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PROGRAMA DE COINVERSIÓN SOCIAL
Programa de Coinversión
Social
Reglas de Operación y
Convocatorias
2008
1
PROGRAMA DE COINVERSIÓN SOCIAL
Presentación
Programa de Coinversión Social (PCS)
A cargo de la SEDESOL y operado por el INDESOL
PCS
Actores
Sociales:
Corresponsabilidad:
Promueve y fortalece los proyectos de coinversión entre el gobierno y los actores
sociales enfocados a la atención de grupos vulnerables impulsando acciones de
desarrollo social humano y sustentable, de promoción de los derechos económicos,
sociales y culturales, la equidad de género, así como la generación de
conocimiento y metodologías que son de utilidad para la política pública. El PCS se
enfoca a la población en situación de pobreza, exclusión, marginación, desigualdad
por género o vulnerabilidad social, en un marco de corresponsabilidad.
Organizaciones de la sociedad civil, gobiernos municipales, Instituciones de
Educación Superior o Centros de Investigación.
Participación conjunta de los actores sociales con el gobierno federal y, en
su caso estatal, para la realización de los proyectos convenidos. Los
actores sociales participarán mediante la aportación de sus conocimientos,
experiencia en actividades de promoción social y la coinversión de sus
recursos humanos, materiales y financieros; mientras que los gobiernos
federal y/o estatal otorgarán recursos a través del Programa de
Coinversión Social.
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PROGRAMA DE COINVERSIÓN SOCIAL
Objetivo General del PCS
Contribuir al desarrollo de capital social, mediante la acción
corresponsable entre gobierno y sociedad, para atender necesidades de
los grupos sociales en situación de pobreza, exclusión, marginación,
desigualdad por género o vulnerabilidad social.
Cobertura: nacional
Población
Objetivo
del PCS:
Actores Sociales que realizan actividades para
promover el desarrollo de la población en situación de
pobreza, vulnerabilidad, marginación, desigualdad de
género o exclusión social.
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PROGRAMA DE COINVERSIÓN SOCIAL
Características de los Apoyos
•
Subsidios: Los apoyos que otorga el Programa son recursos públicos catalogados
•
Monto Máximo: El monto máximo de los recursos públicos que podrá otorgarse a
•
Porcentaje de Coinversiòn: El porcentaje de coinversión de los Actores Sociales
•
Máximo de Proyectos por As: Cada Actor Social podrá participar hasta con dos
como subsidios, por lo que los Actores Sociales estarán sujetos a la normatividad
correspondiente.
un proyecto se establecerá en cada convocatoria. En ningún caso será mayor a un
millón de pesos.
en ningún caso podrá ser menor al 20% del costo total del mismo.
proyectos en todo el ejercicio fiscal.
•
Máximo de Proyectos a Apoyar: Se podrá apoyar hasta un máximo de dos
proyectos por Actor Social durante el ejercicio fiscal, situación que estará sujeta a la
disponibilidad presupuestal del Programa.
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PROGRAMA DE COINVERSIÓN SOCIAL
Requisitos de Participación
a) Contar con recibos fiscales vigentes (No se aceptan facturas);
En todos
los casos,
deberán
cumplir
con lo
siguiente:
b) No tener irregularidades o incumplimientos
Los Actores Sociales con proyectos apoyados por el Programa
en el Ejercicio Fiscal anterior, que no hayan entregado al Indesol
o a las Delegaciones el Informe Final completo de cada proyecto
en los plazos establecidos en el numeral 7.3 de las presentes
Reglas, se considerarán con incumplimiento, el cual constituye
un impedimento jurídico-administrativo para poder participar en
el presente Ejercicio Fiscal
c) Que el objetivo del Proyecto sea congruente con los objetivos de la
convocatoria en la que participa;
d) Presentar sus proyectos dentro de los plazos y en los términos
que señale la convocatoria correspondiente;
e) No haber agotado en el presente Ejercicio Fiscal las dos
participaciones a que cada Actor Social tiene derecho;
f) Declarar bajo protesta de decir verdad, no llevar a cabo acciones
de proselitismo hacia partido político, asociación política
nacional, sindicato o religión alguna en el formato de
5
presentación de proyectos.
PROGRAMA DE COINVERSIÓN SOCIAL
Para el caso
de las OSC:
Para el caso
de
Instituciones
de Educación
Superior
o Centros de
Investigación:
•a) Estar inscritas en el Registro y mantener actualizada,
conforme a la Ley de Fomento la siguiente información:
vigencia de su representación legal, objeto social,
domicilio legal y órganos de gobierno y dirección;
•b) Haber entregado el Informe Anual al Registro en los
términos del artículo 7 de la LFFOSC y 14 del Reglamento;
•c) No tener entre sus directivos o representantes a
funcionarios públicos, representantes de elección
•popular, o miembros del Poder Judicial, de cualquiera
de los tres órdenes de gobierno y que han cumplido con
•las obligaciones establecidas en el art 7 de la LFFOSC
Acreditar su personalidad jurídica mediante Ley, Decreto o
Acuerdo publicados en el Diario Oficial de la Federación o
periódicos oficiales de las entidades federativas
correspondientes, así como la de su(s) representante(s)
legal(es).
