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Exp. 021 Dictamen Núm. I/2012/345 H. CONSEJO GENERAL UNIVERSITARIO PRESENTE A estas Comisiones Permanentes Conjuntas de Educación y de Hacienda ha sido turnado el dictamen 249/2012, de fecha 29 de febrero de 2012, en el que el Consejo del Centro Universitario de Ciencias de la Salud propone suprimir el actual y aprobar el nuevo programa académico de la de la Especialidad en Oncología Médica, y R e s u l t a n d o: 1. Que con dictamen número 21/16, de fecha 10 de enero de 1974, el H. Consejo General Universitario aprobó la creación del programa académico de la Especialidad en Oncología. 2. Que con dictamen número 021/1195, de fecha 12 de agosto de 1996, el H. Consejo General Universitario aprobó la modificación y cambio de nombre del programa académico de la Especialidad en Oncología, para quedar como Especialidad en Oncología Médica, con efecto retroactivo al primero de marzo de 1995. 3. Que el número de pacientes con neoplasias malignas ha tenido un incremento en México y el mundo. Cada año, a nivel mundial se diagnostican 10 millones de casos nuevos de cáncer y dos millones de personas reciben tratamiento antineoplásico o viven con la enfermedad. En las últimas décadas se ha observado un rápido crecimiento en la tecnología médica y los avances en el conocimiento de la biología de la célula maligna, con impacto en los aspectos genéticos, de tamizaje, diagnóstico temprano, estadificación y tratamiento en general del padecimiento. 4. Que estos desarrollos tecnológicos han llevado a un abordaje multidisciplinario, cada vez con mayor coordinación, de cada paciente y cada neoplasia en particular, así como a la necesidad de establecer un entrenamiento formal en un escenario de lineamientos o de una currícula básica en las subespecialidades de la práctica oncológica como la oncología médica, la oncología quirúrgica y la radioterapia. Página 1 de 21 Exp. 021 Dictamen Núm. I/2012/345 5. Que las bases para el establecimiento de la oncología médica como especialidad se fundamentaron, a nivel internacional, a partir de la fundación de la Sociedad Americana de Oncología Clínica [American Society of Clinical Oncology (ASCO)] en 1965. En ese momento, se formuló un sistema uniforme de entrenamiento en oncología médica, con el aval de la Junta Americana de Medicina Interna (American Board of Internal Medicine) en 1973. En 1997 ASCO publicó el documento fuente de entrenamiento para el desarrollo de una currícula en oncología médica. Por su parte, la Sociedad Europea de Oncología Médica [European Society for Medical Oncology (ESMO)] dio inicio a la evaluación de los médicos en activo de esta área en 1989, para garantizar la actualización de sus conocimientos, habilidades y actitudes- lo cual es esencial para proporcionar cuidados médicos de calidad- y estableció el programa de educación médica continua a través de la aprobación de la re-certificación de Oncólogos Médicos de ESMO, introducido en 1994. En el año 2004 ESMO/ASCO propusieron el primer currículum global básico para la formación del especialista en oncología médica. 6. Que en este sentido, definimos a la oncología médica como la rama de la medicina interna que realiza el diagnóstico situacional de la población, con una visión holística. Considera aspectos socioeconómicos, antropológicos y psicológicos, con relación a la atención de los padecimientos oncológicos, empleando agentes de quimioterapia, hormonoterapia e inmunoterapia; considerando estilos de vida relacionados con los riesgos de estas enfermedades, acorde a las necesidades de la población y el desarrollo sustentable, con prácticas clínicas, considerando las necesidades de salud, el perfil epidemiológico, demográfico y el mantenimiento del estado de salud en los diferentes grupos poblacionales que cursen con padecimientos oncológicos. 7. Que el Colegio del Departamento de Clínicas Médicas le extendió al Consejo de la División de Disciplinas Clínicas y éste, a su vez, al Consejo del Centro Universitario de Ciencias de la Salud, la propuesta de modificación del programa académico de la Especialidad en Oncología Médica, aprobada mediante dictamen 249/2012, de fecha 29 de febrero de 2012. 