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Lic. Graciela Ortiz González Senadora de la República INICIATIVA CON PROYECTO DE DECRETO POR EL QUE SE ADICIONA EL ARTÍCULO 7 FRACCIÓN III DE LA LEY GENERAL DE EDUCACIÓN Y SE REFORMA EL ARTÍCULO 56 DE LA LEY SOBRE EL ESCUDO, LA BANDERA Y EL HIMNO NACIONALES, PARA FOMENTAR EL RESPETO A LOS SÍMBOLOS PATRIOS. Las que suscriben, Graciela Ortiz González, Blanca María del Socorro Alcalá Ruiz, Marcela Guerra Castillo y Ana Lilia Herrera Anzaldo; Senadoras de la república integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, de la LXII Legislatura, en uso de las facultades que nos confiere la fracción II del artículo 71 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como el numeral 1 del Artículo 8 y el numeral 1 del Artículo 164 del Reglamento del Senado de la República, sometemos a la consideración de esta Soberanía, la presente Iniciativa con Proyecto de Decreto por el que se adiciona el artículo 7 fracción III de la Ley General de Educación y se reforma el Artículo 56 de la Ley Sobre el Escudo, la Bandera y el Himno Nacionales; para fomentar el respeto a los símbolos patrios, bajo la siguiente: Exposición de Motivos Los principales rasgos de identidad nacional de un país son sus símbolos patrios, en el caso de nuestro país revisten tal carácter el escudo, el himno y la bandera nacionales. 1 Lic. Graciela Ortiz González Senadora de la República Junto a el Escudo y el Himno Nacional, nuestro Lábaro Patrio representa uno de los símbolos de los Estados Unidos Mexicanos, quizás, el más emblemático por contener el escudo y por sus características que le otorgan identidad a la nación, así como patriotismo a los mexicanos. En él se encuentra plasmada la historia y la constitución de nuestro país. Con el transcurso del tiempo, la Bandera Nacional tuvo transformaciones, las cuales representan momentos importantes y destacados de la historia; los antecedentes de la Bandera Nacional se hallan inmersos desde la época prehispánica cuando los pueblos plasmaban en estandartes los símbolos alusivos a sus gobernantes. Pero no es hasta la guerra de Independencia liderada por el cura Miguel Hidalgo, que se reconoce como la primera bandera nacional al estandarte con la imagen de la Virgen de Guadalupe que se utilizó durante el Grito de Dolores. Años más tarde, el Ejército Insurgente diseñaría una nueva bandera de seda en colores blanco y azul, apareciendo por primera vez la figura del águila posada sobre un nopal pero ostentaba una corona imperial. En el año de 1821, cuando México alcanzó su posición de nación independiente, el Imperio de Agustín de Iturbide designó los tres colores hasta ahora vigentes: verde, blanco y rojo; se mantuvo la corona en 2 Lic. Graciela Ortiz González Senadora de la República representación del imperio y el escudo al centro con la misma imagen del águila, sólo que en esta versión no aparece la serpiente. Esta bandera fue oficialmente declarada por Iturbide el 02 de noviembre de 1821 y estuvo vigente hasta la abolición del imperio en el año de 1823. A partir de ese momento, la bandera estuvo a disposición del Congreso Contribuyente, quien a su vez removió la corona imperial y agregó las ramas de encino y olivo hasta ahora presentes en el Escudo Nacional. Personajes de la historia mexicana como Maximiliano I, Porfirio Díaz y Venustiano Carranza rediseñaron la bandera, conservando el águila y las características originales acuñadas por los mexicas en la leyenda sobre la fundación de Tenochtitlán. La Bandera Nacional como en la actualidad se le conoce, fue adoptada por decreto de fecha 16 de septiembre de 1968, y confirmada por la ley el 24 de febrero de 1984. Por lo que hace al Escudo Nacional, luego de casi 689 años del mítico suceso cuando los mexicas encontraron la señal que su Dios Huitzilopochtli les había prometido para fundar Tenochtitlan, el águila devorando una serpiente sobre un nopal es uno de los iconos que nos identifican como mexicanos, por ser parte del escudo nacional y por lo tanto, uno de los símbolos patrios, junto con la bandera y el himno nacional. 