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INSTITUTO DE
INVESTIGACIONES
ECONOMICAS.
ECUADOR
“APORTE DE LA DOCTRINA SOCIAL DE
LA IGLESIA A LAS FINANZAS POPULARES Y
SOLIDARIAS”
Eco. Mariana Naranjo Bonilla
Instituto de Investigaciones Económicas - PUCE
Quito, 8 de Octubre de 2014
Contenido de la Presentación:
1. La visión y voluntad de la Iglesia ecuatoriana en el
trabajo con las organizaciones de la EPS
2. La Economía Social y Solidaria en el Ecuador
2.1. Antecedentes normativos de la EPS
2.2. Importancia de la EPS en el Ecuador
2.3. El nuevo contexto normativo de la EPS
3. Aporte de la Doctrina Social de la Iglesia a las Finanzas
Populares: roles
4. Reflexiones finales - Desafíos para la Iglesia frente al
compromiso con las organizaciones de la EPS
1. La visión y voluntad de la Iglesia ecuatoriana en el trabajo
con las organizaciones de la EPS
El marco de referencia para el trabajo de la Iglesia es la Tradición
de la fe apostólica. En ella se fundamenta su visión y voluntad
Tres referencias fundamentales guían su acción:
•La encíclica social de 29 de Junio de 2009
•Encíclica Octogesima adveniens (1973) Pablo VI
•Caritas en el corazón pastoral de la Iglesia
Adicionalmente, la enorme desigualdad social que subsiste en
Ecuador, reclamando por justicia y bien común; así como el
marco normativo vigente, son la base de su acción.
“La caridad, para con Dios y con el prójimo, es la referencia
esencial de la Doctrina Social de la Iglesia. Para la Iglesia y para la
vida cristiana, la caridad lo es todo porque “Dios es amor” (“Deus
Caritas Est”, 1Jn 4,8.16).
“Sobre el principio de “Caritas in veritate,” la DSI define
orientaciones morales para la organización de la vida social:
La promoción de la justicia: caridad y justicia son inseparables.
La caridad exige la justicia porque es su medida mínima.
La búsqueda del bien común: El bien común es el bien de la
comunidad social. Buscar el bien común es exigencia de justicia y
de caridad. Ello supone cuidar y utilizar las mediaciones
institucionales (jurídicas, civiles, políticas y culturales) a través de
las cuales se ordena y desarrolla la sociedad”.
Partiendo de esta visión, Pablo VI afirma en PP dos mandatos:
 La Iglesia, en todo su ser y obrar, cuando anuncia, celebra y
actúa en la caridad, tiende a promover el desarrollo integral.
 El auténtico desarrollo humano concierne a la totalidad de la
persona en todas sus dimensiones. Esta integralidad exige
específicamente una visión trascendente de la persona.
En su encíclica Octogesima adveniens (1973) Pablo VI reflexionó
sobre la política y el peligro que representaban las visiones
utópicas e ideológicas, potencialmente inhumanas.
Otros dos documentos de Pablo VI, sin ser propiamente doctrina
social, ayudan a entender el sentido pleno de desarrollo que
propone la Iglesia.
i.
La Humanae vitae (1968) subraya los fuertes vínculos
existentes entre la ética de la vida (en el ámbito personal y
familiar) y la ética social.
ii.
La Evangelii nuntiandi (1975) afirma que “entre evangelización
y promoción humana (desarrollo, liberación) existen
efectivamente lazos muy fuertes.”
Queda así claro, que el testimonio de la caridad de Cristo,
concretado en obras de justicia, paz y desarrollo, forma parte de
la tarea evangelizadora; y es la visión que guía el trabajo de la
Iglesia con las organizaciones de la EPS.
DEFINICIÓN:
La Ley Orgánica de la Economía Popular y Solidaria y del
Sector Financiero Popular y Solidario
“entiende por economía popular y Solidaria a la forma de
organización económica, donde sus integrantes, individual o
colectivamente, organizan y desarrollan procesos de
producción, intercambio, comercialización, financiamiento y
consumo de bienes y servicios, para satisfacer necesidades y
generar ingresos, basadas en relaciones de solidaridad,
cooperación y reciprocidad, privilegiando al trabajo y al ser
humano como sujeto y fin de su actividad, orientada al buen
vivir, en armonía con la naturaleza, por sobre la apropiación, el
lucro y la acumulación de capital.” (Art. 1).
