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ESCUELA OFICIAL SUPERIOR DE
PRÁCTICA JURÍDICA FORENSE
CURSO INTENSIVO 2013/2014
ILUSTRE COLEGIO DE ABOGADOS DE
SEVILLA
2
Í N D I C E
I.
INFORMACION GENERAL
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II.
Presentación
Consejo Rector
Plan de formación
Enseñanza y Metodología
Cuadro de Profesores por Áreas
Cuadro de Profesores de Prácticas Externas
Admisión de Letrados en Práctica
Regímenes Académico, Disciplinario y Económico
Certificado de Aptitud Profesional
Observaciones e información
PROGRAMA DOCENTE DEL CICLO INTENSIVO 2013/2014 DE LA
ESCUELA SUPERIOR DE PRÁCTICA JURÍDICA FORENSE DEL
ILUSTRE COLEGIO DE ABOGADOS DE SEVILLA.
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Clases Prácticas Internas.
Clases Prácticas Externas.
Áreas del Ciclo Intensivo.
Calendario docente del Ciclo Intensivo
III.
PROGRAMACION A APLICAR: OBJETIVOS Y ACTIVIDADES
IV.
PROGRAMACION DE OBJETIVOS DE ENSEÑANAZA MÍNIMOS Y
DE ACTIVIDADES (conocimientos, habilidades, actitudes) sugeridos por la
Comisión de Formación del C.G.A.E.):
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Objetivos en el Área de Deontología
Objetivos en el Área de Materias Transversales
Objetivos en el Área de Materias Instrumentales
Objetivos en el Área Penal
Objetivos en el Área Civil
Objetivos en el Área Mercantil
Objetivos en el Área Administrativo
Objetivos en el Área de Tributario
Objetivos en el Área Laboral y de Seguridad Social
3
4
INFORMACIÓN GENERAL
5
6
PRESENTACIÓN
La ESCUELA SUPERIOR DE PRÁCTICA JURÍDICA FORENSE DEL
ILTRE. COLEGIO DE ABOGADOS DE SEVILLA, que vio la luz por primera vez en
el año 1975, ha desarrollado ininterrumpidamente sus cursos y ciclos anuales con la
finalidad de facilitar a los Licenciados en Derecho su acceso al ejercicio profesional,
aportando la ayuda necesaria para salvar el paso de la FACULTAD al FORO.
Su creación, por tanto, respondía -y sigue respondiendo hoy- a la necesidad
de proporcionar una formación específica, profesionalizante y práctica a los Licenciados
en Derecho que, cada año, se incorporan al ejercicio profesional, dando pleno
cumplimiento, desde el punto de vista práctico, a la labor formativo-teórica de la
Facultad de Derecho y suministrándoles ese complemento práctico imprescindible en el
ejercicio de la abogacía; espíritu que viene manteniendo a través de todos estos años.
Nuestros PROFESORES, que constituyen el Claustro de Profesores de esta
Escuela, han sido elegidos entre personas relevantes, individual y profesionalmente, del
mundo del Derecho en sus diversas parcelas de actuación, preferentemente abogados en
ejercicio, que han demostrado una capacidad jurídico-profesional y una dedicación
eficaz, contribuyendo de forma notable a incrementar el conocimiento práctico. Por
supuesto, también forman parte de nuestro cuadro de profesores, prestigiosos juristas no
ejercientes de la abogacía, como son magistrados, jueces, fiscales, profesores
universitarios, secretarios judiciales, médicos forenses, etc.
No debe olvidarse que, hasta ahora, España ha sido el único país de la
Comunidad Europea que ha permitido el acceso al libre ejercicio de la profesión de
abogado únicamente con el título universitario de Licenciado expedido por las
Facultades de Derecho, sin otras pruebas ni enseñanzas prácticas. No parece este un
sistema idóneo para que, en consecuencia, tenga que formarse el Licenciado por sí solo
en la práctica profesional, ni pueda estar a expensas de conseguir incorporarse a un
bufete experimentado donde poder practicar la pasantía, esto última cada vez más difícil
de conseguir.
Precisamente por ello y a propuesta del Ministerio de Justicia, tras años de
espera por parte de la Abogacía Española -cuyo Consejo General y sus Colegios de
Abogados que lo integran, han clamado insistentemente para hacer realidad esta
necesidad- el Congreso de los Diputados aprobó la Ley de Acceso a la Profesión de
Abogado con fecha 30 de octubre de 2006, con una “vacatio legis” de cinco años, por lo
que, en principio, entró en vigor en octubre de 2011. Durante este periodo las actuales
Escuelas de Práctica Jurídica de los Colegios de Abogados podrán gestionar los
oportunos convenios con las correspondientes Universidades, a fin de dar paso a las
futuras Escuelas adaptadas a la nueva Ley y a su Reglamento.
