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SESIÓN TÉCNICA SOBRE
COHERENCIA
Y ACCIONES HORIZONTALES
Febrero 2014
Coherencia (Acciones 2 a 5)
El Plan de acción prevé el desarrollo de normas internacionales para
garantizar la coherencia del impuesto sobre sociedades a nivel
internacional
Con esto se pretende complementar las normas existentes para evitar la
doble tributación con instrumentos que eviten la doble no-tributación.
 Neutralizar los efectos de los desajustes por híbridos (Acción 2)
 Reforzar las normas sobre las empresas controladas en el exterior (CFC)
(Acción 3)
 Limitar la erosión de la base mediante deducciones de intereses y otros
pagos financieros (Acción 4)
 Contrarrestar más eficazmente las prácticas fiscales nocivas (Acción 5)
2
ACCIÓN 2
Acción 2: Neutralizar los efectos de los
Desajustes por Mecanismos Híbridos
(i) Cambios al MCDI de la OCDE para asegurarse que los instrumentos y entidades
híbridas (así como las entidades con doble residencia) no se utilicen para obtener
indebidamente los beneficios de los tratados;
(ii) Disposiciones en el derecho interno que impidan la exención o el no reconocimiento
de los pagos que son deducibles por el pagador;
(iii) Disposiciones en el derecho interno que nieguen la deducción por un pago que
quien recibe no deba incluirlo en su renta ; (y siempre que no está sujeta a la
imposición según las normas sobre las empresas controladas en el exterior(CFC) o
similares)
(iv) Disposiciones en el derecho interno que nieguen una deducción por un pago que
también sea deducible en otra jurisdicción; y
(v) Orientación sobre cláusulas de coordinación o de resolución de conflictos si hay más
de un país que pretenda aplicar esas normas a una transacción o estructura.
4
Instrumentos Financieros Híbridos
+
Comp. A
Instrumento
financiero
híbrido
no-computable
País A
alinear
alinear
País B
-
Comp. B
deducible
5
Transparencia Parcial
No-computable
X
País A
alinear
alinear
Distribución de
½ de intereses
por renta
País B
Prestatario
-
+
Fideicomiso
deducible
6
Visión General del Trabajo en Acc. 2
• Resultados : Disposiciones en el Modelos de Tratado y recomendaciones
para las normas internas
• -Considerar los desajustes por mecanismos híbridos que dan lugar a :
• una doble deducción
• o una deducción sin la correlativa inclusión de ingresos .
• -El trabajo incluye escenarios que cuenten con
• un instrumento financiero híbrido
• una transferencia híbrida y
• una entidad híbrida (si recibe o hace pagos)
• -Fecha límite: septiembre de 2014
• Un borrador de discusión será presentado para comentarios a
principios de abril y sometido a consulta pública en mayo
7
Resultados esperados
• Mejoras en los sistemas tributarios para reducir el
número de desajustes por mecanismos híbridos
• Normas de coordinación internacional para alinear el
tratamiento fiscal de los desajustes por mecanismos
híbridos
– El alcance de estas normas de coordinación podría
diferir por el tipo norma, el tipo de estructura utilizada o
la posición del contribuyente
Normas de Relación - Estructura
• Definir cuál es la regla primaria / secundaria para que los
contribuyentes y las administraciones tributarias que adoptan
la regla puedan saber qué regla se aplica y a qué
contribuyente
• Diseñadas para eliminar el desajuste sin necesidad de que la
jurisdicción que aplica la regla tenga que demostrar que ha
sufrido “pérdidas” de ingresos por el mecanismo
• Las reglas también tienen por objeto que los contribuyentes
tengan estructuras fiscales menos complicadas y más
transparentes, y que sean más fácil de abordar con
herramientas más ortodoxas de política tributaria
Normas de Relación – Alcance
• Han de ser lo más amplias posible
• Sin embargo, las normas de relación requieren información
sobre cómo tributa el instrumento / entidad en la otra
jurisdicción – lo cual presenta dificultades para el
cumplimiento y la administración del sistema.
