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Tribunal Disciplinario
de la
Federación Médica Venezolana
Mérida, Edo. Mérida. Año 2007
DÍA MUNDIAL DE LA ÉTICA MEDICA
Violaciones a la Ética
Dr. Ismar López Requena
Presidente del Tribunal Disciplinario
VIOLACIONES A LA ÉTICA
VIOLACIONES A LA ÉTICA
 CONCEPTOS:
 ÉTICA: ético1, ca. (Del lat. ethĭcus, y este del
gr. ἠθικός). adj. Perteneciente o relativo a la
ética. || 2. Recto, conforme a la moral. || 3. m.
desus. Persona que estudia o enseña moral. ||
4. f. Parte de la filosofía que trata de la moral y
de las obligaciones del hombre. || 5. Conjunto
de normas morales que rigen la conducta
humana. Ética profesional.
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VIOLACIONES A LA ÉTICA
 ORÍGENES:
 Tiempos primitivos: no existía reglas.
La medicina
Los médicos
visos mágicos
poderes divinos.
DE LA RESPONSABILIDAD
JURIDICA DEL MEDICO. Autor: Dr.
Nelsón Hernández. Año 1.999
VIOLACIONES A LA ÉTICA
 ORÍGENES:
 Código de Hammurabí
(1793-1750 A.C.):
Codifica una serie de
leyes para regular la
práctica de la cirugía y
por primera vez se
definieron , deberes y
responsabilidades
del
cirujano
y
se
establecieron sanciones
que eran tan drásticas
como
el
daño
ocasionado.
VIOLACIONES A LA ÉTICA
 ORÍGENES:
Juramento
Hipocrático:
( 460- 377 a.C.),
 Es la fuente de
la Ética Médica,
debido a la serie
de obligaciones
del médico.
VIOLACIONES A LA ÉTICA
 ORÍGENES:
 Ley Cornelia ( 480 D.C.)
 Ley Aquilia ( 480 D.C.)
 Digesto:
Es una compilación
jurisprudencia romana.
de
la
DE LA RESPONSABILIDAD
JURIDICA DEL MEDICO. Autor: Dr.
Nelsón Hernández. Año 1.999
VIOLACIONES A LA ÉTICA
 ORÍGENES:
Código de Justiniano:
Compilación legislativa
llevada a cabo por el
emperador de Bizancio
Justiniano I
(527-565 D.C.).
VIOLACIONES A LA ÉTICA
 Dr. José Gregorio Hernández:
VIOLACIONES A LA ÉTICA
 DIA MUNDIAL DE LA ÉTICA MÉDICA
18 de Septiembre
VIOLACIONES A LA ÉTICA
 En Venezuela:
 Las normas de Ética Médica, están contenidas
en:
VIOLACIONES A LA ÉTICA
VIOLACIONES A LA ÉTICA
 PRINCIPIOS ETICOS EN EL EJERCICIO
DE LA MEDICINA :
1.- Toda decisión médica involucra a seres
humanos. (Hay que respetar la autonomía
del paciente.
2.- Toda decisión médica comporta la
escogencia de una opción entre varias y
c/u con un resultado diferente.
DE LA RESPONSABILIDAD
JURIDICA DEL MEDICO. Autor: Dr.
Nelsón Hernández. Año 1.999
VIOLACIONES A LA ÉTICA
“Artículo 1°.- El respeto a la vida, dignidad, y a la
integridad de la persona humana, constituyen en
todas las circunstancias el deber primordial del
médico.” C.D.M.
Esta norma tiene una gran fuerza MORAL, fija
una conducta o una actitud, un comportamiento
dirigido fundamentalmente a la búsqueda del
bienestar del paciente, sin causarle daño. En el
ejercicio médico se cometen violaciones a la
ética sobre todo en el campo privado, citamos a
continuación:
DE LA RESPONSABILIDAD
JURIDICA DEL MEDICO. Autor: Dr.
Nelsón Hernández. Año 1.999
VIOLACIONES A LA ÉTICA
 1. Violación a los Deberes de Confraternidad:
Artículo 106: La Confraternidad Profesional se refiere a la
comunidad de intereses entre quienes ejercen una misma
profesión, siempre que se fundamente en la aceptación
consciente de que forman parte de una institución
disciplinada, cuya unidad corporativa depende del
cumplimiento por parte de sus integrantes, de los deberes
que los mismos se han impuesto en forma voluntaria, y no
propiamente de hermandad para justificar desafueros o
cualquier modalidad de actuación reprochable en aras de
una mal entendida solidaridad profesional.
Artículo 107: En buena confraternidad profesional, los
médicos están en la obligación de mantener recíproca
colaboración ….
VIOLACIONES A LA ÉTICA
 2. El rechazo a los enfermos de SIDA:
- Se niega la atención médica basados en
falsos moralismos a la ética y legalmente
indefendible.
- Miedo a la contaminación
- Se debe ser precavido en la atención a
estos pacientes para reducir el riesgo
VIOLACIONES A LA ÉTICA
 3.- De los honorarios profesionales:
La LEM y el CDM establece que los honorarios
deben estar inspirado en el principio del
JUSTIPRECIO
teniendo
en
cuenta
la
importancia y tipo de prestaciones, la situación
económica del paciente, la experiencia
profesional y otras circunstancias relacionadas
con el acto médico ( Ex. y Tecnologías).
El malestar radica en no informar el monto en el
momento oportuno y el de homologar la
profesión con una actividad comercial.
VIOLACIONES A LA ÉTICA
 3.- De los honorarios profesionales:
La LEM Artículo 38: “EL médico se halla
obligado a informar al paciente el monto
de sus honorarios antes de la realización
de actos médicos, quirúrgicos o de
cualquier otro tipo y no podrá negarse a
suministrar al enfermo las explicaciones
que éste requiera concernientes al monto
de los mismos”.
VIOLACIONES A LA ÉTICA
 3.- De los honorarios profesionales:
Otra violación es la tendencia de otros
especialistas a cobrar honorarios a sus colegas
y a sus familiares, ambos exonerados.
El
CDM
Articulo
108:
“El
médico,
independientemente de su especialidad, tiene el
deber de prestar atención gratuita a sus colegas.
Gozan de igual derecho el cónyuge, la viuda
mientras no contraiga nuevas nupcias, el padre
y la madre. Los hijos menores de 18 años
gozarán de este privilegio mientras dependan
económicamente del médico…”
VIOLACIONES A LA ÉTICA
 3.- De los honorarios profesionales:
Del mismo modo el CDM en su Artículo 163: “El
derecho a la justa remuneración por los servicios
prestados es independiente del resultado de los
mismos.
Cuando se comprueba ya no error excusable,
sino negligencia o incompetencia profesional, el
médico no debe - moralmente - reclamar
honorarios”.
VIOLACIONES A LA ÉTICA
 4.- De la partición de honorarios o dicotomía:
La repartición de honorarios esta reñida con la
ética
en
la
Ley
y
el
CDM
La LEM Artículo 113: “Literal 9. Los médicos que