Por Real Decreto 775/2011, de 3 de junio, el Consejo de Ministros ha
aprobado el Reglamento de la Ley de Acceso de 30 de octubre de 2006.
Por lo tanto, la Ley y su Reglamento entraron en vigor el 30 de octubre de
2011. Pero, naturalmente, su aplicación práctica no podrá iniciarse hasta el 30 de
octubre de 2013 y ello, por la siguiente razón: el sistema que esta nueva legislación
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contempla para acceder a la profesión de Abogado, se exigirá a los Graduados en
Derecho.
Pero es lo cierto, que al no estar derogada la Orden Ministerial de 3 de junio
de 1997, por la que se establecen los requisitos mínimos de formación y
especialización necesarios para prestar los servicios de asistencia letrada gratuita,
aquellos Licenciados en Derecho a los que no les es aplicable la nueva normativa de
acceso a la profesión, aunque puedan colegiarse, no deben acceder al turno de oficio y
asistencia jurídica gratuita sin cumplir los requisitos exigidos por esta Orden
Ministerial. En consecuencia, es absolutamente necesario que la Abogacía española, su
Consejo General, los Consejos autonómicos, los Colegios de Abogados y los
profesionales del derecho atiendan en la medida de sus posibilidades a la formación
práctica complementaria de quienes han de asumir la responsabilidad de defender ante
los tribunales y asesorar jurídicamente a aquellos ciudadanos beneficiarios de la Justicia
gratuita.
A tal finalidad, la normativa actualmente vigente incluye, entre las exigencias
para poder intervenir en el Turno de Oficio y Asistencia Letrada al Detenido, cursos
homologados impartidos por Escuelas de Práctica Jurídica, entre las que se
encuentra la ESCUELA SUPERIOR DE PRÁCTICA JURÍDICA FORENSE DEL
ILTRE. COLEGIO DE ABOGADOS DE SEVILLA que ahora presentamos que, sin
ánimo de lucro, tiene por finalidad la eficaz preparación de los Licenciados en Derecho
a través de las Prácticas de Iniciación a la Abogacía en las técnicas y modos de
actuación profesional propios de esta actividad jurídica.
Precisamente por todo ello, el Consejo General de la Abogacía Española
aprobó el 24 de septiembre de 2004, a propuesta de la Asamblea de Escuelas de
Práctica Jurídica de España, el aún vigente Reglamento Regulador de la
Homologación de las Escuelas de Práctica Jurídica de España, y las Prácticas de
Iniciación a la Abogacía, a cuya normativa vigente se adaptó nuestra Escuela a través
de su nuevo Estatuto aprobado en julio de 2006 por este Iltre. Colegio de Abogados de
Sevilla.
Esta normativa estableció, como requisito imprescindible para obtener el
Certificado de Aptitud Profesional (C.A.P.), las pruebas pertinentes que han de tener
lugar, con carácter obligatorio para obtener el correspondiente diploma o certificado, al
terminar los ciclos de prácticas previamente organizados, pruebas que -por vez primerase celebraron en el mes de julio de 2006 en nuestra Escuela.
Por cuanto antecede, esta Escuela que se sigue esforzando, sin escatimar
medios, en lograr la preparación adecuada de estos licenciados, se encuentra –en este
curso 2013/2014- en pleno proceso de adaptación al nuevo Reglamento de Escuelas de
Práctica Jurídica promulgado por el Consejo General de la Abogacía Española con
fecha 14 de diciembre de 2012, como consecuencia de la Ley de Acceso a la profesión
de Abogado de 30 de octubre de 2006 y su Reglamento que la desarrolla de fecha 30 de
junio de 2013.
