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Sistema Facturala-MYSuite
A nuestros clientes:
Comunicamos a ustedes que ya están próximos los cambios del SAT Anexo 20, mismos que
estarán vigentes a partir del 1° de Julio de 2012.
MYSuite ya ha realizado la actualización en las Plataformas Test y Productivo, en las cuales
puede realizar CFDI´s con versión 3.0 y 3.2 y familiarizarse con los nuevos requerimientos.
Por el momento se pueden realizar CFDI 3.0 Y 3.2. A partir del 1° de Julio desaparecerá ésta
opción y sólo se emitirán 3.2.
Les pedimos ingresar y visualizar las modificaciones para estar al tanto con anticipación y evitar
contratiempos.
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MYSuite Full Web
Los cambios se visualizaran de manera automática al ingresar al Sistema en el
formulario que utilizan actualmente para facturar; aquí encontrarán los nuevos campos
requeridos por el SAT.
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Modificaciones SAT
2012
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Modificaciones Anexo 20
Campos que eran
REQUERIDOS y ahora serán
OPCIONALES
• Nombre del Emisor.
• Domicilio de Emisor.
• Nombre de la Aduana.
NO hay ningún impacto
Campos que eran OPCIONALES
y ahora serán REQUERIDOS
• Unidad de Medida (para MYSuite siempre ha sido
obligatorio).
• Método de pago (efectivo, cheque, transferencia, etc.).
Podrá tener impacto si no eran utilizados
en CFDI ya que ahora son requeridos
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Modificaciones Anexo 20
Nuevos campos
REQUERIDOS
que se
• Régimen Fiscal del emisor
• Lugar de expedición
ADICIONAN
Nuevos campos
OPCIONALES
que se
ADICIONAN
Nuevos campos que
se adicionan para
PAGOS EN
PARCIALIDADES
• Número de cuenta con la que se realizó el pago.
• Tipo de cambio (CFDI).
• Moneda (CFDI).
• Serie
• Folio Original
• Fecha de folio original
• Monto original
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Representación Gráfica
NOTA:
Las
Representaciones
Gráficas
Personalizadas se actualizarán sin
costo y deberá dar aviso al siguiente
correo:
[email protected]
Si requiere alguna modificación
adicional contactar con su Gerente de
Negocios
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Proceso en MYSuite
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Datos Fiscales - Régimen Fiscal
Régimen fiscal a señalar en la
emisión de comprobantes
fiscales
Antes
de
emitir
sus
comprobantes, deberá llenar
los campos referentes a
Régimen Fiscal aún teniendo en
consideración poder optar por
la expresión NO APLICA.
Proceso OBLIGATORIO
poder emitir sus CFDI’s.
para
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Por el momento se pueden realizar CFDI 3.0 y 3.2.
A partir del 1° de Julio desaparecerá ésta opción
y sólo se emitirán 3.2.
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Domicilio Emisión (Lugar de expedición)
Domicilio de Emisión
Usted podrá ingresar los datos
del Lugar de Expedición, en
caso de no hacer uso de ésta
opción MYSuite tomará el
Municipio y el Estado que se
tengan capturados en su
Domicilio Fiscal .
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Método de Pago (Requerido)
Identificación de forma de
pago en el CFDI
I.2.7.1.12. Para los efectos del
artículo 29-A, fracción VII,
inciso c) del CFF, en los casos en
los que el pago se realice
mediante más de una forma,
los contribuyentes expresarán
las formas de pago que
conozcan al momento de la
expedición del comprobante,
separadas por comas, en el
apartado del comprobante
fiscal designado para tal efecto.
No obstante lo anterior, los
contribuyentes podrán cumplir
con dicho requisito señalando
en el apartado del
comprobante fiscal designado
para tal efecto, la expresión
“No identificado”.
CFF 29-A
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Cuenta de Pago (Opcional)
Identificación de forma de
pago en el CFDI
I.2.7.1.12. Asimismo, el dato
referente a los últimos cuatro
dígitos del número de cuenta,
de la tarjeta o monedero, se
incorporará en el apartado
correspondiente, siguiendo el
mismo orden que el indicado
para la forma de pago.
No obstante lo anterior, los
contribuyentes podrán cumplir
con dicho requisito señalando
en el apartado del
comprobante fiscal designado
para tal efecto, la expresión
“No identificado”.
CFF 29-A
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Forma de Pago parcialidades (Opcional)
Concepto de pago en
parcialidades
I.2.7.1.14. Para efectos del
artículo 29-A, fracción VII,
inciso b) del CFF, se entenderá
que existe pago en
parcialidades cuando la
contraprestación se extinga en
más de una exhibición,
independientemente del monto
de cada una de éstas y del
plazo pactado.
CFF 29-A
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Régimen Fiscal (Requerido)
Régimen fiscal a señalar en la
emisión de comprobantes
fiscales
I.2.7.1.3. Para los efectos del
artículo 29-A, fracción I del CFF,
los contribuyentes tendrán por
cumplido el requisito de
señalar en los comprobantes
fiscales el dato del régimen
fiscal en el que tributen en
términos de la Ley del ISR,
cuando se señale en el
apartado designado para tal
efecto, la expresión “No aplica”.
CFF 29-A, RMF 2012 I.2.8.3.2.,
I.2.8.3.1.7., I.2.8.3.1.9.
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Unidad de Medida (Requerido)
Concepto de unidad de
medida a utilizar en los
comprobantes fiscales
I.2.7.1.5. Para los efectos del
artículo 29-A, fracción V, primer
párrafo del CFF, por unidad de
medida debe entenderse a las
unidades básicas del Sistema
General de Unidades de
Medida a que se refiere la Ley
Federal sobre Metrología y
Normalización, las señaladas en
el Apéndice 7 del Anexo 22 de
las Reglas de Carácter General
en Materia de Comercio
Exterior y las demás aceptadas
por la Secretaría de Economía.
En los casos de prestación de
servicios o del otorgamiento
del uso o goce temporal de
bienes, se podrá asentar la
expresión “No aplica”.
CFF 29-A
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CONTACTO
Quedamos a sus órdenes para cualquier duda.
soporte @mysuitemex.com
[email protected]
Saludos cordiales.
Equipo Facturala-MySuite
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