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1) LA LEY 12723 DE 09 DE OCTUBRE DE 2012, QUE AUTORIZA
LA INSTALACIÓN DE TIENDAS FRANCAS (TIENDAS LIBRES
DE IMPUESTOS) EN LOS MUNICIPIOS DE LAS FAJAS DE
FRONTERAS DE CIUDADES DEL BRASIL
La presente ley Brasilera al autorizar la instalación de Tiendas
libres de impuestos en las ciudades fronterizas del Brasil,
provocara una profunda disminución del ingreso de divisas de
los brasileros a nuestras ciudades fronterizas que actualmente
viven del turismo de compra ya que los ciudadanos brasileros
atraídos por los precios más bajos de nuestros productos
constantemente cruzan la frontera e inyectan recursos
económicos que permiten el desarrollo económico y social de la
nuestras ciudades brindando empleos dignos y
mejores
condiciones de vida a los bolivianos.
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Adicionalmente a la instalación de estas tiendas
libres de impuestos que restaran toda
competitividad a nuestro comercio dadas las
actuales condiciones impositivas, arancelarias y
económicas con las que contamos actualmente.
a pesar de existir normativa boliviana que
privilegia nuestras ciudades fronterizas como el
TRATADO DE ROBORÉ que lamentablemente
no se cumple ni implementa.
2)NORMATIVA DE LA ADUANA BRASILERA RFB
NO.1533 DEL 22 DE DICIEMBRE DE 2014 la
REDUCCIÓN DE LA CUOTA DE COMPRA DE
LOS
BRASILEÑOS
EN
CIUDADES
FRONTERIZAS DEL EXTERIOR DE 300
DOLARES a 150 DOLARES, reduciendo el
mercado de venta de nuestras tiendas en un
50%, hecho que provocara la contracción de la
economía desmotivando aun más la creación de
nuevas fuentes laborales, inversiones y
construcción de una economía formal y legal en
nuestras ciudades.
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b.1) MARCHA PACIFICA DEL 17 DE MARZO:

b.2) ELABORACION DE CARTAS Y
REUNIONES AUTORIDADES DE
ENTIDADES PÚBLICAS COMPETENTES DE
NUESTRO GOBIERNO.
La Constitución Política del Estado establece :
Artículo 262. II. La zona de seguridad fronteriza estará sujeta a
un régimen
jurídico, económico, administrativo y de seguridad especial,
orientado a promover y priorizar su desarrollo, garantizar la
integridad del Estado.
 Artículo 264. I. El Estado establecerá una política permanen
te de desarrollo armónico, integral, sostenible y estratégico de las
fronteras, con la finalidad de mejorar las condiciones de vida de su
población, y en especial de las naciones y pueblos indígena
originario campesinos fronterizos.
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El Decreto Supremo No. 29894 que establece la
Estructura Organizativa del Poder Ejecutivo del
Estado Plurinacional menciona en el articulo 18
como una atribución del Vice ministerio de
Relaciones Exteriores:
k) Asumir, en coordinación con las instancias
pertinentes, el deber del Estado Plurinacional de
preservar la integridad territorial, impulsar el
desarrollo de las zonas fronterizas y asegurar la
delimitación y demarcación de las fronteras
internacionales.
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
La Ley 100 de 04 de abril de 2011 marco normativo
de la Agencia para el Desarrollo de las Macro regiones
y Zonas Fronterizas establece los siguientes
presupuestos:
Artículo 2. (FINALIDAD). La presente Ley tiene por
finalidad proteger el territorio nacional en zonas de
frontera, evitar el saqueo de los recursos naturales,
promover el desarrollo de las actividades
económicas lícitas e implementar medidas y acciones
dirigidas a lograr la seguridad alimentaria y energética
y de lucha contra el tráfico ilegal de mercancías en el
Estado Plurinacional de Bolivia.

Artículo 7. (AGENCIA PARA EL DESARROLLO DE LAS MACROREGIONES Y
ZONAS FRONTERIZAS – ADEMAF). La Agencia para el Desarrollo de las Macro
regiones y Zonas Fronterizas - ADEMAF, es la instancia responsable de articular la
ejecución de las decisiones del Consejo para el Desarrollo Fronterizo y Seguridad,
en este marco, adicionalmente a las funciones establecidas en su norma
específica, cumplirá las siguientes funciones:
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1. Proponer estrategias y mecanismos para el desarrollo integral en fronteras.
2. Ejecutar programas y/o proyectos destinados a promover el desarrollo de las
zonas fronterizas.
3. Contribuir al trabajo de las instituciones públicas con presencia en fronteras,
para impulsar su desarrollo.
4. Articular el trabajo de las entidades encargadas de la prevención y lucha contra
el contrabando en fronteras.
5. Proponer en coordinación con las entidades públicas competentes,
mecanismos de prevención y control del tráfico de mercancías en fronteras.
6. Otras funciones orientadas al cumplimiento de las decisiones del Consejo para
el Desarrollo Fronterizo y Seguridad.
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En ese sentido y por todo lo anteriormente expuesto, solicitamos
respetosamente a su Digna Autoridad quiera ordenar a las entidades
competentes (Ministerio de Relaciones Exteriores, ADEMAF, Aduana
Nacional, Servicio de Impuestos Nacionales y otras que Ud.
considere), organicen y participen en mesas de trabajo en La Paz o en
nuestra región con el propósito de plantear soluciones integrales e
inmediatas a la problemática ya expuesta.
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Inicialmente proponemos los siguientes puntos de trabajo a ser tratados
en las mesas:

a) La representación y gestiones diplomáticas ante el Gobierno de Brasil
para dejar sin efecto la REDUCCIÓN DE LA CUOTA DE COMPRA DE
LOS BRASILEÑOS EN CIUDADES FRONTERIZAS DEL EXTERIOR DE
300 a 150 DOLARES AMERICANOS, DISPOSICIÓN CONTEMPLADA
EN LA NORMATIVA DE LA ADUANA BRASILERA RFB NO.1533 DEL 22
DE DICIEMBRE DE 2014.

b) La Creación de Zonas de libre comercio en las ciudades de
Puerto Suárez, Puerto Quijarro para atraer inversiones, crear
fuentes laborales, activar la economía de la frontera y mejorar la
calidad de vida de sus habitantes equilibrando nuestra situación
ante la propuesta normativa gubernamental del Brasil de la
INSTALACIÓN DE TIENDAS FRANCAS (TIENDAS LIBRES DE
IMPUESTOS) EN LOS MUNICIPIOS DE LAS FAJAS DE
FRONTERAS DE CIUDADES DEL BRASIL DISPUESTA POR LA
LEY 12723 DE 09 DE OCTUBRE DE 2012.
Conocedores de que la ciudad de Cobija del departamento de
Pando goza de privilegios y un sinnúmero de beneficios
aduaneros, impositivos y de otra índole, que han mejorado las
condiciones de vida de sus habitantes y que nosotros reclamamos
por tener las mismas necesidades.

c) La revisión e implementación de
TRATADO DE ROBORÉ de 1958 mismo que
establece, mayores facilidades para el
comercio local, mejoras arancelarias,
beneficios y exenciones tributarias y
aduaneras, etc.

d) El analizar, discutir otras salidas y
propuestas de fondo que eviten el descalabro
económico y social que amenaza nuestras
poblaciones a corto plazo.