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Derechos y normatividad en
protección del ambiente
Mario Ríos Barrientos
Derechos humanos
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Inherentes
Valores “mínimos”
Pacto Social Individuo – Estado
Satisfacer necesidades colectivas
que los individuos no pueden
realizar por su cuenta
Las personas como contraprestación
pagamos impuestos y nos
subordinamos a las normas
Características de Los derechos
humanos
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Indivisibles
Interdependientes
Integrales
Obligaciones del Estado

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Respeto: El Estado debe ser el primero en
respetar los derechos de los ciudadanos,
sus políticas no deben afectar a los
ciudadanos.
Proteger: El Estado debe impedir que
terceros vulneren los derechos de los
ciudadanos
Cumplimiento: El Estado debe propiciar a
través de políticas y programas la
realización de los derechos
Obligaciones esenciales del Estado

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Disponibilidad: Que los recursos para la
prevención de los efectos de contaminación en la
salud de las personas se encuentran disponibles.
Accesibilidad: Los ciudadanos tienen accesibles
servicios para la prevención de los efectos de la
contaminación ambiental.
Adaptabilidad: Los servicios de salud están
adaptados a las necesidades de atención de la
población y responden frente a la existencia de
cualquier riesgo a su salud.
Calidad: Los bienes y servicios son los idóneos
técnicamente y socialmente para atender las
necesidades de servicios de la población.
Salud Como derecho

El Artículo 2º incisos 1) y 22) de la Constitución
Política del Perú1 establece como derechos
fundamentales de la persona el “...derecho a
la vida, a su integridad moral, psíquica y física y
a su libre desarrollo y bienestar” y el derecho
“...a gozar de un ambiente equilibrado y
adecuado para el desarrollo de su vida”. Además
el Artículo 7° precisa que “Todos tienen derecho a
la protección de su salud, la del medio familiar y
la de la comunidad así como el deber de
contribuir a su promoción y defensa...”.
Ley de Salud

El Título Preliminar de la Ley General de Salud3
señala que “toda persona tiene derecho a la
protección de su salud en los términos y
condiciones que establece la ley”. Además precisa
que “el derecho a la protección de la salud es
irrenunciable y que el concebido es sujeto de
derecho en el campo de la salud”. El mismo texto
legal indica que “el ejercicio del derecho a la
propiedad, (...) la libertad de trabajo, empresa,
comercio e industria (...) están sujetos a las
limitaciones que establece la ley en
resguardo de la salud pública”.
Funciones esenciales de salud pùblica
1. Seguimiento, evaluación y análisis de situación
de salud
2. Vigilancia en Salud Pública, investigación y
control de riesgos y daños
3. Promoción de la salud
4. Participación de la comunidad
5. Desarrollo de políticas y capacidad institucional para planificación y
gestión
6. Fortalecimiento capacidad de Regulación
7. Acceso equitativo servicios de salud
8. Desarrollo y capacitación de Recursos Humanos
9. Garantía y mejoramiento calidad de Servicios
10. Investigación
11. Reducción impacto emergencias y desastres