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ORDENANZA NÚMERO 2.864
VISTO el Expediente N° 9.690/2009 C.D. (Archivo N° 269/2008) “L” 254/2008. LESCANO
OLGA LIDIA. R/ informe de que hasta el día de la fecha no ha percibido el cobro
correspondiente al mes de julio/07 presentada la boleta N° 167.
Con los Despachos de la Comisión de Interpretación, Legislación y Seguridad Pública y de
Presupuesto y Hacienda.
Tratado y aprobado por unanimidad
EL CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO DE AZUL
Sanciona con fuerza de ley la siguiente
ORDENANZA
ARTÍCULO 1°.-
AUTORÍZASE al Departamento Ejecutivo a registrar como deuda y pagar
como gasto de ejercicios (Art. 54 Decreto Provincial N° 2980/2000 RAFAM y Art. 140/141 del
Reglamento de Contabilidad) el importe equivalente a $ 640,00 (Pesos Seiscientos Cuarenta
con 00/00), a favor de LESCANO OLGA LIDIA correspondiente a la carrera de Licenciatura en
Turismo.
ARTÍCULO 2°.- EL gasto correspondiente a ejercicios anteriores, debió haberse imputado a la
siguiente partida presupuestaria:
Ejercicio 2007
Jurisdicción 2 “Secretaría de Gobierno”
Programa 24.01.00 “Licenciatura en Turismo”
3-4-1-0
Estudios, Investigaciones y Proyectos
ARTÍCULO 3°.-
$ 640,00
COMUNÍQUESE al Departamento Ejecutivo.
DADA en la Sala de Sesiones del Concejo Deliberante del partido de Azul, en
la ciudad de Azul, provincia de Buenos Aires, a los veintitrés días del mes de
noviembre de dos mil nueve.
24-11-2009.- mav.-
FUNDAMENTOS
VISTAS, las actuaciones L-254/2008; por la cual la Lic. Lescano, Olga Lidia reclama el pago
del Honorario del mes de julio/07 por el dictado de la materia Matemática I (Álgebra)
correspondiente a la carrera de Licenciatura en Turismo.
Y CONSIDERANDO
Que los dictámenes de los distintos funcionarios, que por el período reclamado y
estando el ejercicio contable finalizado, corresponde aplicar el trámite de reconocimiento de
deuda establecido en el Decreto Provincial N° 2980/2000 RAFAM en su artículo 54.
Que en el precitado expediente se ha anexado la documentación que dio origen a
la deuda, como así también el cumplimiento de los requisitos exigidos por ordenamiento legal
citado.
Por ello, el Concejo Deliberante del partido de Azul sanciona con fuerza de ley la
presente Ordenanza.
ORDENANZA N° 2.864/2009.-