8. Que esta propuesta de modificación al programa educativo de la Especialidad en Oncología Médica está enfocada a dar respuesta a la realidad social del entorno regional, nacional e internacional que cada día se vuelve más compleja. Pretende dar respuesta a las necesidades de un grupo cada vez mayor de personas que cursan con padecimientos oncológicos, realizando acciones preventivas, de diagnóstico temprano, tratamiento oportuno, limitación del daño, rehabilitación y reintegración de los pacientes con padecimientos oncológicos a la vida en sociedad, así Página 2 de 21 Exp. 021 Dictamen Núm. I/2012/345 como el cuidado paliativo y del final de la vida. 9. Que la Especialidad de Oncología Médica cuenta con una planta académica de 11 profesores; 3 con el grado de doctor, 1 con grado de maestría y 7 con diploma de especialidad. 10. Que las líneas de generación y aplicación del conocimiento, relacionadas con el desarrollo del programa educativo son las siguientes: a. b. c. d. e. Cáncer de mama; Cáncer de cabeza y cuello; Cáncer de pulmón; Cáncer renal y del aparato genito-urinario y Calidad de la atención en el paciente oncológico y farmacoeconomía. 11. Que la misión y la visión de la Especialidad en Oncología Médica toma su fundamento de la misión y la visión institucionales, tanto del Centro Universitario de Ciencias de la Salud y la Universidad de Guadalajara, como de la Coordinación de Educación en Salud del Instituto Mexicano del Seguro Social, del Instituto mismo y de la unidad sede del programa: la UMAE Hospital de Especialidades del Centro Médico Nacional de Occidente del IMSS, de las cuales retoma los aspectos filosóficos: a. Misión- Formar médicos especialistas en Oncología Médica con alto sentido social y humano y competencias profesionales integradas de alto nivel para la atención clínica integral, la enseñanza e investigación para ejercer su profesión con calidad y calidez en la población con padecimientos oncológicos. b. Visión- La Especialidad de Oncología Médica al 2020, es reconocida y acreditada nacional e internacionalmente por su formación de especialistas reflexivos y con conocimientos científicos, que brinden atención de calidad a través de competencias profesionales integradas de alto nivel, con alternativas de solución a los problemas oncológicos de salud que aquejan a la sociedad, ejerciendo liderazgo en la innovación continua de su práctica profesional, en el ámbito nacional e internacional. Página 3 de 21 Exp. 021 Dictamen Núm. I/2012/345 12. Que el objetivo general es formar especialistas en oncología médica que realicen acciones preventivas, de diagnóstico temprano, tratamiento oportuno, limitación del daño, rehabilitación y reintegración de los pacientes con padecimientos oncológicos a la vida en sociedad, así como el cuidado paliativo y del final de la vida- en aquellos que, por lo avanzado de la patología, requieran este tipo de soporte-, con una visión holística que considere aspectos biológicos, fisiopatológicos, demográficos, socioeconómicos, antropológicos y psicológicos, tomando en cuenta los avances derivados de la investigación, con un alto sentido humano que les permita desarrollar una práctica profesional innovadora, en ámbitos nacionales e internacionales. 13. Que los objetivos específicos del programa son: a. b. c. d. e. f. g. h. Conocer la historia natural de las patologías oncológicas que afectan a la población mexicana y mundial para participar en foros nacionales e internacionales en el terreno académico, de políticas de atención, científico y de difusión del conocimiento; Realizar acciones preventivas y de diagnóstico temprano de las diversas patologías oncológicas que afectan a los grupos de población más susceptibles; Establecer el tratamiento oportuno que permita limitar el daño y establecer las herramientas de rehabilitación e integración de los pacientes con padecimientos oncológicos a la vida en sociedad; Brindar cuidados paliativos y del final de la vida a los pacientes oncológicos que, por lo avanzado de su patología, requieran de este tipo de soporte; Integrar aspectos biológicos, fisiopatológicos, demográficos, socioeconómicos, antropológicos, psicológicos y éticos en relación con la atención del paciente oncológico, tomando en cuenta los avances derivados de la investigación y la tecnología, con alto sentido humano; Brindar herramientas para el diseño y desarrollo de proyectos de