3 Lic. Graciela Ortiz González Senadora de la República A lo largo de la historia, el símbolo ha tenido modificaciones, representando el águila de perfil y de frente, con corona durante los dos imperios mexicanos; agregándosele una serpiente luego de la conquista, conservando elementos del mito mexica como el nopal, el agua que hace referencia al lago de Texcoco y Tenochtitlan e incorporándosele laureles. Su primera incursión en una bandera fue en el estandarte del insurgente Ignacio Allende, quien la incorporo como símbolo central, rodeado por lábaros patrios. El actual diseño del escudo fue creado por Francisco Eppens Helguera y en el año de 1984 para unificar y respetar este símbolo mexicano, se decretó la Ley sobre el Escudo, La Bandera y el Himno Nacionales. Ahora bien, cabe mencionar que durante sus primeras tres décadas como nación independiente, México no tuvo un himno oficial. Fue hasta el 12 de noviembre de 1853, que el gobierno de la República, a través del Ministerio de Fomento, de Colonización, Industria y Comercio, convocó a un concurso dividido en dos partes. La primera era un certamen literario para seleccionar la letra de lo que habría de ser el nuevo Himno Nacional; en la segunda etapa, se escogería la mejor musicalización del poema triunfador; resultando ganadores de Francisco González Bocanegra y Jaime Nunó Roca. La 4 Lic. Graciela Ortiz González Senadora de la República letra del himno nacional, alude a las victorias mexicanas en batallas y cuenta sobre la defensa de la patria. En virtud de la importancia histórica de los símbolos patrios, así como lo que representan para los mexicanos, resulta intolerable la falta de respeto hacia los mismos, toda vez que el Estado Mexicano a través de sus autoridades educativas tiene la obligación de dictar las medidas para que en todas las instituciones del Sistema Educativo, se profundice en la enseñanza de la significación de los símbolos patrios. La Secretaría de Educación Pública, a través de concursos culturales, entre los cuales se encuentran los de expresión literaria, ha tratado de reforzar la importancia de los símbolos patrios, estimulando la participación de los alumnos de diferentes escuelas y niveles escolares, con la entrega de algún premio o reconocimiento; pero este tipo de concursos no son suficientes para cumplir con la finalidad que tienen todas las instituciones educativas, la cual consta en fortalecer la conciencia de nacionalidad y de soberanía, tener un aprecio por la historia, los símbolos patrios y las instituciones nacionales. El fortalecer el respeto a los símbolos patrios a través de actividades educativas, traerá consigo una identidad y conciencia de nacionalidad en todos los alumnos de diferentes niveles escolares, obteniendo resultados a corto y largo plazo. 5 Lic. Graciela Ortiz González Senadora de la República Es importante que los mexicanos, principalmente los jóvenes, conozcan los momentos históricos que representan los símbolos patrios ya que ahí radica la importancia de los mismos; una vez que se conoce la historia es posible entender su significado y, conociendo este último, se creará un respeto y una conciencia de nacionalidad. No podemos dejar de mencionar que los símbolos patrios en ocasiones se ven vulnerados por actos indebidos de falta de respeto, lo cual lamentablemente trasciende a nuestra niñez y juventud, por lo que es importante y necesaria la implementación de actividades escolares para reforzar el respeto a los mismos, lo cual servirá para propiciar una cultura de respeto a nuestros símbolos patrios y, por supuesto, a nuestra historia patria. Por dichos motivos, consideramos necesaria una reforma que fomente y fortalezca el respeto a los símbolos patrios, así como a crear una conciencia de nacionalidad y soberanía, la cual consistirá en incorporar una semana cívica a nivel nacional en el mes de septiembre, dentro de la cual se deberá llevar a cabo diferentes actividades encaminadas a conocer la historia, el significado y la importancia del Escudo, la Bandera y el Himno Nacionales. Así, se propone adicionar un párrafo a la fracción III del artículo 7 de la Ley General de Educación, con la finalidad de instituir la referida 6 Lic. Graciela Ortiz González Senadora de la República semana cívica dirigida al fortalecimiento del conocimiento y respeto a nuestros símbolos patrios y a nuestras instituciones nacionales Por otra parte, y toda vez que en todo momento los símbolos