Es la norma que guía el trabajo de la Iglesia con las
organizaciones de la EPS
2. La Economía Social y Solidaria en el
Ecuador
2.1. Antecedentes normativos de la EPS
Primera Ley de Cooperativas dictada en 1937, con la
Ley de Comunas y el Código de Trabajo,
• En 1966 se dictó la Ley de Cooperativas
• En el año 2008, la Constitución ecuatoriana contiene
una serie de normas referentes a la EPS
• En 2011 se aprobó la Ley Orgánica de Economía
Popular y Solidaria y del Sector Financiero Popular y
Solidario
•
2.2. Importancia de la Economía Social y
Solidaria en el Ecuador –ESSNuestra economía está conformada por tres sectores
agregados:
A) Economía empresarial privada
B) Economía pública
C) Economía popular y solidaria
En Ecuador no existe información sistematizada sobre la ESS,
estudios exploratorios recientes estiman lo siguiente:
2.2. Importancia de la Economía Popular y
Solidaria en el Ecuador –EPS• Actualmente el 50% del empleo nacional es generado
por microempresas
• Las microempresas generan alrededor del 25,7% del
PIB
• Se estima existen alrededor de 2000 Bancos
Comunales, grupos solidarios; que involucran a unos
40.000 socios y socias.
• Existen más de mil cooperativas de ahorro y crédito
• Este sector llega a casi US$1.500 millones de activos
y más de 2.000.000 de socios
• Más de 316.000 UPAS entre 1 y 5 has, producen el
65% de alimentos de consumo básico;
GRÁFICO 1
ECUADOR: EMPLEO NACIONAL POR SUBSECTOR
ECONÓMICO 2009
7%
29%
Economía Pública
64%
Economía Privada
Economía Popular
Fuente: “Ochoa Tocachi Eric, “Ecuador: El Sistema Económico Social y
Solidario y la Economía Popular y Solidaria”, enero 2012
GRÁFICO 2
ECUADOR: EMPLEO NACIONAL POR GÉNERO 2009
Hombres
Mujeres
Economía Popular
60%
40%
Economía Privada
59%
41%
Economía Pública
54%
0%
10%
20%
30%
46%
40%
50%
60%
70%
80%
90% 100%
Fuente: “Ochoa Tocachi Eric, “Ecuador: El Sistema Económico Social y
Solidario y la Economía Popular y Solidaria”, enero 2012
2.3. El nuevo contexto normativo de la EPS
•
•
•
•
•
Constitución Política del Estado,2008
Ley y Reglamento específicos de la Economía
Popular y Solidaria y Sector Financiero Popular y
Solidario, 2011
Código Orgánico de la Producción, 2010
Código Orgánico de Organización
Territorial, Autonomía y Descentralización, 2010 y
2014
Código Orgánico Monetario y Financiero, 2014
Constitución:
La Constitución ecuatoriana aprobada en octubre de
2008, en al menos 12 artículos contiene una serie de
normas referentes a la economía popular y solidaria.
Los artículos que aluden a la economía popular y
solidaria son:
Art. 66, Art. 276, Art. 27, Art. 281, Art. 283, Art. 288,
Art. 309, Art. 311, Art. 316, Art. 318 Art. 319, Art. 321
Ley Orgánica de la Economía Popular y Solidaria y del
Sector Financiero Popular y Solidario
ÁMBITO DE LA LEY
Establece como ámbito de aplicación
“todas las personas naturales y jurídicas, y demás
formas de organización que, de acuerdo con la
Constitución, conforman la economía popular y
solidaria y el sector Financiero Popular y Solidario; y,
las instituciones públicas encargadas de la rectoría,
regulación, control, fortalecimiento, promoción y
acompañamiento¨.
OBJETO DE LA LEY
“Reconocer, fomentar y fortalecer la Economía
Popular y Solidaria y el Sector Financiero Popular y
Solidario en su ejercicio y relación con los demás
sectores de la economía y con el Estado;
Potenciar las prácticas de la economía popular y
solidaria que se desarrollan en las comunas,
comunidades, pueblos y nacionalidades, y en sus
unidades económicas productivas para alcanzar el
Sumak Kawsay”;
EL CÓDIGO ORGÁNICO MONETARIO Y
FINANCIERO
El Código Monetario y Financiero aprobado recientemente
(Septiembre de 2014), en al menos 10 artículos contiene
una serie de normas relacionadas con la economía popular
y solidaria.
