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BOLETÍN INFORMATIVO
COMITÉ ECONÓMICO Y SOCIAL EUROPEO (CESE/EESC)
Nº 15 / 17 de enero de 2017
En este número del Boletín analizamos el enfrentamiento entre la Comisión y los gobiernos
alemán y holandés y el Eurogrupo, a propósito de las orientaciones de política económica de la
zona euro. Los opositores a las propuestas de la Comisión siguen aferrados a la austeridad y se
niegan, además, a aliviar la insostenible situación de Grecia. La crisis política europea continúa
sin perspectivas de solución y el triunfo de Donald Trump podría agravarla. Comentamos los
debates del Grupo de los Trabajadores sobre inversión, “regla de oro” y pilar social de la UE y
los del Pleno sobre el Programa de Trabajo de la Comisión para 2017 y los nuevos modelos
económicos sostenibles. Entre los dictámenes aprobados por el Pleno de diciembre destacamos
los referidos a las siguientes normas o temas: Directiva sobre desplazamiento de los
trabajadores, Sistema Europeo Común de Asilo (2º paquete), revisión de la Unión Aduanera UETurquía, lucha contra la elusión fiscal, ampliación del Plan de Inversiones, economía
colaborativa, plataformas en línea y Mercado Único Digital, regulación de la aviación civil (2º
paquete), la PAC más allá de 2020, y la tierra, su uso y la silvicultura en la aplicación de los
Acuerdos de París.
1. La UE al finalizar 2016
El CESE celebró su 521ª sesión plenaria los días 14 y 15 de diciembre de 2016. El segundo día
coincidió con la Cumbre del Consejo que ponía fin al semestre de presidencia temporal de
Eslovaquia. Días antes, su primer ministro, el socialdemócrata Robert Fico, había calificado de
sucias prostitutas antieslovacas” [sic] a los periodistas que le preguntaban por la presunta
corrupción en el manejo de fondos públicos relacionados con actividades de la presidencia de
turno de la UE. Los periodistas ya se habían incorporado con anterioridad a los grupos
humanos preferidos en las invectivas de Fico: inmigrantes, musulmanes y refugiados.
Esta anécdota es un signo más del estado de la Unión al terminar un año francamente malo en
términos políticos: Brexit, victoria de Donald Trump, ascenso de los nacionalismos y de la
extrema derecha en numerosos países y, tal vez lo más inquietante, ausencia de liderazgos
1
políticos europeos con proyectos capaces de sacar a la UE de su crisis política e ilusionar a su
ciudadanía.
El mal funcionamiento de las instituciones europeas afecta especialmente al Consejo y al
Eurogrupo, mientras que la Comisión parece querer salir de la oscura etapa de Durao Barroso,
caracterizada por el conservadurismo y la falta de iniciativa. Sin que haya que lanzar campanas
al vuelo, la compleja personalidad de Jean-Claude Juncker aparenta querer redimir las culpas
de su período de primer ministro luxemburgués, impulsor del fraude fiscal de las
multinacionales, y de Presidente del Eurogrupo, ejecutor de la política alemana de los peores
años de la austeridad, promoviendo iniciativas de signo contrario. Entre ellas habría que
destacar las iniciativas legislativas y decisiones ejecutivas en el campo de la fiscalidad de las
empresas multinacionales y para reducir el dumping fiscal de diversos gobiernos (Irlanda,
Holanda, Luxemburgo, etc.), la aceptable propuesta de reforma de la Directiva sobre
desplazamiento de los trabajadores, o la insistencia en la necesidad de impulsar la inversión y
de fortalecer el pilar social de la UEM, aunque las realidades en estos últimos aspectos (2ª Fase
del Plan de Inversiones y propuestas sobre el pilar social) son bien insuficientes.
Pero Alemania ha vuelto ha vuelto a mostrar en las principales reuniones de diciembre -Eurogrupo (5/12) y Cumbre del Consejo (15/12)- su resistencia a abandonar las políticas de
austeridad y su oposición a que se aborde de una vez la reestructuración de la deuda griega,
como se había prometido al gobierno de Atenas al imponer las condiciones del tercer rescate.
El gobierno alemán cuenta con la inestimable colaboración del presidente del Eurogrupo,
Jeroem Dijsselbloem, que tanto en su comparecencia en el PE como en la reunión del
Eurogrupo se opuso a la propuesta1 de la Comisión de que la política presupuestaria de la zona
euro fuera moderadamente expansiva –“posición fiscal” u “orientación presupuestaria”2 del
0,5% del PIB, unos 50.000 M€-, y a las demandas de reestructuración de la deuda griega y de
reducción del inalcanzable objetivo de mantener superávits presupuestarios primarios del
3,5% del PIB en los próximos años. Estas últimas demandas no provienen sólo del gobierno de
Atenas sino también del FMI y el BM. La reestructuración de la deuda fue un compromiso de la
Troika al obligar al gobierno de Alexis Tsipras a firmar las duras condiciones del tercer plan de
rescate, pero los gobiernos alemán y holandés han decidido que la cuestión no se aborde en el
año en que ambos países celebran elecciones generales. De nuevo, el futuro de Grecia y de la
UE se subordina a los intereses electorales de los llamados “países centrales”.
