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COMISIÓN EUROPEA COMUNICADO DE PRENSA Bruselas, 25 de septiembre de 2012 Los Estados Unidos incumplen sus obligaciones ante la OMC en el caso Boeing La Unión Europea ha examinado los esfuerzos realizados por los Estados Unidos para cumplir las normas de la Organización Mundial del Comercio (OMC) en lo referente a las subvenciones ilegales en el llamado «caso Boeing», y este examen muestra que aquellos incumplieron sus obligaciones. Así pues, la Comisión Europea decidió impugnar el incumplimiento de los Estados Unidos en la OMC. El 24 de septiembre de 2012, la UE recibió la conformidad de los Estados Unidos con el procedimiento de solución de diferencias nº 353 de la OMC («caso Boeing»). La UE estudió las medidas presentadas por los Estados Unidos para evaluar si eran suficientes para cumplir las normas de la OMC, como afirmaban estos. Desgraciadamente, la falta de información en la notificación de los Estados Unidos facilitó una evaluación rápida que deja entrever que no han retirado las subvenciones ilegales concedidas a Boeing, ni suprimido sus efectos adversos. La UE tiene indicios de que los Estados Unidos podrían incluso haber concedido mientras tanto más subvenciones ilegales a Boeing. En consecuencia, la UE se considera obligada a impugnar el incumplimiento de la resolución de la OMC sobre Boeing. Para ello, solicita que los Estados Unidos inicien consultas sobre la notificación presentada el 24 de septiembre de 2012. Habíamos esperado que los Estados Unidos habrían cumplido finalmente de buena fe sus compromisos internacionales y habrían observado las resoluciones de la OMC, que condenan sus subvenciones a Boeing —dijo el Comisario de Comercio de la UE, Karel De Gucht—. Nos ha decepcionado que este no parezca ser el caso. Así pues, no nos dejan otra alternativa que insistir en el buen cumplimiento ante la Organización Mundial del Comercio. Confiamos en que este proceso conduzca finalmente a la igualdad de condiciones en el sector aeronáutico. Antecedentes En marzo de 2012, el Órgano de Apelación de la OMC rechazó la alegación de los Estados Unidos y comprobó que entre 1989 y 2006 concedieron ayudas públicas federales y estatales a Boeing por un valor de entre 5 y 6 miles de millones USD, incompatibles con las normas de la OMC. Las subvenciones concedidas tras este periodo se estiman en 3 100 millones USD como mínimo. El Órgano de Apelación fue incluso más allá de la anterior resolución del grupo especial de la OMC en el apoyo a las reclamaciones de la UE, al determinar que las subvenciones concedidas por la ciudad de Wichita (Kansas) tampoco respetaban las normas de la OMC. IP/12/1015 El Órgano de Apelación DS 353 sobre medidas que afectan al comercio de grandes aeronaves civiles ("Boeing») confirmó varias de las principales conclusiones del informe del grupo especial sobre el hecho de que algunas subvenciones a Boeing podían perjudicar los intereses de la UE y Airbus, en particular: la financiación de investigación y desarrollo concedida a Boeing por la NASA: 2 600 millones USD; la financiación de investigación y desarrollo concedida a Boeing por Departamento de Defensa de los Estados Unidos: hasta 1 200 millones USD; las subvenciones a la exportación (empresa de ventas al extranjero): 2 200 millones USD; las reducciones fiscales del Estado de Washington por un valor de cerca de 3 100 millones USD para el periodo 2006-2024. el El Órgano de Apelación ha ampliado sus conclusiones contra los Estados Unidos al determinar que unas subvenciones por valor de 476 millones USD concedidas por la ciudad de Wichita (Kansas) también provocan efectos adversos. El 23 de marzo de 2012, el Órgano de Solución de Diferencias de la OMC adoptó el informe del Órgano de Apelación, que daba un plazo de seis meses a los Estados Unidos para retirar esas subvenciones ilegales o eliminar sus efectos adversos, con arreglo a las normas de la OMC y, en particular, al Acuerdo sobre Subvenciones y Medidas Compensatorias. Próximos pasos Tras un «acuerdo sobre la cronología» procedimental entre la UE y los Estados Unidos, las partes disponen de quince días para iniciar las consultas dirigidas a resolver cualquier discrepancia. Pasado ese plazo, la UE podrá crear un grupo especial para examinar la cuestión del cumplimiento por parte de los Estados Unidos. Más información Solicitud de consultas a Estados Unidos por parte de la Unión Europea: http://trade.ec.europa.eu/doclib/html/149941.htm Ficha informativa sobre los litigios en el seno de la OMC entre la UE y los Estados Unidos sobre grandes aeronaves civiles: http://trade.ec.europa.eu/doclib/docs/2010/september/tradoc_146486.pdf. Personas de contacto: Helene Banner +32 22952407 John Clancy +32 22953773 2