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Méndez, J (2005). Fundamentos de Economía. Unidad 1, p. 6; unidad 2, p. 36. Editorial McGraw-Hill, México DERECHO ECONOMICO Economía: Proviene del latín oikos – nomos/nemos la buena administración del hogar o régimen. Para los griegos era: ekonomo, para México: ecónomo también significaba el que se ocupa del buen uso de lo que hay en la casa, administración de la casa, tanto durante el patriarcado como en el matriarcado. Es la ciencia de la escasez. Ciencia que estudia la producción y la riqueza. Estudia los deseos ilimitados y los recursos limitados. Actividades que se relacionan con la producción y consumo de recursos. Actividad que permite al individuo conocer las necesidades económicas de una sociedad y crear satisfactores, para todos los seres vivos. DERECHO ECONÓMICO Y ECONOMÍA El Derecho económico es el conjunto de principios y de normas de diversas jerarquías, sustancialmente de Derecho público, que inscritas en un orden público económico plasmado en la carta fundamental, facultan al Estado para planear indicativa o imperativamente el desarrollo económico y social de un país y regular la cooperación humana en las actividades de creación, distribución, cambio y consumo de la riqueza generada por el sistema económico. Se define como el papel que tiene el Derecho (entendido en este caso como sistema jurídico) en la regulación de la actividad económica. Este marco legal que establece las "reglas del juego" neutrales para los actores económicos1 abarca las transacciones bursátiles, la auditoría de negocios, las leyes referentes a la economía (como las leyes monetarias, por ejemplo), y en general todas las actividades comerciales y de funcionamiento de los mercados. Se observa entonces hasta qué punto los campos de la economía y el Derecho están íntimamente ligados y mantienen una interacción constante entre sí. Asimismo, cabe anotar que el hecho de ejercer influencia en la esfera económica le da al Derecho un carácter multidisciplinario, amplía notablemente su campo de acción y hace un distanciamiento de la tradición antigua europea. Diferencia ¿Cuál es el objeto en ambas disciplinas? De la economía seguramente convendremos en que son las relaciones de producción su objeto, relaciones que se encuentran formadas por hombres individualmente considerados, como por grupos organizados hasta llegar incluso a establecer categorías económicas. El objeto del derecho en cambio, también está conformado por las relaciones entre las personas, organizadas o formando parte de complejas categorías jurídicas. En ambos casos, se encuentra presente el hombre, pero no aislado sino el hombre en relación, en sociedad, lo que cambia en cada una es la relación, en el primero la interacción privilegiada es la que forman los hombres en el proceso de elaboración de sus condiciones materiales de existencia; en el segundo caso, la interrelación privilegiada, es el modo de vincularse en casi cualquier aspecto de la vida social de los seres humanos que merezca un formalismo y que tenga un efecto coactivo o coercitivo previsto y socialmente aceptado. Corriente Subjetiva: Se ubica en la concepción idealista (lo básico es la idea y de allí se desarrolla la materia) Sigue un método inductivo (parte de hechos particulares para llegar a los fenómenos generales. Parte del individuo Corriente Objetiva: Tiene como base el materialismo (la base del desarrollo es la materia de la cual se producen las ideas) Lo importante no es el sujeto, sino el objeto Sigue un método deductivo (a partir de concepciones generales se llegan a explicar hechos y fenómenos particulares) RAMAS: Microeconomía: Estudios de las elecciones que hacen los individuos, empresas y gobiernos (individual). Estudia individualmente el comportamiento del consumidor. (Teoría de la Oferta y la Demanda) Macroeconomía: Estudio del funcionamiento de la economía nacional y global. Estudio agregativo de la actividad se ocupa de las magnitudes a determinar el desarrollo y equilibrio del sistema económico. (Teoría Monetaria-Variación del Dólar) DIVISIÓN: 1. Economía Descriptiva.- Se refiere a la descripción de hechos o sucesos reales y presentes que está viviendo la sociedad. 2. Teoría Económica.- Fundamentos, conocimientos y/o datos que se forman en leyes, ideas, pensamientos o corrientes, originadas de un hecho real. 3. Política Económica.