investigación, innovadores en oncología, cuyos resultados puedan ser aplicables a corto y mediano plazo en beneficio de la atención integral del paciente oncológico; Brindar herramientas para el diseño, desarrollo e implementación de programas educativos en oncología médica orientados a mejorar el proceso de atención y la calidad de vida del paciente oncológico, a través de acciones que involucren al paciente y al equipo de salud; y Generar un ambiente propicio para la colaboración en el trabajo multidisciplinario, interdisciplinario y transdisciplinario, basado en principios éticos y de respeto mutuo hacia sus pares y demás personal del equipo de salud, en el proceso de atención del paciente Página 4 de 21 Exp. 021 Dictamen Núm. I/2012/345 oncológico. Página 5 de 21 Exp. 021 Dictamen Núm. I/2012/345 14. Que el perfil profesional de ingreso, respecto a las competencias profesionales que debe poseer es: a. Tiene capacidad para atender los principales elementos que afecten a la salud en la comunidad donde labora, en los niveles de promoción, prevención, diagnóstico, tratamiento y rehabilitación; b. Efectúa el diagnóstico de salud de la comunidad donde labora; c. Conoce la organización y funcionamiento de la infraestructura sanitaria responsable de proporcionar asistencia médica (el Instituto Mexicano del Seguro Social, IMSS, el Instituto de Seguridad y Servicios Sociales para los Trabajadores del Estado, ISSSTE, la Secretaría de Salubridad y Asistencia); d. Contribuye a la resolución de los problemas epidemiológicos de Jalisco y del país, de acuerdo con lo expresado en los planes estatal y nacional de salud; e. Responde a las necesidades y problemas que actualmente se viven en nuestra realidad nacional, impregnado sólidamente de la metodología científica, conocedor de la historia de su pueblo y de la idiosincrasia de sus habitantes, capaz de hacer promoción de salud, protección específica, diagnóstico, tratamiento, limitación del daño y rehabilitación; y f. Asocia estrechamente el estudio al trabajo, a través de “aprender– haciendo”, es decir, que al mismo tiempo que integra sus conocimientos teóricos, le será posible realizar acciones médicas específicas en la comunidad, en las familias y en los individuos, empleando los recursos posibles y necesarios, donde quiera que éstos se encuentren. 15. Que el perfil de egreso de la Especialidad de Oncología Médica es: un profesionista experto y de vanguardia, poseedor de capacidades para resolver los problemas propios de la especialidad con pertinencia y calidad, participando en los procesos de gestión y educación en el ámbito de su competencia. Posee saberes práctico-teóricos y formativos para el manejo óptimo del individuo con patologías del área de la oncología médica y realiza tareas mediante el desarrollo de habilidades que le permiten generar aportaciones originales en las áreas de: asistencia integral del paciente oncológico, investigación en la oncología médica y docencia, a través de las cuales puede contribuir con las organizaciones representativas de la oncología médica nacional e internacional, con beneficios hacia la sociedad en general y el paciente oncológico y su grupo de acogida en lo particular. Las competencias esenciales que debe poseer las agrupamos en: A) Competencias socioculturales (aportan elementos cognitivos, motivacionales, éticos, sociales y de comportamiento), B) Competencias profesionales (aportan saberes teórico-prácticos y valores, sustentados en el desarrollo científico tecnológico de campos disciplinares) y C) Competencias Página 6 de 21 Exp. 021 Dictamen Núm. I/2012/345 técnico-instrumentales (aportan habilidades, destrezas y aptitudes para la comunicación, investigación y educación). Página 7 de 21 Exp. 021 Dictamen Núm. I/2012/345 Competencias socioculturales a. Identifica al paciente como ser humano; domina, en forma profunda, el campo del conocimiento oncológico y muestra habilidad y técnica para brindar atención pertinente en los diferentes contextos complejos; y b. Es respetuoso en el cumplimiento de sus principios éticos, entendiendo la diversidad de características, culturas y preferencias de sus pacientes en su propio entorno, así como sus pares y otro personal del equipo de salud. Competencias profesionales a. Aplica los conocimientos básicos adquiridos para la