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ECONOMIA Y ESTADO
RESUMEN:
La ética natural y católica establecen como finalidad específica del Estado el bien
común. La Doctrina Social de la Iglesia no sólo admite la existencia del bien común,
distinto del bien particular de los gobernados, sino también lo ha explicitado en las
palabras de Juan XXIII que dijo “el bien común abarca el conjunto de condiciones
sociales que permiten a los ciudadanos el desarrollo conveniente y pleno de su
propia perfección”.
De lo expuesto precedentemente se deduce que los gobernantes deben procurar
dicho bien común por las vías necesarias y adecuadas, de tal forma, que respetando
una recta escala de valores, permitan que el ciudadano se realice integralmente en
el campo de lo material y de lo espiritual.
El Estado debe legislar, administrar y juzgar conforme con la recta razón y el
ordenamiento natural de las cosas, por lo tanto, las relaciones económicas dentro de
una sociedad, implican la intervención de la autoridad política por ser parte
trascendente del bien común general y permitir que los principios que regulan la
actividad económica, deben estar al servicio del desarrollo humano, no sólo en la
producción de bienes y servicios, sino, en la justa distribución de los mismos.
Juan Carlos Vacarezza
Contador Público Nacional
Universidad Nacional de Lomas de Zamora
Facultad de Ciencias Agrarias
Facultad de Ciencias Económicas
Ruta Nacional Nº 4 – Km. 2
1836 Lavallol – Pcia. Bs. As.
E – MAIL : [email protected]
El estado puede definirse como un ente natural y necesario, integrado por personas
y entidades, política y jurídicamente organizado, dentro de límites territoriales, con
plena soberanía interna y externa, constituyendo de esta manera una categoría
histórica, jurídica y filosófica.
Desde la visión aristotélica el Estado es la mejor organización de la sociedad para
afirmar el ideal de justicia, y en la concepción jurídica moderna se definiría como la
nación jurídicamente organizada.
Cabe destacar que la vida en sociedad del hombre es un impulso natural, querido
por el Creador de la naturaleza, permitiendo que las partes integrantes, conserven
su propia acción, uniéndose con la intención natural de procurarse un orden y un
“bien común” que le permita realizarse espiritual como materialmente.
El hombre tiende a vivir organizado, no importa cual es el grado de eficiencia de esa
organización, por lo tanto, el Estado ( bajo las distintas formas que adopto
históricamente) es naturalmente necesario para la vida en sociedad.
El Estado debe ser la expresión genuina de la sociedad a la que debe servir y debe
representar los intereses comunitarios, sin tener en cuenta que forma de gobierno
adopta, ni los apremios circunstanciales.
Es importante destacar la relación exacta que existe entre Estado y comunidad, ya
que no es un episodio externo a la misma, el mismo es el núcleo central, el cerebro,
el sistema nervioso de la sociedad; es decir que una comunidad sin Estado, no
tendría conciencia en sí misma y carecería integralmente de dimensión histórica.
El Estado es el heredero de esa conciencia social, es el hilo conductor de la misma
en el presente hacia el futuro.
La ética católica establecen como finalidad específica del Estado el bien común, la
Doctrina Social de la Iglesia hace una distinción concreta entre el bien particular de
los integrantes de la comunidad, del bien común social y así lo explicita Juan XXIII
en Pacern in Terris “El bien común abarca el conjunto de condiciones sociales que
permiten a los ciudadanos el desarrollo conveniente y pleno de su propia
perfección”. El Estado debe estructurar las condiciones necesarias y suficientes para
que cada integrante de la comunidad pueda alcanzar su plena realización personal,
no sólo material, sino especialmente espiritual, para recorrer el camino hacia su
propia perfección.
