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Groenlandia (DINAMARCA) Jan Mayen (NORUEGA) Consejo de la Unión Europea MAR DE BARENTS Reikiavik Estados miembros de la UE que aplican íntegramente el acervo de Schengen, salvo en lo relativo a la ausencia de controles en las fronteras interiores y a los visados. Estos Estados están conectados al Sistema de Información de Schengen (SIS), pero no están obligados a denegar la entrada a las personas inscritas como no admisibles y además no pueden introducir ese tipo de inscripción en el SIS. Estos países están en espera de una decisión del Consejo que fije la fecha de entrada en vigor de la totalidad del acervo de Schengen para ellos (apertura de las fronteras interiores). Tienen derecho de voto en el Consejo sobre todo el acervo de Schengen: Bulgaria y Rumanía. ISLANDIA EL ESPACIO SCHENGEN MAR DE NORUEGA MAR BLANCO Islas Feroe (DINAMARCA) FINLANDIA IA SUECIA BO TN Estados miembros de la Unión Europea (UE) que aplican íntegramente el acervo de Schengen y tienen derecho de voto en el Consejo: los territorios europeos de Bélgica, Chequia, Alemania, Estonia, Grecia, España, Francia, Italia, Letonia, Lituania, Luxemburgo, Hungría, Malta, los Países Bajos, Austria, Polonia, Portugal, Eslovenia, Eslovaquia, Finlandia y Suecia, más las Islas Baleares, Canarias, Madeira y las Azores. GOLFO DE Islas Shetland (REINO UNIDO) N ORUEGA Oslo Estados miembros de la UE que aplican el acervo de Schengen con excepción del acervo relativo al SIS, a la ausencia de controles en las fronteras interiores y a los visados. Todavía no tienen acceso al SIS. Tienen derecho de voto en el Consejo sobre todo el acervo de Schengen: Chipre y Croacia. Helsinki Tallin Dinamarca, Estado miembro de la UE, aplica íntegramente el acervo de Schengen en tanto que norma de Derecho internacional (sin derecho de voto en el Consejo), pero cuando se trata de las normas que determinan los países terceros cuyos ciudadanos necesitan visado para cruzar las fronteras exteriores de los Estados miembros y las normas relativas a la implantación de un tipo de visado modelo, Dinamarca tiene derecho de voto en el Consejo. Estocolmo R A L T I C O AG SK ER K DINAMARCA (REINO UNIDO) LITUANIA A R Copenhague Dublín M REINO El Reino Unido, Estado miembro de la UE, fue autorizado a aplicar la parte del acervo de Schengen relativa a la cooperación policial y judicial en materia penal, con derecho de voto en el Consejo sobre los actos jurídicos que desarrollan dicho acervo. No participa en el acervo relativo a la ausencia de controles en las fronteras interiores, los visados y las fronteras exteriores. Tiene acceso al SIS, con excepción de las inscripciones de personas no admisibles en el territorio Schengen. No todas las disposiciones del acervo de Schengen aplicables en Gran Bretaña e Irlanda del Norte son aplicables en Gibraltar. Ninguna de las disposiciones del acervo de Schengen es aplicable actualmente a las Islas del Canal y a la Isla de Man. B Isla de Man MAR CELTA Estados asociados que no son miembros de la UE y que aplican íntegramente el acervo de Schengen en virtud de acuerdos de asociación y participan en la preparación de actos jurídicos que posteriormente son adoptados por las instituciones competentes de la UE: Islandia, Noruega, Suiza y Liechtenstein. Riga LETONIA Á MAR DEL NORTE IRL ANDA ESTONIA Vilna PAÍSES BAJOS UNIDO Ámsterdam Londres Berlín Varsovia A CAN LA MANCHA L DE Bruselas BÉLGICA Islas del Canal (REINO UNIDO) P O L O N I A A L E M A N I A LUXEMBURGO Luxemburgo París Praga C H E Q U IA E S LOVAQ U IA Viena Azores (PORTUGAL) F R A N C I A O RUMAN ÍA Zagreb Bucarest Lisboa MÓNACO GOLFO DE LEÓN SAN MARINO I TA L I A Madrid E S P A Ñ A M Ceuta (ESPAÑA) Melilla (ESPAÑA) R A Roma CIUDAD DEL VATICANO Islas Baleares (ESPAÑA) Gibraltar (REINO UNIDO) A A D BULGARIA R Sofía IÁ TI C O MAR TIRRENO R M E RN EGR O CROACIA PORTUGAL Madeira (PORTUGAL) HUNGRÍA ESLOVENIA Liubliana ANDORRA O Budapest SUIZA M O C É A N Á GOLFO DE VIZCAYA AUSTRIA LIECHTENSTEIN Vaduz MA A T L N T I C Berna Bratislava Irlanda, Estado miembro de la UE, fue autorizado a aplicar la parte del acervo de Schengen relativa a la cooperación policial y judicial en materia penal, con derecho de voto en el Consejo sobre los actos jurídicos que desarrollan dicho acervo. Pero Irlanda no ha solicitado poner efectivamente en vigor el acervo de Schengen. Los desplazamientos desde y hacia Ceuta y Melilla, las Islas Feroe y Groenlandia están sujetos a normas específicas previstas, entre otros, en los acuerdos de adhesión de España y Dinamarca al Convenio de Schengen. GRECIA D I Atenas T E R MAR JÓNICO R MALTA La Valeta Á N E MAR EGEO CHIPRE O Nicosia Las fronteras con Andorra, Mónaco, San Marino y la Ciudad del Vaticano son objeto de disposiciones de control específicas con arreglo al Derecho nacional o internacional (por ejemplo, acuerdos bilaterales de cooperación con los Estados vecinos). Canarias (ESPAÑA) © Unión Europea, 2015 • Print: ISBN 978-92-824-4587-7, doi:10.2860/48389, QC-04-14-838-ES-P • PDF: ISBN 978-92-824-4564-8, doi:10.2860/4518, QC-04-14-838-ES-N Mapa elaborado y producido por Lovell Johns, Oxford, Reino Unido, www.lovelljohns.com.