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Trabajos y
ensayos
Publicación del Máster Universitario y del
Doctorado en Estudios Internacionales.
Departamento de Derecho Internacional Público,
Relaciones Internacionales e Historia del Derecho
UPV/ EHU
Número 11
(enero de 2010)
ISSN: 1887-5688
Las Relaciones Internacionales desde una Perspectiva Islámica:
en busca de una nueva interpretación
Soraya Vellisca
1. INTRODUCCIÓN
El problema no es el Islam. El problema es la forma de entenderlo.
La comunidad internacional se enfrenta constantemente a cambios, retos y amenazas,
pero, por desgracia, a la hora de tomar decisiones la pluralidad ideológica se olvida y, en su
lugar, se opta por la simplificación. La realidad se acomoda según ciertos parámetros que se
consideran universales, cuando su aplicación no puede o no debería realizarse por igual en
todos los países del mundo.
Las relaciones entre Occidente y las tierras del Islam son tensas, especialmente a raíz de
los atentados del 11 de septiembre en Nueva York. Esta tirantez ha provocado que la visión
hacia los países musulmanes sea cada vez más negativa, incluso puede hablarse de un
sentimiento de islamofobia carente de fundamentos que ha generado un incremento en las
diferencias entre el mundo musulmán y Occidente.
En Occidente existe un sentimiento de amenaza por parte de los países musulmanes,
pero estas naciones, al mismo tiempo, se sienten oprimidas por un mundo que no logra
comprenderlas. Para los musulmanes el pilar de su civilización es el Islam, que engloba sin
hacer distinciones tanto política como religión. El problema es que esta concepción de la
realidad no coincide con la visión occidental, hecho que da pie a que el desconocimiento se
transforme en prejuicio, rechazo y miedo. Actualmente se cae en los extremos: Occidente
contra Oriente, blanco contra negro, buenos contra malos y se olvida que entre los extremos
siempre hay más espacio.
Por desgracia, este sentimiento también tiene su lugar en las relaciones internacionales.
1
TRABAJOS Y ENSAYOS
Soraya Vellisca:
Número 11, enero de 2010
Las Relaciones Internacionales desde una Perspectiva Islámica:
en busca de una nueva interpretación
2. POLÍTICA E ISLAM
Desde hace siglos Occidente ha abordado el mundo musulmán tanto con fascinación
como con desconfianza. Por una parte, su exotismo lo ha cautivado, por otra, su propia
incapacidad para aceptar la diversidad sin establecer comparaciones ha generado una
distorsión de la identidad e imagen del mundo islámico.
Para comprender las relaciones internacionales desde una perspectiva islámica es
indispensable tener en cuenta dos conceptos. En primer lugar, el Islam no hace distinciones
entre política y religión. El Islam es un conjunto de normas que rigen la sociedad, es un modo
de vida, una manera de entender la realidad que poco o nada tiene que ver con la de
Occidente. Sayyid Qutb, uno de los pensadores islámicos más relevantes, establecía:
“When Islam, according to the method described above, starts a Muslim community on
this basis, forms it into an active group, and makes this faith the sole basis for the relationship
between the individuals of this group, its ultimate aim is to awaken the 'humanity of man', to
develop it, to make it powerful and strong, and to make it the most dominant factor among all
the aspects found in man's being. It seeks to implement this purpose through its teachings, its
rules, its laws and injunctions”1.
En segundo lugar, es de vital importancia entender la figura del califa. El califa es el
máximo representante de la comunidad, quien disfruta de prestigio religioso y autoridad,
protege el Islam y gobierna la comunidad a través de la Sharia, tal y como el Profeta
Muhammad estableció. De esta manera se deduce que si el califa es la cabeza de la
comunidad islámica, el califato es el símbolo de unidad de los musulmanes. Ambos conceptos
dejan patente que en el Islam no cabe separar política de religión ni religión de política, ya
que la religión tiene una práctica política al igual que la política tiene una práctica religiosa.
En definitiva, no es factible utilizar los parámetros occidentales para comprender las
relaciones internacionales de los países musulmanes, ya que la comprensión del orden
mundial que imponía la Paz de Westfalia y la que propone el Islam son totalmente
antagónicas. Mientras que a raíz de la Paz de Westfalia la religión ha sido considerada una
parcela concerniente a la esfera personal del individuo, para los musulmanes, el pilar de la
conducta privada y pública es el Islam.
