Download Estructura Página Web RNIE El Registro Nacional de Inversiones

Document related concepts
no text concepts found
Transcript
Estructura Página Web
RNIE
El Registro Nacional de Inversiones Extranjeras (RNIE) es el área del Gobierno Federal ante la cual
se inscriben las inversiones extranjeras que llegan a nuestro país.
La Ley de Inversión Extranjera establece los diversos sujetos de inscripción ante el RNIE. Por su
parte, el Reglamento de la Ley de Inversión Extranjera y del Registro Nacional de Inversiones
Extranjeras señala el procedimiento para realizar los trámites correspondientes.
El RNIE agrupa la información que recibe y elabora estadísticas confiables y oportunas bajo
estándares internacionales sobre el comportamiento de los flujos de IED en México.
Trámites








Aviso de modificación de información
Aviso de Fedatarios Públicos
Cancelación de inscripción ante el RNIE
Informe trimestral sobre ingresos y egresos
Renovación anual de constancia de inscripción del RNIE
Solicitud de inscripción ante el RNIE
Acreditación para tramitar vía internet
Consulta de expedientes del RNIE
Solicitud de Inscripción ante el Registro Nacional de Inversiones
Extranjeras
¿Qué es la solicitud de inscripción?
Es un cuestionario que se presenta al Registro Nacional de Inversiones Extranjeras (RNIE)
acompañado de la documentación que acredita la personalidad de quien firma, con la finalidad de
inscribir a los sujetos que establece el artículo 32 de la Ley de Inversión Extranjera.
¿Quiénes lo presentan?
I. Las personas físicas o morales extranjeras y mexicanos que posean o adquieran otra
nacionalidad y que tengan su domicilio fuera del territorio nacional.
Deben solicitar su inscripción cuando realicen actos de comercio en la República Mexicana.
II. Las sociedades mexicanas.
Deben solicitar su inscripción cuando participen en su capital social, incluso a través de
fideicomiso: personas físicas o morales extranjeras; sociedades mexicanas con mayoría de capital
extranjero; mexicanos que posean o adquieran otra nacionalidad y que tengan su domicilio fuera
del territorio nacional; o, la inversión neutra.
III. Las instituciones fiduciarias.
Deben solicitar la inscripción de los fideicomisos en los que participen como fiduciarias, siempre
que dichos fideicomisos sean de acciones o partes sociales, de bienes inmuebles o de inversión
neutra, por virtud de los cuales se deriven derechos en favor de: personas físicas o morales
extranjeras; sociedades mexicanas con mayoría de capital extranjero; o, mexicanos que posean o
adquieran otra nacionalidad y que tengan su domicilio fuera del territorio nacional.
¿Dónde se presenta?
Florida, delegación Álvaro Obregón, código postal 01030, México, DF.
En cualquier delegación o subdelegación de la Secretaría de Economía. [Directorio de
Representaciones Federales]
Horario: Lunes a Viernes de 9:00 a 14:00 horas.
A través de internet. [RNIE]
¿Cuáles son los requisitos?
o Personas físicas o morales extranjeras [Descargar Formato]
o Sociedades Mexicanas [Descargar Formato]
o Fideicomisos [Descargar Formato]
vigente.
En caso de tratarse de la inscripción de un fideicomiso, copia del nombramiento del delegado
fiduciario otorgado ante fedatario.
En caso de ser sujeto de sanción, copia del comprobante de pago de la multa. [Cálculo de
Sanciones]
¿Cuánto tiempo tengo para presentarlo?
extranjeras: Dentro de los 40 días hábiles siguientes a la fecha
en que inicie la realización habitual de actos de comercio.
inversión extranjera en el capital social de la sociedad mexicana.
de fideicomiso respectivos o, a partir de la fecha en que se deriven derechos en favor de la
inversión extranjera o de mexicanos que posean o adquieran otra nacionalidad y que tengan su
domicilio fuera del territorio nacional.