efectúen partición de honorarios con otros
profesionales médicos o para-médicos, o con
técnicos auxiliares, o que retribuyan a
intermediarios o perciban comisiones por
actividades de ejercicio profesional”.
VIOLACIONES A LA ÉTICA
 4.- De la partición de honorarios o dicotomía:
Artículo 166 del CDM: “Queda categóricamente
proscrita la dicotomía, es decir la partición de
honorarios entre médicos o entre éstos y el
personal auxiliar o cualquier otra persona, por
constituir un acto contrario a la dignidad
profesional.
Es repudiable por inmoral el consorcio de dos o
más médicos para referirse pacientes sin que
prive una evidente necesidad de colaboración en
provecho exclusivo del enfermo.
VIOLACIONES A LA ÉTICA
VIOLACIONES A LA ÉTICA
 5.- Violaciones de los derechos del enfermo:
Artículo 72 del CEM: El enfermo tiene derecho a:
1) Exigir de los médicos que lo asisten y de los demás
integrantes del equipo de salud, un elevado grado de
competencia profesional y a esperar de los mismos una
conducta moral irreprochable.
2) Ser atendido en forma respetuosa y cordial por el médico y
por los demás integrantes del equipo de salud.
3) Ser informado de la naturaleza de su padecimiento
oportunamente, de los riesgos inherentes a la aplicación de
los procedimientos diagnósticos y a conocer las posibles
opciones.
4) Recibir la información necesaria para dar un
consentimiento válido (libre), previo a la aplicación de
cualquier procedimiento diagnóstico o terapéutico.
VIOLACIONES A LA ÉTICA
 5.- Violaciones de los derechos del enfermo:
Artículo 72 del CEM: El enfermo tiene derecho a:
5) Que se respete su intimidad durante la realización del acto
médico.
6) Que se respeten sus confidencias y a que las discusiones
concernientes a la información que ha suministrado, exámenes
practicados y estado de salud, se conduzcan con discreción y
carácter confidencial.
7) Exigir honorarios justos y a examinar y pedir información
adecuada del monto de los mismos, no pudiendo el médico tratante
negarse a suministrar las explicaciones que el primero considere
convenientes.
8) Rehusar determinadas indicaciones diagnosticas o terapéuticas
siempre que se trate de un adulto mentalmente competente. El
derecho a la autodeterminación no puede ser abrogado por la
sociedad a menos que el ejercicio del mismo interfiera los derechos
de los demás. Si tal decisión pone en peligro la vida del enfermo,
debe el médico exigir la presencia de testigos que den fe de la
decisión del mismo y anotar la información pertinente en la
correspondiente historia clínica.
VIOLACIONES A LA ÉTICA
 5.- Violaciones de los derechos del enfermo:
Artículo 72 del CEM: El enfermo tiene derecho a:
9) Rechazar en determinadas circunstancias su participación
en procedimientos de investigación en seres humanos y a
conocer el reglamento de la institución donde se halla,
incluyendo las regulaciones concernientes a sus limitaciones
personales.
10) El derecho del enfermo de disponer de su cuerpo, luego
de su muerte, mediante la autorización de que sus órganos
puedan ser utilizados con fines humanitarios: transplantes,
procedimientos de investigación, estudios de disección
anatómica, es de obligatorio cumplimiento sobre bases
estrictamente morales. Igual conducta deberá aportarse
cuando el enfermo no desea la inhumación tradicional sino
otro procedimiento de disposición de su cuerpo: cremación,
embalsamamiento.
VIOLACIONES A LA ÉTICA
VIOLACIONES A LA ÉTICA
 6.- De la publicidad y los anuncios Médicos:
Se reconoce la necesidad de educación médica
de la población, lamentablemente en la
publicidad actual hay temas que afectan a la
ética profesional de los médicos que se prestan
a propagandas, se da conocimientos de
procedimientos, técnicas y drogas nuevas, sin
estar avaladas por una estudio científico,
estimulando falsas esperanzas en el paciente
VIOLACIONES A LA ÉTICA
 6.- De la publicidad y los anuncios Médicos:
Artículo 20 del CDM:.- Son contrarios a la moral médica:
a) Cualquier publicidad encaminada a atraer la atención del público
profano hacia la acción profesional, con excepción de los avisos en
la prensa autorizados por el respectivo Colegio de Médicos.
b) La publicación de artículos de índole médica de carácter científico
o divulgativo que no se ajusten a las disposiciones establecidas al
efecto en el Código. Las Sociedades Científicas, al igual que
cualquiera otra institución, o Asociación de Médicos, podrá avalar la
promoción publicitaria de medicamentos o productos de consumo
masivo, que gocen del respaldo de estudios científicos, la
autorización debe contar, igualmente con la aquiescencia del
Colegio de Médicos o de la Federación Médica Venezolana, según
el caso.
VIOLACIONES A LA ÉTICA
 6.- De la publicidad y los anuncios Médicos:
c) La participación del médico, con carácter de tal, en
programas, entrevistas o publicaciones de radio,
televisión y prensa que violen las disposiciones
contenidas
en
el
presente
Código.
d) Las declaraciones sobre asuntos gremiales en la
prensa, radio, televisión u otros medios de información,
que no se ajusten a las disposiciones de este Código, el
Estatuto de la Federación Médica Venezolana y a los
Reglamentos que dicte esta última, de conformidad con
el numeral 2 del articulo 70 de la Ley de Ejercicio de la
Medicina.
VIOLACIONES A LA ÉTICA
 6.- De la publicidad y los anuncios Médicos:
e) Firmar certificaciones, dar declaraciones o escribir
artículos recomendando, explícita o implícitamente,
especialidades
farmacéuticas
u
otros
medios
terapéuticos.
Artículo 21 del CDM: “La información gremial será
suministrada por el Comité Ejecutivo de la Federación
Médica Venezolana y las Juntas Directivas de los
Colegios de Médicos, a través de sus voceros
autorizados. Cualquier otro médico podrá expresar sus
opiniones gremiales, estando obligado a admitir que lo
hace a título personal y no institucional…”
VIOLACIONES A LA ÉTICA