patrios deben de ser respetados por nacionales y extranjeros, se considera una falta grave el mal uso de los mismos con fines de lucro así como en espectáculos abiertos dirigidos al público en general. Este tipo de acontecimientos se han presentado en distintas ocasiones, agraviando a la nación, ya que el impacto que provocan los actos hechos en detrimento de los símbolos patrios, no sólo se limita al momento del evento, si no que se propaga por los medios electrónicos ocasionando que la ofensa se acreciente y que el respeto a los símbolos patrios se vea vulnerado. El beneficio que se obtiene con estos eventos es mucho mayor que la sanción que actualmente impone nuestro marco jurídico vigente, por lo cual no representa un elemento para desincentivar el uso indebido de nuestros símbolos patrios. Una forma de prevenir este tipo de actos y servir de ejemplo para que nadie más, sea nacional o extranjero, propicie la falta de respeto a los símbolos patrios en eventos o espectáculos públicos, es el incremento de las sanciones establecidas en la normatividad aplicable, de forma tal que no sean éstas un mero trámite del pago de una cantidad mínima, 7 Lic. Graciela Ortiz González Senadora de la República sino que se convierta en un elemento que produzca el efecto preventivo y correctivo que la ley debe alcanzar. A la vez, consideramos prudente que en estos supuestos de gravedad, se contemple una disculpa pública en la sanción, pues ello conlleva un acto de desagravio necesario en razón de la trascendencia de los símbolos de nuestra patria, pues de lo contrario, las futuras generaciones se verán desprovistas de esos importantes valores nacionales. PROYECTO DE DECRETO POR EL QUE SE ADICONA EL ARTÍCULO 7 FRACCIÓN III DE LA LEY GENERAL DE EDUCACIÓN Y SE REFORMA EL ARTÍCULO 56 DE LA LEY SOBRE EL ESCUDO, LA BANDERA Y EL HIMNO NACIONALES. Artículo Primero. Se adiciona un párrafo a la fracción III del artículo 7 de la Ley General de Educación, para quedar como sigue: Artículo 7… I. y II. III. Fortalecer la conciencia de la nacionalidad y de la soberanía, el aprecio por la historia, los símbolos patrios y las instituciones nacionales, así como la valoración de las tradiciones y particularidades culturales de las diversas regiones del país. 8 Lic. Graciela Ortiz González Senadora de la República Para efectos de los fines previstos en esta fracción, se instituye la semana cívica nacional que se realizará en el mes de septiembre de cada año, la cual contemplará actividades encaminadas a fortalecer la importancia, el significado y el respeto hacia los símbolos patrios y las instituciones nacionales. Artículo Segundo. Se reforma el Artículo 56 de la Ley Sobre el Escudo, la Bandera y el Himno Nacionales, para quedar como sigue: Artículo 56.- Las contravenciones a la presente Ley que no constituyan delito conforme a lo previsto en el Código Penal para el Distrito Federal en materia de fuero común, y para toda la República en materia de fuero federal, pero que impliquen desacato o falta de respeto a los Símbolos Patrios, se castigarán, según su gravedad y la condición del infractor, con multa hasta por el equivalente de 500 veces el salario mínimo contemplado en el Distrito Federal, o con arresto hasta por treinta y seis horas. Si la infracción se comete con fines de lucro, la multa podrá imponerse hasta por el equivalente de mil veces el salario mínimo contemplado en el Distrito Federal. Si la infracción se comete con motivo de espectáculos abiertos al público en general, la multa podrá imponerse hasta el equivalente a tres mil veces el salario mínimo contemplado en el Distrito Federal y la sanción podrá contemplar además la disculpa pública. Procederá la sanción de decomiso para los artículos que reproduzcan ilícitamente el Escudo, la Bandera, o el Himno Nacionales. 9 Lic. Graciela Ortiz González Senadora de la República Transitorios Primero. El presente Decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación. Segundo. Las acciones que, en su caso, deban realizar las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, para dar cumplimiento a lo dispuesto por el presente Decreto, se sujetarán a la disponibilidad de recursos aprobados en el Presupuesto de Egresos de la Federación para el ejercicio fiscal correspondiente. 10