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3. PRINCIPIOS RECTORES DE LAS RELACIONES INTERNACIONALES
El discurso islámico establece una serie de valores que deben ser adoptados
individualmente por todo creyente, lo cual no significa que la asunción de estos principios sea
una tarea exclusivamente individual. John Locke apuntaba que sólo se puede constituir una
sociedad civil cuando un grupo de hombres se une y renuncia cada uno al poder de ejecutar la
ley natural. Valga el planteamiento de Locke para comprender cómo la interiorización de los
principios de hermandad, libertad, justicia e igualdad que el Corán cita es lo que hace que se
conforme la sociedad musulmana. Por ende, si tenemos en cuenta que las relaciones
internacionales, para los musulmanes, no son más que la extensión de las relaciones
individuales, los mismos principios que rigen la vida individual serán los que guíen las
relaciones internacionales.
3.1. Hermandad y libertad
El sagrado Corán hace referencia a la unidad de la especie humana en diversos pasajes y
en diferentes contextos. El Islam enseña que la batalla colectiva de los seres humanos debe
conducir a la creación de un entramado social basado en la unidad de los hombres y en el
valor sagrado de la vida humana. “El Corán considera que honrar a los seres humanos,
proteger la existencia de cada uno de ellos y salvaguardar sus derechos, independientemente
de su actitud o comportamiento, son los derechos básicos en la percepción de la humanidad”2.
Cada persona debe escoger su camino con libertad y cada individuo debe ser libre para
elegir lo que más le beneficie. Optar por un camino que no haya trazado Alá no debe de
considerarse ilícito, no es motivo para emprender una guerra contra esa persona (si es
individual) o Estado (si se amplía el término a colectivo). La decisión de esa persona debe de
ser respetada siempre y cuando ese individuo respete el camino elegido y no ataque a quienes
hayan optado por una senda distinta a la suya. En tal caso, el principio de hermandad habría
sido quebrantado, pudiendo ser razón suficiente para justificar una guerra:
“Alá no os prohíbe que seáis buenos y equitativos con quienes no han combatido contra
vosotros por causa de la religión, ni os han expulsado de vuestros hogares. Alá ama a los que
1
S. Qutb, “Milestone”, SIME journal, USA, 2005, http://majalla.org/books/2005/qutb-nilestone.pdf (Octubre
2009).
2
W. M. Al-Zuhili, “El islam y el derecho internacional”, Revista Internacional de la Cruz Roja, Nº 858, 2005, p.
163.
3
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son equitativos. Lo que sí os prohíbe Alá es que toméis como amigos a los que han combatido
contra vosotros por causa de la religión y os han expulsado de vuestros hogares o han
contribuido a vuestra expulsión. Quienes les tomen como amigos, ésos son los impíos”3.
3.2. Igualdad de derechos y obligaciones
Establece el Corán que todo ser humano es igual a los ojos de Alá, por lo que ninguna
persona debe ser considerada superior sea cual sea su estrato social, etnia, color o familia. La
aleya afirma: “¡Hombres! Os hemos creado de un varón y de una hembra y hemos hecho de
vosotros pueblos y tribus, para que os conozcáis unos a otros. Para Alá, el más noble de entre
vosotros es el que más Le teme”4. Aplicándolo a las relaciones entre Estados se deduce que
ningún Estado debe considerarse superior a otro, sino que todos se encuentran en el mismo
nivel independientemente de su capacidad económica o militar.
“En el derecho islámico clásico hurr, «libre» es aquel que puede disponer de sí mismo y
de los propios bienes sin las limitaciones ínsitas en la condición de «esclavo», en consecuencia,
la libertad corresponde a la naturaleza originaria del hombre y a la acción noble y generosa. /…/
Del mismo modo, la libertad adquiere una dimensión religiosa /…/ El hombre, cumpliendo la
Ley divina, se convierte en siervo de Dios, y en consecuencia, se hace libre de los
condicionamientos del alma. /…/ En el plano de la actuación humana, la libertad del hombre se
concreta en hacer todas aquellas actividades que lo acerquen a Dios, a través del cumplimiento
de la shari’a, y en alejarse de aquellas actividades que lo separan de Dios”5.
En este sentido, los fundamentos legales de las relaciones internacionales del Islam
están basados en la Sharia o Ley islámica. La Sharia bebe de dos fuentes, el Corán y las
tradiciones proféticas (Sunnah). El propósito de la jurisprudencia islámica (Fiqh), que tiene su
origen en la Sharia, es dar solución a los problemas que surgen a diario en la vida humana.
Actualmente, uno de los temas más importantes que están abordando los juristas en lo relativo
a las relaciones internacionales tiene por objetivo dilucidar cuál es su principal fundamento, la
paz o la guerra, y cómo éstas se desarrollarán en el futuro.
3
El Sagrado Corán, Versión de Julio Cortés, El Salvador, Biblioteca Islámica Fátimah Az-Zahra, 2005, p. 247,
60:8-9.