¿En cuánto tiempo me responden?
Inmediatamente, posteriormente la Secretaría de Economía cuenta con 20 días hábiles para
realizar una prevención derivada de omisiones o inconsistencias de la información contenida en el
formato. Una vez transcurrido este plazo sin que se dé la prevención, se considerará que el
formato se presentó debidamente requisitado.
¿Cuánto debo pagar por el trámite?
El trámite es gratuito.
¿Cuál es el fundamento jurídico del trámite?
-XII-93, reformada por decretos del 24-XII-96, 23-I-98, 19-I-99, 04-VI01, 18-VII-2006, 20-VIII-08 y 25-V-11.)
o 41 (D.O.F. 08-IX-98, reformado por decreto del 4-V09).
¿Qué sigue?
Una vez que la empresa esté inscrita, le informamos que deberá:
Notificar cualquier modificación a la información previamente proporcionada [Liga a la
información de Avisos de Modificación].
Presentar un informe trimestral sobre ingresos y egresos [Liga a la información del Informe
Trimestral].
Renovar anualmente su constancia de inscripción para lo cual bastará presentar un
cuestionario económico financiero en los términos que fije el Reglamento respectivo [Liga a la
información del Informe Anual].
Solicitar la cancelación de su inscripción [Liga a la información de la Solicitud de
Cancelación].
_______________________________________________________________________________
Si desea más información puede consultar el Registro Federal de Trámites y Servicios.
Personas Físicas o Morales Extranjeras [Homoclave SE-02-001-A]
Sociedades Mexicanas [Homoclave SE-02-001-B]
Fideicomisos [Homoclave SE-02-001-C]
Aviso de modificación a la información previamente proporcionada
al Registro Nacional de Inversiones Extranjeras
¿Qué es un aviso de modificación?
Es un cuestionario que se presenta al Registro Nacional de Inversiones Extranjeras (RNIE)
acompañado de la documentación que acredita la personalidad de quien firma, mediante el cual el
particular actualiza los datos que fueron notificados al RNIE, a fin de atender lo establecido en el
artículo 33 de la Ley de Inversión Extranjera.
¿Quiénes lo presentan?
I. Las personas físicas o morales extranjeras y mexicanos que posean o adquieran otra
nacionalidad y que tengan su domicilio fuera del territorio nacional inscritos en el Registro
Nacional de Inversiones Extranjeras.
Deben presentar un aviso al Registro Nacional de Inversiones Extranjeras cuando modifiquen la
información previamente proporcionada al mismo.
II. Las sociedades mexicanas inscritas en el Registro Nacional de Inversiones Extranjeras.
Deben presentar un aviso al Registro Nacional de Inversiones Extranjeras cuando modifiquen la
información previamente proporcionada al mismo.
III. Las instituciones fiduciarias.
Deben presentar un aviso de modificación cuando en los fideicomisos inscritos en el Registro
Nacional de Inversiones Extranjeras se modifique la información previamente proporcionada al
mismo.
¿Dónde se presenta?
Florida, delegación Álvaro Obregón, código postal 01030, México, DF.
En cualquier delegación y subdelegación de la Secretaría de Economía. [Directorio de
Representaciones Federales]
Horario: Lunes a Viernes de 9:00 a 14:00 horas.
A través de internet. [RNIE]
¿Cuáles son los requisitos?
o Personas físicas o morales extranjeras [Descargar Formato]
o Sociedades Mexicanas [Descargar Formato]
o Fideicomisos [Descargar Formato]
vigente.
En caso de tratarse de un fideicomiso, copia del nombramiento del delegado fiduciario otorgado
ante fedatario público.
En caso de ser sujeto de sanción, copia del comprobante de pago de la multa [Cálculo de
Sanciones]
¿Cuánto tiempo tengo para presentarlo?
Dentro de los 40 días hábiles siguientes a la fecha en que se produzcan las modificaciones.
¿En cuánto tiempo me responden?
