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En Coquimbo norman uso de máquinas de juegos en locales
de centro
El Alcalde de Coquimbo Cristian Galleguillos Vega y los integrantes del Concejo Comunal, aprobaron por
unanimidad, durante la sesión ordinaria Nº 24 del organismo colegiado, la ordenanza municipal sobre la
autorización de funcionamiento y explotación comercial de máquinas electrónicas o mecánicas de habilidad o
destreza. El reglamento busca establecer requisitos mas estrictos en la materia, a fin de evitar la proliferación de
negocios que eventualmente operen con juegos de azar, prohibidos por ley.
En lo medular, la ordenanza aprobada por las autoridades comunales, regula las obligaciones que se exigen para
el funcionamiento de los establecimientos que exploten principal o adicionalmente a su giro comercial, máquinas
de juegos electrónicos, electrónicos de destrezas o mecánicos de habilidad; y las similares que otorguen premios
en dinero o especies avaluables o canjeables en dinero. Asimismo, establece que aquellos propietarios de
negocios del rubro, deberán certificar ante organismos competentes, que las máquinas que poseen son de
habilidad y destreza, y no de azar, cuya operatividad se basa fundamentalmente en el factor suerte.
Cristian Galleguillos Vega, Alcalde de Coquimbo, indicó que “se acaba de aprobar por parte del Concejo
Municipal la nueva ordenanza para máquinas de destreza y habilidad, que son las que están autorizadas para
funcionar en nuestra comuna, todos sabemos que hay una concesión municipal para el funcionamiento de un
casino de juegos, el resto de establecimientos pueden trabajar con máquinas de habilidad y destreza. Como
municipio, junto con la Superintendencia de casinos, nuestros abogados del departamento jurídico de la
municipalidad, y con la participación de los concejales, hemos llegado a esta ordenanza que resume los avances
en cuanto a constatar cuales son las máquinas de habilidad y destreza”.
Aspectos
Según la ordenanza, se entiende por máquinas de destrezas, toda aquella que no es de azar, es decir, aquellas
cuyos resultados depende exclusivamente de la habilidad o destreza de los jugadores y no del acaso o de la
suerte. En el caso de los juegos electrónicos de destreza, indica que corresponden a todos aquellos juegos cuyo
mecanismo que conceden premios en dinero a los jugadores, en donde el resultado y funcionamiento depende
de la habilidad o destreza del jugador y no del azar.
En cuanto a la clasificación de máquinas de azar, esta, de acuerdo a la normativa, comprende todo sistema, todo
programa de juegos o toda máquina, electrónica, electromecánica, eléctrica o que funcione con cualquier otro
modo de operación, que permita recibir apuestas en dinero o avaluables en dinero, conceda al usuario un tiempo
de uso o de juego y, que a través de un sistema generador de números aleatorios, otorgue, eventualmente un
premio en dinero o avaluable en el mismo, sin importar la habilidad o destreza del jugador, estando este tipo de
máquinas prohibidas, en general, por el ordenamiento jurídico.
Según el documento aprobado por concejo, aquellos interesados en desarrollar la actividad de explotación
comercial de las referidas máquinas deberán presentar a la Municipalidad una certificación, emitida por alguna
de las entidades acreditadas o reconocidas por la Superintendencia de Casinos de Juegos, entre estas BBM North
America, Inc; Laboratorio LabCert de la Pontificia Universidad Católica del Perú; Instituto Esloveno de Calidad
y Metrologia (SIQ); Gaming Laboratories International, LLC; o Gaming Laboratories International, Inc.,
(GLI).Tal certificado o informe técnico, junto con describir la metodología usada para el análisis del programa
de juegos, deberá establecer que la máquina de juego cuyo análisis se solicita, corresponde a un determinado
software de juegos de habilidad o destreza.
De acuerdo al Edil Galleguilllos Vega, “existen cerca de 4 o 5 de instituciones prestigiadas nivel mundial que
certifican que estas máquinas sean de habilidad y no de azar, lo importante es hacer la distinción, para que la
gente pueda concurrir a los locales que cumplen la ley. Sin embargo, esta fuera de normativa el hecho que existan
locales con máquinas de azar en diversos lugares de la comuna, lo que por un lado no pagan impuestos, y por
otra parte fomentan la ludopatía, afectando el presupuesto de la gente mas vulnerable, que pierde cantidades
considerables de dinero en su uso”
La ordenanza también prohíbe el acceso a este tipo de establecimientos comerciales, a escolares con uniformes,
cualquiera sea su edad, en horario de 10.00 a 20.00 horas. En ningún caso se permite el acceso a menores de 18
años. Además los locales deben estar dotados del acondicionamiento y dispositivos necesarios que eliminen o
impidan que, los ruidos de dichas máquinas se transmitan al exterior y hacia las propiedades vecinas. Por lo que
queda prohibido que dichas máquinas se instalen al aire libre o fuera de los locales comerciales en que están
autorizados para funcionar; y procuraran estar emplazados como mínimo a 200 metros de un establecimiento
educacional. Del mismo modo queda prohibida la instalación de esta actividad en viviendas sociales.
El control de cumplimiento de las normas contenidas en esta ordenanza corresponde a inspectores Municipales
y a Carabineros de Chile, sin perjuicio de las acciones fiscalizadoras propias y exclusivas que le competan a la
autoridad sanitaria, como fuente fijas emisoras de ruido o condiciones sanitarias. Galleguillos Vega resaltó que
“lo importante para que esta ordenanza no sea letra muerta, es capacitar a nuestros funcionarios para que
informen a los pequeños empresarios que trabajan en este ámbito sobre la nueva normativa que se debe respetar.
Hemos constatado que existe una cantidad importante de locales que trabajan de forma ilegal…en ese sentido,
se aplicará todo el rigor de la normativa vigente, para que sean clausurados o multados”.
Post date: 2013-07-28 15:29:03
Post date GMT: 2013-07-28 15:29:03
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