Pocos días después de la cumbre del Consejo –cuyas conclusiones nada dicen de este tema ni
de la Recomendación sobre política económica de la zona euro, ni tampoco nada sustancial
sobre la crisis de los refugiados- supimos que, por iniciativa de Wolfgan Schäuble y Jeroem
Dijsselbloem y sin que se hubiera vuelto a reunir el Eurogrupo, el Mecanismo de Estabilidad
Europeo (MES/ESM) suspendía lo único que había logrado Grecia en la reunión del Eurogrupo:
una rebaja en los tipos de interés de su deuda pública. ¿Cual fue la razón aducida? Que, debido
a que Grecia había rebasado el objetivo de supéravit primario de 2016, con el importe del
excedente el gobierno de Alexis Tsipras anunció que iba a conceder una paga extraordinaria de
1
Recomendación sobre la política económica de la zona euro; COM(2016) 726 de 16/11/2016
Traducciones posibles de la expresión inglesa “fiscal stance” que no tiene todavía, en castellano, una
traducción establecida sin discusión. Una “fiscal stance” positiva supone preconizar un déficit y una
negativa la obtención de un superávit presupuestario; el equilibrio es cero.
2
2
Navidad a los 1,6 millones de pensionistas que perciben las pensiones más bajas3. Ese mínimo
alivio a la situación de los pensionistas griegos es inaceptable para los guardianes de la
austeridad.
No hay más remedio que preguntarse cómo es posible que los políticos que gobiernan Europa
no se den cuenta de que estas actitudes y decisiones no hacen sino ahondar más la grave crisis
política que padece la UE y reforzar las posiciones de los nacionalistas y de la extrema derecha.
Añade preocupación el hecho de que la ceguera es compartida por populares y
socialdemócratas europeos. Los matices no los producen la adscripción partidaria o las
etiquetas políticas sino las demarcaciones geográficas –Norte contra Sur- y las posiciones
económicas –acreedores y deudores-. Así los socialdemócratas alemanes no cuestionan la
política económica europea de Schäuble y el incompetente –además de derechistaDijsselbloem milita en el socialdemócrata Partido del Trabajo (PvdA) holandés. Disjsselbloem
llegó más lejos en la mencionada comparecencia ante la Comisión de Economía del PE:
olvidando que comparecía como Presidente del Eurogrupo, intentó justificar con muy pobres
argumentos la posición oficial del Gobierno holandés de retrasar cinco años la aplicación de
una importante Directiva4 propuesta por la Comisión para combatir la elusión y el fraude fiscal
de las empresas multinacionales. Única razón real de este lamentable proceder: mantener, al
menos durante ese período, el destacado papel de Holanda como promotora de la
elusión/fraude fiscal de las multinacionales.
2. Debates en el Grupo de los Trabajadores y en el Plenario
El Grupo de los trabajadores del CESE aprobó una resolución sobre Grecia en la que se llamaba
a bordar un alivio de la deuda más profundo -no incluyó el término reestructuración- y a
terminar definitivamente con las medidas que han deteriorado profundamente los derechos y
prestaciones sociales de los griegos.
En una reunión extraordinaria, celebrada el 30 de noviembre, se abordaron dos temas que
acaparan la atención en la política europea y el interés del sindicalismo: la inversión pública (y
su “regla de oro”) y el pilar social del la UEM. Precedidos de interesantes exposiciones de los
académicos Achim Truger5 y Chiara Crepaldi6, se podrían destacar las siguientes conclusiones:
3
Todos los pensionistas griegos han sufrido un mínimo de tres recortes de sus pensiones públicas como
consecuencia de los sucesivos planes de rescate). El coste total de la paga extra era de 617 millones de
euros, lo que supondría una cuantía de unos 385€ como media.
4
Ver, más abajo, es este mismo Boletín: Dictamen, ECO/422, Prácticas de elusión fiscal en las asimetrías
híbridas sobre la Propuesta de Directiva del Consejo, COM(2016) 687, por la que se modifica la Directiva
(UE) 2016/1164 en lo que se refiere a las asimetrías híbridas con terceros países .
5
Achim Truger es profesor de economía de la Escuela de Economía y Derecho de Berlín y director de
investigación en el Instituto de Política Macroeconómica (IMK) de la Fundación Hans Böckler.
6
Chiara Crepaldi es directora de investigación en el Instituto de Investigación Socioeconómica de Milán.
3
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la UE no se ha recuperado de la caída de la inversión producida por la crisis y las
políticas de austeridad;
la caída de la inversión pública es particularmente grave: en los últimos tres años la
inversión pública neta de la zona euro ha sido negativa;
la inversión pública tiene un impacto muy importante en el crecimiento: si en la zona
euro se mantuviese una “posición fiscal” expansiva, aplicada a la inversión pública, de
+1,5% del PIB durante tres años, se incrementaría el PIB en un 5% durante dicho
período; si, por el contrario, el objetivo fuera reducir el déficit al 2% del PIB, el
impacto sería de -0,5% del PIB en esos tres años.
