Download Razones sociales o personales no médicas que puedan justificar la

Document related concepts
no text concepts found
Transcript
Grupo de Interés de la Sociedad Española de Fertilidad
sobre Ética y Buena Práctica Clínica
Médicas
Legales
¿Sociales o personales?
Profesional
Autonomía
Responsabilidad
Marco
Legal
Posible
Nacido
Leyes
Bienestar
Paciente
Autonomía
¿Sociales o personales?
Legal
Ético
Razones sociales o personales no
médicas que pueden justificar la
Las técnicas de reproducción asistida se realizarán solamente cuando
•haya posibilidades razonables de éxito,
•no supongan riesgo grave para la salud, física o psíquica, de la mujer o la posible descendencia …..
Artículo 3. Condiciones personales de la aplicación de las técnicas.
Toda mujer
• mayor de 18 años y
• con plena capacidad de obrar
podrá ser receptora o usuaria de las técnicas reguladas en esta Ley…..
Artículo 6. Usuarios de las técnicas
Ley 14/2006, de 26 de mayo, sobre técnicas de reproducción humana asistida
Preámbulo
La experiencia ha demostrado que la protección de la vida prenatal es más eficaz a través de políticas
activas de apoyo a las mujeres embarazadas y a la maternidad.
Por ello, la tutela del bien jurídico en el momento inicial de la gestación se articula a través de la voluntad
de la mujer, y no contra ella.
Artículo 3. Principios y ámbito de aplicación
Se reconoce el derecho a la maternidad libremente decidida.
Nadie será discriminado en el acceso a las prestaciones y servicios previstos en esta Ley por motivos de
origen racial o étnico, religión, convicción u opinión, sexo, discapacidad, orientación sexual, edad,
estado civil, o cualquier otra condición o circunstancia personal o social.
.
Ley Orgánica 2/2010, de 3 de marzo, de salud sexual y reproductiva y de la interrupción
voluntaria del embarazo.
Legal
No existen limitaciones legales de tipo personal o social
No existen derechos absolutos y todos los derechos pueden ser limitados o restringidos
por una causa justa
Razones sociales o personales no médicas que pueden justificar la denegación de un
tratamiento de reproducción asistida
Ético

Incapacidad de comprender

Sospecha de coacción o falta de autonomía ( vicio de consentimiento )

Sospecha de daño físico o psíquico al paciente o pareja

Antecedentes de abuso o violencia física o psíquica sobre pareja o descendencia

Incapacidad física o mental para cuidar hijos

Dudas sobre el bienestar físico, social o psicológico del futuro nacido

Dudas sobre capacidad de llevar un embarazo saludable

Negativa a completar estudios o incumplimiento pautas tratamiento

Edad avanzada

Limitación de vida de los progenitores

Ausencia de posibilidades de resultados

Nuevos modelos de familia
Las parejas fértiles no están limitadas en su reproducción
Se niega un hijo por ser infértil
Nacer Mejor
Negar
Tratamiento
No Nacer
El médico debe atender con la misma diligencia y solicitud a todos los pacientes, sin
discriminación alguna.
El médico tiene el derecho a negarse por razones de conciencia a aconsejar alguno de los
métodos de regulación y de asistencia a la reproducción.
Debe considerar que el personal que con él colabora tiene sus propios derechos y deberes.
Código Deontológico de la Organización Médica Colegial de España
Para la prestación de servicios de salud a la mujer, la justicia exige igualdad de
trato para todas ellas, independientemente de su situación socioeconómica.
En raras ocasiones la autonomía del paciente puede entrar en conflicto con el bienestar del
futuro niño. Tales ocasiones incluyen aspectos de las circunstancias presentes o pasadas del
paciente o de su pareja que puedan tener como resultado la incapacidad de cuidar, durante
su infancia, del niño que está por nacer.
Si, por razones no clínicas, el médico fuese incapaz o se mostrase remiso a ofrecer un
servicio médico deseado por el paciente, deberá hacer todo lo posible para referir el caso a
personas adecuadas.
Las decisiones relacionadas con el tratamiento o la negativa a proporcionar tratamiento a
los pacientes deben reflejar el equilibrio entre la autonomía del paciente y la
responsabilidad del paciente para con el futuro niño .
RECOMENDACIONES SOBRE TEMAS DE ÉTICA EN OBSTETRICIA Y GINECOLOGÍA
Comité Para El Estudio de los Aspectos Éticos de la Reproducción Humana de la FIGO
Es una particularidad de los tratamientos de fertilidad que la existencia de otra persona (el
futuro niño) cuyo bienestar debe ser tomado en consideración, es esperada y planificada.
Esto significa que la autonomía del paciente debe contrabalancearse con la responsabilidad
para con el futuro niño.
MARCO ÉTICO PARA RECOMENDACIONES SOBRE TEMAS DE ÉTICA EN OBSTETRICIA Y GINECOLOGÍA.
Comité Para El Estudio de los Aspectos Éticos de la Reproducción Humana de la FIGO
Una mujer no recibirá tratamiento hasta que se haya tenido en cuenta el bienestar de cualquier niño que pueda
nacer como resultado del tratamiento (incluida la necesidad de cuidado de los padres), y de cualquier otro niño
que pueda verse afectado por el nacimiento.
HFEA Code of Practice. The Human Fertilization and Embryology Authority
Acogimiento Permanente
Adopción
Criterios de valoración:







Al menos un solicitante debe ser mayor de 25 años
La edad del solicitante no puede ser mayor de 60 años salvo que la pareja sea menor de 45 años
Acreditar una convivencia minima de 2 años
En caso de solicitud individual debe haber pasado más de un año en caso de divorcio o separación
En caso de antecedentes traumáticos en la unidad familiar ( muerte de un hijo etc.) haber transcurrido
más de un año
Cuando existan enfermedades físicas o psíquicas que dificulten el cuidado normal del menor se hará una
valoración personalizada
Disponer de medios de vida estables y suficientes.
Procedimientos:

Curso de formación de 5 sesiones obligatorias, 4 entrevistas ( 2 sociales y 2 psicológicas)
Se debe alentar a los médicos clínicos a que se nieguen a iniciar una opción de tratamiento que
ellos consideren inútil siempre que hayan informado al paciente que ellos consideran que tal
opción es inútil.
Se debe alentar a los médicos a negarse a iniciar una opción de tratamiento si ellos consideran
que el pronóstico es malo, siempre que informen al paciente plenamente y refieran al
paciente a otros especialistas, en caso de ser adecuado.
El garantizar altas tasas de éxito como resultado de negarse a tratar pacientes cuyo pronóstico
es malo debe considerase como una acción no ética.
MARCO ÉTICO PARA RECOMENDACIONES SOBRE TEMAS DE ÉTICA EN OBSTETRICIA Y GINECOLOGÍA
Comité Para El Estudio de los Aspectos Éticos de la Reproducción Humana de la FIGO
Ético


Principio de justicia exige tratar a todos los pacientes que lo precisen sin otros
condicionamientos que los propiamente médicos o legales
Principio de responsabilidad exige el deber de cuidar y preocuparse del otro
vulnerable. Debe existir un compromiso con la salud, bienestar y desarrollo del
posible nacido
Se puede negar un tratamiento pero nadie está obligado a ello salvo
exigencias médicas o legales
•
Conclusiones
La capacidad para negar un tratamiento por causas no médicas o legales es difícil y es preciso evitar discriminación
injustificada.
Debe existir evidencia de que el nacido estaría sujeto a un riesgo significativo de daño o negligencia.
La evaluación debe ser justa. Nunca se podrá denegar por razones de raza, religión, discapacidad, estado civil u
orientación sexual.
Deberían existir procedimientos documentados escritos sobre la negación del tratamiento.
La decisión debe ser colegiada, por miembros del equipo del centro o por un Comité de Ética y contar con
informes de especialistas cualificados (Trabajadores sociales, Psicólogos).
No es ético rechazar pacientes por su mal pronóstico con el fin de mejorar resultados.
No es ético tratar pacientes sin posibilidad de resultado, por fines económicos
Los motivos de rechazo deben entregarse por escrito a los pacientes
Se debe ofrecer la posibilidad de recurrir la decisión
Debe proporcionarse información sobre centros de referencia u otros especialistas
Debe quedar constancia escrita de todo el proceso en la historia clínica
VIOLENCIA CONTRA LA MUJER
La violencia contra la mujer tiene múltiples facetas y refleja
la desigual relación de poder existente entre hombres y
mujeres en prácticamente todas las sociedades. Sólo
reconociendo el problema se puede resolver.
Los médicos, como defensores de la mujer, están en una posición única para ayudar en
la solución. Por lo tanto, es deber de las asociaciones profesionales y de los médicos dar
a conocer información acerca de la frecuencia de tipos de violencia contra la mujer y las
implicaciones que ésta tiene para la sociedad en general, si se permite que continúe
impunemente.
No permitiré que entre mi deber y mi enfermo vengan
a interponerse consideraciones de religión, de
nacionalidad, de raza, partido o clase.
Juramento Hipocrático.
Grupo de Interés de la Sociedad Española de Fertilidad
sobre Ética y Buena Práctica Clínica
Grupo de Interés de la Sociedad Española de
Fertilidad
sobre Ética y Buena Práctica Clínica