proposición e implementación de tratamientos quimioterápicos y de blanco molecular; b. Realiza su práctica en base al entendimiento de que la carcinogénesis es un proceso multifactorial que depende de la interacción de factores del huésped y el medio ambiente; c. Realiza su práctica profesional en el ámbito institucional público y privado, con base a normas éticas, leyes y reglamentos vigentes; d. Genera y selecciona entre ideas; da valor a la presentación de teorías, escoge basándose en argumentos razonados, verifica el valor de la evidencia y reconoce la subjetividad del conocimiento científico; e. Establece el diagnóstico y tratamiento pertinente a los problemas del área de la oncología médica, de acuerdo al perfil epidemiológico predominante en los diferentes contextos de su práctica profesional; f. Realiza práctica profesional para la prevención oportuna orientada al diagnóstico temprano y tratamiento pertinente del paciente oncológico; g. Realiza su práctica profesional basado en el modelo de la historia natural de la enfermedad, aplicado a la atención del paciente con patologías oncológicas; h. Conoce la farmacología de los medicamentos oncológicos para la prescripción razonada y pertinente, acorde a las necesidades del paciente con patologías oncológicas; i. Establece los esquemas de quimioterapia pertinentes, de acuerdo a cada patología oncológica, considerando la etapa clínica, el grado de progresión y la intención del tratamiento (curativa o paliativa) en el paciente; j. Comprende tanto los aspectos humanos como los aspectos científicos de la medicina para presentarlos con un enfoque biopsico-social y espiritual hacia sus pacientes y los familiares de éstos o Página 8 de 21 Exp. 021 Dictamen Núm. I/2012/345 su grupo de cuidado mediato, explicando detalladamente el plan de tratamiento y sus posibles consecuencias. Página 9 de 21 Exp. 021 Dictamen Núm. I/2012/345 k. Define, en el caso de la enfermedad terminal, en qué pacientes está indicada el alta hospitalaria por máximo beneficio y las recomendaciones para el cuidado ambulatorio; l. Valora y se compromete en los cuidados al final de la vida de los pacientes que están fuera de manejo oncológico -por lo avanzado de su enfermedad-, en quienes no aplica la reanimación cardiopulmonar y solo estén indicados los mejores cuidados de soporte; y m. Muestra compromiso humanístico y profesional en el trato de los pacientes, independiente a los problemas de tipo laboral como exceso de pacientes, carencia de insumos para la atención y otras situaciones problemáticas (contextos complejos). Competencias técnico-instrumentales a. Demuestra, en la práctica cotidiana, su compromiso con el aprendizaje y el análisis crítico de la información de las ciencias biomédicas, clínicas, epidemiológicas, sociales y de la conducta y su aplicación al cuidado del paciente oncológico; b. Analiza y diseña protocolos de estudio para escrutinio y tamizaje, acorde a los grupos poblacionales y factores de riesgo para las patologías oncológicas más frecuentes, en su entorno epidemiológico; c. Investiga y evalúa los resultados de la práctica clínica oncológica, incorporando nueva evidencia científica y avances en el cuidado de los pacientes, como parte de su práctica profesional, en beneficio de la sociedad; d. Socializa, a través de procesos de comunicación formal e informal, los resultados en los avances científicos que permitan la innovación permanente en la práctica oncológica, en el ámbito nacional e internacional; e. Disposición para el trabajo multidisciplinario, interdisciplinario y transdisciplinario que favorezca los procesos de atención en salud en los que se encuentra inmersa la práctica de la oncología médica; y f. Posee habilidades para la comunicación formal e informal que le permita el intercambio efectivo y respetuoso con los pacientes oncológicos, sus familiares, así como con otros profesionales de la salud, dentro de su comunidad o en el ámbito nacional e internacional. 