hay que apoyar la “regla de oro”7 con una definición amplia de los sectores a los que
se puede aplicar que son también los que crean capital social para las futuras
generaciones (educación, cuidado de niños/as, etc.);
hay que marcarse como objetivo un estímulo fiscal de al menos un 1% del PIB, durante
2 o 3 años, con el I+D+i y la educación como ámbitos prioritarios;
el Plan Juncker y su FEIE no están cumpliendo satisfactoriamente sus objetivos en lo
que se refiere al impacto social de los proyectos aprobados. Su distribución territorial
tampoco favorece a los Estados miembros más necesitados de inversión por haber
sufrido las peores consecuencias de la crisis, los planes de rescate y las políticas de
austeridad;
los proyectos del FEIE dedicados a infraestructuras sociales apenas representan un 3%
del total, frente a un 30% dedicado a pymes, un 22% a I+D+i y un 20% a energía. El
impacto social de los proyectos es “nulo o bajo” en un 66% de los mismos; “medio y
alto” en un 29,8%;
de los 1,3 millones de empleos, directos e indirectos, previstos como resultado del
Plan, a septiembre de 2016 sólo se habían contabilizado 100.000;
hay que reclamar un incremento del volumen de inversiones, un plan de objetivos de
las mismas, a medio y largo plazo, que incluya una distribución territorial justa, una
articulación del Plan y de su ampliación con los fondos estructurales y de cohesión de
modo que se complementen, y una evaluación del impacto social de los proyectos;
La presidencia del CESE ha creado un Grupo de Trabajo para reflexionar y hacer propuestas
sobre el futuro del Comité, ante la situación de la UE y los cambios políticos e institucionales
que pueden producirse. La actividad del CESE está siendo afectada, y la situación puede
agudizarse, por las restricciones presupuestarias (que el Brexit puede incrementar), la
aplicación del REFIT que crea procedimientos que devalúan o cortocircuitan sus funciones de
organismo consultivo de representación, o la aplicación por parte de la Comisión de
procedimientos de encuesta abierta a todas las organizaciones de la sociedad civil europea
cuyas conclusiones quedan en manos del encuestador oficial. Tras un intercambio general de
opiniones se apoyó la propuesta de elaborar un documento con dos partes, una primera de
análisis de la situación de la UE y de reafirmación de sus valores y principios fundamentales y
una segunda sobre el papel del CESE y su funcionamiento, y se recalcó que deben mantenerse
su función básica de representación de intereses y sus competencias.
7
Se llama “regla de oro” de la inversión pública a la exclusión de la misma a la hora de contabilizar el
déficit público; en la UE, en particular, de cara al cumplimiento de los objetivos del Pacto de Estabilidad
y Crecimiento.
4
Debates generales en el Plenario de diciembre
El vicepresidente primero de la Comisión, Frans Timmermans8, presentó el 15 de diciembre,
ante el plenario del CESE, el Programa de Trabajo de la Comisión Europea para 2017. Tras
definir el período que vive Europa como “extremadamente difícil”, subrayó que el descontento
social promovido por el aumento de la desigualdad está en la base de muchos de los
problemas políticos que viven los Estados miembros y el proyecto europeo. Definió como
objetivos principales del programa: la construcción del pilar social de la UE, el impulso de una
economía sostenible, el desarrollo de la economía digital y la unión de la energía, y el
reforzamiento de las debilitadas estructuras sociales y políticas. Timmermans concluyó que, en
2017, la CE va a centrarse en la cuestión social y el impulso del pilar social de la UE que será el
“mejor antídoto contra la gran amenaza de los nacionalismos y los populismos”
En el debate se manifestó una polarización entre las opiniones de los representantes de los
trabajadores, exigentes con la necesidad de concreción de las intenciones y críticos con
muchas realidades actuales, a pesar de reconocer un cambio de tono de la Comisión, y la de
algunos empresarios más preocupados por los excesos de regulación y las fallas en las
reformas estructurales que a ellos les interesan.
Otro vicepresidente, el finlandés Jyrki Katainen9, representó a la Comisión en el debate sobre
“Nuevos modelos económicos sostenibles” que precedió al de dos dictámenes relacionados
con el tema: economía colaborativa (INT/793) y economía funcional (INT/784). Representa al
polo más conservador de la Comisión. Se manifestó partidario de la creación de un mercado
único para materias primas secundarias (residuos). En relación con la economía colaborativa,
tras indicar que debían salvaguardarse los derechos laborales, se mostró contrario a
regulaciones de carácter judicial y prohibitivo. Frente a la prohibición (a UBER en diversos
países) defendió la “creación de entornos adecuados”. Puso como ejemplo el caso de Estonia
que ha establecido un sistema fiscal nuevo único que engloba a la economía colaborativa.
Fueron dos visiones diferentes por parte de dos vicepresidentes de la Comisión. Tal vez la de
Timmermans responde más al planteamiento mayoritario y al de Juncker, pero no hay que
olvidar que Dijsselbloem es del mismo partido que Timmermans, y que el Consejo y el
Eurogrupo tienen más poder que la Comisión, aunque lo ejerzan tarde y mal.
3. Los dictámenes de política social más importantes: nuevas normas
sobre desplazamiento de los trabajadores y sobre asilo. Otros
sobre migraciones
8
Franz Timmermans, del socialdemócrata Partido del Trabajo (PvdA) de Holanda, es también Comisario
de Mejora de la Legislación, Relaciones Interinstitucionales, Estado de Derecho y Carta de Derechos
Fundamentales, desempeñó en su país diversas responsabilidades ministeriales, incluida la de relaciones
exteriores.
9
Jyrki Katainen es comisario de Fomento del Empleo, Crecimiento, Inversión y Competitividad. Afiliado a
la conservadora Coalición Nacional (PPE), ha desempeñado en Finlandia diversas responsabilidades
ministeriales, incluida la de primer ministro (2011-2014).
