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Colegio de Asistentes Sociales y /o Trabajadores Sociales Distrito La Plata. Calle 3 esquina 68 LA PLATA Tel/fax: 4109490/4109491. Comisión de Educación del Colegio de AS y /o TS del Distrito La Plata. Fecha: jueves 18 de septiembre de 2008. La Comisión de Educación celebra el Fallo de los Señores Jueces de la Suprema Corte de Justicia en el pronunciamiento de la sentencia definitiva en la Causa “Colegio de Asistentes Sociales y/o Trabajadores Sociales de la Provincia de Buenos Aires contra Provincia de Buenos Aires (Dirección General de Cultura y Educación acontecido el día 18 de Junio de 2008. Causa B .61.742. Dicho fallo concretiza los reclamos realizados durante mucho tiempo en relación a la jerarquización de nuestra profesión y de la Colegiatura Siendo el mismo un punto de inflexión y dado que desde este Colegio se ha trabajado arduamente estos aspectos en la Comisión de Educación, es que esta Comisión propone al Consejo Superior de AS y/o TS de la Provincia de Buenos Aires se pueda establecer una Mesa de Trabajo con la Dirección General de Escuelas de la Provincia de Buenos Aires en el mas corto plazo posible a fin de: - Solicitar desde el nivel central ( DGCYE- ME) la nómina completa de TS y/o AS que desempeñan su ejercicio profesional en Educación, se los notifique del fallo judicial y oriente a los profesionales para recibir asesoramiento en los Colegios Profesionales distritales correspondientes. - La DGCYE arbitre las medidas necesarias en forma urgente para la regularización de las normativas vigentes en relación a la incorporación de AS y TS conforme al dictamen judicial, siendo requisito para la inscripción en los listados para la toma de cargos (Listado 108A, 108B, Infine, Titularizaciones Interinas y Definitivas) adjuntar Certificado de Matriculación expedido por el Colegio Distrital correspondiente. En relación a ello que se revisen los listados y se cumplimenten los requerimientos al 15 de febrero de 2009; que se estime un plazo temporal para la regularizacion de la situación de los profesionales titulares de cargo en la actualidad que no cumplimenten con la matriculación (se propone junio de 2009). Y que anualmente se solicite certificado de ética que acredite la regularidad del profesional matriculado conforme a la Ley de Ejercicio correspondiente - Se solicita la revisión de las incumbencias profesionales en el desempeño del cargo de Orientador Social conforme a las leyes que regulan el ejercicio profesional en relación a sociólogos y/o antropólogos. - Solicitar a la Comisión de Títulos de la DGCYE la revisión del nomenclador de las asignaturas que los TS y AS pueden dictar en los respectivos ciclos (conforme a la diferenciación de los títulos que acredite el profesional) - Se revise la demanda de informes sociales a los AS y/o TS que se desempeñan como OS por fuera de los procesos de intervención social en los que actúan dentro del desempeño de su rol en las escuelas de la Provincia de Buenos Aires. Por ejemplo: realización de informes socio-ambientales a personal de la DGCYE por MAD En este sentido proponemos que este Consejo se pronuncie al respecto en forma urgente y que se sugiera a la DGCYE que: regularice la normativa en relación al requerimiento de informe social , incumbencia exclusiva del AS y/o TS, para MAD; proponiendo que dicha prestación se demande a los AS y/o TS colegiados en el marco del ejercicio de la profesión conforme a las reglamentaciones vigentes para ello, la regulación de honorarios profesionales por nomenclador y la regulación impositiva vigente (monotributo). Además, se propone que se sugiera a la DGCYE la creación de un área de Servicio Social donde Trabajadores Sociales contratados para tal fin puedan realizar dichos informes. Lic. Mariela Bertoa. Lic. Silvia Cardarelli. Lic. Marcela Gagliardi. Lic. Daniela Martínez Rizzo. Lic. Andrea Fortino. COMISION DE EDUCACION DEL COLEGIO DE ASY/O TS. DISTRITO LA PLATA.
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