6.- De la publicidad y los anuncios
Médicos:
h) Derivar enfermos del Hospital u otras dependencias
de atención médica a los servicios privados de esas
instituciones o a clínicas o consultorios particulares
con fines de lucro, salvo mandato expreso del
paciente o sus familiares.
i)
Aprovechar las situaciones de privilegio para la
compra con fines de lucro, de productos médicos,
farmacéuticos u otros artículos en las instituciones que
dirijan, si éstas son de carácter público.
ii)
j) Participar como comisionista en compañías
encargadas de la elaboración o venta de productos
farmacéuticos o biológicos, mientras esté en ejercicio
activo de la profesión.
VIOLACIONES A LA ÉTICA
VIOLACIONES A LA ÉTICA

7.- Del Intrusismo:
Artículo 22: Intrusismo es el ejercicio de la
Medicina por personas no autorizadas
legalmente para ello. Se entiende por ejercicio
de la medicina la prestación de servicios
encaminados a la conservación, fomento,
restitución de la salud y rehabilitación física o
psico-social de los individuos y de la
colectividad; la prevención diagnóstico y
asesoramiento médico-forense así como la
investigación y docencia clínicas en seres
humanos, de acuerdo a los establecido en el
artículo 2 de la Ley de Ejercicio de la
Medicina.
VIOLACIONES A LA ÉTICA