Inmediatamente, posteriormente la Secretaría de Economía cuenta con 20 días hábiles para
realizar una prevención derivada de omisiones o inconsistencias de la información contenida en el
formato. Una vez transcurrido este plazo sin que se dé la prevención, se considerará que el
formato se presentó debidamente requisitado.
¿Cuánto debo pagar por el trámite?
El trámite es gratuito.
¿Cuál es el fundamento jurídico del trámite?
-XII-93, reformada por decretos del 24-XII-96, 23-I-98, 19-I-99, 04-VI01, 18-VII-2006, 20-VIII-08 y 25-V-11.)
-IX-98, reformado por decreto del 4-V-09).
¿Qué sigue?
Notificar cualquier modificación a la información previamente proporcionada [Liga a la
información de Avisos de Modificación].
Presentar un informe trimestral sobre ingresos y egresos [Liga a la información del Informe
Trimestral].
Renovar anualmente su constancia de inscripción para lo cual bastará presentar un
cuestionario económico financiero en los términos que fije el Reglamento respectivo [Liga a la
información del Informe Anual].
Solicitar la cancelación de su inscripción [Liga a la información de la Solicitud de
Cancelación].
_______________________________________________________________________________
Si desea más información puede consultar el Registro Federal de Trámites y Servicios.
Personas Físicas o Morales Extranjeras [Homoclave SE-02-002-A]
Sociedades Mexicanas [Homoclave SE-02-002-B]
Fideicomisos [Homoclave SE-02-002-C]
_______________________________________________________________________________
Preguntas frecuentes.
¿Qué medidas aplican a quienes presenten extemporáneamente sus avisos de modificación?
De acuerdo al Artículo 38, Fracción IV de la Ley de Inversión Extranjera, en caso de omisión, cumplimiento
extemporáneo, presentación de información incompleta o incorrecta de las obligaciones de inscripción, reporte
o aviso al RNIE por parte de los sujetos obligados, se impondrá multa de treinta a cien salarios mínimos.
¿Qué características debe cumplir la información requisitada en los avisos de modificación a la
información previamente proporcionada?
solicitada.
sica o persona moral, indicando, en su caso, el
régimen de la sociedad (Inc., L.T.D., S.A., S.A. de C.V., S. de R.L. de C.V., etc.).
tres o cuatro primeros se relacionan con el nombre de la persona física o persona moral; los siguientes 6 son
una fecha compuesta de año, mes y día, la cual debe corresponder con la fecha de nacimiento de la persona
física o bien de protocolización de los estatutos sociales de la persona moral; los últimos 3 caracteres
llamados “homo clave” no tienen ninguna relación con los datos de la persona física o persona moral.
persona física o persona moral.
No deberá ser firmado "por ausencia", "por autorización" o "P.A.".
deberán indicar los datos de la persona física o, en su caso, del representante legal de la persona física
o persona moral extranjera; los cuales deberán estar completos, es decir, contener el nombre y apellido
paterno, domicilio (calle y número, colonia o fraccionamiento, municipio o delegación, estado, código postal y
correo electrónico). El teléfono es opcional.
información.
án de anotarse en pesos, no se permite la alteración o modificación en ninguno de los
rubros establecidos.
En caso de personas físicas o morales extranjeras y mexicanos que posean o adquieran otra
nacionalidad y que tengan su domicilio fuera del territorio nacional.
físicas.
En caso de las sociedades mexicanas con inversión extranjera.
tal social suscrito debe corresponder a la suma del capital social fijo más el capital social variable.
ital social suscrito.
nacionalidad del accionista, es decir, el país de nacimiento de la persona física, o el lugar donde se constituyó
la sociedad.
si radica en México.
la inversión.
En el caso de fideicomisos
caso de la materia en donde son mutuamente
excluyentes los datos de fideicomisos de acciones y de bienes inmuebles.