El mismo está al servicio de la persona humana y no a la inversa y debe procurar
que la prosperidad pública alcance a todos los integrantes de la sociedad y que
estos puedan contar con lo necesario para el vivir cotidiano. Dice Santo Tomas en
Contra Gentiles “Pues para un perfecta contemplación –felicidad del hombre- se
requiere la integridad corporal, que es el fin de todas las cosas artificiales necesarias
para la vida. Requiérese también el sosiego de las perturbaciones pasionales, que
se alcanza mediante virtudes morales y la prudencia: y también el de las
perturbaciones externas que es lo que persiguen en general el régimen de vida
social. De modo que, bien advertidas las cosas, todos los oficios humanos parecen
ordenarse a favor de quienes contemplan la verdad”
Juan XXII escribe en Pacem in Terris “Hemos de hacer aquí una advertencia a
nuestros hijos: el bien común abarca a todo el hombre, es decir, tanto a las
exigencias del cuerpo como a las del espíritu . De lo cuál se sigue que los
gobernantes deben procurar dicho bien por las vías adecuadas y escalonadamente,
de tal forma que, respetando el recto orden de los valores, ofrezca al ciudadano la
prosperidad material y al mismo tiempo los bienes del espíritu”.
De lo expuesto precedentemente se infiere que el bien común que debe procurar el
Estado a la comunidad que lo constituye, es aquél, que le permita a cada integrante
gozar del conjunto de condiciones que la permitan alcanzar su realización material y
la vida superior del espíritu.
Cuando existan intereses contradictorios entre el bien común y el bien particular, sin
lugar a dudas debe prevalecer el primero, como nos enseñara Santo Tomas en
Suma Teológica “El bien común de la ciudad y el bien singular de una persona no
difieren solamente según lo mucho o poco, sino según una diferencia formal. Porque
una es la razón del bien común y otra la del bien particular, como una es la razón del
todo y la otra la de la parte”
Es importante destacar que el bien común no se opone al bien propio, pero sí, al
bien particular, debiendo los integrantes de la comunidad nacional, subordinar su
actitud ética y moral a este bien común.
El Estado como custodio de los principios que garantizan a la sociedad toda, su
normal desenvolvimiento, debe transitar el permanente camino hacia la perfección
del orden público, que entendido en esta concepción, no es otra cosa, que un
acabado sinónimo del bien común.
El Papa León XIII en la Encíclica Rerum Novarum señala con claridad meridiana que
“una sana teoría del Estado” es indispensable para asegurar el libre desarrollo de las
actividades humanas, las espirituales y materiales, entre las cuales debe existir una
relación indispensable”.
En un pasaje de la misma Encíclica el Papa se refiere a la organización estructural
de la sociedad, haciendo alusión a al división de los poderes del Estado en –
legislativo, ejecutivo y judicial-, ordenamiento que refleja sin lugar a dudas, una
visión “realista de la naturaleza social del hombre”.
El Estado debe propiciar que se den las condiciones necesarias para la promoción
del ser humano, permitiendo que el mismo se forme en verdaderos ideales
sustentados por su destino trascendente, permitiendo la formación de estructuras
organizativas de participación y de corresponsabilidad.
Cuando nos encontramos ante Estados que carecen de valores trascendentes y
donde priman el agnosticismo y el relativismo, convirtiéndose estos en filosofía y
actitud fundamental de la acción de gobierno, los mismos van tejiendo caminos que
los acercan con facilidad a totalitarismos visibles o encubiertos, políticos ó
económicos, como el transcurrir de la historia, así, lo demuestra.
El Concilio Vaticano II respecto de la promoción del bien común explicita”Al mismo
tiempo crece la conciencia de la excelsa dignidad que corresponde a la persona
humana, ya que está por encima de todas las cosas y sus derechos y sus deberes
son universales e inviolables. Por tanto, es preciso que todo lo que el hombre
necesite para llevar una vida dignamente humana se le haga asequible como son:
el alimento, el vestido, la habitación el derecho de elegir libremente un estado de
vida, el derecho de fundar una familia, el derecho a la educación, al trabajo, a la
buena fama, al respeto, a una debida información: derecho a obrar según la recta
norma de su conciencia, derecho a la protección de su vida privada y una justa
libertad incluso en el campo religioso.
