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Código: 22
Obra Social: A.M.E.B.P.B.A
Nombre de la Obra Social
 Asociación Mutualista Empleados del Banco Provincia de Buenos Aires.
Área de Aplicación
 Todo el ámbito Provincial.
Identificación del Beneficiario

Carnet de afiliación a cualquiera de los servicios sociales (Se adjuntan modelos) y ficha
dental otorgada por la Mutual (AM 160).
Nomenclador y Arancel
 Odontología General: Sistema Unificado de Obras Sociales.
 Prácticas no incluídas en S.U.O.S. y Prótesis cubiertas : se adjunta a la presente.
Cobertura
 Odontología General y Prótesis parciales de acrilico y Completas de acrilico: 100%
 Prótesis Fijas, Prótesis Parciales de Cromo Cobalto, y Ortodoncia: Régimen especial
(Sistema por Prestación). Ver Normas en hoja aparte
Normas de trabajo


Odontología General: Sistema Unificado de Obras Sociales
Prácticas no incluídas en S.U.O.S. y Prótesis cubiertas: Generales de FOPBA y
Particulares
Normas particulares
Límite de Prestaciones
 Se podrán facturar solo 5 (cinco) prestaciones por afiliado y por mes. El código 01.01 y
lãs Rxs. se cuentan como práctica.
Capítulo III: Endodoncia
Cód. 03.06: Se reconocerá solamente en molares. Incluye el valor de las Rxs. pre y
postoperatoria enviadas para su comprobación. No se aceptará otro tratamiento de
endodoncia hasta un año después de efectuada la misma, si es realizado por el mismo
profesional.
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Hoja:
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Capítulo IV: Prótesis Completas y Parciales de Acrílico
Normas Generales
 Las Prótesis Completas y Parciales de Acrílico requieren AUTORIZACION PREVIA

