Download Presentación de PowerPoint

Document related concepts
no text concepts found
Transcript
Asociación Nacional de Especialistas Fiscales de Monterrey, A.C.
Sección de Noticias y
Novedades
 Fiscales
 Comercio Exterior
 Precedentes Judiciales
Rodolfo Moreno
Oscar Garza
Alberto Polanco
MARZO
16 de 2017
Asociación Nacional de Especialistas Fiscales de Monterrey, A.C.
Novedades en Materia Fiscal de Febrero a Marzo 16 de 2017.
Marzo 16 de 2017
Asociación Nacional de Especialistas Fiscales de Monterrey, A.C.
Fecha
Feb/28/2017
Fuente
DOF
Novedad
Se publicó el Acuerdo por el que se emiten Reglas generales para la
aplicación del estímulo fiscal a la investigación y desarrollo de
tecnología regulado en el artículo 202 de la Ley del Impuesto sobre la
Renta.
Como se recordará este estimulo no deberá exceder de 1,500 millones
de pesos por cada ejercicio fiscal ni de 50 millones de pesos por
contribuyente.
Feb/28/2017
DOF
Se publicó el Acuerdo por el que se emiten Reglas generales para la
aplicación del estímulo fiscal al deporte de alto rendimiento.
Asociación Nacional de Especialistas Fiscales de Monterrey, A.C.
Fecha
Mar/10/2017
Fuente
Novedad
Portal
del SAT
Se publicó en forma anticipada el proyecto de la Primera Resolución
Miscelánea Fiscal para 2017 y sus anexos 1,1-A,5,7,15 y 16-A
Se reforman
Regla 2.18.1. En ficha de trámite 192/CFF “Recurso de revocación en
línea ”, se agregó que deberá presentarse a través del buzón tributario.
Se emite la ficha de trámite 251/CFF “Recurso de revocación exclusivo
de fondo presentado a través de buzón tributario”, para efectos de
este nuevo recurso contenido en el artículo 133-B del Código Fiscal
de la Federación.
Asociación Nacional de Especialistas Fiscales de Monterrey, A.C.
Fecha
Mar/10/2017
Fuente
Portal del
SAT
Novedad
Solicitud de saldo a favor de ISR de Personas Físicas a través de la
declaración anual
Regla 2.3.2. segundo párrafo, fracción I (Se reforma)
Al presentar la declaración anual de personas físicas, se aumenta el
monto a $ 50,000.00 (cincuenta mil pesos 00/100 M.N.) de saldo a favor,
por el que se está obligado a utilizar la e.firma o la e.firma portable.
Los contribuyentes podrán utilizar la Contraseña (CIEC) al presentar la
declaración anual del ejercicio en los siguientes supuestos:
a)
Cuando el importe del saldo a favor sea igual o menor a
$10,000.00 (diez mil pesos 00/100 M.N.)
Asociación Nacional de Especialistas Fiscales de Monterrey, A.C.
Fecha
Mar/10/2017
Fuente
Portal del
SAT
Novedad
b)
Cuando el importe del saldo a favor sea mayor a $ 10,000.00
(diez mil pesos 00/100 M.N.) y no exceda de $ 50,000.00
(cincuenta mil pesos 00/100 M.N.), siempre y cuando el
contribuyente seleccione una cuenta bancaria activa para
transferencias electrónicas a 18 dígitos CLABE, a que se refiere
la regal 2.3.6., la cual deberá estar a nombre del contribuyente
como titular, de las precargadas por la autoridad fiscal en el
aplicativo para presentar la declaración anual; de no seleccionar
alguna o capturar una distinta de las precargadas, deberá
presentar la citada declaración utilizando la e.firma o la e.firma
portable.
Regla 2.3.2. tercer párrafo con una fracción IV (Se adiciona)
No procederá la devolución del saldo a favor en personas físicas,
cuando presenten la declaración del ejercicio fiscal inmediato anterior
al que se refiere la presente Resolución con la Contraseña (CIEC),
estando obligadas a utilizar la e.firma o la e.firma portable, en los
términos de la presente regla.
