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DIVISIÓN DE ASESORÍA Y GESTIÓN JURÍDICA
Al contestar refiérase
Al No.
2777
13 de marzo, 2001
DAGJ-361-2001
Ing
Olman Elizondo Morales
Secretario Técnico a.i
Consejo Nacional de Concesiones
Estimado señor:
Asunto: Denegatoria de solicitud de Contratación Directa.con la Empresa: Arkeos Consultorías,
RLD. Monto: ¢16.731.876.00
Nos referimos al Oficio s/n del 16 de febrero del año en curso en donde se nos informa que el
Consejo Nacional de Concesiones promovió la Licitación Pública Internacional nº 01-98 para la
concesión de la carretera San José- Caldera, bajo la modalidad de contratación administrativa
autorizada por la Ley General de Concesión de Obra Pública con servicios públicos.
Entre otros aspectos se nos indica que el proyecto ha contado con los estudios técnicos
necesarios para este tipo de inversiones, incluyendo un amplio estudio arqueológico. Se nos
menciona que el primer estudio arqueológico del derecho de vía del proyecto San José- Caldera se
realizó en 1998 dentro del estudio de Impacto Ambiental desarrollado por Convenio suscrito entre
el MOPT y FUNDEVI (UCR).
Se nos señala que con fundamento en las recomendaciones del estudio de Impacto Ambiental y
tomando en consideración las especificaciones del Cartel de Concesión, el Consejo Nacional de
Concesiones financió un nuevo proyecto. Nos informan que para ello se contó con recursos con un
monto de ¢ 50.000.000.00 ( CINCUENTA MILLONES DE COLONES) que fueron depositados en
FUNDEVI bajo el marco técnico jurídico del “ Convenio para la elaboración de estudios de
Impacto Ambiental y estudios arqueológicos entre el MOPT y FUNDEVI”. Se nos indica que a
estos recursos se sumaron ¢ 25.188.850 ( VEINTE. Y CINCO MILLONES CIENTO OCHENTA Y
OCHO MIL OCHOCIENTOS CINCUENTA COLONES) aportados por medio de la
FUNDACIÓN DE COOPERACIÓN ESTATAL (FUCE).
Se nos informa que mediante el segundo estudio efectuado se determinó que el sitio con mayores
rasgos culturales es el denominado PAN DE AZÚCAR, el cual se encuentra localizado en
Concepción de Atenas.
2
En concordancia con lo anterior y manifestándonos la necesidad de ejecutar la obra pública a la
mayor brevedad posible solicitan autorización para contratar en forma directa al mismo equipo de
arqueólogos con los que han venido realizando los trabajos en el sitio.
Una vez analizado el documento de solicitud y con fundamento en lo establecido en el artículo
83 del Reglamento General de la Contratación Administrativa, estima esta División de Asesoría y
Gestión Jurídica que no se han dado suficientes razones para otorgar la solicitud que se plantea en
los términos pretendidos es decir con una empresa determinada, obviando un proceso de
contratación que permita mayor participación.
Atentamente,
Lic. José Antonio Solera Víquez
Gerente Asociado
Mg. Marta María Vinocour Fornieri
Fiscalizadora
MMVF/ds
NI: 3927
 Autorizaciones, aprobaciones y certificaciones