Los artículos que aluden al control y supervisión del sector
financiero de la economía popular y solidaria, son:
Art. 62, Art.73, Art. 74, Art. 163, Art. 440, Art. 441, Art.442,
Art. 443, Art. 444.
3. Aporte de la Doctrina Social de la Iglesia a las
finanzas populares
El aporte de la Iglesia puede ser visto desde la
complementariedad de los roles de los distintos actores:
1. Desde el Estado: creando las condiciones a favor de
las EPS (rectoría, regulación, fortalecimiento),
-Control?, acompañamiento??.
1. Desde los propios actores: individuales u
organizados, haciendo más y mejor lo que saben
hacer, “trabajar”
3. Desde la Iglesia: potenciando las prácticas y
capacidades de los más pobres, donde el Estado y el
sistema de mercado no llega. (Fortalecimiento,
promoción y acompañamiento).
3. Aporte de la Doctrina Social de la Iglesia a las finanzas
populares
Desde distintos ámbitos, la Iglesia católica ha mostrado que en la
actividad evangelizadora, hay espacio, no solo para la religiosidad;
sino también para contribuir al logro del bien común espiritual y
material; y que por tanto, la superación de la pobreza es también
responsabilidad de la Iglesia. (siguiendo el mandato de la
Encíclica: “Octogésima adveniens “).
Las autoridades religiosas están abiertas a nuevas reflexiones. La
sabiduría y la prudencia aconsejan no cerrarse ante el mundo y las
autoridades políticas por sus diferencias y contradicciones. Más
bien, en este contexto, es donde el papel de la Iglesia es cada vez
más necesaria.
El “cambio de mentalidad” en la práctica evangelizadora, ha
llevado a la DSI adoptar nuevos estilos de acercamiento a su
pueblo. Una Iglesia debilitada amplifica sus limitaciones para
cumplir su responsabilidad social. El reto, es buscar más, y
nuevas formas de trabajo con el pueblo.
4. Reflexiones finales
1. La creciente incapacidad del sistema económico dominante,
para resolver la inequidad social que genera, y la percepción de
que el mercado excluye a masas crecientes de trabajadores y
consumidores de manera estructural, ha incidido en una
pérdida de legitimidad del sistema de mercado global,
otorgando espacio para acciones correctivas desde el Estado,
y, para acciones alternativas, no convencionales, desde la
Iglesia, ONGs y otros actores interesados.
2. La subsecuente incapacidad del Estado para atender a esa
necesidad masiva de acción social, demanda de acciones
complementarias fuera de lo público, de intervención de otros
actores privados (Iglesia, ONGs, etc.). Más aun, si las acciones
estatales
son
compensatorias
–redistribucionistas
o
asistencialistas-; éstas no resuelven la pobreza, la desigualdad
o la exclusión.
3. Aunque se quiera negar, la acción religioso tiene un papel
importante en el ámbito público: cultural, social y económico.
La DSI ha nacido para reivindicar la “carta de ciudadanía” de la
religión cristiana.
Evitando los excesos del fundamentalismo, la exclusión de la
Iglesia del ámbito público empobrece la vida pública y la priva
de motivaciones éticas, haciendo que la política pierda su
sentido de construcción del bien común.
“En el laicismo y el fundamentalismo se pierde la posibilidad de
un diálogo fecundo entre razón y fe religiosa. La razón necesita
ser purificada por la fe y esto vale también para la razón política.
A su vez, la religión necesita ser purificada por la razón. La
ruptura de este diálogo tiene graves costes para la humanidad”.
Es necesario una mayor intervención de la Iglesia en la
realización de un auténtico desarrollo humano integral
inspirado en los valores de la caridad en la verdad.
Esa intervención requiere de una capacidad para abrir puentes,
establecer diálogo, tolerancia para enfrentar las diferencias. Sin
ellos difícilmente la iglesia (ni el Estado) cumplirá su misión.
“Sin mí no podéis hacer nada” (Jn 15,5).
“Yo estoy con vosotros todos los días, hasta
el final del mundo (Mt 28,20).
En esta clave, el humanismo cristiano es una
fuerza poderosa al servicio del desarrollo, capaz
de vivificar la caridad y dejarse guiar por la
verdad.
GRACIAS