4
El Sagrado Corán, op. cit., p. 229, 49:13.
5
F. Á. Hernández de Pulitano, “Derechos Humanos en el Islam”, Frone, 2008, pp. 141-153.
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3.3. Justicia
El libro sagrado de los musulmanes califica la justicia como una virtud elevada y
concretamente ligada a la vida pública. Los llamamientos que el Corán hace a la justicia son
variados: “Si dos grupos de creyentes combaten unos contra otros, ¡reconciliadles! Y, si uno
de ellos oprime al otro, ¡combatid contra el opresor hasta reducirle a la obediencia de Alá! Y,
cuando sea reducido, ¡reconciliadles de acuerdo con la justicia y sed equitativos! Alá ama a
los que observan la equidad”6. La justicia, por tanto, se interpreta como derecho natural, pero
no sólo eso, sino que también es el concepto base que garantiza la supervivencia del sistema
de gobierno. La dimensión de la justicia se concreta en la garantía, por parte del Estado, de la
libertad religiosa y el desarrollo de una economía que garantice a todos un nivel digno de
vida. Por estas razones, la confrontación teórica entre Islam y Occidente sobre aspectos
considerados conflictivos deben ser afrontados a través de la doctrina islámica originaria. En
caso contrario, el riesgo de caer en mal interpretaciones es muy factible.
4. LAS TRES POSTURAS BASE DE LAS RELACIONES INTERNACIONALES
Como se ha dicho, el Islam no reconoce la separación entre política y religión. Por
tanto, a la hora de entender las relaciones internacionales es necesario hacerlo desde una
perspectiva diferente. Muhammad Haniff Hassan afirma:
“(There are) three possible options of inter-state relations in Islam: war, peace or
neutrality. Within these three options, it argues that peace is the original basis and rejects the
idea of perpetual war between Islamic and non-Islamic polity as espoused by jihadist groups
that have raised concern among security agencies and non-Muslim political and community
leader”7.
En el Corán es posible encontrar aleyas que hacen hincapié en la proporcionalidad de
la guerra, así como otras en las que se hace un llamamiento a la paz. La aleya 2:194 hace una
apelación a la Yihad defensiva: “Si alguien os agrediera, agredidle en la medida que os
6
El Sagrado Corán, op. cit., p. 229, 49:9.
M. Haniff Hassan, War, Peace or Neutrality: An Overview of Islamic Polity’s Basis of Inter-State Relations,
Singapoure, Rajaratnam School of International Studies, 2007, p. 9.
7
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agredió”8. La aleya 8:61 expresa un contundente mandato a hacer la paz: “Si (los enemigos),
al contrario, se inclinan hacia la paz, ¡inclínate tú también hacia ella! ¡Y confía en Alá! Él es
Quien todo lo oye, Quien todo lo sabe”9. En cambio, sobre cuál es el estado natural de las
relaciones interestatales (si es la guerra o, por el contrario, la paz) han surgido debates que
invitan a la reflexión. Numerosos juristas musulmanes tradicionales han considerado que la
base de las relaciones internacionales es la paz y no la guerra, independientemente de las
diferencias religiosas que puedan existir entre los Estados. Éstos configuran la guerra como
un mecanismo para hacer frente a agresiones y se basan en que el Corán prohíbe matar a
civiles o a personas no combatientes.
“Según el Islam, la humanidad ha sido honrada (Al-Isra´ 17:70) ha sido creada por Dios
en la mejor forma y naturaleza (At-Tin 95:4). Ya que aquel que da la vida y la muerte es Dios
(Al ‘Imram 3:156), esta prohibido matar: No mates a quien Dios ha hecho inviolable, excepto
por una causa justa (Al-An’am 6:151). Nadie puede llevarse la vida que Dios ha dado. Por tanto,
quien matara a alguien, sin ser a cambio de otro o por haber corrompido en la tierra, sería como
haber matado a la humanidad entera (Al-Maída, 5:32)”10.
Hay quienes señalan, por el contrario, que la base es la guerra y que la paz no es más
que una circunstancia transitoria lograda mediante pactos temporales interesados. Sea como
sea, lo cierto es que tanto unos como otros consideran que la guerra debe estar sujeta a normas
jurídicas.
“The differences over the original principle of foreign relations in Islam are usually
attributed to the fact that exegetes of the Quran most often diverge in their approach to analyze
and understand the related Quranic verses, and this creates a dilemma in Islamic jurisprudence.
The problem is complicated because proponents of both approaches depend on Quranic verses
to justify their claims. That is why there is a need to rethink international relations theory in
Islam and to develop a more adequate approach through which peaceful and cooperative
relations between Muslim and non-Muslim societies are perceived”11.