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CONSEJO RECTOR DE LA ESCUELA
PRESIDENTE
Decano del Iltre. Colegio de Abogados de Sevilla
EXCO. SR. DON JOSE JOAQUIN GALLARDO RODIGUEZ
VOCALES
Miembros de la Junta de Gobierno del Iltre. Colegio de Abogados de Sevilla
SR DON FERNADO PIRUAT DE LA BARRERA
SR. DON JOSE MARIA MONZON RISTORI
SR. DON OSCAR CISNEROS MARCOS
SR. DON FERNANDO ANGEL GONZALEZ DE LA PEÑA YSERN
SR. DON ANTONIO MUÑOZ RUIZ
SR. DON JUAN ANTONIO MORA CABO
SRA. DOÑA PATRICIA MARTINEZ-CONRADI ALAMO
SR. DON MANUEL PEREZ CUAJARES
SRA. DOÑA CONSUELO RODRIGUEZ TORNE
SR. DON JUAN ANTONIO NAVAS CORDOBA
SR. DON SALVADOR JIMENEZ RODRIGUEZ
SR. DON JOSE MANUEL SANCHEZ CARRILLO
SR. DON JOSE ANTONIO DEL BARCO AUMESQUET
SRA. DOÑA REYES GALLARDO NAVARRO
SRA. DOÑA DEBORAH DELMAS LIROLA
SRA. DOÑA ROSA MARIA SELVA MORAN
Director
SR. DON FERNANDO PIRUAT DE LA BARRERA
Secretaria (La que lo es de la Junta de Gobierno)
SRA. DOÑA ROSA MARIA SELVA MORAN
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PLAN DE FORMACIÓN
Para cumplir sus fines, esta ESCUELA SUPERIOR DE PRÁCTICA JURÍDICA
FORENSE organiza sus cursos y ciclos a través de una serie de actividades incluidas en
su PLAN DE FORMACIÓN anual, que se enuncia a continuación, de conformidad con
lo previsto en sus Estatutos y en los artículos 6 y 18 del REGLAMENTO para la
Homologación de las Escuelas de Práctica Jurídica y las Prácticas de Iniciación a la
Abogacía aprobado por el Pleno del Consejo General de la Abogacía Española el 24 de
septiembre de 2004, al que posteriormente se le han introducido leves reformas.
La primera cuestión planteada es la de determinar cómo se desarrollarán las
ACTIVIDADES DE LA ESCUELA, que se pueden resumir en los siguientes
apartados, de conformidad con lo autorizado en el Art. 20 y dispuesto en el articulado
del Reglamento de las Prácticas de iniciación a la abogacía:
A) Un CICLO INTENSIVO de 12 meses (de octubre a octubre), destinado a
complementar la formación teórica recibida en la Universidad por los Licenciados en
Derecho adscritos a la Escuela, todo ello con el estudio y trabajo práctico de las
actuaciones jurídicas, adiestrándoles en la solución de aquellos supuestos que se
producen en la vida jurídica y en el ejercicio de la profesión de la abogacía con mayor
intensidad.
B) Asistencia a despachos, gabinetes jurídicos, visitas a órganos
jurisdiccionales y a otras instituciones de carácter jurídico, que se traducirá en la
puesta en contacto de los Letrados en práctica con aquellas personas y organismos que
diariamente desarrollan actividades relacionadas con la vida jurídica.
A tal finalidad, asistirán a actuaciones judiciales que se desarrollen en las cuatro
jurisdicciones básicas, como son la Civil, Penal, Contencioso-administrativa y Laboral,
mediante presencia de juicios, vistas, comparecencias, práctica de pruebas y demás
actuaciones procesales; también se procurará la comparecencia en Juzgados de Guardia
para presenciar actuaciones judiciales en defensa del detenido y en las dependencias
policiales a los mismos efectos; en el C.E.M.A.C. a efectos de actos conciliatorios
previos a la jurisdicción laboral; establecimientos de prisiones, Notarías, Registros de la
Propiedad, Colegio Profesional, Defensor del Pueblo, etc.
C) Asistencia a seminarios, reuniones, jornadas, conferencias, coloquios y
cursos de especialización y actualización, destinados a profesionales del derecho,
que contribuyan a mejorar su formación en materias jurídicas de especial interés, ya
sean organizados por la propia Escuela, por el Colegio de Abogados o por otras
instituciones relacionadas con la actividad jurídica.
D) Utilización de textos del fondo de la Biblioteca colegial, así como de
material informático, destinados a la búsqueda de textos legales, jurisprudencia,
doctrina, etc.
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E) La relación de contenidos a trabajar en cada disciplina, de prácticas
externas e internas, que en este mismo texto se relacionan.
F) La atribución de carga de trabajo para cada Letrado en práctica,
expresada en horas y finalmente en créditos.
