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EL MATRIMONIO
Veamos un video…
Matrimonio en la Antigua Roma
Objetivo: Dentro de las principales instituciones, destinada a generar hijos legítimos
buscando la herencia del patrimonio de sus padres.
Sellan alianza entre políticos y así mantener el status social dentro de la polis. La
edad para la alianza comenzaba a los 12 años para las mujeres y los 14 años para los
varones.
Legado: Del rito romano se continúa con algunas tradiciones como: consentimiento
de los padres, anillo de compromiso, velo de la novia, unión de las manos o el beso
de la novia al concluir el rito.
La fuerza jurídica comienza en la época de la República romana.
Hasta el año 455 a.C., solo los patricios podían casarse. Después de esta fecha, se
legisla para que el matrimonio se extendiera a todos los ciudadanos, permitiendo el
matrimonio entre clases sociales (patricios y plebeyos).
Matrimonio en la Antigua Roma
Requisitos: Capacidad jurídica matrimonial, edad y consentimiento de los
contrayentes y de los pater familias.
Restricciones: No podían acceder al conubium: extranjeros, esclavos, actores,
prostitutas.
No existía conubium entre padre e hija, madre e hijo (incluso si el hijo o hija era
adoptado) ni entre hermanos (incluso si eran medio hermanos).
Noviazgo: Celebración con la presencia de ambas familias, el novio ofrecía un anillo a
la novia, colocado en el dedo anular y se establecía el monto de la dote.
Tipos de matrimonio: Cum manu y Sine manu.
Matrimonio en la Antigua Roma
Ceremonia: A la víspera de la boda, la novia regalaba sus juguetes de infancia y su
collar regalado para quitar el mal de ojos. El día de la boda, la novia utilizaba una
túnica recta y tiesa, de color blanco que cubría los pies. Utilizaba un velo color
naranja, con una corona de hojas de naranjo.
Se celebraba la cena nupcial en la casa de la novia, donde se simulaba el rapto por
parte del novio durante el banquete, los participantes simulaban el llanto.
Luego un camino con antorchas guiaba a la pareja a la casa del marido. La prónuba
acompañaba a la novia a la cama del matrimonio donde se daba por terminada la
unión.
Tipos de uniones conyugales
Endogamia:
Del griego Endon (dentro) y Gamos (unión). Matrimonio o unión de individuos en la
cual, se impone que sea de la misma familia, linaje o grupo.
Exogamia:
Al contrario de la endogamia, la exogamia, restringe el matrimonio entre miembros de
un mismo grupo. Se busca evitar matrimonio de una misma tribu, linaje, clan,
localidad. El cónyuge debe ser elegido de un grupo ajeno.
Monogamia:
Vínculo sancionado por el matrimonio, donde hay exclusividad de pareja entre dos
personas que puede durar toda la vida.
Poligamia:
Tipo de normativa social que permite que una persona esté en vínculo matrimonial con
varias personas al mismo tiempo. El derecho occidental no reconoce esta práctica.
Tipos de uniones conyugales
Sororal:
Unión en matrimonio de un varón con un conjunto de hermanas (poligamia sororal). En
la mayoría de los casos, hay una hermana que cumple el rol de esposa principal. Esta
institución suele estar reservada para el caso de los varones cuya esposa ha fallecido o
ha dejado vacantes algunas de sus funciones sociales, especialmente la relacionada
con la reproducción biológica del grupo.
Poliandria:
Es una condición menos extendida geográficamente, en la cual una mujer puede estar
al mismo tiempo en matrimonio con varios varones. En todos los casos conocidos, la
poliandria se debe a que en las poblaciones en donde se ha practicado ha existido una
alta tasa de masculinidad, un exceso numérico de varones en relación al de mujeres
casaderas posibles, y los varones que se han vinculado con mujeres de su misma etnia,
no pueden vincularse con mujeres de otras etnias.
Tipos de uniones conyugales
Matrimonio civil:
Matrimonio civil es el matrimonio que se contrae, formaliza e inscribe ante las
autoridades civiles (registro civil, administración pública, jueces o autoridades
municipales) y no ante las autoridades religiosas, ni siguiendo el rito de una religión
(matrimonio religioso).
Sin embargo, el matrimonio civil no excluye necesariamente el matrimonio religioso, y,
de hecho, en numerosos sistemas jurídicos, en caso de contraerse un matrimonio
religioso, el matrimonio civil tiene lugar de forma simultánea a éste.
La legislación chilena contempla que, la celebración del matrimonio ante entidades
religiosas, puede producir efectos civiles, para ello debe ser inscrito en un plazo de
ocho días ante el Servicio de Registro Civil e Identificación.
Preguntas… Trabajar con su compañer@ de
puesto
1.¿Qué relación existe entre matrimonio
y vocación?
2.¿Cuál es el valor del matrimonio para la
sociedad y por qué se necesita que sea
un acto social?