• Los problemas de alcance varían según la norma, tipo de
mecanismo y la posición del contribuyente. Por ej.:
-instrumentos financieros: aparte de su tratamiento general; los activos
pueden ser relativamente permanentes o transferibles
- entidades híbridas: El tratamiento fiscal por un pago del contribuyente
híbrido o de un inversor : se necesita tener mayor información sobre lo
que ocurre en la otra jurisdicción.
Preguntas para el debate
• ¿Hasta qué punto tiene su país un problema de erosión
de base mediante desajustes por mecanismos híbridos?
• ¿Qué medidas adopta su país para abordar este
problema?
•
¿ Ve usted algún problema en la implementación de
estas medidas?
• ¿En su opinión, son estas medidas eficaces? De no ser
así, ¿cómo podrían mejorarse?
ACCIÓN 3
Acción 3
Reforzar las normas de empresas extranjeras controladas
Formular recomendaciones para el diseño de normas de empresas
extranjeras controladas. Este trabajo será coordinado con otros
trabajos según sea necesario.
13
Preguntas para el debate
• ¿Tiene su país reglas para las empresas extranjeras
controladas (CFC)?
• En caso afirmativo, ¿cuáles son sus principales
características? Por ejemplo, ¿se basan en el tipo de
rentas percibidas o bien en si la filial está localizada
en una jurisdicción de baja o nula tributación ?
• ¿Sus reglas de CFC incluyen requisitos anti-elusión
o reglas anti-inversión?
• En su opinión, ¿son sus reglas de CFC efectivas para
abordar los problemas de BEPS ? Si no, ¿cómo
podrían mejorarse?
Visión General del Trabajo
• La Acción 3 va a recomendar elaborar módulos para
construir normas sobre las empresas extranjeras
controladas reforzadas:
–
–
–
–
–
Requisitos de aplicación (baja tributación / anti-elusión)
Definición de control
Definición de ingresos sujetos
Reglas de atribución de ingresos
Reglas para evitar la doble tributación
• Los módulos incluirán diferentes variaciones para que sean
adoptadas por las jurisdicciones
• Fecha límite: septiembre de 2015
Normas de Empresas Extranjeras Controladas
(CFC)
• Diseñadas para gravar a los accionistas por los ingresos
obtenidos por las empresas extranjeras cuando de otra
forma ese ingreso hubiese estado exento de impuesto (en
un régimen de exención) o solamente gravado a la
repatriación (en un régimen de crédito de impuesto)
• Tienen como objetivo gravar a los accionistas por las
rentas de la sociedad, aun antes de la distribución de
dividendos, para las rentas afectadas (usualmente
dividendos, intereses, regalías y otros rendimientos de
cartera) y ganancias obtenidas por una empresa extranjera
cuando ese ingreso está sujeto a baja tributación
(cualquiera que sea la definición)
Características Básicas de las Normas CFC
• Por lo general, las normas CFC contienen algunos de
los siguientes elementos básicos:
• Control por un contribuyente o contribuyentes
residentes de una entidad extranjera
• Tipificación de ciertos ingresos de esa entidad
extranjera como sujetos al régimen CFC
• Un método para la atribución de ingresos de CFC
para el accionista directo o indirecto
• Medidas para evitar la doble tributación
Temas que se están analizando
• Los principios que fundamentan las diferentes disposiciones en los
regímenes CFC existentes
• Las posibles definiciones de los ingresos sujetos, tomando en cuenta
las dificultades que plantean las rentas de la PI y financieras
• Si las normas CFC deben incluir requisitos anti-elusión o reglas antiinversión
• Cómo interactúan las normas CFC con otras normas, tales como las
de precios de transferencia, otras norma de atribución (como las de
fondos de inversión extranjeros), normas generales anti-elusión,
normas anti-híbridas y normas CFC en otras jurisdicciones
• Coordinación entre la Acción 3 y otras Acciones, incluyendo aquellas
sobre los desajustes por mecanismos híbridos, elusión artificial del
estatus de los EP, precios de transferencia y el instrumento
multilateral
ACCIÓN 4
Acción 4
Limitar la erosión de la base mediante deducciones de
intereses y otros pagos financieros
Desarrollar recomendaciones sobre las mejores prácticas en el diseño de normas para
prevenir la erosión de la base mediante el uso de gastos por intereses, por ejemplo
mediante el uso de deuda de partes relacionadas y de terceros para lograr excesivas
deducciones de interés o para financiar la producción de ingresos exentos o diferidos y
otros pagos financieros que son económicamente equivalentes a pagos de intereses. El
trabajo evaluará la eficacia de diferentes tipos de limitaciones. En relación y apoyo a la
labor anterior, también se desarrollará una guía sobre precios de transferencia con
respecto al monto de las transacciones financieras vinculadas, incluyendo garantías y
resultados financieros, derivados (incluyendo derivados internos utilizados en
transacciones bancarias internas) y otros mecanismos cautivos y de seguros. El trabajo
será coordinado con el trabajo sobre híbridos y las normas CFC.
