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COMISIÓN EUROPEA
COMUNICADO DE PRENSA
Bruselas, 25 de septiembre de 2012
Los Estados Unidos incumplen sus obligaciones ante la
OMC en el caso Boeing
La Unión Europea ha examinado los esfuerzos realizados por los Estados Unidos para
cumplir las normas de la Organización Mundial del Comercio (OMC) en lo referente a las
subvenciones ilegales en el llamado «caso Boeing», y este examen muestra que aquellos
incumplieron sus obligaciones. Así pues, la Comisión Europea decidió impugnar el
incumplimiento de los Estados Unidos en la OMC.
El 24 de septiembre de 2012, la UE recibió la conformidad de los Estados Unidos con el
procedimiento de solución de diferencias nº 353 de la OMC («caso Boeing»). La UE estudió
las medidas presentadas por los Estados Unidos para evaluar si eran suficientes para
cumplir las normas de la OMC, como afirmaban estos.
Desgraciadamente, la falta de información en la notificación de los Estados Unidos facilitó
una evaluación rápida que deja entrever que no han retirado las subvenciones ilegales
concedidas a Boeing, ni suprimido sus efectos adversos. La UE tiene indicios de que los
Estados Unidos podrían incluso haber concedido mientras tanto más subvenciones ilegales
a Boeing.
En consecuencia, la UE se considera obligada a impugnar el incumplimiento de la
resolución de la OMC sobre Boeing. Para ello, solicita que los Estados Unidos inicien
consultas sobre la notificación presentada el 24 de septiembre de 2012.
Habíamos esperado que los Estados Unidos habrían cumplido finalmente de buena fe sus
compromisos internacionales y habrían observado las resoluciones de la OMC, que
condenan sus subvenciones a Boeing —dijo el Comisario de Comercio de la UE, Karel De
Gucht—. Nos ha decepcionado que este no parezca ser el caso. Así pues, no nos dejan
otra alternativa que insistir en el buen cumplimiento ante la Organización Mundial del
Comercio. Confiamos en que este proceso conduzca finalmente a la igualdad de
condiciones en el sector aeronáutico.
Antecedentes
En marzo de 2012, el Órgano de Apelación de la OMC rechazó la alegación de los Estados
Unidos y comprobó que entre 1989 y 2006 concedieron ayudas públicas federales y
estatales a Boeing por un valor de entre 5 y 6 miles de millones USD, incompatibles con
las normas de la OMC. Las subvenciones concedidas tras este periodo se estiman en 3 100
millones USD como mínimo. El Órgano de Apelación fue incluso más allá de la anterior
resolución del grupo especial de la OMC en el apoyo a las reclamaciones de la UE, al
determinar que las subvenciones concedidas por la ciudad de Wichita (Kansas) tampoco
respetaban las normas de la OMC.
IP/12/1015
El Órgano de Apelación DS 353 sobre medidas que afectan al comercio de grandes
aeronaves civiles ("Boeing») confirmó varias de las principales conclusiones del informe
del grupo especial sobre el hecho de que algunas subvenciones a Boeing podían perjudicar
los intereses de la UE y Airbus, en particular:

la financiación de investigación y desarrollo concedida a Boeing por la NASA: 2 600
millones USD;

la financiación de investigación y desarrollo concedida a Boeing por
Departamento de Defensa de los Estados Unidos: hasta 1 200 millones USD;

las subvenciones a la exportación (empresa de ventas al extranjero): 2 200
millones USD;

las reducciones fiscales del Estado de Washington por un valor de cerca de 3 100
millones USD para el periodo 2006-2024.
el
El Órgano de Apelación ha ampliado sus conclusiones contra los Estados Unidos al
determinar que unas subvenciones por valor de 476 millones USD concedidas por la
ciudad de Wichita (Kansas) también provocan efectos adversos.
El 23 de marzo de 2012, el Órgano de Solución de Diferencias de la OMC adoptó el
informe del Órgano de Apelación, que daba un plazo de seis meses a los Estados Unidos
para retirar esas subvenciones ilegales o eliminar sus efectos adversos, con arreglo a las
normas de la OMC y, en particular, al Acuerdo sobre Subvenciones y Medidas
Compensatorias.
Próximos pasos
Tras un «acuerdo sobre la cronología» procedimental entre la UE y los Estados Unidos, las
partes disponen de quince días para iniciar las consultas dirigidas a resolver cualquier
discrepancia. Pasado ese plazo, la UE podrá crear un grupo especial para examinar la
cuestión del cumplimiento por parte de los Estados Unidos.
Más información
Solicitud de consultas a Estados Unidos por parte de la Unión Europea:
http://trade.ec.europa.eu/doclib/html/149941.htm
Ficha informativa sobre los litigios en el seno de la OMC entre la UE y los Estados Unidos
sobre grandes aeronaves civiles:
http://trade.ec.europa.eu/doclib/docs/2010/september/tradoc_146486.pdf.
Personas de contacto:
Helene Banner
+32 22952407
John Clancy
+32 22953773
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