Para efectos del Programa, no se consideran Instituciones de
Educación Superior aquellas Universidades que acrediten su
personalidad jurídica mediante la documentación legal de una
asociación o sociedad civil y no estén consideradas como
entidades de la administración pública paraestatal.
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PROGRAMA DE COINVERSIÓN SOCIAL
DERECHOS DE LOS ACTORES SOCIALES
Los Actores Sociales participantes en el Programa tendrán los siguientes
derechos:
a) Ser notificados sobre la recepción de sus proyectos conforme al numeral
5.2 de las presentes Reglas y contar con una ficha de recepción para
cada uno;
b) Recibir información acerca del “status” de sus proyectos, y en su caso, las
causas de invalidación o de no elegibilidad, cuando así lo soliciten por
escrito dentro de los quince días naturales siguientes a la fecha de
publicación de los resultados;
c) Recibir asesoría, información y capacitación de acuerdo a los mecanismos
establecidos para tal efecto por el Indesol o las Delegaciones;
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PROGRAMA DE COINVERSIÓN SOCIAL
Criterios de Selección
(Cédula de Dictaminación)
a) Sujetarse a los objetivos de la convocatoria correspondiente;
b) Tener congruencia entre los objetivos del proyecto y el objeto
social del Actor Social;
c) Identificar el problema que se atenderá y las posibles alternativas
de solución;
d) Mantener concordancia entre diagnóstico, objetivos, metas y
acciones del proyecto;
e) Presentar metas claras, cuantificables y definir el material
probatorio que confirmará el cumplimiento de las mismas;
f) Mostrar correspondencia entre el presupuesto y el uso de los
recursos con respecto al planteamiento general del proyecto;
g) Cumplir con la aportación de la coinversión establecida en el
Formato de Presentación de Proyectos, que es como mínimo del
20% del costo total del proyecto. La coinversión podrá ser en
términos monetarios y/o no monetarios;
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PROGRAMA DE COINVERSIÓN SOCIAL
Criterios de Selección
(Cédula de Dictaminación)
h) Tener incidencia en la población objetivo en términos de la
cobertura y la integridad de la propuesta;
i) Señalar, si fuera el caso, si el Proyecto da continuidad a uno
anterior apoyado por el PCS, identificando objetivos, impacto
social, antecedentes, alcances y duración de ambos proyectos;
j) Mostrar capacidad técnica del actor social y del (la)
coordinador(a) para su ejecución;
k) Plantear mecanismos de seguimiento y evaluación, así como de
transparencia y rendición de cuentas;
l) Estar dirigido a población en situación de pobreza, exclusión,
marginación, desigualdad por género o vulnerabilidad
social;
m) Estar articulados o coordinados en redes con otros actores
sociales.
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PROGRAMA DE COINVERSIÓN SOCIAL
Recursos Federales
Conceptos presupuestales permitidos: con recursos del PCS se
puede pagar:
a) El IVA derivado de la prestación de servicios o la adquisición de bienes
para la ejecución de los proyectos;
b) Las comisiones por apertura, manejo de cuenta y cheques emitidos;
c) Los impuestos de hospedaje según el instrumento jurídico
correspondiente.
d) La remodelación y/o adecuación de inmuebles o adquisición de
infraestructura o equipo (sujetándose a la normatividad
correspondiente);
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PROGRAMA DE COINVERSIÓN SOCIAL
Recursos Federales
Conceptos presupuestales no permitidos:
a) Gastos de administración del AREP;
b) Compra de bienes inmuebles;
c) Otorgamiento de fondos para cualquier tipo de crédito;
d) Pago de nómina ni prestaciones ni impuestos;
e) Pago de honorarios asimilables a salarios;
f) Pago de derechos o gastos legales;
g) Pago de seguros;
h) Pago de impuestos distintos a los autorizados y,
i) Remodelación inmobiliaria en proyectos de Municipios, IES y CI
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PROGRAMA DE COINVERSIÓN SOCIAL
Asistencia Social
Promoción General
Equidad de Género
Observatorio de Violencia Social y de
Género
Convocatorias
PCS
Desarrollo Rural Sustentable
Desarrollo Regional
Profesionalización
Investigación
Derechos Humanos
12
Recepción de
Proyectos
Validación de
Proyectos
Resultados de
los Proyectos
Ajuste de
Proyectos
Suscripción del
Instrumento
Jurídico
Seguimiento y
Evaluación
Acta de
Terminación
Promoción
Dictaminación de
Proyectos
Ejercicio de
Recursos
13