para la ejecución del proyecto “El paisaje del Agua en Fuerteventura”,
mediante procedimiento negociado sin publicidad.
Tercero.- Incoar expediente para determinar la indemnización de los daños y
perjuicios que se deriven de esta resolución.
Contratación
Nº Expte.: CS-002/09
Ref.: RCHO/scho
Cuarto.- Notificar la presente resolución a la empresa ARQUEOCANARIA S.L. y
dar traslado de la misma a la Intervención de Fondos, a la Consejería de Cultura y
Patrimonio Histórico, al departamento de Contratación y al Pleno de la Corporación en
la primera sesión ordinaria que celebre.
Contra la presente Resolución, que agota la vía administrativa, podrá
interponer potestativamente recurso de reposición, ante el órgano administrativo
que lo dictó, en el plazo de un mes a contar desde el siguiente al de recibo de esta
notificación o directamente recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de
lo Contencioso-Administrativo de Las Palmas de Gran Canaria, conforme a lo dispuesto
en el artículo 109.c), 116 y 117 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen
Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y
artículo 46 de la Ley 29/1.998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción
contencioso-administrativa en el plazo de dos meses contados a partir del día
siguiente al de recibo de esta notificación.
Interpuesto recurso de reposición no se podrá interponer recurso contenciosoadministrativo hasta tanto sea resuelto. Transcurrido un mes desde la interposición
del recurso de reposición sin que se notifique su resolución, se entenderá desestimado
y quedará expedita la vía contenciosa administrativa.
En su caso, podrá interponer igualmente Recurso Extraordinario de Revisión
o cualquier otro que estime procedente en derecho.
En Puerto del Rosario, a 5 de febrero de 2010
EL CONSEJERO DELEGADO DE ECONOMÍA
HACIENDA Y NUEVAS TECNOLOGÍAS
Fdo.: Antonio Mesa Hernández
EL SECRETARIO GENERAL,
Fdo.: Miguel Ángel Rodríguez Martínez