5
Procedentes de la Sección SOC10 destacaron dos dictámenes: sobre la revisión de la Directiva
sobre el Desplazamiento de los trabajadores, que produjo un enfrentamiento, en la Sección y
en el Pleno entre un sector de los representantes patronales y el Grupo de los Trabajadores
apoyado por el “tercer sector”, y otro sobre la reforma del Sistema Europeo Común de Asilo
que fue aprobado casi por unanimidad, y cuyo ponente ha sido el consejero de CC OO, José
Antonio Moreno
El Dictamen, SOC/541, Revisión de la Directiva sobre el desplazamiento de trabajadores
manifiesta la opinión del CESE sobre la Propuesta de Directiva que modifica la Directiva
96/71/CE, de 16/12/1996, sobre el desplazamiento de trabajadores efectuado en el marco de
una prestación de servicios -COM(2016) 128- Esta propuesta de la Comisión trata sobre uno de
los problemas esenciales de las relaciones laborales europeas ligada a la movilidad de los
trabajadores y al creciente número de contratos de empresas de un país de la UE para la
realización de una obra o servicio en otro país. La cuestión clave es: ¿qué condiciones salariales
y laborales deben tener los trabajadores?: las del país donde se realiza la actividad o las del
país de origen de las empresas. Las famosas sentencias del TJUE sobre los casos Vicking, Laval,
Rüffert y Luxemburgo, emitidas entre 2004 y 2008, fueron realizadas sobre la base de la
aplicación de la Directiva de 1996 y de una sesgada interpretación de los jueces europeos que
establecieron una primacía de facto del derecho empresarial de “libertad de establecimiento”
sobre los derechos fundamentales de negociación colectiva y huelga. Durante los años de la
crisis y de la Comisión Barroso todos los intentos para resolver el tema, que ha abierto
abriendo una gran vía de tránsito para el dumping salarial y laboral entre países de la UE,
fueron vanos por negarse las instituciones europeas a aceptar una solución que garantizase el
principio de “igual salario por igual trabajo en el mismo lugar”.
La propuesta de nueva Directiva, solución por la que la CES lleva luchando desde hace más de
10 años, recoge en buena parte las propuestas sindicales. Los trabajadores desplazados,
también en situaciones de subcontratación, se beneficiarán, por regla general, de las mismas
normas que los trabajadores locales en materia de salario y condiciones de trabajo. Las
disposiciones establecidas por ley o convenios colectivos de alcance general serán de
aplicación obligatoria para los trabajadores desplazados en todos los sectores económicos. Los
Estados miembros podrán establecer que los subcontratistas concedan a sus trabajadores el
mismo salario y las mismas condiciones de trabajo que el contratista principal. Los
trabajadores cedidos por empresas de trabajo temporal extranjeras se regirán por las normas
nacionales del país a donde sean desplazados. En desplazamientos de larga duración (24
meses o más) se aplicarán todas las disposiciones del Derecho laboral del Estado miembro de
acogida si ello resulta favorable para el trabajador.
El Dictamen aprobado apoya la propuesta de la Comisión con algunos matices y pide que
constituya una norma de mínimos. La mayoría del grupo de los empresarios se opuso al
proyecto de dictamen, en la sección y el pleno, y presentó un contra-dictamen. Una parte de
los representantes de las patronales –como los franceses y los del sector de la construcciónapoyaron el Dictamen porque consideran que la competencia empresarial desleal también
10
Sección SOC: Empleo, Asuntos Sociales y Ciudadanía.
6
perjudica sus intereses. El Dictamen fue aprobado por 180 votos a favor, 84 en contra y 30
abstenciones.
La Directiva va a tener muchas dificultades para ser aprobada en su actual redacción. Hasta
siete miembros del Consejo le han sacado “tarjeta amarilla”, todos ellos por pretender que la
propuesta de la Comisión limita de establecimiento y movimiento de empresas y trabajadores
en el mercado interior.
El Dictamen, SOC/547, Segundo paquete de reformas del Sistema Europeo Común de Asilo se
refiere a tres propuestas de normas: la Propuesta de Directiva por la que se aprueban normas
para la acogida de los solicitantes de protección internacional (texto refundido) -COM(2016)
465- , la Propuesta de Reglamento por el que se establecen normas relativas a los requisitos
para el reconocimiento de nacionales de terceros países o apátridas como beneficiarios de
protección internacional (sigue) -COM(2016) 466- y su Anexo, y la Propuesta de Reglamento
por el que se establece un procedimiento común en materia de protección internacional en la
Unión y se deroga la Directiva 2013/32/UE -COM(2016) 467- y sus anexos: Anexo I y Anexo II
El Dictamen versa sobre una iniciativa de la Comisión -en el contexto de la catástrofe
humanitaria derivada de la guerra en Siria y de otras situaciones generadoras de flujos de seres
humanos en busca de protección internacional- para modificar el actual sistema de asilo de la
UE a fin de armonizarlo y tratar de hacerlo más eficaz.
El CESE considera necesario llevar a cabo una reforma justa, eficaz y eficiente del Sistema
Europeo Común de Asilo (SECA) y establecer un procedimiento verdaderamente común que
sea fiable, flexible y eficiente y mejore las vías justas y legales de acceso a la Unión Europea,
desde la perspectiva del respeto a los derechos de las personas que sufren persecución.
Considera que es necesario tener presente que el artículo 2 del TUE establece explícitamente
que la Unión se fundamenta en los valores de respeto de la dignidad humana, libertad,
democracia, igualdad, Estado de Derecho y respeto de los derechos humanos, incluidos los
derechos de las personas pertenecientes a minorías. Igualmente, el artículo 78 del TFUE
dispone que la UE desarrollará una política común de asilo: a tal fin, debería proponerse un
verdadero sistema común y obligatorio para todos los Estados miembros que armonizase
todas las legislaciones nacionales o, en su defecto, haber introducido al menos un sistema
común de reconocimiento mutuo de las decisiones en materia de asilo entre todos los Estados
miembros de la UE. Ello permitiría un verdadero Sistema Común Europeo de Asilo. De lo
contrario, no podrán evitarse los llamados «movimientos secundarios», por los que las
personas en busca de protección internacional se desplazan a los países que ofrecen las
mejores condiciones en la UE.
