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HOMBRE Y SOCIEDAD
PARADIGMAS
Clásico: sociabilidad natural
Moderno: contrato social
Estado de naturaleza = estado
social
Estado de naturaleza = estado presocial
Sociedad política: natural
Sociedad política: producto de un
contrato
Fin: Bien común
Fin: garantía libertades individuales
Sociedad: unidad orgánica
Sociedad: conjunto de individuos
Acento: solidaridad
Acento: libertad
Tendencia
corporativa
Estado
corporativo
Mediación:
Paradigma de la ALIANZA
 “socialización”
Cf. MM, CEC
Tendencia
individualista
Estado constitucional
moderno
Aristotelismo y contractualismo
“Así, aristotelismo y contractualismo expresan ambos una
parte de la verdad. El aristotelismo nos enseña que la
libertad tiene la capacidad y la necesidad de trascenderse
hacia la vida en comunidad sin la cual el individuo humano
no podrá realizar plenamente su humanidad; del
contractualismo, en cambio, aprendemos que toda
comunidad humana es comunidad de seres individuales con
dignidad e intereses no identificables con los de la misma
comunidad, de modo que todo cuerpo social y político debe
justificarse, en cierto modo, en el estar al servicio del
individuo”:
M. RHONHEIMER, “Lo stato costituzionale democratico e il bene
comune”, 57-122
SOCIALIZACIÓN
“(La) socialización expresa igualmente la tendencia natural que
impulsa a los seres humanos a asociarse con el fin de alcanzar
objetivos que exceden las capacidades individuales” (CEC 1882; cf.
MM 60)
Como
fenómeno
natural
Como
fenómeno
histórico
Familia
Integración progresiva
en el todo social
Cuerpos intermedios
Comunidad política
“Una de las notas más características de nuestra
época es el incremento de las relaciones sociales, o
sea la progresiva multiplicación de las relaciones de
convivencia, con la formación consiguiente de muchas
formas de vida y de actividad asociada, que han sido
recogidas, la mayoría de las veces, por el derecho
público o por el derecho privado” (MM 59)
ESTRUCTURA DE LOS PRINCIPIOS
Principio cardinal: la caridad en la verdad
Principio
personalista
Dignidad persona humana
Derechos humanos
Sociabilidad natural
superiorinferior
Subsidiaridad
relaciones
BIEN COMÚN
participación
todos los
sujetos
entre sí
bienes
solidaridad
Destino universal de
los bienes
PRINCIPIO DE SUBSIDIARIDAD
sentido
positivo
Principio de
subsidiaridad
“todas las sociedades de orden
superior deben ponerse en una actitud
de ayuda («subsidium») -por tanto de
apoyo,
promoción,
desarrollorespecto a las menores” (CDS 186).
Fundamento:
Respeto
autonomía de la
sociedad civil
sentido
negativo
“El Estado debe abstenerse de cuanto
restringiría, de hecho, el espacio vital
de las células menores y esenciales
de la sociedad” (CDS 186)
SUBSIDIARIDAD en CV
Sin duda, el principio de subsidiaridad[137], expresión de la
inalienable libertad humana. La subsidiaridad es ante todo
una ayuda a la persona, a través de la autonomía de los
cuerpos intermedios. Dicha ayuda se ofrece cuando la
persona y los sujetos sociales no son capaces de valerse por
sí mismos, implicando siempre una finalidad emancipadora,
porque favorece la libertad y la participación a la hora de
asumir responsabilidades. La subsidiaridad respeta la
dignidad de la persona, en la que ve un sujeto siempre
capaz de dar algo a los otros. La subsidiaridad, al reconocer
que la reciprocidad forma parte de la constitución íntima del
ser humano, es el antídoto más eficaz contra cualquier
forma de asistencialismo paternalista. Ella puede dar razón
tanto de la múltiple articulación de los niveles y, por ello, de
la pluralidad de los sujetos, como de su coordinación.
(CV 57)
SITUACIONES CONTRARIAS A LA SUBSIDIARIDAD
“Con el principio de subsidiaridad contrastan las
formas de centralización, de burocratización, de
asistencialismo, de presencia injustificada y excesiva del
Estado y del aparato público: “Al intervenir directamente y
quitar responsabilidad a la sociedad, el Estado asistencial
provoca la pérdida de energías humanas y el aumento
exagerado de los aparatos públicos, dominados por las
lógicas burocráticas más que por la preocupación de servir
a los usuarios, con enorme crecimiento de los gastos”. La
ausencia o el inadecuado reconocimiento de la iniciativa
privada, incluso económica, y de su función pública, así
como también los monopolios, contribuyen a dañar
gravemente el principio de subsidiaridad”.
SITUACIONES CONFORMES A LA SUBSDIARIDAD
“A
la
actuación
del
principio
de
subsidiaridad
corresponden: el respeto y la promoción efectiva del
primado de la persona y de a familia; la valoración de las
asociaciones y de las organizaciones intermedias, en sus
opciones fundamentales y en todas aquellas que no pueden
ser delegadas o asumidas por otros; el impulso ofrecido a la
iniciativa privada, a fin de que cada organismo social
permanezca, con las propias peculiaridades, al servicio del
bien común; la articulación pluralista de la sociedad y la
representación de sus fuerzas vitales; la salvaguarda de los
derechos de los hombres y de las minorías; la
descentralización burocrática y administrativa; el equilibrio
entre la esfera pública y privada, con el consecuente
reconocimiento de la función social del sector privado; una
adecuada responsabilización del ciudadano para «ser parte»
activa de la realidad política y social del país”
PRINCIPIO DE SOLIDARIDAD
Como
principio
social
Principio de
solidaridad
por el cual las “estructuras de pecado”
(SRS 36-37) que afectan las relaciones
entre las personas y los pueblos, sean
reemplazadas
por
“estructuras
de
solidaridad”, mediante leyes, reglas de
mercado y ordenamientos.
Fundamento:
sociabilidad;
unidad de destino
como virtud
“la determinación firme y perseverante de
empeñarse por el bien común; es decir,
por el bien de todos y cada uno, para que
seamos verdaderamente responsables de
todos” (SRS 38)
PRINCIPIOS DE SUBSIDIARIDAD Y SOLIDARIDAD
Dentro del Estado
Principio de
subsidiaridad
Fundamento:
Respeto
autonomía de la
sociedad civil
Relación Estado –
sociedad civil
Dentro de la sociedad
civil
Estado
Principio de
solidaridad
Fundamento:
sociabilidad;
unidad de destino
Sociedad
civil
Actuación
directa e
indirecta
Tercer
sector
SOLIDARIDAD Y SUBIDIARIDAD en CV
El principio de subsidiaridad debe mantenerse íntimamente unido
al principio de la solidaridad y viceversa, porque así como la
subsidiaridad sin la solidaridad desemboca en el particularismo
social, también es cierto que la solidaridad sin la subsidiaridad
acabaría en el asistencialismo que humilla al necesitado.
Esta regla de carácter general se ha de tener muy en cuenta incluso cuando
se afrontan los temas sobre las ayudas internacionales al desarrollo. Éstas,
por encima de las intenciones de los donantes, pueden mantener a veces a
un pueblo en un estado de dependencia, e incluso favorecer situaciones de
dominio local y de explotación en el país que las recibe. Las ayudas
económicas, para que lo sean de verdad, no deben perseguir otros fines.
Han de ser concedidas implicando no sólo a los gobiernos de los países
interesados, sino también a los agentes económicos locales y a los agentes
culturales de la sociedad civil, incluidas las Iglesias locales. (CV 58)