Informe trimestral sobre ingresos y egresos presentado al Registro
Nacional de Inversiones Extranjeras
¿Qué es el Informe trimestral Sobre ingresos y Egresos?
Es un cuestionario que se presentan de manera trimestral al Registro Nacional de Inversiones
Extranjeras (RNIE) acompañado de la documentación que acredita la personalidad de quien firma,
para dar cumplimiento al artículo 38 fracción II del Reglamento de la Ley de Inversión Extranjera y
del Registro Nacional de Inversiones Extranjeras.
¿Quiénes lo presentan?
I. Las personas físicas o morales extranjeras y mexicanos que posean o adquieran otra
nacionalidad y que tengan su domicilio fuera del territorio nacional inscritos en el Registro
Nacional de Inversiones Extranjeras.
II. Las sociedades mexicanas inscritas en el Registro Nacional de Inversiones Extranjeras.
Cuando los ingresos o egresos totales trimestrales, por los siguientes conceptos sean mayores a
3,000 veces el salario mínimo general vigente para el Distrito Federal:
acumuladas.
ior; a la matriz en el
exterior; a inversionistas extranjeros residentes en el exterior que participen como socios o
accionistas, y a inversionistas extranjeros residentes en el exterior que sean parte del grupo
corporativo al que pertenece la persona física, persona moral extranjera o sociedad mexicana que
presenta el reporte.
¿Dónde se presenta?
Florida, delegación Álvaro Obregón, código postal 01030, México, DF.
En cualquier delegación y subdelegación de la Secretaría de Economía. [Directorio de
Representaciones Federales].
Horario: Lunes a Viernes de 9:00 a 14:00 horas.
A través de internet. [RNIE]
¿Cuáles son los requisitos?
y una copia:
o Personas físicas o morales extranjeras. [Descargar Formato]
o Sociedades Mexicanas. [Descargar Formato]
vigente.
En caso de ser sujeto de sanción, copia del comprobante de pago de la multa. [Cálculo de
Sanciones]
¿Cuánto tiempo tengo para presentarlo?
Dentro de los 20 días hábiles siguientes al cierre de cada trimestre (enero - marzo, abril - junio, julio
-septiembre, y octubre-diciembre).
¿En cuánto tiempo me responden?
Inmediatamente, posteriormente la Secretaría de Economía cuenta con 20 días hábiles para
realizar una prevención derivada de omisiones o inconsistencias de la información contenida en el
formato. Una vez transcurrido este plazo sin que se dé la prevención, se considerará que el
formato se presentó debidamente requisitado.
¿Cuánto debo pagar por el trámite?
El trámite es gratuito.
¿Cuál es el fundamento jurídico del trámite?
-XII-93, reformada por decretos del 24-XII-96, 23-I-98, 19-I-99, 04-VI01, 18-VII-2006, 20-VIII-08 y 25-V-11.)
-IX-98, reformado por decreto del 4-V-09).
¿Qué sigue?
Notificar cualquier modificación a la información previamente proporcionada [Liga a la
información de Avisos de Modificación].
Presentar un informe trimestral sobre ingresos y egresos [Liga a la información del Informe
Trimestral].
Renovar anualmente su constancia de inscripción para lo cual bastará presentar un
cuestionario económico financiero en los términos que fije el Reglamento respectivo [Liga a la
información del Informe Anual].
Solicitar la cancelación de su inscripción [Liga a la información de la Solicitud de
Cancelación].
_______________________________________________________________________________
Si desea más información puede consultar el Registro Federal de Trámites y Servicios.
Personas Físicas o Morales Extranjeras. [Homoclave SE-02-005-A]
Sociedades Mexicanas. [Homoclave SE-02-005-B]
_______________________________________________________________________________
Preguntas frecuentes.
¿Qué medidas aplican a quienes presenten extemporáneamente el Informe Trimestral?