Sobre la propuesta de Reglamento relativo a los requisitos de asilo, el CESE recomienda:
incluir los criterios de ACNUR para la valoración de alternativa de huída interna; repartir la
carga de la prueba entre el solicitante y la autoridad decisoria (jurisprudencia del TJUE); evitar
la aplicación automática de las cláusulas de exclusión; y garantizar un análisis individualizado
de las demandas.
7
Sobre la propuesta de Reglamento relativo a los procedimientos comunes, el CESE
recomienda: evitar la aplicación automatizada de los conceptos relativos a los países (tercer
país seguro, primer país de asilo, etc.) y reducir los plazos; aumentar las garantías de una
evaluación individualizada; y aumentar las garantías de la detención administrativa.
Sobre la propuesta de Directiva relativa a las normas de acogida, el CESE recomienda: adoptar
una orientación de incentivos positivos para evitar los movimientos secundarios, en lugar de
un enfoque sancionador; utilizar un mismo instrumento jurídico para condiciones de acogida,
elegibilidad, y procedimientos; eliminar o restringir los conceptos jurídicos indeterminados;
incluir a otros miembros de la familia, en coherencia con la propuesta de Reglamento de
Dublín.
El Pleno del CESE también aprobó el Dictamen, SOC/539, Hacia una política de inmigración
laboral coherente en la UE en lo que respecta a la tarjeta azul sobre la Propuesta de Directiva
relativa a las condiciones de entrada y residencia de nacionales de terceros países con fines de
empleo de alta capacitación -COM(2016)378Un Dictamen de la Sección REX, el Dictamen, REX/469, Vivir con dignidad: de la dependencia
de ayudas a la autonomía que versa sobre la Comunicación de la Comisión, COM(2016) 234,
Vivir don dignidad: de la dependencia de ayudas a la autonomías. Desplazamientos forzados y
desarrollo aborda la política de cooperación con los países de origen de los flujos migratorios
para reducirlos.
4. La revisión de la Unión Aduanera UE-Turquía
Aunque de menos intensidad que el anterior, un dictamen sobre las relaciones entre la UE y
Turquía también suscitó bastante debate, tanto en la Sección REX como en el Pleno. Se trata
del Dictamen, REX/468, Mejora de las relaciones comerciales bilaterales entre la UE y Turquía y
modernización de la Unión Aduanera . Se realizó a petición de la Comisión Europea.
Como cabía esperar el debate se centró en la situación política de Turquía, en particular la
creada por el intento de golpe de Estado de julio de 2016 y las posteriores represión
indiscriminada y evolución antidemocrática del régimen de Erdogan. El Dictamen plantea que
se renegocie la actual Unión Aduanera –vigente desde 1996 con un antecedente en el Acuerdo
de Asociación de 1963- pero que la ampliación de los niveles de cooperación sólo debería
realizarse si se respetan los valores europeos fundamentales, los principios de la democracia,
el Estado de Derecho y los derechos humanos.
La complejidad de la situación se agudiza porque, como consecuencia del lamentable Acuerdo
entre la UE y Turquía sobre la repatriación de refugiados e inmigrantes, se han acelerado las
conversaciones del proceso de integración de Turquía en la UE. Aunque, eso sí, las dos partes
están convencidas de que este proceso no va a fructificar.
El CESE propone que en la revisión de la Unión Aduanera se incluyan, entre otros, los
siguientes nuevos aspectos: agricultura (con una serie amplia de requisitos), servicios,
contratos públicos, materias primas, protección de los consumidores y medio ambiente,
8
reglamentos fitosanitarios, veterinarios y de seguridad alimentaria, salud y seguridad en el
trabajo, protección de los derechos laborales y trabajo decente, lucha contra la corrupción y el
blanqueo de capitales, etc.
De la Sección REX provino también el Dictamen, REX/470, Política para la Región Ártica que
establece recomendaciones sobre la Comunicación de la Alta Representante de la UE para
AAEE y PS, JOIN(2016) 21, Una política integrada de la UE para el Ártico
5. Dictámenes sobre economía. Elusión fiscal, ampliación del Plan
Juncker, revisión del marco presupuestario y economía
colaborativa
Como indicamos en el apartado 1 de este Boletín, el Dictamen, ECO/422, Prácticas de elusión
fiscal en las asimetrías híbridas trata sobre una iniciativa legislativa que no gusta ni al gobierno
holandés ni a Jeroem Dijsselbloem. Se trata de la Propuesta de Directiva del Consejo,
COM(2016) 687, por la que se modifica la Directiva (UE) 2016/1164 en lo que se refiere a las
asimetrías híbridas con terceros países
Los “mecanismos híbridos asimétricos” aprovechan las diferencias en el tratamiento de la
fiscalidad de un instrumento financiero o entidad con arreglo a las jurisdicciones de dos o más
jurisdicciones tributarias para lograr no pagar en ninguna de ellas. Son instrumentos clave para
la elusión/fraude fiscal, muy utilizados por las empresas multinacionales con la connivencia,
más bien facilitación, de diversos gobiernos europeos11. La Directiva es una de las iniciativas
legales de la Comisión para procurar limitar la erosión de la base imponible por la llamada
“planificación fiscal agresiva” de las empresas. Es tímida porque se limita a procurar la
tributación y la transparencia –lo que no es poco y por eso el Dictamen apoya la propuesta-,
pero el problema es tan grave y escandaloso que una opción más conveniente –compartida
por altos funcionarios de la Comisión- hubiera sido prohibir buena parte de estos mecanismos
y las prácticas de planificación fiscal abusiva.