A este respecto, el Consejo General de la Abogacía Española tiene establecido
como carga horaria recomendada una duración mínima de 60 créditos y máxima de 120,
a cuyo efecto se adopta el concepto de crédito de los artículos 3 y 4.3 del Real Decreto
1125/03 de 5 de septiembre, de forma que -cada crédito- se computará a razón de 25
horas.
Naturalmente, habrán de tenerse en cuenta a efectos de cómputo de horas y
créditos correspondientes, no sólo las asistencias a las horas lectivas de prácticas
internas y externas, sino también el cómputo horario de trabajo encargado para realizar
fuera de la Escuela, así como asistencias a otros cursos, seminarios, jornadas,
conferencias, trabajos jurídicos publicados, experiencia profesional como abogado
ejerciente, bien en despacho propio, bien en otros bufetes, y tiempo invertido en
formación jurídica en cualquier otro ámbito jurídico, etc.
A tales efectos, dentro de los límites máximos y mínimos determinados por la
Comisión de Formación del Consejo General de la Abogacía, esta Escuela, para el
presente curso, ha fijado la distribución de los créditos, expresados en horas, como
carga horaria recomendada para las distintas ÁREAS, de acuerdo con los siguientes
porcentajes recomendados:
ÁREAS
Civil
Penal
Administrativo
Laboral
Mercantil
Instrumentales
Transversales
Tributario
Deontología
% RECOMENDADO
20-30 %
15-25 %
10-20 %
10-15 %
5-10 %
5-10 %
5-10 %
4-8 %
4-8 %
Naturalmente, esta carga horaria responde al mínimo previsto, sin perjuicio de
ser elevada en la práctica, sin pasar del máximo recomendado, a la vista de los cupos
horarios distintos a las horas lectivas antes indicados y de las conveniencias que el
desarrollo de los ciclos vayan aconsejando.
G) Criterios de evaluación a tener en cuenta.
A los efectos anteriormente indicados se fija, a título meramente enunciativo,
que no exhaustivo, con independencia de los objetivos contenidos en la programación
que se inserta más adelante en este mismo texto, los siguientes OBJETIVOS, también
“de carácter mínimo”, a conseguir:
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a)
Asumir la abogacía como una función social y solidaria.
b) Defender con lealtad los intereses confiados por el cliente.
c)
Realizar, con desenvoltura y seguridad, las tareas cotidianas en los ámbitos en
los que desarrolle la profesión de abogado.
d) Tener siempre presente la trascendencia deontológica de sus actos
profesionales y apreciar su importancia para sí mismo, el cliente, la sociedad,
la justicia y el colectivo profesional.
e)
Apreciar la conveniencia de propiciar una solución negociada al conflicto y
conocer las técnicas de la negociación.
f)
Conocer y aplicar las técnicas, tácticas y estrategias que les permitan dirigir,
seguir y resolver cualquier asunto jurídico, tanto judicial, como extrajudicial.
g) Argumentar con corrección jurídica, tanto oralmente como por escrito.
h) Localizar, analizar y valorar la legislación, jurisprudencia y doctrina científica
aplicable al caso.
i)
Identificar las implicaciones interdisciplinares del asunto que se le encargue.
j)
Conocer el funcionamiento de un despacho de abogados y el “usus fori” de los
Juzgados y Tribunales donde desarrolle su actividad.
k) Elegir, si procede, la acción judicial más adecuada para la resolución del caso.
l)
Analizar la viabilidad de las posibles soluciones al conflicto desde el punto de
vista jurídico, sustantivo y procesal, tomando en consideración la posible
duración del litigio o de la negociación, los aspectos económicos, incluidos
los fiscales, y las repercusiones en el aspecto humano para las partes en
conflicto.
m) Identificar los aspectos sustantivos de cada caso y valerse de los medios de
prueba más adecuados.
n) Mantener una adecuada relación y comunicación con el cliente.
ñ) Conocer el contenido y utilidad de los documentos notariales y registrales.
o) Conocer el funcionamiento de los servicios del turno de oficio y asistencia al
detenido, así como el de orientación jurídica.
p) Todos aquellos Objetivos previstos y relacionados en el “programa por
objetivos” que se inserta en la presente edición programática.
q) Cuantos objetivos puedan ampliar los PROFESORES en relación con las
correspondientes áreas y sub-áreas que tengan a su cargo.
