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CAJA DE SALUD DE LA BANCA PRIVADA (C.S.B.P.)
TÉRMINOS DE REFERENCIA DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS
PROFESIONAL MÉDICO CIRUJANO PEDIATRA
1.
Objeto de la Contratación o Prestación de Servicios .Vender servicios médicos de calidad y con calidez a los asegurados y
beneficiarios de la C.S.B.P. en la especialidad de Cirugía Pediátrica,
adecuándose al marco de las políticas institucionales y normatividad
vigente, velando por el cumplimiento de los protocolos.
2.
Obligaciones Específicas en la Prestación de Servicios .Cumplir con las siguientes obligaciones
a) Con las normas, protocolos y reglamentos de atención médica de tipo
institucional y general
b) Con la atención medica en el marco de las disposiciones legales vigentes
y las normativas emanadas del Ministerio de Salud y Deportes.
c) Cumplir con eficacia, eficiencia, puntualidad y a cabalidad con las horas
asignadas por la C.S.B.P. para la venta de servicios médicos.
d) Llenar las historias clínicas y los registros de atención médica con
información oportuna y de calidad
e) Cumplir con los instructivos,
emanadas por Jefatura Médica.
3.
recomendaciones
y
requerimientos
Actividades Técnico-Médicas de la Prestación de Servicios .GENERALES
a) Realizar la prestación de servicios de atención médica con oportunidad
eficacia, efectividad y eficiencia.
b) Brindar servicios médicos integrales, personalizados con calidad y calidez
en Policonsultorio y Hospitalización.
c) Otorgar atención médica en el contexto del nuevo modelo de atención
médica institucional, incorporando al proceso de la consulta médica el
contenido asistencial y preventivo de las patologías.
d) Realizar procesos de atención médica en el marco de las normas,
protocolos de tipo general e institucional sujetos al rigor científico de los
conocimientos en el campo de la salud.
e) Resolver problemas de salud utilizando medios de diagnóstico y
tratamiento médico de manera racional y con sustento técnico médico.
f)
Es Obligación de todo Profesional médico, elaborar en forma
cuidadosa y legible el expediente clínico a nivel de Policonsultorio y
Hospitalización, bajo los siguientes alcances
1. La historia Clínica Informatizada completa y de calidad con su
respectiva impresión debidamente firmada y rubricada.
2. Las prescripciones farmacéuticas elaboradas y sustentadas de
acuerdo a reglamento institucional (Formulario 016 y/o LINAME).
debidamente firmada y rubricada.
3. Las solicitudes de servicios complementarios de diagnóstico y
tratamiento de acuerdo a normativa institucional y protocolos
médicos. debidamente firmada y rubricada.
4. Informe médico é informe de las juntas médicas en las que
participe, en un plazo no mayor a las 48 horas, tal cual establece
el Reglamento de Informes y de Juntas Médicas, dichos informes
deberán tener un sustento médico científico, debidamente firmada y
rubricada.
5. Elaborar la Epicrisis con carácter obligatorio al egreso del paciente,
dicho documento medico legal deberá contener información
resumida de todo el proceso de atención hospitalaria, debidamente
firmada y rubricada..
6. Elaborar el Protocolo operatorio de carácter obligatorio
inmediatamente a la finalización de cada cirugía. dicho
documento medico legal deberá contener información resumida de
todo el proceso de intervención quirúrgica, debidamente firmada y
rubricada..
7. El Médico tratante da a conocer al paciente y hacer firmar el
Consentimiento Informado obligatorio, previo al proceso
quirúrgico o de tratamiento médico.
8. Cualquier otro registro manual o electrónico que en el marco de la
prestación de servicios se considere conveniente disponer para el
registro de información
g) Prescribir medicamentos en el marco de las normativas y las políticas del
Ministerio de Salud y Deportes y de la institución.
h) Asistir a la prestación de servicios médicos en el Policonsultorio con
oportunidad y puntualidad, de acuerdo al horario establecido.
i)
El médico tratante debe asistir a la atención médica de sus pacientes
internados para atención Hospitalaria, hasta antes de las 9:30 a.m. a
fin de emitir órdenes médicas.
ESPECÍFICAS
a) Cumplir las atenciones médicas asignadas por la institución para la
atención de pacientes de acuerdo a normativa institucional.
b) Realizar seguimiento al proceso de atención médica de los pacientes
evitando duplicidad en la otorgación de medicamentos y exámenes
de apoyo diagnóstico.
c) Realizar atención médica personalizada y seguimiento al paciente con
presencia física no pudiendo dar indicaciones por comunicación
telefónica para pacientes hospitalizados
d) Participar en reuniones de coordinación y actividades académicas sobre
aspectos técnicos médicos programados por la Jefatura Médica de
manera periódica.
e) Utilizar de manera oportuna, adecuada y confiable el software médico
institucional, aplicando los formularios correspondientes.
f) Realizar la referencia y contra referencia oportuna de pacientes así
como las interconsultas médicas cuando el caso amerite, utilizando para
el mismo los formularios correspondientes tanto en policonsultorio como
en hospitalización
g)
Participar obligatoriamente en Juntas Médicas a las que fuera
convocado.
h) Aportar con criterios técnicos al desarrollo o ejecución de los procesos
administrativos e institucionales.
i)
4.
