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DERECHOS DEL PACIENTE
Ignacio Maglio
ESTRUCTURA DE LA LEY
CINCO CAPITULOS
• I “Derechos del Paciente en su relación
con los profesionales e instituciones de
la salud”
• II “De la Información Sanitaria”
• III “Del Consentimiento Informado”
• IV “De la Historia Clínica”
• V “Disposiciones Generales”
Ley 26.529. Derechos del
Paciente
Art. 1: El ejercicio de los derechos del
paciente, en cuanto a la autonomía de la
voluntad, la información y la
documentación clínica, se rige por la
presente ley.
• Deficiente Técnica legislativa.
• Redacción confusa
Ley 26.529. Derechos del
Paciente
• Artículo 2°. “Derechos del paciente.
Constituyen derechos esenciales en la
relación entre el paciente y el o los
profesionales de la salud…”
• Rasgo subyacente del MMH:
Profesionalización. Subalternización de
otros saberes y prácticas.
Artículo 2
DERECHOS DEL PACIENTE
• ASISTENCIA
• TRATO DIGNO Y RESPETUOSO
• INTIMIDAD
• CONFIDENCIALIDAD
• AUTONOMIA DE LA VOLUNTAD
• INFORMACION SANITARIA
• INTERCONSULTA MEDICA.
ASISTENCIA
• “El paciente, prioritariamente los niños, niñas
y adolescentes, tiene derecho a ser asistido
por los profesionales de la salud, sin
menoscabo y distinción alguna, producto de
sus ideas, creencias religiosas, políticas,
condición socioeconómica, raza, sexo,
orientación sexual o cualquier otra condición.
El profesional actuante sólo podrá eximirse
del deber de asistencia, cuando se hubiere
hecho cargo efectivamente del paciente otro
profesional competente”
TRATO DIGNO Y
RESPETUOSO
• “El paciente tiene el derecho a que los agentes
del sistema de salud intervinientes, le otorguen
un trato digno, con respeto a sus convicciones
personales y morales, principalmente las
relacionadas con sus condiciones
socioculturales, de género, de pudor y a su
intimidad, cualquiera sea el padecimiento que
presente, y se haga extensivo a los familiares o
acompañantes”
INTIMIDAD
• “Toda actividad médico - asistencial tendiente
a obtener, clasificar, utilizar, administrar,
custodiar y transmitir información y
documentación clínica del paciente debe
observar el estricto respeto por la dignidad
humana y la autonomía de la voluntad, así
como el debido resguardo de la intimidad del
mismo y la confidencialidad de sus datos
sensibles, sin perjuicio de las previsiones
contenidas en la Ley Nº 25.326 “
CONFIDENCIALIDAD
• “El paciente tiene derecho a que toda persona
que participe en la elaboración o
manipulación de la documentación clínica, o
bien tenga acceso al contenido de la misma,
guarde la debida reserva, salvo expresa
disposición en contrario emanada de
autoridad judicial competente o autorización
del propio paciente”
AUTONOMIA DE LA
VOLUNTAD
• “El paciente tiene derecho a aceptar o
rechazar determinadas terapias o
procedimientos médicos o biológicos, con o sin
expresión de causa, como así también a
revocar posteriormente su manifestación de la
voluntad. Los niños, niñas y adolescentes tienen
derecho a intervenir en los términos de la Ley
Nº 26.061 a los fines de la toma de decisión
sobre terapias o procedimientos médicos o
biológicos que involucren su vida o salud “
INFORMACION
SANITARIA
• “El paciente tiene derecho a recibir la información
sanitaria necesaria, vinculada a su salud. El derecho
a la información sanitaria incluye el de no recibir la
mencionada información “
•
Art. 3º.- Definición. A los efectos de la presente ley, entiéndase por
información sanitaria aquella que, de manera clara, suficiente y adecuada
a la capacidad de comprensión del paciente, informe sobre su estado de
salud, los estudios y tratamientos que fueren menester realizarle y la
previsible evolución, riesgos, complicaciones o secuelas de los mismos.
•
Art. 4º.- Autorización. La información sanitaria sólo podrá ser brindada
a terceras personas, con autorización del paciente.
En el supuesto de incapacidad del paciente o imposibilidad de
comprender la información a causa de su estado físico o psíquico, la
misma será brindada a su representante legal o, en su defecto, al cónyuge
que conviva con el paciente, o la persona que, sin ser su cónyuge,
conviva o esté a cargo de la asistencia o cuidado del mismo y los
familiares hasta el cuarto grado de consanguinidad.