Plan Juncker 2
El Dictamen, ECO/416, Prórroga del Fondo Europeo de Inversiones Estratégicas (FEIE 2.0) , se
refiere a la propuesta de ampliación del Plan Juncker: una prórroga temporal de dos años,
hasta 2020, sobre los tres inicialmente previstos, y una ampliación de la cuantía total de las
inversiones de 315.000 a 500.000 millones de euros. No varía la filosofía de actuación del FEIE
y el BEI y su prioridad absoluta en el estímulo de sólo la inversión privada, en particular de las
pymes. Añade una atención especial a proyectos de inversión que contribuyan a alcanzar los
objetivos de los Acuerdos de París (COP 21). El instrumento legal para la ampliación es la
Propuesta de Reglamento, COM(2016) 597, por el que se modifican los Reglamentos (UE) nº
1316/2103 y (UE) 1017 /2015 en lo que se refiere a la ampliación de la duración del FEIE y a la
introducción de mejoras técnicas
11
Entre ellos: Irlanda, Holanda, Reino Unido, Bélgica, Luxemburgo, Suiza,…
9
El Dictamen plantea genéricamente que se garantice una cobertura geográfica equilibrada
(pero sin establecer cuotas previas y con flexibilidad) y que se refuerce la dimensión social. Sin
embargo, no realiza recomendaciones precisas que aborden las justificadas críticas formuladas
en el Grupo de los Trabajadores (ver apartado 2) tanto a su insuficiencia cuantitativa como a
diversos aspectos cualitativos (distribución geográfica, contenidos, ausencia de la inversión
pública, etc.).
Revisión intermedia del Marco financiero plurianual 2014-2020
El Dictamen, ECO/417, Revisión intermedia del marco financiero plurianual 2014-2020 se
refiere a numerosas normas pero a muy poco dinero: 6.300 millones que sin modificar los
techos de gasto aprobados proceden de márgenes no asignados e instrumentos especiales. La
Comisión propone dedicarlos al FEIE y a la atención al “problema migratorio” (¡nunca quieren
hablar de refugiados!). Las orientaciones y normas: la Comunicación de la Comisión,
COM(2016) 603, Revisión intermedia del marco financiero plurianual 2014-2020. Un
presupuesto de la UE centrado en los resultados ; la Propuesta de Reglamento del Consejo,
COM(2016) 604, por el que se modifica el Reglamento (UE, EURATOM) nº 1311/2013 por el
que se establece el marco financiero plurianual 2014-2010 ; y la Propuesta de Reglamento del
PE y del Consejo, COM(2016) 605, sobre las normas financieras aplicables al presupuesto
general de la Unión y por el que se modifican diversos reglamentos y sus anexos: Anexo I y
Anexo II ; contienen además numerosas modificaciones técnicas y de simplificación de normas
así como la propuesta de creación de una nueva Reserva de Crisis de la UE.
El Dictamen considera que el actual MFP y el posterior a 2020 tiene que concentrarse en
programas capaces de: reactivar el desarrollo económico, social y medioambiental, el empleo,
la innovación y la competitividad; así como, responder a la crisis migratoria y de los refugiados
y a las cuestiones de seguridad interna, emergencias externas y a la crisis del sector agrícola. El
CESE critica la falta de visión estratégica sobre el futuro de Europa y considera que la duración
del MFP debe ajustarse al ciclo político de la Comisión y el PE (5 años).
Nuevos modelos económicos y de empresa
Se abordan en tres dictámenes. El primero, el Dictamen, INT/793, Economía colaborativa que
trata sobre la Comunicación de la Comisión, COM (2016) 356, Una Agenda Europea para la
economía colaborativa. La Comisión propone tratar el tema, sin propuestas legislativas por el
momento, sobre los siguientes ejes: requisitos de acceso al mercado, regímenes de
responsabilidad, protección de los usuarios, situación de los trabajadores por cuenta propia y
ajena, y fiscalidad.
El Dictamen INT/793 se inserta en la línea de reconocer las potencialidades del modelo al
tiempo que reafirma la necesidad de regulación para evitar los riesgos. Subraya la necesidad
de lograr que la economía colaborativa no produzca ni precarización del trabajo ni elusión
fiscal y que el valor añadido no se desplace masivamente de los agentes industriales a las
plataformas digitales. Apoya la regulación y armonización de éstas para garantizar los objetivos
anteriores y una igualdad de condiciones de competencia. El CESE pide a la Comisión que
analice el tema con mayor precisión y que se cree una agencia de calificación europea
independiente de las plataformas digitales en materia de competencia, empleo y fiscalidad.
10
El segundo es el Dictamen, INT/784, La economía funcional es de iniciativa. Puede arrojar algo
de luz sobre un modelo que todavía se está definiendo y que se inserta en el ámbito de los
modelos de economía sostenibles. Lo esencial es el valor de uso de los productos y servicios; la
propiedad se debería sustituir por la utilización temporal.
Otro dictamen sobre nuevos tipos de empresas es el de iniciativa sobre las startups: Dictamen,
ECO/403, Promover las empresas innovadoras y de rápido crecimiento .