7.- Del Intrusismo:
Artículo 23: La Federación Médica Venezolana y los
Colegios de Médicos de la República deberán
mantener una permanente campaña en contra del
intrusismo médico, y utilizar todos los medios legales y
gremiales que tenga a su disposición para combatir a
los intrusos.
Todo médico tiene la obligación de denunciar cualquier
caso de intrusismo, del cual tenga conocimiento, por
ante el respectivo Colegios de Médicos o por ante
Federación
Médica
Venezolana.
Se describen las siguientes variedades de Intrusismo:
VIOLACIONES A LA ÉTICA

7.- Del Intrusismo:
1. Intrusismo médico propiamente dicho.
1.1. Intrusismo académico: Es el médico que pretende
ejercer académicamente sin estar capacitado y
reconocido para ello.
1.2. Intrusismo dentro del ejercicio médico: Es el
médico que intenta ejercer una especialidad para la
cual no está debidamente preparado ni reconocido.
VIOLACIONES A LA ÉTICA

7.- Del Intrusismo:
1.3 Intrusismo del medico no revalidado: Es el médico
graduado de universidades extranjeras y que sin
haber realizado la respectiva revalidación o
convalidación de su título con Universidad
Venezolana, pretende ejercer la Medicina en nuestro
país y aquel médico venezolano que trayendo un título
de especialidad de una Universidad Extranjera, ejerza
en el país sin el reconocimiento de la Federación
Médica Venezolana.
2. Intrusismo de Médicos en otras especialidades
no médicas: son aquellos que invaden campos
consagrados legalmente a otras profesiones.

VIOLACIONES A LA ÉTICA
7.- Del Intrusismo:
3. Intrusismo Paramédico: profesionales no médicos
que realizan actos médicos.
4. Intrusismo Empírico
4.1 Medicina Tradicional o Popular: son personas no
médicos que realizan el acto médico ( Brujos,
Chamanes, Curanderos, etc.,)
4.2 Uso de criterios diagnósticos y métodos
terapéuticos pseudo científicos
4.3 Personas no profesionales que realizan actos
médicos: son personas no médicas quienes realizan
métodos invasivos o no, los cuales deben ser
realizados por el especialista respectivo.
VIOLACIONES A LA ÉTICA

7.- Del Intrusismo:
5. Intrusismo Político-Administrativo:
Uso de personal no médico en la
administración de programas médico-asistenciales
y sanitarios que deben estar bajo la coordinación de
personal médico.
VIOLACIONES A LA ÉTICA

8.- El mèdico frente al paciente con
enfermedad terminal:
 Artículo 76:- “La persona que sufre de
una enfermedad fatal tiene legítimo
derecho a que se le preste atención, a
que se le dedique el tiempo necesario y
a que se le siga considerando un ser
humano”.
VIOLACIONES A LA ÉTICA

8.- El mèdico frente al paciente con enfermedad
terminal:

Sin embargo constituye una falta a la ética medica
el hospitalizar en una UCI enfermos terminales con
evidencia de irrecuperabilidad, así lo estatuye el
Artículo 29 LEM: “EL ingreso y la permanencia de
los enfermos en las Unidades de Cuidado
Intensivo deberá someterse a normas estrictas de
evaluación, destinadas a evitar el uso injustificado,
inútil y dispendioso de estos servicios en
afecciones que no las necesiten y en la asistencia
de enfermos irrecuperables en la etapa final de su
padecimiento”.
VIOLACIONES A LA ÉTICA