El encuentro entre médico y paciente, fundado en la
escucha (y cualidades afines como la mirada o la
palpación) puede ser suficiente para establecer el
diagnóstico y el tratamiento…oír con atención
facilita la lectura de la enfermedad y coadyuva
en la selección de los exámenes adecuados para
llegar a un diagnóstico preciso. La tecnología no
es sorda, quien ha hace sorda es el médico que la
usa mal y le confiere poderes desmesurados.
Arnoldo Kraus
“Muchos pacientes se
curan solamente con la
satisfacción que les
produce un médico que
los escucha”
Aforismo Hipocrático
¿EL CONSENTIMIENTO
INFORMADO COMO
IMPERATIVO MORAL O
COMO RESGUARDO
JUDICIAL?
“La clínica y todo lo que ahí sucede, es
decir, la cara que mira y las manos que
palpan, sigue siendo la parte medular, no
solo de la escuela, sino de la vida de la
medicina. La clínica es la morada
obligada a la cual siempre deben recurrir
los doctores; es el instrumento que le
permite al galeno entender lo que dice el
enfermo. En ese espacio, la tecnología no
irrumpe ni manda”. Arnoldo Kraus.
Levinson,1997: Comunicación médicopaciente y su relación con juicios de mala
praxis entre médicos de atención primaria y
cirujanos
Los médicos que no tuvieron reclamos:
•
•
•
•
•
Orientaron mejor a sus pacientes con respecto a lo que iba a
ocurrir en la consulta
Demostraron buen humor durante la misma
Facilitaron la participación el paciente
Estimularon la formulación de preguntas para disipar dudas
Destinaron algunos minutos más a la entrevista (18’ vs 15’ del
grupo que había recibido demandas)
Levinson W; Roter D, et al Physician Patient communication. The relationship with malpractice
claims among primary care physicians and surgeons JAMA VOL 277, nº 7 Fevruary 1997
El diálogo ha sido sustituido por el
monólogo; el monólogo, por órdenes
escritas y los nombres de los enfermos,
por números de expedientes.
Uno de los prerrequisitos no escritos
para ejercer la medicina, sobre todo la
clínica, debería ser tener el deseo de
escuchar.
Arnoldo Kraus
Proceso del C.I y comprensión
en Haiti
(Fitzgerald D. et al., Lancet 2002; 360:1301-2)
• Cuestionario sobre los propósitos del estudio,
la participación voluntaria, riesgos y
beneficios, conocimiento de la prevención del
HIV.
• Médico investigador (una sesión - proceso
estándar):20% pasaron el test de
comprensión.
• Consejero (-3 sesiones de 30-40 minutos
durante 7-10 días con gráficos): 80% pasó el
test .(12% refutó participar durante las
reuniones)
Adherencia y comprensión
Informante
Aprobación del test
_______________________________________
Medico, 1 sesión
3 / 15 (20%)
Consejero, 3 sesiones
24 / 30 (80%)
_______________________________________
• Fitzgerald y col. Lancet 360:1301, 2002
“Una sola palabra
tuya bastará para
sanarme”
El Esturión del Evangelio
INTERCONSULTA
MEDICA
• “El paciente tiene derecho a
recibir la información sanitaria
por escrito, a fin de obtener una
segunda opinión sobre el
diagnóstico, pronóstico o
tratamiento relacionados con su
estado de salud”
Ley 26.529. Derechos del
Paciente
Art. 8º, in fine: …En los casos en que el
paciente o su representante legal
revoquen el rechazo dado a tratamientos
indicados, el profesional actuante sólo
acatará tal decisión si se mantienen las
condiciones de salud del paciente que en
su oportunidad aconsejaron dicho
tratamiento. La decisión debidamente
fundada del profesional actuante se
asentará en la historia clínica.
Ley 26.529. Derechos del
Paciente
• Artículo 11. Directivas anticipadas. Toda
persona capaz mayor de edad puede
disponer directivas anticipadas sobre su
salud, pudiendo consentir o rechazar
determinados tratamientos médicos,
preventivos o paliativos, y decisiones
relativas a su salud. Las directivas
deberán ser aceptadas por el médico a
cargo, salvo las que impliquen
desarrollar prácticas eutanásicas, las que
se tendrán como inexistentes.