20
Preguntas para debatir
• ¿Hasta qué punto su país se enfrenta a la
erosión de la base mediante deducciones de
intereses y otros pagos financieros?
• ¿Qué medidas toma su país para abordar
este problema?
• ¿Ve usted algún problema con la
implementación de estas medidas?
• En su opinión, ¿son estas medidas eficaces?
De no ser así, ¿cómo podrían mejorarse?
Visión General del Trabajo
• Las normas que limitan la deducibilidad del
interés han de aplicar a escenarios internos y
externos de inversión así como a deudas de
partes vinculadas y no vinculadas.
• Temas claves que se deben incluir:
–
–
–
–
Enfoque individual vs. enfoque grupal
Normas específicas para ciertas industrias
Asuntos legales de la UE
Otros temas conceptuales, tales como las
consecuencias legales de la norma o umbrales
monetarios
ACCIÓN 5
Acción 5
Contrarrestar las prácticas fiscales nocivas más eficazmente,
tomando en cuenta transparencia y sustancia
Renovar el trabajo sobre las prácticas fiscales nocivas con la prioridad de
mejorar la transparencia, incluyendo el intercambio espontáneo obligatorio en
las resoluciones relacionadas con los regímenes preferenciales y que requieren
actividad sustancial para cualquier régimen preferencial. Se aplicará un
enfoque holístico para evaluar los regímenes fiscales preferenciales en el
contexto BEPS. Se comprometerá con Estados no-miembros de la OCDE
basándose en el marco actual y se considerarán revisiones o adiciones al marco
actual.
24
Preguntas para el debate
• ¿Experimenta su país problemas BEPS debido a la
existencia de regímenes fiscales preferenciales?
• ¿Qué medidas está tomando su país para tratar
estos problemas?
• ¿Ve usted algún problema con la implementación
de estas medidas?
• En su opinión, ¿son estas medidas eficaces? , De no
ser así, ¿cómo podrían mejorarse?
Visión General del Trabajo
• Fase 1: revisión de los regímenes de estados
miembros, con la transparencia como prioridad,
incluyendo el intercambio obligatorio de información
sobre las resoluciones, el requisito de actividad
sustancial para los regímenes preferenciales
• La Revisión de los países del G20 que no son
miembros de la OECD también tendrán que iniciarse
antes de septiembre de 2014
-Resultado: Finalizar el informe en septiembre de 2014
26
Visión General del Trabajo
• Fase 2: Estrategia para ampliar la participación a los
no miembros de la OCDE
– Resultado: Finalizar el informe en septiembre 2015
• Fase 3: Revisión de los criterios existentes de HTP
– Resultado: Finalizar el informe en diciembre 2015
27
ACCIÓN 1
ECONOMÍA DIGITAL
Acción 1
Enfrentar los desafíos tributarios de la economía digital
Identificar las principales dificultades que plantea la economía digital para aplicar las
normas fiscales internacionales existentes y desarrollar opciones detalladas para
resolver estas dificultades, tomando un enfoque holístico considerando los impuestos
directos e indirectos. Los temas que se examinan incluyen, pero no se limitan a, la
capacidad de una empresa para tener una significativa presencia digital en la economía
de otro país sin ser responsable fiscal debido a la falta de nexos bajo las normas
internacionales actuales, la atribución de valor creada a partir de la generación de datos
comerciales relevantes mediante el uso de productos y servicios digitales, la
caracterización de los ingresos derivados de nuevos modelos de negocio, la aplicación de
normas fuente relacionadas y cómo garantizar la recaudación eficaz de IVA/GST en
relación con el suministro transfronterizo de bienes y servicios digitales. Tal trabajo
requerirá un análisis minucioso de los diferentes modelos de negocio en este sector.