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ENSEÑANZA Y METODOLOGÍA
Para alcanzar los objetivos anteriormente relacionados, la enseñanza o docencia
de la Escuela estará a cargo fundamentalmente de abogados en ejercicio y también de
magistrados, jueces, fiscales, médicos forenses, secretarios judiciales, registradores de la
propiedad, profesores universitarios y otros operadores jurídicos de reconocido
prestigio.
Desde el curso 2005-2006 se viene aplicando de forma continuada, eficaz y plena
la nueva programación por objetivos, lo que en definitiva ha venido a traducirse en un
programa de actividades a desarrollar en la aplicación de los contenidos de las
disciplinas que integran las diferentes áreas, superando de esta forma la ya antigua
aplicación del programa de materias. Sin perjuicio, naturalmente, de que las distintas
disciplinas jurídicas puedan considerarse un referente para el desarrollo práctico de las
actividades a realizar y los objetivos a alcanzar.
En definitiva, se trata de alcanzar los objetivos que se insertan en el programa
global más adelante, sin perjuicio de que cada Profesor aplique, dentro de su
competencia, las actividades que -en esos mismo objetivos- se relacionan a título
meramente enunciativo, que no exhaustivo, es decir, aquéllas actividades que, además
de las previstas, estime conveniente introducir en función de las áreas que les están
encomendadas, siguiendo el concepto de crédito-hora señalado en apartado F) del Plan
de Formación antes indicado.
Se establece una distribución de actividades programadas, siguiendo un plan
sistemático en cuanto a las prácticas internas a desarrollar en la sede colegial conforme
a la programación que más adelante se indica.
La horas lectivas de prácticas internas se establecen en el programa que se
inserta más adelante en cuanto a fechas y horarios, pero, con independencia de estos
horarios marcados para prácticas internas, oportunamente se advertirá de las actuaciones
extraordinarias que resulten obligatorias, así como de los horarios y fechas de prácticas
externas en juzgados, tribunales y demás órganos jurídicos y judiciales que se fijen -con
posterioridad, en el momento pertinente- dentro del desarrollo del curso.
Aunque inevitablemente se impartan ciertas explicaciones teóricas sobre
determinados temas, la docencia será eminente y fundamentalmente práctica,
destinada a cumplir los objetivos previstos, con la realización de actividades
establecidas en dichos objetivos, tanto en cuanto a horas lectivas, como en cuanto a los
trabajos que se encomienden a los Letrados en práctica para desarrollarlos en horas
libres, trabajos estos últimos que serán igualmente computados en horas, completándose
todo ello con la entrega de documentación jurídica sobre las distintas disciplinas
jurídicas relacionadas con los objetivos pretendidos.
En el segundo trimestre del curso, se comunicará a los Letrados en práctica el
calendario de Prácticas Externas.
Se relacionan igualmente en este texto los PROFESORES que componen el
claustro de profesores, tanto de prácticas internas como externas.
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Las aulas donde se impartirán las prácticas internas se encuentran ubicadas en
la sede del Iltre. Colegio de Abogados de Sevilla, sita en calle Chapineros nº 6.
De conformidad con lo establecido con carácter imperativo en el Reglamento
antes indicado, al final de las prácticas regladas, con carácter obligatorio, se
celebrarán las pruebas para la obtención del CERTIFICADO DE APTITUD
PROFESIONAL (prueba C.A.P.), que consistirán en un EJERCICIO ESCRITO
(que comprenderá, a su vez, una prueba de Deontología y otra a escoger entre Civil,
Penal, Administrativo, Social y Extrajudicial) y otro EJERCICIO ORAL, éste último
a escoger entre las materias troncales antes citadas, excluyendo aquélla a la que se optó
para la ejercicio escrito. Las demás características de las pruebas se contienen en el
anteriormente reiterado Reglamento.
Las pruebas serán únicas para todo el territorio nacional y se realizarán en los
Colegios de Abogados ante las correspondientes Comisiones de Evaluación presididas
por el Decano del Iltre. Colegio de Abogados o miembro de Junta de Gobierno en quien
delegue, un Magistrado-Juez, un Catedrático o Profesor Titular de Derecho, un
funcionario Licenciado en Derecho dependiente del Ministerio de Justicia o Comunidad
Autónoma, un Abogado con más de diez años de ejercicio profesional y el Director de
la Escuela, este último con voz y sin voto.
A la finalidad de alcanzar los objetivos previstos, se aplicarán estrategias
metodológicas de carácter práctico y participativo, en las que el Letrado en práctica
desarrollará las actividades que posteriormente habrá de llevar a efecto como abogado
ejerciente.