16. Que la Especialidad en Oncología Médica profesionalizante de modalidad escolarizada. Página 10 de 21 es un programa Exp. 021 Dictamen Núm. I/2012/345 17. Que los programas de posgrado son de la Universidad de Guadalajara y los Centros Universitarios podrán solicitar a la Comisión de Educación del H. Consejo General Universitario, ser sede, y se autorizará la apertura siempre y cuando cumplan con los requisitos y criterios del Reglamento General de Posgrado. En virtud de los resultandos antes expuestos y C o n s i d e r a n d o: I. Que la Universidad de Guadalajara es un organismo público descentralizado del Gobierno del Estado de Jalisco con autonomía, personalidad jurídica y patrimonio propio, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 1 de su Ley Orgánica, promulgada por el Ejecutivo local el día 15 de enero de 1994, en ejecución del decreto No. 15319 del H. Congreso del Estado de Jalisco. II. Que como lo señalan las fracciones I, II y IV, artículo 5 de la Ley Orgánica de la Universidad, en vigor, son fines de esta Casa de Estudios la formación y actualización de los técnicos, bachilleres, técnicos profesionales, profesionistas, graduados y demás recursos humanos que requiere el desarrollo socioeconómico del Estado; organizar, realizar, fomentar y difundir la investigación científica, tecnológica y humanística; y coadyuvar con las autoridades educativas competentes en la orientación y promoción de la educación superior, así como en el desarrollo de la ciencia y la tecnología. III. Que es atribución de la Universidad realizar programas de docencia, investigación y difusión de la cultura, de acuerdo con los principios y orientaciones previstos en el artículo 3 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como la de establecer las aportaciones de cooperación y recuperación por los servicios que presta, tal y como se estipula en las fracciones III y XII, artículo 6 de la Ley Orgánica de la Universidad de Guadalajara. IV. Que de acuerdo con el artículo 22 de su Ley Orgánica, la Universidad de Guadalajara adoptará el modelo de Red para organizar sus actividades académicas y administrativas. V. Que es atribución del Consejo General Universitario, conforme lo establece el artículo 31, fracción VI de la Ley Orgánica y el artículo 39, fracción I del Estatuto General, crear, suprimir o modificar carreras y programas de posgrado y promover iniciativas y estrategias para poner en marcha nuevas carreras y posgrados. Página 11 de 21 Exp. 021 Dictamen Núm. I/2012/345 VI. Que conforme lo previsto en el artículo 27 de la Ley Orgánica, el H. Consejo General Universitario funcionará en pleno o por comisiones. Página 12 de 21 Exp. 021 Dictamen Núm. I/2012/345 VII. Que es atribución de la Comisión de Educación conocer y dictaminar acerca de las propuestas de los Consejeros, el Rector General o de los Titulares de los Centros, Divisiones y Escuelas, así como proponer las medidas necesarias para el mejoramiento de los sistemas educativos, los criterios de innovación pedagógica, la administración académica y las reformas de las que estén en vigor, conforme lo establece el artículo 85, fracciones I y IV del Estatuto General. Que la Comisión de Educación, tomando en cuenta las opiniones recibidas, estudiará los planes y programas presentados y emitirá el dictamen correspondiente -que deberá estar fundado y motivado- y se pondrá a consideración del H. Consejo General Universitario, según lo establece el artículo 17 del Reglamento General de Planes de Estudio de esta Universidad. VIII. Que de conformidad con el artículo 86, fracción IV del Estatuto General, es atribución de la Comisión de Hacienda proponer al Consejo General Universitario el proyecto de aranceles y contribuciones de la Universidad de Guadalajara. IX. Que tal y como lo prevén los artículos 8, fracción I y 9, fracción I del Estatuto Orgánico del Centro Universitario de Ciencias de la Salud, es atribución de la Comisión de Educación de este Centro Universitario dictaminar sobre la pertinencia y viabilidad de las propuestas para la creación, modificación o supresión de carreras y programas de posgrado a fin de remitirlas, en su caso, al H. Consejo General Universitario. X. Que los criterios y lineamientos para el desarrollo de posgrados, así como su organización y funcionamiento, además de la presentación, aprobación y modificación de sus planes de estudio, son regulados por el Reglamento General de Posgrado de la Universidad de Guadalajara y, en especial, por los artículos 1, 3, 7, 10 y del 18 al 28 de dicho ordenamiento. Por lo antes expuesto y fundado, estas Comisiones Permanentes Conjuntas de Educación y de