- Establece leyes en actos económicos. Son las decisiones que toma una persona, empresa o bien sobre la forma de organización, producción y uso, consumo de recursos. “Política Monetaria”, “Política Económica Fiscal”. (Ejemplo: el control de precios en los alimentos). Aplica las leyes económicas para obtener determinados objetivos. 4. Economía Política: Hechos que se viven (lo que se vive: Devaluación). Descubre las leyes económicas que explican la realidad económica. *Una lleva a la otra, tiene que surgir la primera para que exista la segunda. ACTIVIDAD ECONÓMICA: Acción mediante la cual el hombre busca producir bienes y servicios para satisfacer sus necesidades (Plomero, Bombero). Actos continuos que tienen como objetivo el mantenimiento del aparato productivo para la generación o creación de bienes; este no se detiene. Un ejemplo de actividad económica lo constituye la producción petrolera que implica los siguientes actos económicos: exploración, explotación, extracción, refinación, etc. HECHOS ECONÓMICOS: Son el resultado de la actividad económica. ACTOS ECONÓMICOS: Hechos económicos de producir, distribuir y consumir ocurren espontáneamente sin que los hombres estén realmente conscientes de lo que hacen ni de los diversos procesos que implica. Actos conscientes del hombre para satisfacer sus necesidades. FENÓMENOS ECONÓMICOS Comprende todas aquellas actividades sociales realizadas con el fin último de conquistar mayores niveles de bienestar. Estas actividades sociales por sí mismas definen un espacio de interacción que podemos llamar el sistema económico. Inflación, desequilibrio económico que se caracteriza por el aumento generalizado de los precios, pero que se origina en una excesiva emisión de billetes de banca (estado), un déficit en el presupuesto o un desequilibrio entre oferta y demanda. Devaluación, pérdida de una moneda nacional frente a otra extranjera. Disminuye la capacidad de compra y obliga a establecer políticas económicas para reforzarla. Crisis económica, se presenta por períodos largos (50 a 100 años). Tiene un proceso de manifestación, es el menoscabo o muerte de la condición económica saludable. Es general. Manifestaciones: desequilibrio, especulación, alza de precios, pérdida de poder, desempleo, quiebra, recuperación. PROCESO DE PRODUCCIÓN Conjunto de pasos a seguir, que siempre tienen un principio y un final. Modo o forma de aplicación en cualquier aparato productivo para la generación de bienes y servicios y que se van cumpliendo por ciclos. SISTEMA ECONÓMICO Conjunto de partes integradas por los sectores público, privado y social que se mantienen interdependientes para alcanzar sus objetivos de estabilidad económica atreves de la generación de bienes. Público: Todas aquellas que pertenecen al estado, ejemplo: Educación, Servicio Civil, DIF, Hacienda Privado: La que corresponde a iniciativa privada, de particulares, sus propios dueños, ejemplo: Empresas privadas, Comercios, Sociedades, etc. No dependen del sector público. Social: Las que no son ni del Estado ni de los particulares, ejemplo: Asociaciones (religiosas, cooperativas), agrupaciones (rescate, clubs, apoyo civil), fundaciones (asilos, casas hogar, alcohólicos anónimos). No tienen fin de lucro, buscan apoyo por medio de donaciones o de las instituciones públicas o privadas, no dependen de nadie. MODELO ECONÓMICO Es el plan original o el prototipo a seguir y aplicarlo en el sistema económico para lograr un conjunto de objetivos. Los sistemas económicos o modos de producción más importantes que se han desarrollado históricamente son: Comunidad primitiva. Modo asiático de producción. Esclavismo. Feudalismo. Capitalismo. Socialismo. Las características del derecho económico son: DINÁMICO: porque no se puede detener el crecimiento de la sociedad. HUMANISTA: su interés principal es el bienestar del ser humano. ESPECÍFICO: el beneficio es total mente determinado y particularizado. TEMPORAL: cambia cuando una norma es obsoleta. NACIONAL / INTERNACIONAL: no tiene límites geográficos. INSTRUMENTAL: solo es un medio en que se apoya el estado. COMPLEJO: porque no toda actividad económica se contempla en la ley INTERDISCIPLINARIO: tiene relación con las demás ciencias. FINALISTA: no tiene razón de ser si no existe interés claro y objetivo.