Otros dictámenes sobre regulaciones económicas
Se aprobaron otros tres dictámenes de este tipo procedentes de la Sección de Economía:
El Dictamen, ECO/404, Un marco adecuado para la transparencia de las empresas que era de
iniciativa.
El Dictamen, ECO/413, Modificación de los Reglamentos (UE) sobre fondos de capital riesgo
(FCRE) y de emprendimiento social (FESE) sobre la Propuesta de Reglamento del PE y del
Consejo, COM(2016) 461, por la que se modifican los Reglamentos (UE) 345 y 346/2013 sobre
fondos europeos de capital riesgo y emprendimiento social
Y el Dictamen, ECO/415, Prórroga del Programa Estadístico Europeo para 2018-2020 sobre la
Propuesta de Reglamento del PE y del Consejo, COM(2016) 557 por la que se modifica el
Reglamento (UE) 99/2013 relativo al Programa Estadístico Europeo 2013-2017 y se prorroga
hasta 2020 y su Anexo
6. Mercado Único Digital y Aviación Civil
Dos dictámenes versan sobre comunicaciones de la Comisión relacionadas con el Mercado
Único Digital. El más importante es el Dictamen, TEN/601, Plataformas en línea y Mercado
Único Digital que trata sobre la Comunicación de la Comisión, COM(2016) 288, Las plataformas
en línea y el mercado único digital- Retos y oportunidades
La Comunicación pretende evaluar los aspectos de mayor importancia de las plataformas en
línea y esbozar la posición de la Comisión sobre la estrategia a seguir sobre el tema y el tipo de
iniciativas legislativas que se podrían desarrollar. El CESE, aunque acoge favorablemente el
plan de acción de la Comisión, muestra su preocupación porque las posibles normas europeas
no puedan seguir el ritmo de la evolución de los mercados digitales, así como sobreponerse a
las normas nacionales diferentes, que pueden crear confusión y limitación de la oferta de
servicios. El CESE recomienda que se determinen con mayor precisión los perjuicios más graves
para las empresas y los consumidores, para abordar la regulación; subraya que muchas
plataformas en línea son base de la economía colaborativa y reitera sus conclusiones sobre
ella, especialmente en lo referente a la protección de los consumidores y sus trabajadores. El
CESE pide que se forme digitalmente a todos los ciudadanos y que la Comisión elabore con los
propietarios de las plataformas un código de conducta para luchar contra la incitación al odio
en línea y los contenidos perjudiciales para los menores, y que se prevean sanciones a estas
conductas. El Comité lamenta que la Comisión haya pasado por alto una vez más la dimensión
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social de las plataformas en línea y reclama mayor precisión sobre la protección de los
trabajadores.
La seguridad en la red se aborda en el Dictamen, TEN/608, Reforzar el sistema de
ciberresiliencia de Europa sobre la Comunicación de la Comisión, COM(2016) 410, Reforzar el
sistema de ciberresiliencia en Europa y promover una industria de ciberseguridad competitiva
e innovadora
Por segunda vez en este mandato el CESE aprueba un dictamen sobre las normas europeas
sobre la aviación civil: el Dictamen, TEN/597, Paquete de aviación II se refiere a la Propuesta
de Reglamento del PE y del Consejo, COM(2016) 613, sobre normas comunes en el ámbito de
la aviación civil, creación de una Agencia de Seguridad Aérea de la UE y derogación del
Reglamento (CE) 216/2008 y sus Anexos .
El objetivo principal de este segundo paquete legislativo es que el sector de la aviación de la
UE sea más competitivo. El CESE se muestra a favor de la propuesta de la Comisión que
introduce un nuevo planteamiento reglamentario en materia de seguridad basado en la
evaluación de los riesgos y del rendimiento; apoya la propuesta de otorgar a la AESA una
mayor cuota de responsabilidad en materia de seguridad; apoya la inclusión de las aeronaves
no tripuladas en el ámbito aplicación de la propuesta; y desaconseja modificar en este
momento disposiciones sustantivas de la legislación sobre el arrendamiento financiero. Otros
puntos clave del Dictamen son: estudiar la posibilidad de imponer un requisito de certificación
a los proveedores de servicios de asistencia en tierra y al personal con funciones clave para la
seguridad; establecer un sistema de concesión de licencias para el personal de cabina; que los
operadores europeos activos puedan escoger a la AESA como autoridad competente;
salvaguardar la «cultura de la equidad», estableciendo una carta sobre la misma; y rechazar la
propuesta de introducir una disposición sobre las tarifas relativas a los servicios prestados en
el marco del Cielo Único como medio de financiación de las actividades de la AESA.
7. La PAC después de 2020, desarrollo de los Acuerdos de París y
otros dictámenes de la sección NAT12
Para prever el futuro de la Política Agraria Común más allá de 2020, la Sección NAT promovió
el Dictamen, NAT/682, Los principales factores subyacentes que influyen en la PAC después de
2020 .
El CESE considera que debería participar de forma activa en la preparación de la próxima
reforma de la PAC; considera que es muy importante efectuar un profundo análisis de la actual
y del resultado de la anterior reforma, y por ello, pide que se prorrogue la actual un mínimo de
dos años. El CESE reitera que la futura PAC debería defender el modelo agrícola europeo,
basado en los principios de soberanía alimentaria, sostenibilidad y capacidad de respuesta a
las necesidades reales de la ciudadanía, ya sean agricultores, empleados o consumidores.