Así pues, el orden social y sus progresos, deben siempre derivar hacia el bien de las
personas, ya que la ordenación de las cosas esta sometida al orden de las personas
y no al revés, como dio entender el Señor al decir que el sábado se hizo para el
hombre y no el hombre para el sábado (Cfr.Mc 2, 27). Ese orden se ha de
desarrollar día en día, se ha de fundamentar en la verdad, construir en la justicia y
vivificar con el amor: y deberá encontrar en a libertad su equilibrio cada vez más
humano. Más para que se llegue a esas conquistas se han de renovar antes las
mentes y se han de introducir profundas modificaciones en la sociedad”
Que organización que no fuera el Estado, puede hacer posible, que se den las
condiciones necesarias para garantizar la dignidad humana, sustentado en una ética
social que promueva la misma y se oriente hacia el bien común y a su vez ser un
instrumento de conducción de situaciones esenciales, que permitan al hombre
alcanzar plenamente su realización integra en lo material y en lo espiritual
El Estado debe ser el factor que permita el equilibrio entre los intereses sectoriales y
los intereses sociales y su papel estratégico es insustituible cuando la comunidad
necesita expresar las cosas profundas de su cultura, de la calidad de vida que quiere
y de su dirección económica.
Las consideraciones generales que hemos analizado, se reflejan sobre el papel del
Estado en la actividad económica, tal como lo explicitara el Papa Juan Pablo II en la
Encíclica Centecimus Annus escrita en conmemoración del centenario de la
promulgación de la Encíclica Rerum Novarum del Papa León XIII “La actividad
económica, en particular la economía de mercado, no puede desenvolverse en
medio de un vacío institucional, jurídico y político. Por el contrario, supone una
seguridad que garantiza la libertad individual y la propiedad, además de un sistema
monetario estable y servicios públicos eficientes. La primera incumbencia del Estado
es, pues, la de garantizar esa seguridad, de manera que quién trabaja y produce
pueda gozar de los frutos de su trabajo y, por tanto, se sienta estimulado a realizarlo
eficiente y honestamente. La falta de seguridad, junto con la corrupción de los
poderes públicos y la proliferación de fuentes impropias de enriquecimiento y de
beneficios fáciles basados en actividades ilegales o puramente especulativas, es
uno de los obstáculos principales para el desarrollo y para el orden económico”.
De lo expuesto se infiere la misión fundamental del gobierno, que es la de proteger
el orden social, garantizando la seguridad en todas sus acepciones, como así
también, extender su campo de acción, combatiendo el fraude, la violencia y el
delito; sin importar las formas y características que los mismos adquieran, en aras,
de posibilitar el desarrollo económico de los integrantes del cuerpo social.
A continuación la Encíclica nos aclara “Otra incumbencia del Estado es de vigilar y
encauzar ejercicio de los derechos humanos en el sector económico; pero en este
campo la primera responsabilidad no es del Estado, sino de cada persona y de los
diversos grupos y asociaciones en que se articula la sociedad. El Estado no podría
asegurar directamente el derecho a un puesto de trabajo de todos los ciudadanos,
sin estructurar rígidamente la vida económica y sofocarla libre iniciativa de los
individuos. Lo cual, sin embargo, no significa que el Estado no tenga ninguna
competencia en ese ámbito, como han afirmado quienes propugnan la ausencia de
reglas en la esfera económica. Es más el Estado tiene el deber, de secundar la
actividad de las empresas, creando condiciones que aseguren oportunidades de
trabajo, estimulándola donde sea insuficiente o sosteniéndola en momentos de
crisis”.