Asociación Nacional de Especialistas Fiscales de Monterrey, A.C.
Fecha
Mar/10/2017
Fuente
Portal del
SAT
Novedad
Regla 2.4.6. tercer párrafo.
Quienes se inscriban con obligaciones fiscales deberán acudir a
cualquier ADSC, dentro de los treinta días siguientes a su inscripción
para tramitar su Contraseña o e.firma, de conformidad con lo
establecido en las fichas de trámite 105/CFF “Solicitud de certificado
de e.firma” y 7/CFF “Solicitud de generación y actualización de la
Contraseña” respectivamente, contenidas en el Anexo 1-A. Si el
contribuyente no se presenta en el plazo y términos señalados, el SAT
podrá dejar sin efectos temporalmente las claves en el RFC
proporcionadas hasta que el contribuyente cumpla con lo establecido
en el presente párrafo.
Asociación Nacional de Especialistas Fiscales de Monterrey, A.C.
Fecha
Mar/10/2017
Fuente
Portal
del SAT
Novedad
Regla 2.8.3.2. último párrafo (Se reforma)
Uso de la e.firma y Contraseña (CIEC) en declaraciones
complementarias.
Por lo que se refiere a las declaraciones electrónicas complementarias
que tengan saldos a favor menores a $ 50,000.00 (cincuenta mil pesos
00/100 M.N.), se podrán presentar a tráves de la e.firma o Contraseña
(CIEC). Por lo que se refiere a las declaraciones complementarias con
saldos a favor superiores a $ 50,000.00 (cincuenta mil pesos 00/100
M.N.) se deberán enviar utilizando únicamente la e.firma
Asociación Nacional de Especialistas Fiscales de Monterrey, A.C.
Fecha
Mar/10/2017
Fuente
Novedad
Portal
del Sat
Se adiciona
Regla 2.4.6.
Se agrega un último párrafo a esta regla, que señala los
contribuyentes personas físicas podrán generar o restablecer su
Contraseña a través del Portal del SAT, del aplicativo SAT Móvil, o
bien, a través del número de orientación telefónica MarcaSAT 627 22
728 desde la Ciudad de México 0 01 (55) 627 22 728 del resto del pais,
en este caso deberán acreditar su identidad ante la autoridad fiscal
contestando correctamente las preguntas que se les formulen sobre la
validación de sus datos y de forma inmediata recibirán vía correo
electrónico registrado ante el SAT, el enlace para la generación o
restablecimiento de la contraseña.
Asociación Nacional de Especialistas Fiscales de Monterrey, A.C.
Fecha
Mar/10/2017
Fuente
Portal
del Sat
Novedad
Criterio Normativo
64/ISR/N Intereses pagados a residentes en el extranjero por
sociedades financieras de objeto múltiple en operaciones entre
personas relacionadas, que deriven de préstamos u otros créditos.
La limitante en la aplicación de la tasa del 4.9% al referirse a los
intereses derivados de los títulos de que se trate, no se circunscribe
exclusivamente a los intereses pagados a personas relacionadas que
deriven de títulos de crédito, sino que también resulta aplicable a los
percibidos de certificados , aceptaciones, préstamos u otros créditos ,
a cargo de sociedades financieras de objeto múltiple que para efectos
de la Ley del ISR forman parte del sistema financiero, entre otras
entidades, dado que no existe una distinción objetiva en el artículo
166, décimo primer párrafo de la Ley del ISR para otorgar un
tratamiento distinto a dichos supuestos.
Asociación Nacional de Especialistas Fiscales de Monterrey, A.C.
Fecha
Fuente
Novedad
Mar/14/2017
Prensa
El
Financiero
El Secretario de Hacienda señaló que el país esta analizando como
responder a una reforma tributaria que incluya un impuesto fronterizo
que impulsa el presidente de los Estados Unidos Donald Trump, pero
que México tiene menos espacio para llevar a cabo cambios fiscales.
Comentario:
Este impuesto podría significar una menor recaudación para el SAT,
por la caída de las ventas de empresas mexicanas, lo que redundaría
en una mayor recaudación, para tratar de llegar a las metas que se
tienen establecidas para 2017.