También debería tener en cuenta la diversidad de los modelos agrícolas y las especificidades
12
Sección de Agricultura, Desarrollo Rural y Medio Ambiente
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regionales y la diversidad de sus objetivos: económicos, sociales y medioambientales. La
simplificación debería ser la prioridad esencial de la próxima reforma de la PAC sin descartar
un aumento de su presupuesto.
Un primer dictamen sobre el desarrollo de los Acuerdos de París (COP21) y los Objetivos de
Desarrollo Sostenible (ODS) 2030 es el Dictamen, NAT/696, Reparto del esfuerzo 2030 y uso de
la tierra, cambio de uso de la tierra y silvicultura (UTCUTS) que trata sobre dos propuestas de
reglamentos: Propuesta de Reglamento del PE y del Consejo, COM(2016) 479, sobre la
inclusión de las emisiones y absorciones de gases de efecto invernadero en la tierra y la
silvicultura (Marco 2030) y de modificación del Reglamento 525/2013 relativo a un mecanismo
de seguimiento y notificación de las emisiones de gases de efecto invernadero y sus Anexos y
la Propuesta de Reglamento del PE y del Consejo, COM(2016) 482, sobre las reducciones
anuales vinculantes de las emisiones de gases de efecto invernadero (2021-2030) para una
Unión de la Energía resiliente y el cumplimiento de los compromisos del Acuerdo de París y de
modificación del Reglameto (UE) 525/2013 y sus Anexos
La UE se comprometió, en la COP 21 (París, diciembre de 2015), al objetivo vinculante de
reducir, en 2030, un 40% como mínimo las emisiones de gases de efecto invernadero en el
conjunto de la economía. El uso de la tierra y de los bosques es fundamental para ello. El
COM(2016) 482 define los objetivos nacionales para alcanzar el objetivo europeo y
el COM(2016) 479 cómo se incluirán el uso de la tierra, el cambio de uso y la
silvicultura (UTCUTS), a partir de 2021, para lograrlo.
El CESE considera oportunas las propuestas de la Comisión, pero hace hincapié en la necesidad
de tener en cuenta, al mismo tiempo, el desafío mundial a largo plazo que plantea la
mitigación del cambio climático. Para ello se requiere evaluar de manera pormenorizada si el
enfoque actual de la política climática de la UE es apropiado. En cuanto al reparto del esfuerzo,
el CESE está de acuerdo en tener en cuenta las diferencias entre los Estados miembros para
garantizar la equidad y la rentabilidad. Sin embargo, para lograrlo, los cálculos sobre el reparto
del esfuerzo deben abordar ambos aspectos al mismo tiempo y en todos los Estados
miembros, así como fijar los objetivos de tal manera que los costes relativos sean los mismos
para cada país. Hay que introducir mecanismos de flexibilidad.
La inclusión del UTCUTS en el marco de actuación hasta 2030 aporta un nuevo y destacado
elemento a la política climática de la Unión. El uso sostenible y la gestión activa de los recursos
naturales de origen biológico (bioeconomía) —incluida la gestión forestal sostenible y la
producción alimentaria con un enfoque climático inteligente— son elementos clave de esta
transición. El papel de la agricultura y la silvicultura exige que la política climática de la Unión
adopte un enfoque integral. Se han de tener en cuenta tanto la reducción de las emisiones
como la captura de carbono, así como los retos en materia de adaptación y seguridad
alimentaria.
El CESE considera importante que la emisión y la absorción de los gases de efecto invernadero
se evalúen de manera científica, con transparencia y empleando parámetros comunes. Pide a
la Comisión que desarrolle normas contables para la gestión de la tierra y de los bosques de tal
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modo que reflejen las tasas reales de emisiones y de captura. Por otra parte, los niveles de
referencia forestales nacionales deben ser establecidos por los Estados miembros de
conformidad con el uso sostenible previsto de los recursos forestales. El CESE anima a cada
Estado miembro a elaborar políticas nacionales ambiciosas y ascendentes para el sector
UTCUTS en estrecha colaboración con la sociedad civil en un proceso a escala nacional,
regional y local. Reconoce, asimismo, que su éxito exige recursos financieros sustanciales.
El Dictamen, NAT/697, Plan plurianual para las poblaciones demersales del Mar del Norte se
emite sobre la Propuesta de Reglamento del PE y del Consejo, COM(2016) 493, por el que se
establece un plan plurianual para las poblaciones demersales del Mar del Norte y para las
pesquerías que las explotan y por el que se derogan los Reglamentos (CE) 676/2007 y
1342/2008
8. Dos dictámenes y dos documentos informativos de la Sección INT13
Los dictámenes tratan sobre normalización y productos financieros. Se trata de:
El Dictamen, INT/803, Normalización europea para 2017 sobre la Comunicación de la
Comisión, COM(2016) 357, Programa de trabajo anual de la Unión sobre normalización
europea para 2017 .
Y el Dictamen, INT/811, Productos de inversión minorista empaquetados y productos de
inversión basados en seguros (PRIIP) / Fecha acerca de la Propuesta de Reglamento del PE y
del Consejo, COM(2016) 709, por el que se modifica el Reglamento (UE) 1286/2014, sobre los
documentos de datos fundamentales relativos a los productos de inversión minorista
empaquetados y los productos de inversión basados en seguros, en lo que respecta a su fecha
de aplicación .
Los documentos informativos se refieren a los derechos de los consumidores, y son: el
Documento informativo, INT/795, sobre la Directiva sobre los derechos de los consumidores y
el Documento Informativo, INT/796, Derecho de la UE sobre protección de los consumidores y
comercialización (control de la adecuación) .
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Sección de Mercado Único, Producción y Consumo
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