Hacienda tienen a bien proponer al pleno del H. Consejo General Universitario los siguientes R e s o l u t i v o s: PRIMERO. Se suprime el programa académico de la Especialidad en Oncología Médica, que se imparte en el Centro Universitario de Ciencias de la Salud, a partir del ciclo escolar 2013-A. Página 13 de 21 Exp. 021 Dictamen Núm. I/2012/345 SEGUNDO. Se crea el nuevo programa académico de la Especialidad en Oncología Médica, de la Red Universitaria, teniendo como sede al Centro Universitario de Ciencias de la Salud y para ser impartido tanto en el Antiguo Hospital Civil de Guadalajara “Fray Antonio Alcalde”, en el Centro Médico Nacional de Occidente del IMSS, así como en las Unidades Hospitalarias que cuenten con el perfil para el desarrollo del programa y sean reconocidas como sedes del mismo por el Centro Universitario de Ciencias de la Salud, a partir del ciclo escolar 2013 “A”. TERCERO. El programa académico de la Especialidad en Oncología Médica es un programa profesionalizante, de modalidad escolarizada y comprende las siguientes áreas de formación y unidades de aprendizaje: PLAN DE ESTUDIOS Áreas de Formación Área de Formación Básico Particular Obligatoria Área de Formación Especializante Obligatoria Número de créditos para optar al diploma Créditos 135 405 540 % 25 75 100 ÁREA DE FORMACIÓN BÁSICO PARTICULAR OBLIGATORIA Investigación y Educación Médica I UNIDAD DE APRENDIZAJE TIP O HORAS BCA* HORAS AMI** HORAS TOTALE S CRÉDITO S Teórica Prácticas Prácticas s C/ tutor S/ tutor Epistemología y metodología científica CT 178 12 50 240 15 Comunicación científica CT 90 10 76 176 11 Teorías de la educación C 162 16 30 208 13 Desarrollo humano S 50 16 30 96 6 480 54 186 720 45 TOTAL Página 14 de 21 Exp. 021 Dictamen Núm. I/2012/345 Investigación y Educación Médica II UNIDAD DE APRENDIZAJE Diseño de proyectos de Investigación Pedagogía, didáctica médica y recursos educativos TIP O HORAS BCA* HORAS AMI** HORAS TOTALE S CRÉDITO S Teórica Prácticas Prácticas s C/ tutor S/ tutor CT 270 110 52 432 27 CT 200 60 28 288 18 470 170 80 720 45 HORAS AMI** HORAS TOTALE S CRÉDITO S TOTAL Investigación y Educación Médica III UNIDAD DE APRENDIZAJE TIP O HORAS BCA* Teórica Prácticas Prácticas s C/ tutor S/ tutor Estadística avanzada CT 240 24 24 288 18 Elaboración de Tesis CT 100 20 24 144 9 Fundamentos legales, bioéticos y propiedad intelectual CT 120 20 4 144 9 Implementación de técnicas didácticas en los procesos educativos CT 100 40 4 144 9 560 104 56 720 45 TOTAL Página 15 de 21 Exp. 021 Dictamen Núm. I/2012/345 ÁREA DE FORMACIÓN BÁSICA ESPECIALIZANTE OBLIGATORIA Atención Médica I UNIDAD DE APRENDIZAJE Etiología, epidemiología, escrutinio-tamizaje y prevención del cáncer TIP O C HORAS BCA* HORAS AMI** HORAS TOTALE S CRÉDITO S Teórica Prácticas Prácticas s C/ tutor S/ tutor 80 10 6 96 6 CT 112 60 20 192 12 C 450 40 22 512 32 CT 290 20 10 320 20 CT 70 15 11 96 6 Principios de radioterapia C 80 10 6 96 6 Psico-oncología C 80 10 6 96 6 Práctica Clínica I P 100 600 52 752 47 1262 765 133 2160 135 Auxiliares de diagnóstico en oncología Genética, biología molecular e Inmunobiología del cáncer Patología y fundamentos del diagnóstico histopatológico Principios básicos de Cirugía Oncológica TOTAL Página 16 de 21 Exp. 021 Dictamen Núm. I/2012/345 Atención Médica II UNIDAD DE APRENDIZAJE Neoplasias malignas del tórax Neoplasias malignas del aparato gastrointestinal Neoplasias malignas de glándulas endocrinas Neoplasias malignas de cabeza y cuello Neoplasias malignas ginecológicas Neoplasias malignas de mama TIP O HORAS BCA* HORAS AMI** HORAS TOTALE S CRÉDITO S Teórica Prácticas Prácticas s C/ tutor S/ tutor Cl 70 20 6 96 6 Cl 70 20 6 96 6 Cl 70 20 6 96 6 Cl 70 20 6 96 6 Cl 70 20 6 96 6 Cl 70 20 6 96 6 Neoplasias malignas de piel Cl 70 20 6 96 6 Neoplasias malignas del tejido conectivo Cl 70 20 6 96 6 Farmacología en oncología Cl 280 30 10 320 20 Práctica Clínica II P 100 700 272 1072 67 940 890 330 2160 135 TOTAL Página 17 de 21 Exp. 021 Dictamen Núm. I/2012/345 Atención Médica III UNIDAD DE APRENDIZAJE Neoplasias malignas del aparato genito-urinario Neoplasias del sistema nervioso central y periférico Neoplasias hematológicas y asociadas a SIDA Cáncer primario de sitio desconocido Cuidados de soporte en cáncer Terapias biológicas en cáncer Rehabilitación del