8
El Sagrado Corán, op. cit., p. 16, 2:194.
Ibídem, p. 79, 8:61.
10
E. Capan y A. Laraki, Terrorismo y ataques suicidas: Una perspectiva islámica, Charlestone, Tughra Books,
2007, p. 47.
11
M. Abo-Kazleh, “Rethinking International Relations Theory in Islam: Toward a More Adequate Approach”,
Alternatives: Turkish Journal of International Relations, 2006, p. 41.
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4.1. La guerra
En el año 2001 Bin Laden advertía: “These incidents divided the entire world into two
regions -one of faith where there is no hypocrisy and another of infidelity, from which we
hope God will protect us”12. Bin Laden se refería a la clasificación que la jurisprudencia
islámica hace de los Estados, según la cual el establecimiento del Islam es el único parámetro
a tener en cuenta para catalogar los países. Así, los países del Islam (Dar al-Islam) serían
aquellos en los que se aplica la Sharia (Ley islámica) y los países de la guerra (Dar al-Harb) o
países sin fe (Dar al-Kufr), aquellos considerados infieles y donde es lícito emprender la
Yihad.
La esfera del Islam comprende países en donde el poder está en manos de musulmanes,
quienes aplican las normas del Islam y cumplen los rituales islámicos. Los pueblos de esa
esfera son los musulmanes. La esfera de la guerra comprende a países que están fuera del
alcance de la soberanía islámica y que, por ende, no aplican las normas religiosas y políticas
del Islam; sus pueblos son beligerantes. La esfera del pacto consiste en las regiones que han
concluido pactos comerciales pacíficos, acuerdos de conciliación o treguas de largo plazo con
musulmanes. Además, la historia del Islam ofrece ejemplos de pueblos neutrales como los
abisinios, los nubios y los chipriotas13.
La diferencia principal entre los dos territorios es, en primer lugar, la ley y, en segundo,
el desorden. Mientras que en las tierras Dar al-Islam impera la seguridad, legalidad y paz, tal
y como la ley sagrada dicta, las tierras Dar al-Harb no tienen ninguna de esas garantías porque
no hay legislador musulmán que las avale.
Los juristas que alimentan la idea de que el estado natural de las relaciones
internacionales es la guerra han sido influenciados por la tendencia realista del Estado
islámico durante los periodos de conquista. Por esta razón consideran que las relaciones entre
Estados dependen básicamente de la actitud que países no musulmanes tengan hacia el Islam
y los países musulmanes. Por tanto, éstos consideran que el enfrentamiento entre países no
musulmanes y musulmanes es el estado normal de las relaciones internacionales. Así, la paz
aparece sólo como un periodo transitorio.
12
13
BBC, http://news.bbc.co.uk/2/hi/south_asia/1585636.stm (2 de diciembre, 2009).
W. M. Al-Zuhili, op.cit., p. 169.
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Se hace indispensable en este punto hacer referencia al polémico termino Yihad que ha
sido, y está siendo, razón de múltiples disputas sobre su aplicación. Para entender la
argumentación posterior es necesario comprender el contexto en el que este término fue
aplicado.
El intento de Mahoma de difundir el Islam en su primera década fue fruto de numerosos
problemas, persecuciones, resistencias y presiones. De este modo, se fijaron dos ideales (hiyra
y yihad) con el fin de mantener la seguridad y supervivencia de sus seguidores y, del mismo
modo, hacer frente a las amenazas constantes que sufrían.
La denominada Yihad defensiva aparece en los versículos más antiguos del Corán,
revelados poco después de la hiyra a Medina cuando Mahoma y sus seguidores sabían que
tendrían que luchar por sus vidas. El Corán argumenta: “Se os ha prescrito que combatáis,
aunque os disguste. Puede que os disguste algo que os conviene y améis algo que no os
conviene. Alá sabe, mientras que vosotros no sabéis”14.
Mientras los juristas partidarios de la noción pacífica entienden la Yihad como una
consecuencia puntual de intereses nacionales en conflicto, otros apuntan lo contrario. Los
juristas que consideran la guerra el estado natural de las relaciones se apoyan en diferentes
referencias coránicas: “Y cinco de vosotros perseguirán a ciento, y ciento de vosotros
perseguirán a diez mil, y vuestros enemigos caerán a cuchillo delante de vosotros”15. Tales
frases, desprovistas de la explicación del contexto en el que fueron escritas, podrían afirmar la
tesis de estos juristas. No obstante, si bien es cierto que el Corán fomenta la Yihad por la
espada, no es menos cierto que cada lectura coránica debe ir sujeta a una interpretación
histórica contundente que justifique su aplicación.