De acuerdo al Artículo 38, Fracción IV de la Ley de Inversión Extranjera, en caso de omisión, cumplimiento
extemporáneo, presentación de información incompleta o incorrecta de las obligaciones de inscripción, reporte
o aviso al RNIE por parte de los sujetos obligados, se impondrá multa de treinta a cien salarios mínimos.
¿Qué características debe cumplir la información requisitada en el Informe Trimestral?
solicitada.
formato no deberá tener tachaduras o enmendaduras.
régimen de la sociedad (Inc., L.T.D., S.A., S.A. de C.V., S. de R.L. de C.V., etc.).
o Federal de Contribuyentes (RFC) debe estar compuesto de 12 ó 13 caracteres, de los cuales los
tres o cuatro primeros se relacionan con el nombre de la persona física o persona moral; los siguientes 6 son
una fecha compuesta de año, mes y día, la cual debe corresponder con la fecha de nacimiento de la persona
física o bien de protocolización de los estatutos sociales de la persona moral; los últimos 3 caracteres
llamados “homo clave” no tienen ninguna relación con los datos de la persona física o persona moral.
persona física o persona moral.
El informe no deberá ser firmado "por ausencia", "por autorización" o "P.A.".
o persona moral extranjera; los cuales deberán estar completos, es decir, contener el nombre y apellido
paterno, domicilio (calle y número, colonia o fraccionamiento, municipio o delegación, estado, código postal y
correo electrónico). El teléfono es opcional.
cierre del trimestre que se reporta, el cual deberá corresponder a alguno de los trimestres de enero a marzo;
abril a junio; julio a septiembre; y, octubre a diciembre.
proporcionar el nombre y apellido paterno, el teléfono y fax y correo electrónico.
rubros establecidos.
¿Qué debe reportarse en nuevas aportaciones?
Las nuevas aportaciones son aquellos montos que los accionistas ingresan a la sociedad durante el trimestre
reportado y que se registran en cuentas distintas al capital social, tales como las reservas de capital para
futuros aumentos de capital.
¿Qué debe reportarse en retención de utilidades del último ejercicio fiscal?
Deben reportarse las utilidades retenidas del último ejercicio fiscal una vez que sean decretadas y se
determine el monto a ser retenido dentro de la cuenta del superávit.
Renovación anual de su constancia de inscripción en el Registro
Nacional de Inversiones Extranjeras
(Informe Económico Anual)
¿Qué es el Informe Económico Anual?
Es un cuestionario que se presentan de manera anual al Registro Nacional de Inversiones
Extranjeras (RNIE) acompañado de la documentación que acredita la personalidad de quien firma,
a fin de obtener su renovación de constancia de inscripción ante el RNIE y de esta forma dar
cumplimiento al artículo 35 de la Ley de Inversión Extranjera.
¿Quiénes lo presentan?
I. Las personas físicas o morales extranjeras y mexicanos que posean o adquieran otra
nacionalidad y que tengan su domicilio fuera del territorio nacional inscritos en el Registro
Nacional de Inversiones Extranjeras.
II. Las sociedades mexicanas inscritas en el Registro Nacional de Inversiones Extranjeras.
¿Dónde se presenta?
ubicada en Insurgentes Sur, número 1940, planta baja, colonia
Florida, delegación Álvaro Obregón, código postal 01030, México, DF.
En cualquier delegación y subdelegación de la Secretaría de Economía. [Directorio de
Representaciones Federales]
Horario: Lunes a Viernes de 9:00 a 14:00 horas.
A través de internet. [RNIE]
¿Cuáles son los requisitos?
o Personas físicas o morales extranjeras. [Descargar Formato]
o Sociedades Mexicanas. [Descargar Formato]
pia del Poder respectivo otorgado ante fedatario público y una copia de identificación oficial
vigente.
En caso de ser sujeto de sanción, copia del comprobante de pago de la multa. [Cálculo de
Sanciones]
¿Cuánto tiempo tengo para presentarlo?
