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Groenlandia
(DINAMARCA)
Jan Mayen
(NORUEGA)
Consejo de la
Unión Europea
MAR
DE BARENTS
Reikiavik
Estados miembros de la UE que aplican íntegramente el
acervo de Schengen, salvo en lo relativo a la ausencia de
controles en las fronteras interiores y a los visados. Estos
Estados están conectados al Sistema de Información de
Schengen (SIS), pero no están obligados a denegar la entrada
a las personas inscritas como no admisibles y además no
pueden introducir ese tipo de inscripción en el SIS. Estos
países están en espera de una decisión del Consejo que fije
la fecha de entrada en vigor de la totalidad del acervo de
Schengen para ellos (apertura de las fronteras interiores).
Tienen derecho de voto en el Consejo sobre todo el acervo
de Schengen: Bulgaria y Rumanía.
ISLANDIA
EL ESPACIO SCHENGEN
MAR DE NORUEGA
MAR
BLANCO
Islas Feroe
(DINAMARCA)
FINLANDIA
IA
SUECIA
BO
TN
Estados miembros de la Unión Europea (UE) que aplican
íntegramente el acervo de Schengen y tienen derecho de voto
en el Consejo: los territorios europeos de Bélgica, Chequia,
Alemania, Estonia, Grecia, España, Francia, Italia, Letonia,
Lituania, Luxemburgo, Hungría, Malta, los Países Bajos,
Austria, Polonia, Portugal, Eslovenia, Eslovaquia, Finlandia y
Suecia, más las Islas Baleares, Canarias, Madeira y las Azores.
GOLFO
DE
Islas
Shetland
(REINO UNIDO)
N ORUEGA
Oslo
Estados miembros de la UE que aplican el acervo de Schengen
con excepción del acervo relativo al SIS, a la ausencia de controles
en las fronteras interiores y a los visados. Todavía no tienen
acceso al SIS. Tienen derecho de voto en el Consejo sobre todo
el acervo de Schengen: Chipre y Croacia.
Helsinki
Tallin
Dinamarca, Estado miembro de la UE, aplica íntegramente
el acervo de Schengen en tanto que norma de Derecho
internacional (sin derecho de voto en el Consejo), pero cuando
se trata de las normas que determinan los países terceros cuyos
ciudadanos necesitan visado para cruzar las fronteras exteriores
de los Estados miembros y las normas relativas a la implantación
de un tipo de visado modelo, Dinamarca tiene derecho de voto
en el Consejo.
Estocolmo
R
A
L T
I C O
AG
SK
ER
K
DINAMARCA
(REINO UNIDO)
LITUANIA
A
R
Copenhague
Dublín
M
REINO
El Reino Unido, Estado miembro de la UE, fue autorizado a
aplicar la parte del acervo de Schengen relativa a la cooperación
policial y judicial en materia penal, con derecho de voto en el
Consejo sobre los actos jurídicos que desarrollan dicho acervo.
No participa en el acervo relativo a la ausencia de controles en
las fronteras interiores, los visados y las fronteras exteriores. Tiene
acceso al SIS, con excepción de las inscripciones de personas no
admisibles en el territorio Schengen.
No todas las disposiciones del acervo de Schengen aplicables
en Gran Bretaña e Irlanda del Norte son aplicables en Gibraltar.
Ninguna de las disposiciones del acervo de Schengen es aplicable
actualmente a las Islas del Canal y a la Isla de Man.
B
Isla de Man
MAR
CELTA
Estados asociados que no son miembros de la UE y que aplican
íntegramente el acervo de Schengen en virtud de acuerdos de
asociación y participan en la preparación de actos jurídicos que
posteriormente son adoptados por las instituciones competentes
de la UE: Islandia, Noruega, Suiza y Liechtenstein.
Riga
LETONIA
Á
MAR
DEL NORTE
IRL ANDA
ESTONIA
Vilna
PAÍSES
BAJOS
UNIDO
Ámsterdam
Londres
Berlín
Varsovia
A
CAN
LA MANCHA
L DE
Bruselas
BÉLGICA
Islas del Canal
(REINO UNIDO)
P O L O N I A
A L E M A N I A
LUXEMBURGO
Luxemburgo
París
Praga
C H E Q U IA
E S LOVAQ U IA
Viena
Azores
(PORTUGAL)
F R A N C I A
O
RUMAN ÍA
Zagreb
Bucarest
Lisboa
MÓNACO
GOLFO
DE LEÓN
SAN MARINO
I TA L I A
Madrid
E
S
P A
Ñ
A
M
Ceuta (ESPAÑA)
Melilla
(ESPAÑA)
R
A
Roma
CIUDAD DEL
VATICANO
Islas Baleares
(ESPAÑA)
Gibraltar
(REINO UNIDO)
A
A
D
BULGARIA
R
Sofía
IÁ
TI
C
O
MAR
TIRRENO
R
M
E
RN
EGR
O
CROACIA
PORTUGAL
Madeira
(PORTUGAL)
HUNGRÍA
ESLOVENIA
Liubliana
ANDORRA
O
Budapest
SUIZA
M
O
C
É
A
N
Á
GOLFO
DE VIZCAYA
AUSTRIA
LIECHTENSTEIN
Vaduz
MA
A
T
L
N
T
I C
Berna
Bratislava
Irlanda, Estado miembro de la UE, fue autorizado a aplicar la parte
del acervo de Schengen relativa a la cooperación policial y judicial
en materia penal, con derecho de voto en el Consejo sobre los
actos jurídicos que desarrollan dicho acervo. Pero Irlanda no ha
solicitado poner efectivamente en vigor el acervo de Schengen.
Los desplazamientos desde y hacia Ceuta y Melilla,
las Islas Feroe y Groenlandia están sujetos a normas
específicas previstas, entre otros, en los acuerdos de
adhesión de España y Dinamarca al Convenio de
Schengen.
GRECIA
D
I
Atenas
T
E
R
MAR
JÓNICO
R
MALTA La Valeta
Á
N
E
MAR
EGEO
CHIPRE
O
Nicosia
Las fronteras con Andorra, Mónaco,
San Marino y la Ciudad del Vaticano
son objeto de disposiciones de control
específicas con arreglo al Derecho
nacional o internacional (por ejemplo,
acuerdos bilaterales de cooperación
con los Estados vecinos).
Canarias
(ESPAÑA)
© Unión Europea, 2015 • Print: ISBN 978-92-824-4587-7, doi:10.2860/48389, QC-04-14-838-ES-P • PDF: ISBN 978-92-824-4564-8, doi:10.2860/4518, QC-04-14-838-ES-N
Mapa elaborado y producido por Lovell Johns, Oxford, Reino Unido, www.lovelljohns.com.