Al retomar el análisis sobre la noción de guerra perpetua entre países musulmanes y no
musulmanes, los juristas que defienden esta posición tienen una idea muy concreta de lo que
la paz representa. El estado de guerra finaliza en cuanto los Estados no musulmanes adoptan
el Islam, por lo que convertir a los países en Dar-al Islam sería el fin último que llevaría a la
paz sin límite de tiempo. Asimismo, también plantean que llegar a un acuerdo de paz entre
Estados Dar al-Islam y Dar al-Harb es posible, ahora bien, esa situación pacífica se configura
14
El Sagrado Corán, op. cit., p. 18, 2:126.
La Santa Bilblia, Levítico, Revisión de Cipriano de Valera, Lorenzo de Lucena, Oxford: Imprenta de la
Universidad, 1862, p. 95, 26: 8.
15
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como temporal. Los países musulmanes no deben, según esta posición, llegar a acuerdos que
sobrepasen los diez años de aplicación:
“In accordance with the law of Islam, brief spans of life may be offered, whether by a
peace treaty concluded between Muslims and non-Muslims. /…/ A treaty, no exceeding ten
years in duration, rendered enemy territory immune from Muslim attack and conferred upon its
inhabitants the right of entering Islamic lands unmolested”16.
4.2. La paz
Los principios básicos que rigen las relaciones internacionales en tiempos de paz son
básicamente los mismos que imperan en la vida diaria de cada creyente. El fin del discurso
islámico es lograr el bienestar de la Umma. La extrapolación de este concepto sugiere que el
propósito del Islam es que el mundo entero viva en bienestar, partiendo de la base de que
todos son iguales y debe reinar la justicia.
El Profeta dijo: “Si amáis a Alá, ¡seguidme! Alá os amará y os perdonará vuestros
pecados. Alá es indulgente, misericordioso”17. En estas palabras está escrita una idea
fundamental de la fe islámica: el énfasis en la responsabilidad humana sin intermediarios ante
Alá. La persona que elige obedecer a Dios se enfrenta directamente a la voluntad divina
expresada en la Sharia y se esfuerza por conducir su vida de acuerdo a ésta. Aceptar la
responsabilidad de que es preciso establecer un orden público apropiado en esta vida es algo
necesario, por tanto, la ley religiosa es un fundamento esencial para la identidad islámica
tanto individual como colectiva.
Para comprender las relaciones internacionales de una organización política musulmana
en comparación con un Estado no musulmán, es necesario entender la base de la interacción a
nivel individual entre los musulmanes y no musulmanes.
Los juristas que consideran que la base de las relaciones internacionales es la guerra
apuestan por la Yihad ofensiva para instaurar el régimen islámico en todos los Estados, pues
éste es el único modo de que reine la paz en el mundo. Por el contrario, los juristas que opinan
que la paz es la base de las relaciones internacionales abogan por una Yihad defensiva.
Anteriormente se ha indicado que la Yihad defensiva es aquella que hace frente a los
16
17
M. Khadduri, The Islamic Law of Nations: Shaybani's Siyar, Baltimore, JHU Press, 2002, p. 17.
El Sagrado Corán, op. cit., p. 25-26, 3:31.
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enemigos que hayan comenzado un ataque previamente contra los musulmanes, lo que lleva a
estos juristas a concluir que los creyentes musulmanes únicamente deben emprender la guerra
si previamente han sido ofendidos, agredidos o privados de libertad y nunca por razones
religiosas ni étnicas. Aun así, cabe reseñar que la guerra no debe configurarse como la
alternativa prioritaria para instaurar el orden, sino como una última alternativa, tal y como el
Jeque Wahbeh al- Zuhili señala:
“Antes de una declaración de guerra o de una Yihad, habría que procurar que el enemigo
opte por una de tres posibilidades: el Islam, como prenda de paz; la reconciliación o un tratado
de paz con los musulmanes; o, por último, la guerra, si el enemigo insiste en emprenderla. Es
evidente que, al ofrecer tres posiciones, queda excluida la coacción”18.
De hecho, el Corán prohíbe manifiestamente la coacción: “No cabe coacción en
religión. La buena dirección se distingue claramente del descarrío”19. Desde el punto de vista
de los juristas, la importancia de los pactos en las relaciones entre Estados es esencial, puesto
que en la estructura mundial actual las relaciones diplomáticas entre Estados son frecuentes.
“When a Muslim state is not at war with another state because of a peaceful agreement
between them, Islam requires such a relationship to be base don the commitment to the peace
agreement, International convention and peaceful coexistence; non-aggression and noninterference in the internal affairs of any sate; cooperation for common good; respect for
differences of cultures and civilizations; justice for all and equal treatment and equal
opportunity to all nations to participate in building the World order and in formulating the
standard of International conduct, principles and norms”20.