Presentar el Informe “Técnico Médico” de Venta de Servicios en forma
mensual así como la nota fiscal correspondiente hasta el último día
hábil del mes.
Otras Actividades de la Prestación de Servicios .Obligación de asistir a:
- Juntas medicas y discusión de casos
- Visitas médicas generales de acuerdo a reglamento especifico
- Actividades de capacitación institucional
- Actividades técnico administrativas programadas internas y externas
- Actividades de prevención y promoción de la salud
5.
Alcance del servicio y precio .El profesional venderá los servicios detallados a continuación a la C.S.B.P. de
acuerdo a su requerimiento y según la carga horaria y actividades que se indican y
por los que se pagará el siguiente precio:
Servicio
Hospitalización
Consulta Externa
5.1
Hora/médico/mes
1 hora 1/2
1 hora 1/2
Para efectos de precisión del alcance de los servicios se entenderá
como:
Hospitalización:
Atención médica y/o quirúrgica que se brinda a pacientes que, por
su condición clínica, requieren de manejo hospitalario.
Registro de órdenes médicas hasta antes de las 9:30 AM.
Seguimiento de los pacientes internados cuando son remitidos del
consultorio externo, como responsables del ingreso, seguimiento y
alta correspondiente, con responsabilidad del proceso de atención
medico/quirúrgico hasta el egreso o alta. Visitas médicas mínimo
una diaria
Consulta Externa:
Atención médica otorgada en el ámbito de la consulta ambulatoria
en el Policonsultorio de la C.S.B.P. o en el consultorio particular del
profesional médico.
5.2
El precio conforme a lo presupuestado por la venta de los servicios
detallados en el Numeral 5.1 será de Bs. ……………- por un año.
Dicho precio será pagado en función a las actividades efectivamente
realizadas y, dentro de ellas, al número de atenciones médicas
brindadas en cada período mensual según el siguiente detalle:
Número
Cuota
1
2
3
4
5
6
7
8
9
10
11
12
Mes/Año 2014
01/2014-2015
02/2014-2015
03/2014-2015
04/2014-2015
05/2014-2015
06/2014-2015
07/2014-2015
08/2014-2015
09/2014-2015
10/2014-2015
11/2014-2015
12/2014-2015
TOTAL
Precio en Bolivianos
5275,6
5260,2
5664,56
5534,76
5563,36
5578,76
5530,36
5545,76
5534,76
5563,36
5567,76
5565,56
66184,8
5.3
6.
Para el pago de la venta de los servicios efectuados por el
profesional, éste deberá presentar el “Informe Técnico Médico” de
Venta de Servicios” correspondiente, debidamente aprobado por la
Jefatura Médica Regional a la Administración Regional acompañado
de la factura de ley o en su caso se procederá a la retención
determinada por ley.
De la supervisión y control
a. La actividad del profesional será evaluada y supervisada por Jefatura
Médica Regional y supervisor médico respectivamente de forma
periódica.
b. La CSBP desarrollara, designará y/o determinará medios e instrumentos
que puedan ayudarle a concluir o verificar que el profesional contratado
ha cumplido con la venta de servicios de acuerdo a las horas requeridas
por la C.S.B.P.
c. La CSBP., de acuerdo a sus políticas institucionales, implementara
mecanismos de control y evaluación de la calidad de la atención médica
7.
Perfil profesional requerido para efectuar la prestación de servicios:
1. Tener formación de Nivel Licenciatura o Especialidad en Cirugía
Pediátrica
2. Experiencia en la especialidad de Cirugía Pediátrica.
3. Manejo de paquetes informáticos.
4. Conocimiento del idioma inglés oral y escrito (deseable).
5. Conocimiento de la normativa establecida por el Ministerio de Salud y
Deportes.
6. No ser incompatible por relación de parentesco consanguíneo o de
afinidad con ningún personal al interior de la CSBP, según norma interna de
la C.S.B.P.
7. No ser incompatible por superposición horaria.
Aspectos personales:
a)
b)
c)
d)
Alto grado de responsabilidad, compromiso (y ética profesional)
Excelencia y calidad humana en el trato del paciente
Capacidad para desarrollar y expresar ideas
Facilidad para trabajar en equipos o juntas médicas
Dr. Henry Zubieta Arnez
CIRUJANO PEDIATRA