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
para lo cual se deberá remitir a FOPBA, la ficha dental provista por la Mutual (AM
160) debidamente cumplimentada (diagrama completo) con los códigos que se
solicitan. En Parciales, se debe indicar las piezas a reponer.
Para la realización de tratamientos protésicos, el paciente no debe poseer focos
infecciosos, ni caries, ni enfermedad periodontal. Deberá tener controles sobre su
higiene oral efectuados a corto y mediano plazo.
Una vez otorgada la autorización, y finalizada la práctica, las prestaciones deberán
elevarse al cobro con la conformidad del paciente renglón por renglón.
No se deberá facturar los trabajos de prótesis hasta que no estén instalados
definitivamente en el paciente.
No podrán reconocerse nuevas prácticas de prótesis removibles de acrílico parciales
y completas, hasta haber transcurrido el lapso de tres (3) años.
Se ruega no utilizar la planilla para autorización de Protesis Fija y Cromo, para
solicitar Completas y Parciales de Acrílico.
Composturas:
No requieren autorización previa.
No habrá cobertura para un mismo trabajo en un período menor a seis meses.
Cods. 04.04.02 al 04.04.08: Cuando se agreguen dientes debe aclararse la o las piezas
y en el caso de un retenedor, sobre que pieza se colocó. Estas indicaciones deberán
asentarse en el espacio "Observaciones" de la ficha dental.
Prótesis Fijas, Prótesis Removibles de Cromo Cobalto, y
Ortodoncia:
Estas prácticas serán reconocidas al afiliado mediante una normativa especial, la cual
se detalla en hoja aparte.
Capítulo VII: Odontopediatría
Cód. 07.02: Debe remitirse Rx. post-operatoria incluída en el valor de la práctica.
Cód. 07.05: Debe remitirse Rx. post-operatoria incluída en el valor de la práctica.
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Hoja
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Capítulo VIII: Periodoncia
Cód. 08.06: Se deberá acompañar de un completo informe que justifique su
colocación. Se reconocerá una sola vez por año.
Cód. 08.50.01, 08.50.02 y 08.50.03 - Práctica exclusiva para especialistas.: Podrá
facturarse una sola vez por año
Capítulo IX: Radiología
Cód. 09.02.07: Trazado cefalométrico
Capítulo X: Cirugía bucal
Cód. 10.17: Se requiere RX Pre-operatoria (que se debe facturar) y Rx.
Post-operatoria cuyo valor esta incluido en el de la práctica.
Cód. 10.18: Incluye código 10.01. Se requiere RX Pre-operatoria (que se debe facturar) y
Rx. Post-operatoria cuyo valor esta incluido en el de la práctica.
Modelos de Credenciales
FONDO VERDE
FONDO AZUL
FONDO VERDE
FONDO GRIS
FONDO VERDE
FONDO BLANCO
LOGO ROJO
FONDO BLANCO-LOGO NEGRO
Y VERDE
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MODELO DE FICHA DENTAL (AM 160)- Provista por el afiliado
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Procedimiento para reconocimiento de Protesis Fija,
Parciales Removibles de Cromo Cobalto y Ortodoncia
En relación al cambio contractual dispuesto para los tratamientos de Prótesis con
copago, y Ortodoncia que se inicien a partir del 1/08/2011, informamos la nueva
modalidad de autorización y pago a los profesionales intervinientes:
La Mutual reconocerá el 100% del tratamiento ante el profesional actuante, y
financiará al asociado el porcentaje no reconocido, o reglamentariamente a
su cargo hasta un monto de $ 3000. Se recomienda informar esto al paciente
antes de solicitar autorización, dado que una vez aprobado el tratamiento, se
comienza a descontar de los haberes del titular la suma a su cargo (monto
estipulado por la Mutual).
PROTESIS FIJAS y PARCIALES REMOVIBLES DE CROMO COBALTO:
1) El profesional interviniente confeccionará la planilla “Autorización de Prótesis
Odontológicas” cuyo modelo se adjunta (provisto por el paciente), y remitirá,
a través de la Entidad Primaria, a esta Federación. En la misma debe completar
odontograma, indicar los códigos y pieza que solicita. En el caso de Prótesis
fijas deberá adjuntar Rx preoperatorias, en parciales indicar piezas a reponer.
a. En el item “Valor Total Cotizado” debe indicar el total del tratamiento
según el arancel vigente pactado para cada práctica.
b. Los items “ Cargo AMEBPBA” y “Cargo Afiliado (a Descontar de
Haberes)” serán completados por la Mutual.
c. El formulario debe estar firmado por el afiliado titular.
2) Una vez autorizado el tratamiento por parte de la AMEBPBA, FOPBA remitirá la
autorización pertinente a la Entidad, conjuntamente con un adelanto del 40%
del valor de la/s práctica/s y el profesional puede comenzar el tratamiento.
3) Para percibir el 60% restante, el profesional elevará la ficha odontológica de la
Mutual (AM160) con las prestaciones realizadas, acompañando la autorización
respectiva y la documentación respaldatoria (Rx. post. Operatorias) en caso de
corresponder. La Mutual abonará las mismas en un término de 20 dias de
presentada la factura por parte de esta Federación.
4) En caso de realizar conjuntamente con estas prácticas, alguna Prótesis
Completa o Parcial de Acrílico, ésta última deberá ser facturada en ficha
por separado.
ORTODONCIA:
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Hoja:
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Código: 22
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La Mutual reconocerá el 100% del tratamiento ante el profesional actuante, y
financiará al asociado el porcentaje no reconocido, o reglamentariamente a
su cargo.
 Para solicitar la autorización respectiva, el profesional deberá completar la “Ficha de
iniciación para Tratamiento de Ortodoncia” (se adjunta modelo), y remitir modelos.
 Una vez autorizado el tratamiento por parte de la AMEBPBA, FOPBA remitirá la
autorización pertinente a la Entidad y el profesional puede comenzar con el
tratamiento.
 La mutual abonará de la siguiente manera:
 40% cuando se facture el inicio de tratamiento – Cuota 1 - (en ficha
AM160)
 30% al promediar tratamiento – Cuota 2
 30% a la finalización del tratamiento – Cuota 3
 En cada etapa el profesional deberá adjuntar los modelos pertinentes.
Modelo de Formulario para Autorizar Prótesis Fija y Parcial de
Cromo
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Hoja
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-Provisto por el paciente-
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Hoja:
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Modelo de Formulario para Autorizar Ortodoncia
- Provisto por el pacienteFrente
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Hoja
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Dorso
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