Por tanto, una agresión injustificada es pecado para el Corán. La Yihad es “el deber
religioso que incumbe a los individuos y a la comunidad islámica para defender la vida, la
tierra o la fe y para impedir la invasión o garantizar la libertad para difundir su fe”21. A pesar
de las diferencias entre quienes sostienen que la base es la paz y quienes sostienen que es la
guerra, ambas posturas coinciden en apuntar que no es elección del individuo emprenderla o
no, sino que corresponde a quien gobierne establecerla. Asimismo, esto ha sido motivo de
18
W. M. Al-Zuhili, op. cit.
El Sagrado Corán, op. cit., p. 21, 2:256.
20
M. Haniff Hassan, op. cit., p. 9.
21
J. L. Esposito, Guerras Profanas: Terror en nombre del Islam, Barcelona, Paidós, 2003, p. 54.
19
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serias discrepancias entre chiíes y sunníes. Mientras que para los sunníes es el califa quien
debía tener la protestad, los chiíes consideran que corresponde al imam declarar la Yihad.
Pese al choque de pensamientos, queda claro que ninguna de las dos ramas del Islam
considera que el individuo debe ser quien decida emprender la Yihad. Ahora bien, en caso de
que el gobierno no esté en condiciones, los creyentes pueden organizarse y planear la
agresión, valga de ejemplo la Revolución de Irán.
4.3. La neutralidad
Como hemos visto hasta ahora, el Corán recoge multitud de aleyas referentes tanto al
estado de paz como al de guerra. Ahora bien, ¿quiere esto decir que las relaciones
internacionales deben de regirse obligatoriamente según estos dos extremos? ¿No hay punto
medio? Es decir, ¿es posible un estado de neutralidad?
El Corán no menciona en ningún caso la neutralidad, por eso, para poder responder a
esta pregunta, es necesario analizar las actuaciones del Profeta que, como veremos, en algunas
ocasiones, sí fueron neutrales. A su vez, para llegar a este posicionamiento es preciso recordar
algunos de los principios que el Corán establece: justicia, libertad e igualdad.
La prédica islámica engloba una serie de valores morales y éticos cuyo fin máximo es el
bienestar de los creyentes. El Corán pretende que cada persona sea libre para elegir el camino
que más beneficios le aporte. Por tanto, en muchas ocasiones es posible que adoptar una
actitud neutral sea lo más adecuado en los conflictos entre Estados.
Ahora bien, cabe recordar que el Corán hace un llamado a sus fieles para que se
defiendan de los ataques de otros. Por tanto, cabe decir que un estado neutral no es la base de
las relaciones internacionales, pero sí es una actitud permisible siempre que no se tome como
sustento de toda actuación. En este sentido, la neutralidad es un estado transitorio que puede
adoptarse siempre y cuando beneficie a la comunidad, lo que no quiere decir que la
neutralidad sea siempre la actitud más favorable a los intereses musulmanes.
En vida el Profeta adoptó posiciones neutrales en numerosas ocasiones, valga como
ejemplo su actuación cuando los habitantes de la Meca y los Jaibar pactaron que si el
mensajero de Alá invadía uno de los dos pueblos, el otro debía invadir Medina. El Profeta,
entonces, firmó una tregua con los maquíes para asegurar su neutralidad en caso de marcha
contra Jaibar.
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Aunque la neutralidad sea una opción, no hay ningún texto que regule este aspecto. Por
tanto deben considerarse una serie de puntos que podrían llegar a legitimar o no, la aplicación
de la neutralidad.
“Firstly, /…/ Muslim scholars have agreed that matters pertaining to war are the
responsibility of Ulil Amri (a legitimate authority). The ruler is given the mandate to make an
independent judgement (ijtihad) after consulting competent people among the population on the
issue of neutrality /…/ Secondly the principles of Islamic jurisprudence recognize customs and
conventions as secondary sources of law as long as the do not contravene any principles o
syariah and fulfil all conditions of valid customs in Islam. /…/ Thirdly, Islam recognizes the
importance of context in the formulation an implementation of the law. /…/ Fourthly, all
Muslim rulers from Muslim countries have ratified the relevant conventions and Islam
commands Muslims to honour any agreement or contracts that they have enters into”22.
En conclusión, la neutralidad es una opción, pero no debe de ser considerada como la
solución a toda clase de conflictos, ya que, tal y como prevé el Corán, hay situaciones en las
que se hace necesario defender los intereses estatales con la guerra y existen otras ocasiones
en que la paz es el estado más beneficioso para el bienestar de la comunidad musulmana.
