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DECRETO Nº 645 MDS
Paraná, 19 de marzo de 2012
VISTO:
Las presentes actuaciones iniciadas ante el
Ministerio de Desarrollo Social por la Secreta-ría de Gestión Jurisdiccional; y
CONSIDERANDO:
Que mediante las mismas interesa la aprobación del proyecto denominado “Iniciativas Po-pulares Para Mi Barrio”, el que pasa a formar
parte del presente, y que será ejecutado a través de la Subsecretaría de Desarrollo Territorial de la Jurisdicción;
Que el mismo consiste en la realización de un concurso tendiente a incentivar a personas
o grupos al desafío y presentación de iniciati-vas populares que mejoren la realidad social
de su barrio, seleccionándose las 50 mejores propuestas, a las cuales se les brindarán los
fondos necesarios para la ejecución de las mismas;
Que sus objetivos serán brindar un espacio
de participación popular en el desarrollo social desde el barrio, transformar realidades sociales con actividades destacadas a partir de una labor conjunta, identificar actores sociales
comprometidos, apostar al aprendizaje recí-proco entre la población y quienes participen
de esta iniciativa;
Que las propuestas presentadas deberán ser
enfocadas a niños o adolescentes, estable-ciéndose en tal sentido dos categoría de presentación de 5 a 11 años y de 12 a 18 años respectivamente;
Que todas las iniciativas deberán enfocarse en un único eje temático seleccionado entre:
1)
Trabajo y Producción, 2) Cultura, Educación
y Deporte y 3) Medio Ambiente, no debiendo superar las tres páginas y deberán contener
los ítems requeridos al respecto;
Que cada iniciativa seleccionada recibirá un
aporte por hasta la suma de $ 1.250, por única vez, la cual será no reintegrable y deberá ser
rendida ante el Tribunal de Cuentas de la Pro-vincia, para lo cual se faculta por el presente
al Ministerio de Desarrollo Social, a aprobar y disponer los pagos respectivos mediante el
dictado de resoluciones del titular de dicha cartera;
Que para su ejecución se estima una inversión de la suma total de $ 62.500, a cuyo efecto la Subsecretaría de Administración del Ministerio de Desarrollo Social, practicó la reserva preventiva de los fondos con la pertinente in-
tervención de la Sra. Contadora Auditora de la Contaduría General de la Provincia;
Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos de la Jurisdicción ha tomado intervención
dictaminando al respecto;
Que en virtud de todo lo expuesto, resulta
procedente dictar la norma de aprobación de dicho proyecto, como así también declarar de
interés provincial su implementación;
Que lo que en el presente se dispone es
competencia del área del Ministerio de Desa-rrollo Social, según lo establecido por la Ley N°
10093 de Ministerios;
Por ello;
El Gobernador de la Provincia
D E C R E T A :
Art. 1º — Declárase de interés provincial y apruébase el proyecto denominado “Iniciativas
Populares Para Mi Barrio”, el cual pasa a formar parte integrante del presente texto, que
será ejecutado por la Subsecretaría de Desarrollo Territorial del Ministerio de Desarrollo
Social y que consiste en la realización de un concurso tendiente a incentivar a personas o
grupos al diseño y presentación de iniciativas populares que mejoren la realidad social de su
barrio, seleccionándose las 50 mejores pro-puestas, a las cuales se les brindarán los fondos necesarios para su ejecución, detallándo-se en el mismo sus objetivos, modalidad e
implementación del mismo, como así también sus especificaciones de conformidad a lo expresado en los considerandos del presente.
Art. 2º — Facúltase al Ministerio de Desa-rrollo Social a invertir hasta la suma total de
pesos sesenta y dos mil quinientos ($ 62.500),en la ejecución del proyecto aprobado en el
artículo precedente durante el ejercicio 2012, y a disponer la aprobación y pago de la suma
que corresponda a favor de las propuestas seleccionadas, mediante el dictado de resoluciones del Sr. Ministro del área, con cargo de rendir cuenta ante el Tribunal de Cuentas de la
Provincia.
Art. 3º — Impútese el gasto con cargo a los siguientes créditos del presupuesto vigente:
Dirección de Administración 959- Carácter 1-Jurisdicción 40- Subjurisdicción 00- Entidad 0000Programa 01- Subprograma 00- Proyec-to 00- Actividad 01- Obra 00- Finalidad 1- Fun-ción 31Fuente de Financiación 11- Subfuente de Financiación 0001- Inciso 5- Partida Princi-pal 1Partida Parcial 4- Partida Subparcial 0000- Departamento 84- Ubicación Geográfica 07.
Art. 4º — Autorízase a la Subsecretaría de Administración Jurisdiccional, a emitir ordenes
de pago con sus respectivas solicitudes de fondos ante la Tesorería General de la Provin-
cia y a efectuar los pagos pertinentes.
Art. 5º — El presente decreto será refrenda-do por el señor Ministro Secretario de Estado
de Desarrollo Social.
Art. 6º — Regístrese, comuníquese, publí-quese y archívese.
SERGIO D. URRIBARRI
Carlos G. Ramos