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DECRETO SUPREMO N° 3429
VICTOR PAZ ESTENSSORO
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que por Decretos Supremos de 7 de abril de 1943 y de 4 de diciembre de 1943, el Gobierno de Bolivia resolvió el avance
al estado de guerra y la declaratoria de guerra a Alemania, respectivamente;
Que por Decreto Supremo de 30 de marzo de 1950, el Gobierno de Bolivia dispuso que desde esa fecha cesarán los
efectos de los citados Decretos de 7 de abril y de 4 de diciembre de 1943, únicamente en cuanto se refieren a la Alemania
Occidental;
Que habiendo mencionado dicho Decreto exclusivamente a Alemania Occidental, se deduce en forma tácita que subsiste
el estado de guerra con el resto de Alemania no comprendido en esa área geográfica;
Que dicha omisión no concuerda con el espÃ-ritu que determinó a las naciones democráticas a declarar extinguidas las
hostilidades con Alemania y a resolver la reanudación de sus relaciones diplomáticas;
EN CONSEJO DE MINISTROS,
DECRETA:
ArtÃ-culo 1°
La—
cesación de los efectos de los Decretos Supremos de 7 de abril de 1943 y de 4 de diciembre de 1943, se
refiere a toda Alemania, quedando, en consecuencia, extinguidos tanto el estado de guerra como la declaratoria de guerra a
esa nación.
ArtÃ-culo 2°
El—
señor Ministro de Estado en el Despacho de Relaciones Exteriores, queda encargado de la ejecución y
cumplimiento del presente Decreto.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los doce dÃ-as del mes de junio de mil novecientos cincuenta y
tres años.
(Fdo) VICTOR PAZ ESTENSSORO.—
Wálter Guevara Arze.—Federico Fortún S,— Federico Gutiérrez Granier.—
Ernesto Arteaga.