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SALA CONSTITUCIONAL
SC-CP-05-11
San José, 28 de abril de 2011
SALA CONSTITUCIONAL RESUELVE LA ACCION SOBRE
LAS ADOPCIONES INTERNACIONALES
Por unanimidad, la Sala Constitucional declaró con lugar la acción
presentada por la Defensoría de los Habitantes y el Patronato Nacional de la
Infancia de Limón contra la Jurisprudencia del Tribunal de Familia de San
José en materia de Adopciones Internacionales.
Este Tribunal declaró inconstitucional la jurisprudencia, según la cual
las disposiciones del Convenio de la Haya no son aplicables a los casos de la
adopción internacional directa.
Esta sentencia tiene efectos declarativos y retroactivos a la fecha de
vigencia de la jurisprudencia anulada, sin perjuicio de las sentencias pasadas
en autoridad de cosa juzgada.
Asimismo, se dimensionan los efectos de la sentencia para que se
entienda que, los Tribunales de Familia están obligados a aplicar las
disposiciones del Convenio de la Haya a todo tipo de adopción internacional
que todavía no esté firme, y atendiendo siempre el interés superior del menor.
Sobre el interés superior del menor, la Sala en reiterada jurisprudencia
ha indicado que los niños y las niñas tienen derecho a las medidas de
protección que en su condición de menores requieren, por parte de su familia,
sociedad y el Estado. Éste último, establece como deber fundamental la
protección del interés superior del menor, en cuenta, en los procesos de
adopciones. (2002-11937, 2009-2577, 1997-2052, 2008-11262).
Sobre las adopciones, éstas establecen un vínculo de filiación con los
mismos efectos y consecuencias que el vínculo que une a los padres e hijos
consanguíneos, de carácter proteccionista.
La acción de inconstitucionalidad fue resuelta por sentencia 20115269 de las 15:14 hrs. del 27 de abril de 2011.
Sala Constitucional