Download jairo alberto cano pabon

Document related concepts
no text concepts found
Transcript
RESOLUCION Nº 031
(28 de enero de 2007)
Por la cual se prorroga el plazo para presentar la información financiera,
económica y social correspondiente a la fecha de corte 31 de diciembre de 2006.
EL CONTADOR GENERAL DE LA NACIÓN
En uso de sus atribuciones Constitucionales y legales, en especial de las que le
confiere la Ley 298 de 1996 y el Decreto 143 de 2004, y
CONSIDERANDO
Que mediante la Resolución 550 del 19 de diciembre de 2005, se establecen los
plazos, requisitos y otras obligaciones relacionadas con la presentación de la
información financiera, económica y social a la Contaduría General de la Nación.
Que el numeral 1º de la Carta Circular 071 del 11 de diciembre de 2006, prescribe
que las entidades obligadas a presentar información financiera, económica y social
a la Contaduría General de la Nación, deben hacerlo exclusivamente a través del
Sistema Consolidador de Hacienda e Información Financiera Pública – CHIP.
Que a partir del 1º de enero de 2007 entraron en vigencia el Régimen de
Contabilidad Pública, adoptado mediante la Resolución 222 del 5 de julio de 2006,
y el Catálogo General de Cuentas adoptado mediante Resolución 555 del 1º de
diciembre de 2006.
Que las entidades del ámbito de aplicación de la Resolución 400 de 2000 han
manifestado dificultades administrativas y técnicas en los procesos y
procedimientos relacionados con la instalación y configuración del CHIP y con la
implementación del Régimen de Contabilidad Pública.
Que es obligación Constitucional y legal de la Contaduría General de la Nación
incorporar la información de la fecha de corte 31 de diciembre de 2006, para
efectos elaborar el Balance General de la Nación consolidando la información
financiera, económica y social, y proveer información a los usuarios estratégicos y
a la ciudadanía en general.
Que en virtud de lo anterior, es necesario prorrogar el plazo, para que las
entidades del ámbito de aplicación de la Resolución 400 de 2000 presenten la
información correspondiente a la fecha de corte 31 de diciembre de 2006.
Por la cual se prorroga el plazo para presentar la información financiera, económica y social
correspondiente a la fecha de corte 31 de diciembre de 2006.
RESUELVE
ARTÍCULO 1º. Prorrogar hasta el veintiocho (28) de febrero de 2007, el plazo
establecido en el artículo 3º de la Resolución 550 de 2005, para que las entidades
del ámbito de aplicación de la Resolución 400 de 2000, presenten la información
financiera, económica y social correspondiente a la fecha de corte 31 de diciembre
de 2006.
PARÁGRAFO 1º. Prorrogar hasta el quince (15) de febrero de 2007, el plazo
para que las entidades señaladas en el parágrafo 2º del artículo 3º de la
Resolución 550 de 2005, envíen a la entidad del sector central o descentralizado
para que sea agregada y/o consolidada, previa conciliación de sus operaciones, la
información financiera, económica y social correspondiente a la fecha de corte 31
de diciembre de 2006,
PARÁGRAFO 2º. Prorrogar hasta el quince (15) de febrero de 2007, el plazo
para que las entidades reporten al inversionista para la actualización de las
inversiones patrimoniales la información correspondiente a la fecha de corte 31 de
diciembre de 2006.
ARTÍCULO 2º. La presente Resolución rige a partir de la fecha de su expedición.
COMUNIQUESE Y CUMPLASE.
Dada en Bogotá, D.C., a los
JAIRO ALBERTO CANO PABON
Contador General de la Nación
Carmen L.
Por la cual se prorroga el plazo para presentar la información financiera, económica y social
correspondiente a la fecha de corte 31 de diciembre de 2006.
Related documents