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ORGANIZACIÓN MUNDIAL
DEL COMERCIO
G/TBT/N/CRI/121
27 de julio de 2011
(11-3820)
Comité de Obstáculos Técnicos al Comercio
Original: español
NOTIFICACIÓN
Se da traslado de la notificación siguiente de conformidad con el artículo 10.6.
1.
Miembro que notifica: COSTA RICA
Si procede, nombre del gobierno local de que se trate (artículos 3.2 y 7.2):
2.
Organismo responsable: Ministerio de Economía, Industria y Comercio. Dirección de
Mejora Regulatoria y Reglamentación Técnica.
Nombre y dirección (incluidos los números de teléfono y de telefax, así como las
direcciones de correo electrónico y sitios Web, en su caso) del organismo o autoridad
encargado de la tramitación de observaciones sobre la notificación, en caso de que se
trate de un organismo o autoridad diferente:
Centro de Información de Obstáculos Técnicos al Comercio
Ministerio de Economía, Industria y Comercio- MEIC
Apartado Postal. 10216-1000
Teléfono: +(506) 2291-2115, ext. 206
Telefax: +(506) 2291-2015
Correo Electrónico: [email protected]
3.
Notificación hecha en virtud del artículo 2.9.2 [ X ], 2.10.1 [ ], 5.6.2 [ ], 5.7.1 [ ], o en
virtud de:
4.
Productos abarcados (partida del SA o de la NCCA cuando corresponda; en otro caso
partida del arancel nacional. Podrá indicarse además, cuando proceda, el número de
partida de la ICS): ICS 77.140
5.
Título, número de páginas e idioma(s) del documento notificado: RTCR 452: 2011
Barras y alambres de Acero de Refuerzo para Concreto. Especificaciones. (16 páginas en
español).
6.
Descripción del contenido: El presente reglamento se aplica a las barras de acero de
construcción indicados a continuación que se fabriquen en el país o se importen para su
comercialización en el territorio nacional:
2.1. Barras de acero al carbono lisas y corrugadas para refuerzo de concreto.
2.2. Barras de acero de baja aleación lisa y corrugada para refuerzo de concreto.
2.3. Alambre de acero al carbono grafilado para refuerzo de concreto.
Asimismo, establecer las características y especificaciones técnicas para las barras y
alambres de acero empleadas como refuerzo de concreto.
. /.
G/TBT/N/CRI/121
Página 2
7.
Objetivo y razón de ser, incluida, cuando proceda, la índole de los problemas urgentes:
Salvaguardar la vida y la integridad humana.
8.
Documentos pertinentes:
-
9.
ASTM A 615: Standard Specification for Deformed and Plain Carbon-Steel Bars
for Concrete Reinforcement.
ASTM A 706: Standard Specification for Low-Alloy Steel Deformed and Plain Bars
for Concrete Reinforcement.
ASTM A 496: Standard Specification for Steel Wire, Deformed, for Concrete
Reinforcement.
Norma INTE 06-09-02: Especificación normalizada para barras de acero de baja
aleación lisas y corrugadas para refuerzo de concreto.
Norma INTE 06-09-03: Especificación para alambrón deformado para refuerzo de
concreto.
Norma INTE 06-09-04: Método de Ensayo de Tracción para barras de acero al
carbono.
Norma INTE 06-09-05: Método de Ensayo de Doblado para barras de acero al
carbono.
Fecha propuesta de adopción:
A la fecha de su publicación en el Diario
Oficial La gaceta.
Fecha propuesta de entrada en vigor:
Rige tres (3) meses después de su
publicación en el Diario Oficial La Gaceta.
10.
Fecha límite para la presentación de observaciones: 60 días a partir de la fecha de
notificación.
11.
Textos disponibles en: Servicio nacional de información [X] o dirección, números de
teléfono y de telefax, correo electrónico y dirección del sitio Web, en su caso, de otra
institución:
Centro de Obstáculos Técnicos al Comercio OTC
Punto de Contacto O.M.C.: [email protected]
San José, Costa Rica
Tel.: (+506) 2291-2115, ext. 206
Fax: (+506) 2291 2015
Texto completo del documento:
http://members.wto.org/crnattachments/2011/tbt/CRI/11_2455_00_s.pdf