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SALA CONSTITUCIONAL SC-CP-05-11 San José, 28 de abril de 2011 SALA CONSTITUCIONAL RESUELVE LA ACCION SOBRE LAS ADOPCIONES INTERNACIONALES Por unanimidad, la Sala Constitucional declaró con lugar la acción presentada por la Defensoría de los Habitantes y el Patronato Nacional de la Infancia de Limón contra la Jurisprudencia del Tribunal de Familia de San José en materia de Adopciones Internacionales. Este Tribunal declaró inconstitucional la jurisprudencia, según la cual las disposiciones del Convenio de la Haya no son aplicables a los casos de la adopción internacional directa. Esta sentencia tiene efectos declarativos y retroactivos a la fecha de vigencia de la jurisprudencia anulada, sin perjuicio de las sentencias pasadas en autoridad de cosa juzgada. Asimismo, se dimensionan los efectos de la sentencia para que se entienda que, los Tribunales de Familia están obligados a aplicar las disposiciones del Convenio de la Haya a todo tipo de adopción internacional que todavía no esté firme, y atendiendo siempre el interés superior del menor. Sobre el interés superior del menor, la Sala en reiterada jurisprudencia ha indicado que los niños y las niñas tienen derecho a las medidas de protección que en su condición de menores requieren, por parte de su familia, sociedad y el Estado. Éste último, establece como deber fundamental la protección del interés superior del menor, en cuenta, en los procesos de adopciones. (2002-11937, 2009-2577, 1997-2052, 2008-11262). Sobre las adopciones, éstas establecen un vínculo de filiación con los mismos efectos y consecuencias que el vínculo que une a los padres e hijos consanguíneos, de carácter proteccionista. La acción de inconstitucionalidad fue resuelta por sentencia 20115269 de las 15:14 hrs. del 27 de abril de 2011. Sala Constitucional