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FACTORAJE FINANCIERO
EFECTOS FISCALES
•1
Factoraje Financiero
Ley general de títulos y operaciones de crédito.
•
•
“Por virtud del contrato de factoraje, el factorante
conviene con el factorado, quien podrá ser persona
física moral, en adquirir derechos de crédito que este
último tenga a su favor por un precio determinado o
determinable, en moneda nacional o extranjera,
independientemente de la fecha y forma en que se
pague.”
El factoraje tiene dos modalidades:
a) Sin recurso.- El factorado no queda obligado a responder por
el pago de los derechos de crédito transmitidos al factorante.
b) Con recurso.- El factorado queda obligado solidariamente
con el deudor, a responder del pago puntual y oportuno de los
derechos de crédito transmitidos al factorante.
•2
Factoraje Financiero
Cambio de julio de 2006
 Cualquier persona puede realizar las siguientes
actividades sin necesidad de autorización del
Gobierno Federal:
 Otorgamiento de crédito
 Arrendamiento financiero
 Factoraje financiero
 Si estas actividades son su actividad principal,
entonces se constituye como Sociedad Financiera de
Objeto Múltiple o “SOFOM”.
– SOFOMER- Accionistas del sistema financiero. Reguladas
por CNBV, BM y SHCP.
– SOFOMENR – Con accionistas no sistema financiero. No
reguladas.
•3
Factoraje Financiero
Empresas de factoraje y SOFOM
1. Ley de impuesto sobre la renta
a) Se considera interés la ganancia derivada de los derechos de
crédito adquiridos.
b) Para el AAI se considera crédito a los derechos de crédito que
adquieran las empresas de factoraje.
2. Código Fiscal de la Federación
a) Están obligadas a notificar al deudor de la transmisión de los
derechos de crédito, excepto cuando se trate de factoraje con
mandato de cobranza o factoraje con cobranza delegada.
b) Se tienen 10 días para notificar.
c) Es infracción no hacer la notificación o negarse a recibirla
($4,070 - $40,660)
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Factoraje Financiero
Empresas de factoraje y SOFOM
1. Ley de impuesto sobre la renta
a) Se considera interés la ganancia derivada de los derechos de
crédito adquiridos.
b) Para el AAI se considera crédito a los derechos de crédito que
adquieran las empresas de factoraje.
2. Código Fiscal de la Federación
a) Están obligadas a notificar al deudor de la transmisión de los
derechos de crédito, excepto cuando se trate de factoraje con
mandato de cobranza o factoraje con cobranza delegada.
b) Se tienen 10 días para notificar.
c) Es infracción no hacer la notificación o negarse a recibirla
($4,070 - $40,660)
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Factoraje Financiero
Código Fiscal de la Federación
 Enajenación
a) En el momento de la transmisión de los derechos de
crédito.
Salvo que la cesión sea con mandato de cobranza o
cobranza delegada.
b) En el caso de personas físicas y personas morales del
régimen simplificado, existe enajenación hasta que se
cobren los créditos correspondientes.
•6
Factoraje Financiero
Ley del Impuesto al Valor Agregado
 Intereses exentos

Reciban o cobren las empresas de factoraje financiero o
SOFOM, por descuento de documentos pendientes de
cobro.
En el caso de créditos otorgados a personas físicas deben
desarrollar actividades empresariales, prestar servicios
personales independientes u otorgar el uso goce temporal
de inmuebles.
•7
Factoraje Financiero
Ley del Impuesto al Valor Agregado

Efectos en el factorado
Los contribuyentes que trasmitan documentos pendientes de
cobro, considerarán que reciben la contraprestación pactada,
así como el IVA que dio lugar a la emisión de dichos
documentos, en los siguientes momentos:
•
a)
Cuando se trasmitan los documento pendientes de cobro.
b)
Cuando se cobren dichos documentos.
Para ejercer la segunda opción se requiere:
I.
Que la opción se consigne en los contratos de factoraje
financiero.
•8
Factoraje Financiero
Ley del Impuesto al Valor Agregado

Efectos en el factorado
II.
Quienes transmitan los documentos pendientes de cobro,
son responsables de pagar el IVA correspondiente al importe
total consignado en el documento, sin descontar el monto
correspondiente al cargo financiero.
III.
Los adquirentes de los documentos deberán entregar a los
contribuyentes, dentro de los 10 días naturales de cada mes,
estados de cuenta mensuales en los que se asentará las
cantidades que hayan cobrado en el mes inmediato anterior.
Adicionalmente, el emisor de los documentos pendiente de
cobro deberá expedir comprobantes fiscales por cada una
de las parcialidades.
•9
Factoraje Financiero
Ley del Impuesto al Valor Agregado

Efectos en el factorado
IV.
Cuando los adquirentes cobren los documentos pendientes
de cobro, ya sea en forma total o parcial, deberán manifestar
el monto cobrado respecto del documentos correspondiente
en el estado de cuenta que emitan.
V.
Otras reglas para considerar como efectivamente cobrado el
remanente no cobrado, a partir del 1er día del mes siguiente
posterior a seis meses, contados a partir de la fecha de
exigibilidad de los documentos.
Se requiere mantener esta opción al menos durante el año
de calendario en que sea ejercida, respecto de todos los
documentos que descuenten.
•10
Factoraje Financiero
Ley del Impuesto al Valor Agregado
•
¿Esta opción realmente es utilizada por las
empresas que descuentan documentos?
Leyenda incluida en un contrato de factoraje financiero:
“En términos del artículo 1º. C de la Ley del impuesto al Valor
Agregado el cliente en este acto opta por pagar dicho
impuesto al momento de realizar la transmisión de los
derechos de crédito pendientes de cobro, salvo que el
CLIENTE opte por el tratamiento previsto en el segundo
párrafo del mencionado artículo indicándolo en el espacio de
“Otros” de la Carátula del presente contrato. En todo caso
será responsabilidad del CLIENTE el entero de la totalidad del
Impuesto al Valor Agregado”
•11
Factoraje Financiero
Ley del Impuesto al Valor Agregado
 Efectos en el deudor de los documentos.
Es requisito para que el IVA sea acreditable, que este
haya sido efectivamente pagado en el mes de que se
trate. Se consideran efectivamente pagadas las
contraprestaciones cuando:
a) Se reciban en efectivo, en bienes o en servicios.
b) Cuándo el interés del acreedor queda satisfecho mediante
cualquier forma de extinción de obligaciones.
•
Cheques (efectivamente cobrado)
•
Título de crédito (garantía de pago)
•12
Factoraje Financiero
Ley del Impuesto Empresarial a Tasa Única
Ingresos cobrados
Los ingresos se consideran efectivamente cobrados, de
acuerdo con las reglas que para tal efecto se establecen en
la ley del IVA.
Deducciones pagadas
Las deducciones se consideran efectivamente pagadas
cuando:
a)
b)
c)
d)
Hayan sido efectivamente pagadas al momento de la
deducción.
Se entreguen títulos de crédito emitidos por persona
distinta.
Cuando la obligación se extinga mediante compensación
o dación en pago.
Cuando la obligación quede satisfecha mediante
cualquier forma de extinción.
•13