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Código de Etica del Trabajador Social en Puerto Rico Dra. Norma L. Batista SOWO 2503 Inter Fajardo El Código de Ética del trabajador social Desarrollado por el Colegio de Trabajo Social de Puerto Rico Revisado en 2010; Vigencia desde 1 de junio de 2011 Rige la conducta ética de todos los/as trabajadores sociales en el País Principios 1. 2. 3. 4. 5. 6. SERVICIO JUSTICIA SOCIAL DIGNIDAD Y VALOR DEL SER HUMANO IMPORTANCIA DE LAS RELACIONES HUMANAS INTEGRIDAD COMPETENCIA Basado en que el/la trabajador social, entienda que: Su función principal es servir a la gente Su profesión se fundamenta en la dignidad humana La rectitud debe orientar sus conductas Las personas tienen derecho a recibir servicios Canon I. El Trabajador Social como profesional Protege la integridad de la Profesión. Tendrá su licencia y colegiación vigente. Distinguirá sus acciones personales de las profesionales. No discriminará a sus clientes. Será dedicado y comprometido con su Profesión. Rehusará encomiendas en contra de este Código. Competencia profesional Se mantendrá actualizado. Demostrará competencias y destrezas. Ofrecerá información veraz sobre sus cualificaciones. Contribuirá al enriquecimiento de la Profesión. Denunciará practicas discriminatorias. Evitará etiquetar a las personas al evaluarlos Integridad Identificará influencias que entorpezcan su ética en su ejecutoria profesional. Dará crédito a quienes se lo merecen. Denunciará la conducta antiética de otros trabajadores sociales. Actuará en su vida personal de tal manera que no dañe su imagen profesional. Canon II – El trabajador social y sus clientes Ofrecerá información correcta y completa sobre sus servicios. Evitará los conflictos de intereses durante el ejercicio de sus funciones. Dará por terminada su intervención cuando así se justifique. Respetará el derecho del cliente a la autodeterminación. Evitará prácticas discriminatorias o abusivas. Realizará ponderaciones basadas en elementos profesionales. No establecerá relaciones afectivo-amorosas con sus clientes. Evitará las relaciones duales o múltiples. Evitará realizar intervenciones con parientes. Rechazará regalos , cualquier intercambio de favores o bienes con sus clientes. Canon III – La confidencialidad Al principio de la intervención, informará al participante sobre la confidencialidad y sus límites. Salvaguardará el derecho de los participantes a la confidencialidad. Informará al participante su derecho de acceso a su expediente Medios electrónicos Pondrá en ejecución los cánones de confidencialidad al utilizar estos medios de comunicación con su cliente. Asegurará la información almacenada en estos medios. Manejo de expedientes Garantizará la seguridad de los expedientes. Orientará al cliente respecto a su derecho de ver su expediente. Orientará al cliente sobre las excepciones a la privacidad del expediente. Canon IV- El trabajador social y sus compañeros de profesión Las relaciones deben basarse en el respeto mutuo. Comunicará por escrito al Colegio sobre acciones perjudiciales de algún colega. Efectuará la transferencia pertinente de casos a los colegas. Mantendrá al margen a los participantes de disputas con compañeros. Canon V - El trabajador social y la sociedad Mantendrá al día su conocimiento sobre los problemas sociales del País. Se esforzará para que sus participantes tengan acceso a los servicios que necesitan. Fomentará cambios en las políticas sociales y públicas. Establecerá relaciones con los cuerpos legislativos y agencias concernidas. Estará disponible para ofrecer sus servicios de manera voluntaria en situaciones de emergencia nacional. Demostrará sensibilidad hacia el cuidado del ambiente. Canon VI- El trabajador social y la supervisión Preservará la dignidad del personal bajo su supervisión. Mantendrá un proceso consistente de supervisión. Ofrecerá mentoría, consultoría y seguimiento a sus supervisados. Mantendrá actitud de respeto, apertura y disposición de escuchar. Canon VII- El trabajador social y la investigación Mantendrá los principios de respeto, beneficencia y justicia para los sujetos bajo estudio. Evaluará riesgos y beneficios para los participantes. Someterá su diseño de investigación a agencias de protección de humanos. Mantendrá actitud ética en todo momento. Protegerá a los sujetos de cualquier daño. Hará un uso ético de los datos obtenidos durante su investigación.