En estos párrafos el Santo Padre resalta dos tipos de responsabilidades, en primera
instancia, de la persona, desde su individualidad, ó en el marco de formar parte de
las entidades comunitarias y en segundo lugar la responsabilidad estatal (más en un
mundo globalizado), que sin llegar a ser un intervencionismo puro, cuando las
circunstancias así lo determinen, deberá desarrollar actividades en las áreas que
corresponda, para permitir el ejercicio libre de los derechos humanos en el campo de
la economía
La Encíclica nos sigue enseñando”El Estado tiene. Además, el derecho a intervenir,
cuando situaciones particulares de monopolio creen rémoras u obstáculos al
desarrollo. Pero, aparte de estas incumbencias de armonización y dirección del
desarrollo, el Estado puede ejercer funciones de suplencia en situaciones
excepcionales, cuando sectores sociales o sistemas de empresas, demasiados
débiles o vías de formación, sean inadecuados para su cometido. Tales
intervenciones de suplencia, justificadas por razones urgentes que atañen al bien
común, en la medida de lo posible deben ser limitadas temporalmente, para no
privar establemente de sus competencias a dichos sectores sociales y sistemas de
empresas y para no ampliar excesivamente el ámbito de intervención estatal de
manera perjudicial para la libertad tanto económica como civil”.
Más adelante la palabra del Sumo Pontífice nos dice”...Deficiencias y abusos del
mismo derivan de una inadecuada comprensión de los deberes propios del Estado.
En ese ámbito también debe ser recuperado el principio de subsidiaridad. Una
estructura social de orden superior no debe inferir en la vida interna de un grupo
social de orden inferior, privándola de sus competencias, sino que más bien debe
sostenerla en caso de necesidad y ayuda a coordinar su acción con la de los demás
componentes sociales, con miras al bien común”.
La Santa Palabra nos infiere, la importancia de la intervención del Estado en el área
económica, cuando los procesos monopólicos u otras circunstancias, derivan en un
sistema económico que beneficia casi exclusivamente a pequeños grupos, sin
presentar ventajas para la mayoría de la comunidad.
Sin embargo, aclara sobre la temporalidad de la intervención, resalta el principio de
subsidiaridad y explicita la necesidad imperiosa de armonizar el camino hacia el bien
común.
En el camino de análisis trazado, nos parece importante destacar la palabra del
Concilio Vaticano II (Constitución Gadium Et Spes nª 63 “También en la vida
económica y social la dignidad de la persona humana y su vocación integral, lo
mismo que el bien de la sociedad entera, se han de respetar y promover, ya que el
hombre, autor de toda la vida económica y social es su centro y fin.
Como cualquier otro campo de la vida social, la economía moderna se caracteriza
por un creciente dominio del hombre sobre la naturaleza, por la multiplicación e
intensificación de las relaciones y de la interdependencia entre los ciudadanos,
grupos y pueblos y por la frecuencia creciente de las intervenciones de los poderes
públicos. Al mismo tiempo el progreso de las técnicas de producción y una mejor
organización de los intercambios y de los servicios han convertido a la economía en
un instrumento capaza de satisfacer mejor las crecientes necesidades de la familia
humana”
Siguiendo en está línea expresa una profundad inquietud por la realidad económica:
”En un momento en que el desarrollo de la vida económica, con tal que se dirija y
ordene de manera racional y humana, podrá mitigar las desigualdades sociales, con
demasiada frecuencia trae consigo un endurecimiento de ellas y a veces hasta un
retroceso en las condiciones de vida de los más débiles y un desprecio a los pobres.
Mientras muchedumbres inmensas carecen de lo estrictamente necesario, algunos,
aún en los países menos desarrollados, viven en la opulencia o malgastan sin
consideración, El lujo pulula junto a la miseria”.
La realidad nos demuestra que la economía debería estar al servicio de la
humanidad y que sin embargo, esto no sucede. Es desde este lugar, donde
planteamos la relación entre ética y economía, que es la inevitable vinculación entre
las necesidades y las riquezas (campo propio de la economía) y la educación de los
deseos (campo propio de la ética), El orden de la economía se refiere al orden de los
medios, pero este no puede desvincularse del orden total de los fines, que es el
orden moral.