5. INTERPRETACIONES DESDE UNA PERSPECTIVA ISLÁMICA
A lo largo de este trabajo se ha afirmado en varias ocasiones que es imposible
comprender la perspectiva islámica de las relaciones internacionales si se aplican criterios
occidentales. A continuación, desde las concepciones tradicionales hasta ahora descritas, se va
a tratar de explicar de qué modo deben entenderse desde una perspectiva islámica las
relaciones entre Estados.
5.1. Dar-al Ahd
Los juristas dividen el mundo en dos esferas en las que es el Islam la característica que
las fragmenta. Esta clasificación que ha sido extendida al ámbito académico, no obstante, no
tiene su base en el Corán ni en los hadices, sino que fueron los propios juristas quienes la
inventaron para explicar cómo las tierras islámicas estaban sufriendo abusos por parte de
22
M. Haniff Hassan, op. cit., p. 13.
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países extranjeros no islámicos. “Se trata de una descripción efímera de lo que sucede cuando
estalla una guerra entre musulmanes y otros pueblos”23. Esta concepción divide la comunidad
internacional en beligerantes y no beligerantes. Pero en realidad, esta teoría debe de ser dejada
de lado para adoptar una más unificadora que respete los principios del Corán así como la
realidad internacional. La concepción clásica no puede aplicarse a la realidad actual donde los
Estados adoptan acuerdos en común constantemente, es necesaria una visión unificadora de la
realidad y no una que divida el mundo en dos esferas.
A pesar de que la guerra sea una constante del mundo actual, no por ello debe
considerarse que ésta es la base de las relaciones internacionales, sino una circunstancia
temporal que se limita a ciertas zonas geográficas donde hay un conflicto de intereses. La
comunidad internacional muestra incesantemente una predisposición a negociar y pactar que
no era habitual cuando los juristas hicieron esta distinción de las dos esferas. De hecho, los
países musulmanes mantienen relaciones diplomáticas con muchos Estados, sean o no
islámicos. Por esta razón, juristas islámicos han hecho una nueva aportación para comprender
las relaciones internacionales que no se basa en los conceptos clásicos, sino que propone
calificar como Dar al-Ahd, o tierra del pacto, las relaciones interestatales mundiales.
Conforme con el Corán, esta nueva aportación es más enriquecedora, ya que permite
que los principios de paz y hermandad sean adoptados más fácilmente.
5.2. El mensaje de paz
Tal y como en numerosas ocasiones se ha citado, el Corán hace un llamamiento a la
libertad individual, igualdad y hermandad, así como a la justicia, con el fin de que prevalezca
el bienestar universal. Es difícil imaginar un mundo donde la bienandanza sea el motor de la
sociedad si ésta está constantemente en guerra. De nuevo, una lectura del Corán provista de su
contexto histórico no hace más que reafirmar la tesis de que el estado natural de las relaciones
internacionales debe ser la paz y no la guerra. Si el Profeta adoptó posiciones neutrales fue
con el fin de lograr ese bienestar y no caer en una guerra que asolaría la comunidad
musulmana.
La guerra, por tanto, es un mecanismo de defensa y también un arma lícita para aquellos
que han sido expulsados injustamente de sus tierras o para combatir contra quienes hayan
23
W. M. Al-Zuhili, op. cit., p. 169.
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provocado opresión. En este contexto, la guerra se hace, no es el estado natural de las
relaciones internacionales, de hecho, cuando se lleva a cabo es necesario seguir una serie de
normas.
Si se hace la guerra, ésta se rige por una clara reglamentación según el derecho
islámico. Las enseñanzas religiosas tuvieron una gran influencia en la aparición de las normas
de guerra, que alcanzaron la categoría de preceptos jurídicos sobre la base de tres requisitos
fundamentales: necesidad, humanidad y caballerosidad24. Así pues, de considerar que el
estatus natural de las relaciones internacionales es la paz, se entiende que hacer la guerra es
lícito en caso de peligrar la propia supervivencia, el orden, la paz o la seguridad internacional.
Por último, cabe mencionar que el Corán establece que los musulmanes deben tener
como prioridad la paz. “Si el enemigo se inclina hacia la paz, ¡inclínate tú también hacia ella!
¡Y confía en Alá!”25. Aleyas como ésta dejan de manifiesto la predilección de adoptar una
solución pacífica a una bélica. Incluso cabe cuestionarse cuál debería ser la actitud de los
Estados musulmanes si el enemigo muestra su intención de optar por una solución pacífica en
vez de una agresiva. ¿Podrían los musulmanes negarse a pactar la paz si sospechan que su
enemigo está mintiendo? En principio, según el Corán, la respuesta sería negativa.