Las prácticas externas se desarrollarán ante los órganos jurisdiccionales y
demás instituciones jurídicas en grupos constituidos, cada uno de ellos, por un número
reducido de Letrados en práctica.
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CUADRO DE PROFESORES POR ÁREAS Y SUBÁREAS
CICLO INTENSIVO 2013 – 2014
DEONTOLOGÍA:
DON OSCAR CISNEROS MARCO, Abogado
PRÁCTICA PROCESAL CIVIL:
BUFETE PIRUAT, Abogados
DON ADOLFO CUELLAR PORTERO, Abogado
DON JOSÉ MANUEL GARCÍA-QUILEZ GÓMEZ, Abogado
DON FRANCISCO BERJANO ARENADO, Magistrado
PRÁCTICA DERECHO DE FAMILIA:
DOÑA CONCEPCIÓN MONTERO CUADRADO, Abogada
DON RAFAEL CABALLERO LOBATO, Abogado
DOÑA PAZ ALMEIDA LORENCES, Abogada
PRÁCTICA JURIDICA LABORAL Y SEGURIDAD SOCIAL:
DON GUSTAVO CABELLO MARTÍNEZ, Abogado
PRÁCTICA DE DERECHO ADMINISTRATIVO:
DOÑA ROCÍO CAÑAL HERNÁNDEZ-DÍAZ, Abogada
DON JACINTO GUTIÉRREZ HERRERA, Abogado
PRÁCTICA DE DERECHO PENAL:
DOÑA PALOMA PÉREZ SENDINO, Abogada
DON MANUEL PÉREZ CUAJARES, Abogado
DOÑA PATRICIA FERNÁNDEZ FRANCO. Magistrada
DON LUIS FERNÁNDEZ ARÉVALO, Fiscal
PRÁCTICA DE MEDIACIÓN CIVIL:
DON ADOLFO FRAILE NIETO, Abogado
TÉCNICA Y PRÁCTICA EXTRAJUDICIAL DEL DERECHO
PRIVADO:
DON JUAN ANTONIO NAVAS CÓRDOBA, Abogado
PRÁCTICA DE DERECHO MERCANTIL:
DON DANIEL MARIÑO RIPOLLÉS, Abogado
PRÁCTICA DE DERECHO PRIVADO:
DON RAMÓN REINA REINA, Abogado
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PRÁCTICA DE DERECHO DEL DEPORTE:
DON ADOLFO FRAILE NIETO, Abogado
PRÁCTICA DE DERECHO TRIBUTARIO:
DON JOSÉ ÁNGEL GARCÍA DE LA ROSA, Abogado
DON JORGE CORTÉS JIMÉNEZ, Abogado
PRÁCTICA DE R. CIVIL DEL ABOGADO; RÉGIMEN
DISCIPLINARIO EN EL TURNO DE OFICIO:
DON JUAN JOSÉ GONZÁLEZ FERRER. Abogado
PRÁCTICA DE DERECHO AMBIENTAL:
DON JESUS VOZMEDIANO GÓMEZ-FEU, Abogado
PRÁCTICA DE ORATORIA FORENSE:
DON JESÚS VOZMEDIANO GÓMEZ-FEU, Abogado
PRÁCTICA DE REGISTRO MERCANTIL:
DON LEOPOLDO PORFIRIO CARPIO, Abogado
PRÁCTICA DE ARRENDAMIENTOS URBANOS Y PROPIEDAD
HORIZONTAL:
DON ALBERTO DONAIRE IBAÑEZ. Abogado
PRÁCTICA DE DERECHO SOCIETARIO:
BUFETE OLIVENCIA BALLESTER, Abogados
BUFETE BORES Y CIA., Abogados
PRÁCTICA DE DERECHO URBANISTICO:
BUFETE PÉREZ MARIN, Abogados
PRÁCTICA DE DERECHO CONSTITUCIONAL:
DON HERIBERTO ASENCIO CANTISÁN, Magistrado
PRÁCTICA DE R. C. Y VALORACION DAÑO CORPORAL:
DON JERONIMO ZAMORA LÓPEZ, Abogado
PRÁCTICA DE DERECHO EXTRANJERIA:
DON MAX ADAM ROMERO, Abogado
PRÁCTICA DE DERECHO DE PROPIEDAD INTELECTUAL:
DON PABLO JOSÉ ABASCAL MONEDERO, Abogado
PRÁCTICA DE DERECHO DEL CONSUMO:
DOÑA DOLORES MOLINA ÁLVAREZ, Abogada
17
PRÁCTICA DE PROTECCIÓN DE DATOS:
DON ADOLFO FRAILE NIETO, Abogado
PRÁCTICA DE DERECHO INTERNACIONAL PRIVADO:
DOÑA JACKELINE FLORES MARTÍN, Abogada
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CUADRO DE PROFESORES DE PRÁCTICAS EXTERNAS
CICLO INTENSIVO 2013/2014
ÁREA CIVIL
DOÑA MARÍA PAZ ALMEIDA LORENCE (FAMILIA), Abogada
DON RAFAEL MARTÍNEZ RUIZ, Abogado
DON VICENTE JIMÉNEZ FILPO, Abogado
ÁREA PENAL
DON MANUEL PÉREZ CUAJARES, Abogado
DON JOSÉ FAUSTINO DE LA BANDA MESA, Abogado
ÁREA CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO
DON JOSÉ ANTONIO DEL BARCO AUMESQUET, Abogado
ÁREA LABORAL
DON GUSTAVO CABELLO MARTÍNEZ, Abogado
DON RAMÓN JOSÉ CHAVEZ GUTIÉRREZ, Abogado
19
ADMISIÓN DE LETRADOS EN PRÁCTICA
CICLO INTENSIVO
Tiene derecho a inscribirse los Licenciados en Derecho que hayan terminado la
Licenciatura.
Las inscripciones deberán realizarse en la Secretaría del Iltre. Colegio de
Abogados de Sevilla, calle Chapineros nº 6, antes del 30 de septiembre de 2013, y
podrán inscribirse los Letrados colegiados y los Licenciados en Derecho.
Los Licenciados en Derecho por cualquier Universidad extranjera no podrán
presentarse a tales pruebas hasta que acrediten haber obtenido el reconocimiento en
España de su Licenciatura.
Se formalizará la inscripción mediante la presentación en la citada Secretaría
Colegial de dos fotografías tamaño carnet y resguardo de ingreso de los derechos de
matrícula señalados para este ciclo por importe de 3.500€, pudiendo verificarla en
cuatro plazos de 750€, del siguiente modo:




Primer plazo: antes del 30.09.2013, junto con el impreso de solicitud.
Segundo plazo: antes del 31.12.2013.
Tercer plazo: antes del 31.03.2014.
Cuarto plazo: antes del 30.06.2014.
R É G I M E N A C A D É M I CO
Para superar los ciclos citados serán necesarios:
1º. Asistencia, a un mínimo del 80% de las clases lectivas programadas y al número
de horas lectivas y realización de trabajos encomendados que, en unión de las
prácticas en despachos, instituciones, cursos, seminarios, jornadas, conferencias,
trabajos jurídicos publicados, experiencia profesional, cursos de postgrado, etc.,
cubra un mínimo de 60 créditos y un máximo de 220 créditos, a cuyo efecto, cada
crédito se computará a razón de 25 horas.
2º. Desarrollo de un mínimo del 80% de los trabajos que se encarguen para realizar
fuera de la sede lectiva y también de un mínimo del 80% de asistencia a las
prácticas externas.
3º. Exigencia de colaboración e interés, así como asistencia a las actuaciones externas
y complementarias que se programen.
4º. Cumplimiento de la normativa de los Estatutos de la Escuela.
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RÉGIMEN DISCIPLINARIO
Los Letrados en práctica que no asistan con regularidad a las clases; no se
sometan al régimen de trabajo que se establezca o dejen de abonar las tasas académicas,
causarán baja después de ser apercibidos.
R É G I M E N E C O N Ó M I CO
Para atender a los gastos ocasionados por el funcionamiento de la Escuela,
constituidos en su mayor parte por la remuneración del profesorado, conferenciantes
auxiliares y adquisición de material, su presupuesto anual se nutre de los ingresos
provenientes de los derechos de matrícula, aportación del Iltre. Colegio de Abogados de
Sevilla, subvenciones que otorguen las Instituciones estatales, autonómicas,
provinciales o locales y otras entidades, corporaciones o instituciones privadas.
A falta de subvenciones, el presupuesto se cubrirá con los ingresos procedentes de
las matrículas y, si fuere necesario, por ayuda del Iltre. Colegio de Abogados al que la
Escuela pertenece, con cargo a sus presupuestos.