El criterio que sustenta lo fundamental y fundante de toda actividad es la promoción
de lo humano en su dignidad como persona. La realización de la persona humana,
en cuanto individuo y miembro de la sociedad, constituye el centro y el criterio
definitivo mediante el cual se juzga la ética y la moral de cualquier institución.
De lo expuesto se infiere, que los principios económicos, si bien tienen autonomía
por su carácter científico, no pueden prescindir de la ética, a pesar, de que existen
criterios que sostienen que la Teoría Económica es una ciencia positiva, a la que no
alcanzan los juicios de valor sobre lo justo o injusto y por lo tanto, tiene
independencia funcional de la misma.
Es imposible pensar en una comunidad influida únicamente por sus relaciones
económicas, y pensar que estas puedan constituirse en el centro de gravedad de la
actividad humana, alejada a esta última del compromiso de un destino trascendente
y de la persecución del bien común.
La economía debe facilitar a cada hombre, la obtención de los medios y las
condiciones para su desarrollo integral como persona; y debe estar subordinada al
orden moral del que surge el modo y el ámbito para que este al servicio del ser
social, no deben adoptarse decisiones económicas que puedan destruir la finalidad
esencial que el hombre pueda realizarse en plenitud.
Los principios que regulan la actividad económica deben estar al servicio del
desarrollo humano y del progreso general, no sólo en la producción de bienes y
servicios, sino, en la justa distribución de los mismos.
El Estado debe asumir su responsabilidad ética-social, como tutor del bien común,
de intervenir en la actividad económica sin, por ello cortar la libre iniciativa de los
individuos y las organizaciones.
Como institución fundacional de la sociedad, el Estado, debe sustentar su acción, en
la ética y la moral, pilares básicos, que impiden el deterioro funcional del mismo, de
manera tal, que pueda ejercer su indelegable función solidaria y subsidiaria y pueda
establecer normas claras para el funcionamiento económico, así como sanciones
ejemplificadoras, ante el incumplimiento de las mismas
En la medida que la economía y las finanzas mundiales se globalizan, se necesitará
de definiciones estratégicas, parafraseando a Juan Pablo II en -La Iglesia en
América- “. ..20-.sí la globalización se rige por la meras leyes del mercado aplicadas
según las conveniencias delos poderosos, lleva a consecuencias negativas. Tales
son, por ejemplo, la atribución de un valor absoluto a la economía, el desempleo, la
disminución y el deterioro de ciertos servicios públicos, la destrucción del ambiente y
de la naturaleza, el aumento de las diferencias entre ricos y pobres y la competencia
injusta que coloca a las naciones pobres en una situación de inferioridad cada vez
más acentuada. La iglesia, aunque reconoce los valores positivos que la
globalización comporta, mira con inquietud los aspectos negativos derivados de
ella...”. A continuación en Globalización de la Solidaridad -55- agrega “... La
economía globalizada debe ser analizada a la luz de los principios de la justicia
social, respetando la opción preferencial por los pobres, que han de ser capacitados
para protegerse de una economía globalizada, y ante las exigencias del bien común
internacional. En realidad –la doctrina social de la Iglesia es la visión moral que
intenta asistir a los gobiernos, a las instituciones y las organizaciones privadas para
que configuren un futuro congruente con la dignidad de cada persona. A Través de
este prisma, se pueden valorar las cuestiones que se refieren a la deuda externa de
las naciones , a la corrupción de la política interna y a la discriminación dentro de la
propia nación y entre las naciones...”
El Estado al tener el deber de conservar, defender y ampliar los intereses
comunitarios, es decir, estar en la búsqueda permanente del bien común, nunca
podrá limitarse en su accionar, a cumplir un papel de observador indiferente.