Para la presentación del Informe Anual Mes de presentación*
existe un calendario previamente
determinado por la primera letra de la
denominación o razón social de la
persona física o moral que presenta el
informe, dicho calendario se desglosa
de la siguiente manera: LETRAS
ABCD
EFGHIJ
KLMNÑOP
QRSTUVWXYZ
Abril
Mayo*
Junio*
Julio*
Consulta de expedientes del Registro Nacional de Inversiones Extranjeras
¿Qué es la consulta de expedientes?
Es el trámite que se realiza para consultar los expedientes que tiene bajo su resguardo el Registro
Nacional de Inversiones Extranjeras (RNIE).
¿Quiénes lo presentan?
Personas físicas extranjeras y los representantes legales o apoderados de las empresas que
realizan trámites ante el RNIE.
¿Dónde se presenta?
Delegación Álvaro Obregón, Código Postal 01030, México, D.F.
ectorio de
Representaciones Federales].
¿Cuáles son los requisitos?
datario público y una copia de identificación oficial
vigente.
fiduciario otorgado ante fedatario.
¿Cuánto tiempo tengo para presentarlo?
No existe un término para la presentación de este trámite, ya que es voluntario.
¿En cuánto tiempo me responden?
El oficio de autorización con la fecha para la consulta (aprox. dentro de los cinco días hábiles
siguientes a la solicitud) se entrega de manera inmediata.
Es importante mencionar que el RNIE resuelve de manera inmediata, a fin de mejorar sus servicios
al público, ya que el plazo legal es de tres meses, de acuerdo a lo establecido en el artículo 17, Ley
Federal de Procedimiento Administrativo).
¿Cuánto debo pagar por el trámite?
El trámite es gratuito.
¿Cuál es el fundamento jurídico del trámite?
-IX-98, reformado por
decreto del 4-V-09).
¿Qué sigue?
Debe acudir a la oficina que se indica en el oficio de respuesta, en la fecha y hora señaladas para la
consulta del expediente respectivo.
_______________________________________________________________________________
Si desea más información puede consultar el Registro Federal de Trámites y Servicios
[Homoclave SE-02-016].
_______________________________________________________________________________
Preguntas frecuentes
¿Qué características debe cumplir la información de la solicitud de consulta de expedientes del
Registro Nacional de Inversiones Extranjeras?
El escrito libre mediante el cual se solicita el acceso al expediente debe contener los siguientes
datos:
representante legal.
ibir notificaciones, así como nombre de la persona o las personas autorizadas
para recibirlas.
expediente, nombre del sujeto inscrito, etc.
ro Nacional de Inversiones Extranjeras.
en el cual, se imprimirá su huella digital.
Puede utilizar la carta modelo que propone el RNIE.
Aviso de Fedatarios Públicos al Registro Nacional de Inversiones Extranjeras
¿Qué es un Aviso de Fedatario Público?
Es un cuestionario que presentan los Fedatarios Públicos para dar cumplimiento a la obligación
establecida en el artículo 34 de la Ley de Inversión Extranjera.
¿Quiénes lo presentan?
Fedatarios Públicos (Notarios Públicos y Corredores Públicos).
Cuando las persona obligada a inscribirse en el Registro Nacional de Inversiones Extranjeras
(RNIE) no le acredite su inscripción en el mismo.
¿Dónde se presenta?
Florida, delegación Álvaro Obregón, código postal 01030, México, DF.
En cualquier delegación y subdelegación de la Secretaría de Economía. [Directorio de
Representaciones Federales]
Horario: Lunes a Viernes de 9:00 a 14:00 horas.
¿Cuáles son los requisitos?
Formato en original y una copia. [Descargar Formato]
¿Cuánto tiempo tengo para presentarlo?
los diez días hábiles siguientes a la fecha de autorización del instrumento en el que
participen las personas obligadas a inscribirse en el RNIE que no acrediten al Fedatario Público su
inscripción o su renovación de constancia de inscripción en el mismo.