CERTIFICADO DE APTITUD PROFESIONAL
A la terminación de los ciclos programados, los Letrados en práctica que haya
superados -mediante el cumplimiento de los requisititos exigidos- los ciclos
anteriormente citados, de los que se compone EL Ciclo Intensivo en la Escuela, habrán
de someterse a las pruebas que para la obtención del Certificado de Aptitud Profesional
(prueba CAP) exigen los artículos 29 al 36 del Reglamente regulador de las Prácticas
de Iniciación a la Abogacía.
Aquellos que superen dichas pruebas obtendrán el CERTIFICADO DE
APTITUD PROFESIONAL expedido por el CONSEJO GENERAL DE LA
ABOGACÍA ESPAÑOLA y EL CONSEJO ANDALUZ DE COLEGIOS DE
ABOGADOS, documento acreditativo de la estancia en la Escuela y la superación de las
pruebas.
OBSERVACIONES E INFORMACIÓN
A disposición de los letrados en práctica se encuentra la Biblioteca del Iltre.
Colegio de Abogados.
Por la propia índole de las actividades proyectadas, muchas de ellas resulta
imposible programarlas con excesiva anticipación. Es posible incluso que alguna vez se
produzca determinada alteración motivada por las propias características de la actividad
a realizar. No obstante, cualquier modificación del calendario y programación de las
enseñanzas que imparte la Escuela será anunciada previamente a los letrados en
práctica.
21
Quienes deseen obtener más información sobre el funcionamiento y las
características de esta ESCUELA, pueden dirigirse a:
ILTRE. COLEGIO DE ABOGADOS DE SEVILLA
c/ Chapineros nº 6
Teléfono 954502757
Fax: 954217290
41004-Sevilla
[email protected]
22
CICLO INTENSIVO 2013/2014
CLASES PRÁCTICAS INTERNAS
El PROGRAMA a aplicar será el de OBJETIVOS trascrito a continuación en
estas instrucciones, al que cada Profesor deberá adaptar las disciplinas que imparta, de
forma que se actúe induciendo a los Letrados en práctica a llevar a cabo las actividades
indicadas en dicha programación correspondientes a sus respectivas áreas, así como
aquellas otras actividades que cada Profesor estime pertinente dentro de su disciplina.
CLASES PRÁCTICAS EXTERNAS
Las actividades señaladas con “EX” en el Programa de Objetivos se sugiere sean
realizadas en “Prácticas Externas”.
Las actividades programadas son orientadoras y pueden ampliarse.
ÁREAS DEL CICLO INTENSIVO Y COORDINADOR
 ÁREA CIVIL (Coordinadora del Área: Dña. Concepción Montero
Cuadrado):
-
Práctica de Derecho Procesal Civil
Práctica de Derecho Familia
Práctica de Derecho Privado
Práctica de Arrendamientos Urbanos y Propiedad Horizontal.
Práctica de la Mediación Civil
Práctica de la Responsabilidad Civil y Daño Corporal
Práctica de la Responsabilidad Civil del Abogado
Práctica Externa Civil
 ÁREA PENAL (Coordinador del Área: D. Manuel Pérez Cuajares):
- Práctica Penal
- Práctica Externa Penal
 ÁREA ADMINISTRATIVA (Coordinador del Área: D. Adolfo Fraile Nieto):
-
Práctica de Derecho Administrativo
Práctica de Derecho Urbanístico
Práctica de la Protección de Datos de Carácter Personal
Práctica Externa Administrativa
 ÁREA LABORAL (Coordinador del Área: D. Adolfo Fraile Nieto):
- Práctica de Derecho Laboral y de la Seguridad Social
- Práctica Externa Laboral
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 ÁREA MERCANTIL-SOCIETARIA-TRIBUTARIA (D. José Ángel García
de la Rosa):
-
Práctica de Derecho Mercantil
Práctica de Derecho Societario
Práctica de Derecho Tributario
Práctica de Registro Mercantil
 ÁREA DE DEONTOLOGÍA (Coordinador del Área: D. Oscar Cisneros
Marcos):
- Práctica de la Deontología
 ÁREA TRANSVERSAL-INSTRUMENTAL (Coordinador del Área: D.
Adolfo Fraile Nieto):
-
Práctica de Derecho Constitucional
Práctica de Derecho del Deporte
Práctica de Derecho del Consumo
Práctica de Derecho Ambiental
Práctica de Derecho de la Propiedad intelectual
Práctica de Oratoria Forense
Práctica de Derecho de Extranjería
Práctica de Derecho Internacional Privado
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