9.- De la referencia de pacientes:
 Artículo 113 CEM: “Normas elementales
de Cortesía profesional deben regir la
referencia de los pacientes, debiendo
cumplirse con el suministro de la
necesaria información que sirva al
médico consultado para la buena
continuidad del acto médico.
En igual forma debe proceder el médico
consultado, al indicarle el regreso del
paciente al médico tratante”.
VIOLACIONES A LA ÉTICA
10.- La Huelga Mèdica:
 La
constitución garantiza que los
servicios públicos no pueden ser
paralizados si con ello se afecta la salud
y la vida de algún ciudadano.
 Las huelgas médicas resultan siempre
en perjuicio del enfermo.
 El Juramento Hipocrático impone al
médico actuar “en bien de los enfermos”
y “nunca para mal de nadie”.
VIOLACIONES A LA ÉTICA

10.- La Huelga Mèdica:
 Artículo 24 LEM: La conducta del
médico se regirá siempre por normas de
probidad, justicia y dignidad. El respeto a
la vida y a la persona humana
constituirá, en toda circunstancia, el
deber principal del médico; por tanto,
asistirá a sus pacientes atendiendo sólo
a las exigencias de su salud,
cualesquiera que sean las ideas
religiosas o políticas y la situación social
y económica de ellos
VIOLACIONES A LA ÉTICA

10.- La Huelga Mèdica:
 Artículo 25 (Ordinal 3) LEM: Actuar en
forma acorde con las circunstancias y los
conocimientos científicos que posean en
los casos de pacientes en estado de
inconsciencia y de urgencias médicas
que puedan constituir evidente peligro
para la vida de éstos.
VIOLACIONES A LA ÉTICA

10.- La Huelga Mèdica:
Artículo 26 LEM: “Es obligatorio para
todo médico, excepto en los casos de
comprobada imposibilidad, prestar sus
servicios en las siguientes situaciones:
1. Cuando se trate de un accidente o de
cualquiera otra emergencia …
VIOLACIONES A LA ÉTICA

10.- La Huelga Mèdica:
Artículo 5° CDM: En todo momento,
inclusive durante situaciones conflictivas,
el médico deberá asegurar la atención
de los enfermos graves o en condiciones
de urgencia.
La Huelga Médica no es ética, desvirtúa
la esencia misma del arte y noble
profesión.
VIOLACIONES A LA ÉTICA

11.- Otras Faltas:
1.
Creemos que hacer esperar un enfermo de 4 ò 5
horas, en un consultorio es una violación Deontológica
2.
El CED en su Artículo 151.- Incurre en falta contra la
ética profesional, sin perjuicio de la responsabilidad
penal o civil, que le corresponda el médico que:
a) Consigne en el certificado cualquier dato falso o
términos que puedan inducir a duda, con
trascendencia legal o administrativa.
VIOLACIONES A LA ÉTICA

11.- Otras Faltas:
b) Expide certificado de falsa vacunación.
c) Certifica actos o procedimientos médico-quirúrgicos
no realizados.
d) Certifica falsamente el diagnóstico de enfermedad
mental.
e) Expide un certificado falso de nacimiento vivo, el
médico está obligado a garantizar la identidad
biológica y civil del niño.
VIOLACIONES A LA ÉTICA

11.- Otras Faltas:
3.
Artículo 178 CDM: Debe condenarse la práctica ilegal
adoptada por algunas Instituciones al contratar
estudiantes de Medicina para efectuar - sin
supervisión calificada - guardias diurnas y nocturnas y
sin que las mismas formen parte del programa de
adiestramiento de la Institución en la cual realizan su
aprendizaje de pre-grado.
Esta actuación origina implicaciones de orden ético y
legal para la población atendida, para la institución
empleadora y para los profesionales que ejercen la
misma.
VIOLACIONES A LA ÉTICA

11.- Otras Faltas:
4.
Artículo 178 CDM: Debe calificarse de práctica
altamente reprochable la anotación en las historias
médicas de comentarios peyorativos y en ocasiones
de carácter ofensivo - bien para el enfermo o relativos
a las opiniones o recomendaciones hechas por otros
colegas que también intervienen en el manejo de los
problemas del paciente - justificándose la aplicación a
sus autores, de sanciones proporcionales al grado de
la falta cometida.
Es también condenable la inclusión de datos falsos,
enmendaduras o sustracción de hojas de la historia
por no estar de acuerdo con lo allí descrito, o para
ocultar errores cometidos.
VIOLACIONES A LA ÉTICA