Document related concepts
no text concepts found
Transcript
AFIP – Consultas Vinculantes Seguridad Social. Empadronamiento de Autónomos AFIP - CONSULTAS VINCULANTES Empadronamiento de Autónomos Para determinar los "Ingresos brutos" de los socios de Sociedades de Hecho ¿Debe calcularlo por su participación sobre el ingreso bruto de la sociedad o por lo que efectivamente reciben de la misma? En el caso de socios de Sociedades de Hecho, se computa su participación en el resultado de la sociedad. Es decir lo que reciben de la sociedad que es una figura distinta de ellos individualmente. En el caso de directores de sociedades que simultáneamente trabajan en relación de dependencia, a los fines de determinar su "Ingreso Bruto"? ¿debe sumarse el ingreso que percibe en relación de dependencia? Los únicos ingresos a contabilizar por parte de los directores de sociedades son los vinculados con los honorarios por su función específica. No deberá tener en cuenta los dividendos por acciones si las tuviera, ni su sueldo por tareas fuera de su función como director. ¿Cómo deben determinar sus "Ingresos A efectos de su imputación al año calendario, brutos" los directores y administradores de así como de la atribución de los resultados sociedades? obtenidos por las sociedades a sus socios se deberán observar las disposiciones vigentes para el impuesto a las ganancias. Los honorarios de directores, síndicos o miembros de consejos de vigilancia y las retribuciones a los socios administradores serán imputados por dichos sujetos al año fiscal en que la asamblea o reunión de socios, según corresponda, apruebe su asignación. En los casos en que la aprobación de la asamblea de accionistas o reunión de socios se refiera a honorarios de directores, síndicos, miembros de consejos de vigilancia o retribuciones a socios administradores respectivamente, asignados globalmente, a efectos de la imputación se considerará el año fiscal en que el directorio u órgano ejecutivo efectúe las asignaciones individuales. En el caso de directores de sociedades que a su vez desarrollan alguna actividad como monotributista ¿debe tener en cuenta dichos ingresos a fin de determinar los "Ingresos Brutos"? Los únicos ingresos a contabilizar por parte de los directores de sociedades son los vinculados con los honorarios por su función especifica. Los ingresos como monotributista no son por su función de director, por lo tanto no corresponde tenerlos en cuenta. www.mrconsultores.com.ar 1