Modificación Ley 26.529
• ARTICULO 1°.-Modifíquese el inciso e del
articulo 2° de la Ley 26.529 -Derechos del
Paciente en su Relación con los Profesionales e
Instituciones de la Salud- el que quedara redactado
de la siguiente manera:
• “Articulo. 2º.- Derechos del paciente. Constituyen
derechos esenciales en la relación entre el
paciente y el o los profesionales de la salud, el o
los agentes del seguro de salud, y cualquier
efector de que se trate, los siguientes:
Modificación Ley 26.529
• El que padezca una enfermedad irreversible,
incurable o se encuentre en estadio terminal, o haya
sufrido lesiones que la coloque en igual situación,
informado en forma fehaciente, tiene el derecho a
manifestar su voluntad en cuanto al rechazo de
procedimientos quirúrgicos, de hidratación y
alimentación y de reanimación artificial, cuando
sean extraordinarios o desproporcionados a las
perspectivas de mejoría y produzcan dolor y
sufrimiento desmesurado.
Modificación Ley 26.529
• De la misma forma toda persona y en
cualquier momento puede manifestar su
voluntad de que no se implementen o se
retiren las medidas de soporte vital que
puedan conducir a una prolongación
innecesaria de la agonía y que
mantengan en forma penosa, gravosa y
artificial la vida.
Modificación Ley 26.529
• En todos los casos la negativa o el rechazo a
la obtención de procedimientos quirúrgicos, de
hidratación y alimentación y de reanimación
artificial o retiro de medidas de soporte vital
no significará la interrupción de aquellas
medidas y acciones para el adecuado control y
alivio del dolor y el sufrimiento de las
personas.”
VERACIDAD
DEFINICION EUTANASIA
• Eutanasia Resolutiva Activa Directa.
• Eutanasia Solutiva. Resolutiva Indirecta.
Pasiva. Antidistanasia.
• “Provocar la muerte de un paciente
portador de una enfermedad mortal, a su
requerimiento y en su propio beneficio, por
medio de la administración de un tóxico o
veneno en dosis mortal” (Gherardi)
Hacer, Dejar o
Permitir Morir,
esta es la
cuestión!!!
VERACIDAD
DEFINICION MUERTE
• “Pérdida total e irreversible de los
niveles cognitivos, afectivos y
axiológicos”
• Definición – Criterios – Test
• Muerte – Persona - Cuerpo
“El sueño de la salud pública de
tener una vida larga y saludable
seguida de una rápida y fácil
muerte está aun lejana”
MEMENTO MORI
Iona Heath
BMJ | 24 JULY 2010 | VOLUME 341
• “La principal causa de rechazo a la
dación de órganos es la desconfianza en
la determinación de muerte” (Kornblit
et col)
• “Las prácticas omisivas y/o pasivas son
la 1º causa de muerte en UTIs”
(Medicina 1996; 56; 369-377)
CUIDADOS PALIATIVOS
“Cuidados Paliativos es un intento para mejorar la
calidad de vida de lo los pacientes y sus familias
combatiendo los problemas asociados a enfermedades
que amenazan la vida; a través de la prevención y
alivio del sufrimiento por medio de una temprana
identificación y una impecable valoración y
tratamiento del dolor y de otros problemas físicos,
psicosociales y espirituales”.
OMS 2003
“Muchos pacientes se
curan solamente con la
satisfacción que les
produce un médico que
los escucha”
Aforismo Hipocrático
El diálogo ha sido sustituido por el
monólogo; el monólogo, por órdenes
escritas y los nombres de los enfermos,
por números de expedientes.
Uno de los prerrequisitos no escritos
para ejercer la medicina, sobre todo la
clínica, debería ser tener el deseo de
escuchar.
Arnoldo Kraus
Del “Interrogatorio” al
“Escuchatorio”.
Del “oír pasivo” a la “escucha activa”.
De la “ocupación” a la
“preocupación”.
De lo “biológico” a lo “biográfico”.
De la “explicación” a la búsqueda del
“sentido”
• Si he perdido la vida, el tiempo, todo
lo que tiré, como un anillo, al agua,
si he perdido la voz en la maleza,
me queda la palabra.
Si he sufrido la sed, el hambre, todo
lo que era mío y resultó ser nada,
si he segado las sombras en silencio,
me queda la palabra…
(Blas de Otero)
El acto bondadoso
alcanza su máximo
esplendor y pureza
cuando quién lo recibe
carece de todo poder.
Texto adaptado de M. Kundera.
Gracias por su atención
Contacto:
[email protected]