La adopción de soluciones pacíficas es el principio rector de las relaciones interestatales
según el punto de vista del Islam.
“Peace is the normal organizing principle which should govern foreign relations in Islam,
while fight is an exception that states may restore to only in cases of self-defence. However,
restoring to war or using coercive means in general must be the last way to pursue national
goals or enhance national interests. This by no way means not to possess enough power and
capabilities. On the contrary, the Quran invites muslims to be always prepared and willing to
defend themselves and deter aggression”26.
En otras palabras, disponer tanto de armamento como de una fuerza militar es un acto
lícito, ya que representa el método mediante el cual se garantiza la defensa y supervivencia de
la población. Pero, del mismo modo, según la perspectiva islámica no cabe comprar
24
W. M. Al-Zuhili, op. cit., p. 173.
El Sagrado Corán, op. cit., p. 79, 8:61.
26
M. Abo-Kazleh, op. cit., p. 51.
25
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armamento ni reclutar militares con el propósito de emprender una ofensiva ilegal o agresión
que no prevea el Corán.
6. CONCLUSIÓN
Desde los atentados del 11 de septiembre de 2001, Occidente ha difundido una imagen
de Oriente que no corresponde a la realidad. Estados Unidos emprendió una campaña
mediática anti-islámica, tanto a nivel nacional como internacional, que defendía la idea de que
un enemigo exterior común estaba atentando contra la libertad y justicia del orden mundial.
Resulta difícil poder encontrar una justificación lógica a estos argumentos si partimos de la
base que, simplemente, la palabra Islam tiene una acepción pacífica. Islam deriva de salam (su
raíz es Silm y significa paz) y de Salama (salvación).
Como se ha analizado en este trabajo, el mensaje del Islam es, básicamente, lograr la
paz con la justicia, hermandad e igualdad. Los Estados Dar al-Islam deben basarse en la paz,
mientras que en las relaciones entre Estados musulmanes y no musulmanes se conciben
situaciones tanto de paz como de guerra. Ahora bien, esta es una concepción clásica que ha
demostrado no adecuarse a los tiempos imperantes, ya que actualmente las relaciones entre
Estados originan pactos pacíficos, independientemente del papel que la religión posea.
Teorías como ésta, que dividen el mundo en dos esferas, han demostrado que la
tendencia a interpretar las relaciones internacionales desde el punto de vista islámico debe
dejar de hacerse aplicando el tradicionalismo. Tal y como la mayoría de juristas musulmanes
aseguran, el Corán debe adecuarse a los tiempos y todas sus interpretaciones deben ser
provistas de su contexto histórico si no se quiere caer en errores. Las relaciones interestatales,
por tanto, deberían considerarse de naturaleza pacífica, ya que considerarlas bélicas atentaría
contra los principios que establece el Corán.
Cabe mencionar, por otra parte, que la idea de la Yihad cobró fuerza cuando, en el
sistema internacional anárquico, la única manera de asegurar la seguridad interna y la
manutención del poder era estar preparado para la guerra. Esto podría sugerir una
interpretación realista clásica, según la cual, recordemos, los Estados están en confrontación
constante, no existe la armonía de intereses y donde la naturaleza humana está dominada por
el mal. En este sentido, dado que los Estados tienen intereses contrapuestos, la posibilidad de
que se desarrollen conflictos bélicos está muy presente. Ante esta situación resultaría lógico
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pensar que el rearme es una solución para que cada Estado mantenga su seguridad. Aun así,
aunque la teoría realista ha podido ser adecuada para interpretar tiempos pasados, actualmente
es necesario basarse en otra teoría no tan devastadora, ya que como se ha argumentado, la
base de las relaciones internacionales, según el Islam aplicado a la realidad presente, no debe
considerarse de naturaleza bélica.
El Corán da lecciones que adaptadas correctamente a las relaciones existentes hoy en
día demuestran que los musulmanes deben abogar por la cooperación, el establecimiento de la
paz, la colaboración y el respeto de los derechos humanos.
Teniendo en cuenta estas argumentaciones, sólo cabe mencionar que la comprensión
entre Occidente y Oriente únicamente será posible cuando tanto unos como otros acepten sus
diferencias e intenten comprender la realidad según los criterios que corresponden a cada
parte. Mientras esto no sea así, la realidad demostrará lo que hace siglos parecía pronosticar
un proverbio árabe:( ”‫ “ﺍﻝﺍِﻥْﺱﺍﻥ ﻉﺩﻭ ﻡﺍ ﻱﺝْﻩﻝ‬El hombre es enemigo de lo que ignora).
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