¿En cuánto tiempo me responden?
realizar una prevención derivada de omisiones o inconsistencias de la información contenida en el
formato. Una vez transcurrido este plazo sin que se dé la prevención, se considerará que el
formato se presentó debidamente requisitado.
¿Cuánto debo pagar por el trámite?
¿Cuál es el fundamento jurídico del trámite?
-XII-93, reformada por decretos del 24-XII-96, 23-I-98, 19-I-99, 04-VI01, 18-VII-2006, 20-VIII-08 y 25-V-11.)
-IX-98, reformado por decreto del 4-V-09).
¿Qué sigue?
público correspondiente la obligación,
ya sea de inscribirse en el RNIE, o de notificar al mismo las modificaciones relativas a la
denominación o razón social, el capital o estructura accionaria o el objeto social, cuando participen
en la protocolización de actas de asamblea relativas a actos jurídicos en los que participe la
inversión extranjera.
cumplida la obligación del mismo si durante ese año ya se hubiera enviado al RNIE un aviso
relativo al mismo sujeto.
_______________________________________________________________________________
Si desea más información puede consultar el Registro Federal de Trámites y Servicios.
[Homoclave SE-02-012]
_______________________________________________________________________________
Preguntas frecuentes.
¿Qué características debe cumplir la información requisitada en el Aviso de Fedatario
Público?
n y ubicación de la
información solicitada.
El aviso no deberá ser firmado "por ausencia", "por autorización" o "P.A.".
Preguntas frecuentes.
¿Qué medidas aplican a quienes presenten extemporáneamente su solicitud de inscripción?
De acuerdo al Artículo 38, Fracción IV de la Ley de Inversión Extranjera, en caso de omisión, cumplimiento
extemporáneo, presentación de información incompleta o incorrecta de las obligaciones de inscripción, reporte
o aviso al RNIE por parte de los sujetos obligados, se impondrá multa de treinta a cien salarios mínimos.
Además, deberá presentar:
estuvo obligado a inscribirse; y,
sujeto estuvo obligado a inscribirse (no más de cinco años hacia atrás).
¿Qué características debe cumplir la información requisitada en las solicitudes de inscripción?
solicitada.
eberá indicar el nombre completo de la persona física o persona moral, indicando, en su caso, el
régimen de la sociedad (Inc., L.T.D., S.A., S.A. de C.V., S. de R.L. de C.V., etc.).
ó 13 caracteres, de los cuales los
tres o cuatro primeros se relacionan con el nombre de la persona física o persona moral; los siguientes 6 son
una fecha compuesta de año, mes y día, la cual debe corresponder con la fecha de nacimiento de la persona
física o bien de protocolización de los estatutos sociales de la persona moral; los últimos 3 caracteres
llamados “homo clave” no tienen ninguna relación con los datos de la persona física o persona moral.
ísica, o bien, del representante legal de la persona física
o persona moral.
No deberá ser firmado "por ausencia", "por autorización" o "P.A.".
ca
o persona moral extranjera; los cuales deberán estar completos, es decir, contener el nombre y apellido
paterno, domicilio (calle y número, colonia o fraccionamiento, municipio o delegación, estado, código postal y
correo electrónico). El teléfono es opcional.
inversión extranjera sea mayor o igual a la fecha de constitución.
En caso de personas físicas o morales extranjeras y mexicanos que posean o adquieran otra nacionalidad y
que tengan su domicilio fuera del territorio nacional.
físicas.
En caso de las sociedades mexicanas con inversión extranjera.
a del valor de las acciones de los accionistas debe ser igual al capital social suscrito.
nacionalidad del accionista, es decir, el país de nacimiento de la persona física, o el lugar donde se constituyó
la sociedad.
si radica en México.
al, se deberá verificar que se anotó el país de origen de
la inversión.
requisitar en el estado de posición financiera, columnas finales únicamente. Las cantidades
deberán de anotarse en pesos, no se permite la alteración o modificación en ninguno de los rubros
establecidos. La s