29
Vision General del Trabajo
• Análisis de modelos de negocio e identificación de las
características especiales de los actores de la economía
digital (por ejemplo la movilidad, dependencia de datos, los
efectos de la red, modelos de negocio múltiples)
• Efectos de estas características en las estrategias BEPS
• Acciones para enfrentar la BEPS en la economía digital
• Problemas sistémicos planteados por la economía digital y las
opciones para abordarlos
• Resultado: Finalizar el informe en septiembre 2014
- Consulta pública en abril 2014
La Publicidad en Internet
Estado A
Estado B
GPCo
Desarrolla
buscadores
y analiza
datos de
búsquedas
Buscador
HCo
10 000 000
Contrato de publicidad
Estado X
GSCo
Venta de
publicidad
Antecedentes
• No se han identificados problemas específicos de BEPS
•
No es posible delimitar la economía digital
Pero
• algunas características clave de la economía digital
exacerban los problemas BEPS
Y
• Estas características clave deberán tomarse en cuenta en
las acciones para frenar BEPS
32
Características Clave de la Economía
Digital que exacerba BEPS
•
•
•
•
Dependencia en los activos intangibles
Movilidad y cadenas de valor mundiales
Modelos multi-facéticos de negocio
Menos dependencia en los empleados
33
ACCIÓN 15
INSTRUMENTO MULTILATERAL
Acción 15
• Desarrollar un instrumento multilateral
• Analizar los temas tributarios y el derecho internacional público
relacionados con el desarrollo de un instrumento multilateral que permita a
las jurisdicciones que deseen aplicarlo , implementar medidas desarrolladas
en el curso de los trabajos sobre BEPS y enmendar los tratados tributarios
bilaterales. Con base en este análisis, las partes interesadas desarrollarán
un instrumento multilateral diseñado para proporcionar un enfoque
innovador en materia de tributación internacional, reflejando el cambio
rápido que por naturaleza tiene la economía global y la necesidad de
adaptarse con rapidez a esta evolución.
35
Desarrollo de un Instrumento Multilateral
•
Existe la necesidad de considerar formas innovadoras para implementar medidas
que se dan como resultado de los trabajos sobre el Plan de acción BEPS
•
Probablemente algunas acciones terminarán en recomendaciones con respecto a
las disposiciones en el derecho interno, así como en cambios al Comentario del
Convenio Modelo de la OCDE y las Guías de Precios de Transferencia; otras
acciones posiblemente terminarán en cambios al Convenio Modelo de la OCDE.
•
Cambios al Modelo de Convenio Tributario de la OCDE no son directamente
eficaces sin que se realicen enmiendas a los tratados tributarios bilaterales
•
Basándose estrictamente en la revisión de cada tratado, la cantidad de tratados
vigentes puede hacer ese proceso muy largo, y aun más cuando los países
renegocian sus tratados tributarios bilaterales
•
Solución propuesta: Desarrollar un instrumento multilateral (Acción 15)
36
Visión General del Trabajo
• Primera fase de los trabajos realizados por la Secretaría con la
entrada de eminentes expertos de derecho internacional
público y tributario y consultando con el grupo de trabajo 1
de la CFA
• El enfoque está sobre la viabilidad del uso de un instrumento
multilateral para implementar las medidas BEPS y enmendar
los tratados tributarios bilaterales
• Existen varios problemas difíciles pero ninguno sin solución
• Resultados:
- Finalizar el informe en septiembre 2014
- Instrumento multilateral a desarrollar para diciembre 2015
Preguntas e Información Adicional
¿Preguntas?
Mas información :
http://www.oecd.org/ctp/beps.htm
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Política Tributaria  www.oecd.org/oecddirect