paciente oncológico Práctica Clínica III TOTAL TIP O HORAS BCA* HORAS AMI** HORAS TOTALE S CRÉDITO S Teórica Prácticas Prácticas s C/ tutor S/ tutor Cl 70 20 6 96 6 Cl 70 20 6 96 6 Cl 70 20 6 96 6 Cl 70 20 6 96 6 Cl 140 40 12 192 12 Cl 70 20 6 96 6 Cl 70 20 6 96 6 P 700 100 592 1392 87 1260 260 640 2160 135 1BCA = horas bajo la conducción de un académico = horas de actividades de manera independiente 3C= Curso CT = Curso Taller CL= Curso Laboratorio N = Clínica P = Práctica S = Seminario 2 AMI CUARTO. Los requisitos de ingreso a la Especialidad en Oncología Médica, además de los previstos por la normatividad universitaria, serán los siguientes: a. Contar con dos años de Medicina Interna; b. Presentar carta compromiso para dedicar tiempo exclusivo a la Especialidad; c. Contar con buena salud física y mental, avalado con certificado de los servicios de salud institucionales; d. Presentar constancia de comprensión del idioma inglés; e. En caso de ser extranjero, contar con la forma migratoria correspondiente y la respectiva homologación de sus estudios de licenciatura por la Universidad de Guadalajara; f. Cumplir con los criterios normativos de ingreso de la Universidad de Guadalajara y de la unidad hospitalaria; g. Aprobar la evaluación de aptitudes y actitudes; h. Aprobar la entrevista con el coordinador del programa. Página 18 de 21 Exp. 021 Dictamen Núm. I/2012/345 Página 19 de 21 Exp. 021 Dictamen Núm. I/2012/345 QUINTO. Los requisitos de permanencia, además de los establecidos por la normatividad universitaria, son los siguientes: a) Aprobar avances semestrales de su trabajo de investigación, ante las instancias establecidas en cada unidad sede y b) Presentar y aprobar examen anual de conocimientos, aplicado por el Centro Universitario de Ciencias de la Salud, a través de la Junta Académica de la especialidad. SEXTO. Son motivos de baja automática de la Especialidad en Oncología Médica los siguientes: a) No acreditar una unidad de aprendizaje; b) No dedicarse de tiempo completo a las tareas de la especialidad, corroborado por la Junta Académica; c) Mostrar conducta inadecuada en el trato a los pacientes, compañeros o profesores. SÉPTIMO. El plan de estudios de la Especialidad en Oncología Médica tiene una duración de 3 años. OCTAVO. Los requisitos para obtener el diploma correspondiente, además de los establecidos por la normatividad universitaria, son los siguientes: a) Cubrir la totalidad de los créditos del correspondiente plan de estudios; b) Aprobar el examen general de conocimientos de la especialidad correspondiente, administrado por la Coordinación de Especialidades Médicas del Centro Universitario de Ciencias de la Salud. NOVENO. Los certificados y el diploma se expedirán como Especialidad en Oncología Médica. DÉCIMO. Para favorecer la movilidad estudiantil y la internacionalización de los planes de estudio, el coordinador de la especialidad, en la sede correspondiente, propondrá anualmente el número de alumnos para intercambio y los criterios que deben establecerse en el convenio para su envío y recepción. DÉCIMO PRIMERO. El costo de la matrícula anual será de acuerdo al arancel establecido por la Universidad de Guadalajara. Página 20 de 21 Exp. 021 Dictamen Núm. I/2012/345 DECIMO SEGUNDO. El costo de operación e implementación de este programa educativo será cargado al techo presupuestal que tiene autorizado el Centro Universitario de Ciencias de la Salud. Los recursos generados por concepto de las cuotas de inscripción y recuperación, más los que se gestionen con instancias patrocinadoras externas, serán canalizados a la sede correspondiente del programa. DÉCIMO TERCERO. Facúltese al Rector General de la Universidad de Guadalajara para que ejecute el presente dictamen, en los términos del artículo 35, fracción II de la Ley Orgánica Universitaria. Atentamente "PIENSA Y TRABAJA" Guadalajara, Jal.; 10 de diciembre de 2012 Comisiones Permanentes Conjuntas de Educación y de Hacienda Dr. Marco Antonio Cortés Guardado Presidente Mtro. Pablo Arredondo Ramírez Dra. Ruth Padilla Muñoz Dr. Héctor Raúl Pérez Gómez Mtro. I. Tonatiuh Bravo Padilla Mtro. Miguel Enrique Magaña Virgen Dr. Martín Vargas Magaña C. Diego Arturo Zavala Trejo C. Marco Antonio Núñez Becerra Mtro. José Alfredo Peña Ramos Secretario de Actas y Acuerdos Página 21 de 21