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CAMINO AL BICENTENARIO
Memoria - Identidad - Pertenencia - Misión
Sin conciencia histórica hay siempre algo frágil en una misión. El Bicentenario de la
Revolución de Mayo y de la Independencia Nacional, nos ofrecen la posibilidad de llegar,
mediante un retorno a la memoria, a la conciencia más viva de la propia identidad.
Recordemos que el olvido es la tumba de la memoria.
Al comenzar el nuevo Milenio los obispos afirmaron: “Creemos que nuestra Patria es un
don de Dios confiado a nuestra libertad, un regalo de amor que debemos cuidar y mejorar
(…). En tiempos marcados por la globalización, no debe debilitarse la voluntad de ser una
nación, una familia fiel a su historia, a su identidad y a sus valores humanos y cristianos (1)
Los argentinos generalmente no estamos muy familiarizados con nuestras propias raíces y
los católicos no somos ajenos a esta situación.
A la falta de memoria le debemos sumar un clima cultural de relativismo, que también
afecta a la verdad histórica, ya que “a medida que la humanidad se interna en la era del
entretenimiento, la verdad se vuelve un valor cada vez más relativo. Parecería que si lo
que nos cuentan es suficientemente divertido, somos capaces de disculpar la falta de rigor
y el desapego a los hechos como si se tratase de cuestiones irrelevantes”. (2).
Debemos comprender que la manipulación de la memoria nunca es inocente, más bien es
deshonesta, especialmente cuando al hacer memoria lo hacemos de forma selectiva.,
pues quien controla el pasado, controla el presente, y quien controla el presente, controla
el pasado, y de esto los argentinos tenemos experiencia.
Es importante recordar que “la primera ley de la historia es no atreverse a decir nada falso;
la otra, no ocultar nada verdadero, evitando toda sospecha de benevolencia o
enemistad” (Cicerón).
El recuperar la memoria no es una cuestión académica. Somos personas históricas.
Vivimos en el tiempo y en el espacio. Cada generación necesita de las anteriores y se
debe a las que siguen; cada etapa de la historia es tributaria de la anterior y responsable
de la siguiente. “Condenar el pasado al olvido no sólo es privar del sentido al presente,
sino despojar a la vida de la trascendencia que adquiere cuando advertimos que, sobre
todo, es creación del futuro” (Guillermo Jaim Etcheverry)
“Estamos viviendo una situación en que necesitamos de mucha memoria. Recordar, traer
a nuestro corazón la gran reserva espiritual de nuestro pueblo, la que le fue anunciada en
los momentos de la evangelización y que selló en su corazón sencillo la Verdad de que
Jesús está vivo. Traer la hermandad que Él nos ganó con su sangre”. (3)
La Patria debe ser familia y la memoria en Ella es potencia unitiva e integradora, como lo
es para todo pueblo. También lo es para la Iglesia, familia de Dios que se nutre del
memorial de la muerte y resurrección del Señor: “Hagan esto en memoria mía”.
La memoria viene a ser el núcleo vital de una familia, nuestras raíces como familia son
vitales para nuestra salud psíquica y afectiva. Una familia sin memoria no merece el
nombre de tal, se desintegra. Un pueblo sin memoria también se desintegra, y la Patria se
hace familia porque tenemos una historia en común.
Esto también lo podemos decir de la Iglesia, la falta de memoria nos afecta como Pueblo
de Dios.
La falta de memoria nos trae una serie de dificultades que terminan enfermándonos y
neutralizan nuestras capacidades para la misión, para generar un proyecto de País donde
nadie sea excluido.
La Patria y la Iglesia como sociedades también se fragmentan, se atomizan a causa de la
discontinuidad, se suele pensar que nuestra historia comienza en 1810, o que las
personas comienzan conmigo, generándose un déficit de tradición a causa de un déficit de
memoria que une el pasado con el presente y este con el futuro.
Surge también el sentimiento de orfandad pues no me siento parte de una familia que tiene
un pasado que fortalece al presente y me impulsa a la misión, al trabajo.
No es posible la evangelización sin el sentido de pertenencia a la Iglesia, no es posible
construir un país sin fuertes certezas que se nutren de nuestras raíces; si no se quien soy,
de donde vengo no podré asumir mi responsabilidad como argentino, como cristiano pues
mi presente será débil.
Durante el siglo XIX se intentó separar la Iglesia de la Patria, se intentó hacer de Ella una
dependencia del Estado (“Memorial Ajustado, 1834”) y legislar su vida.
Hoy se intenta crear una conciencia social negativa de la Iglesia y silenciar todo lo que Ella
aportó y aporta a nuestra Patria.
Nos debemos proponer, como itinerario formativo, recuperar la memoria como Patria,
como Iglesia y lo que esta última le aportó en su nacimiento, solo así podremos
prepararnos para celebrar el bicentenario de la Revolución de Mayo y de la Independencia
Nacional.
Creo que nos debe preocupar especialmente las nuevas generaciones ya que “una
generación sin historia es por sí misma sin futuro” (Pablo VI).
Es imperioso volver “al núcleo histórico de nuestros comienzos, no para ejercitar nostalgias
formales sino buscando las huellas de la esperanza. Hacemos memoria del camino
andado para abrir espacios de futuro. Como nos enseña nuestra fe: de la memoria de la
plenitud se hace posible vislumbrar los nuevos caminos [....]. La memoria conlleva siempre
la dimensión de promesa que la proyecta hacia el futuro.
Cuando, en el presente, hacemos memoria, entonces afirmamos lo real de nuestra
pertenencia a un pueblo que camina y -a la vez- la proyección hacia adelante de ese
camino” (4). Solo de esta manera el caminar se hace misión, evangelización, se hace
proyecto de una Patria que quiere ser familia.
El padre Francisco Suárez S. J.
Sin negar las posibles influencias convergentes, de naturaleza análoga, que proceden de
otros grandes pensadores escolásticos; Francisco Suárez, el jesuita granadino que nació
en 1548 y falleció en 1617, fue el pensador que más influyó en el Río de la Plata, desde
fines del siglo XVI hasta principio del siglo XIX. Aún más: su doctrina fue la llave de oro
con que nuestros próceres de 1810 noblemente abrieron las puertas a la libertad política y
a la soberanía argentina.
El padre Suárez fue durante todo el siglo XVII y XVIII el gran pensador que ejerció mayor
influjo en el Río de la Plata. Discípulos de Francisco Suárez fueron todos profesores que
en Córdoba, Buenos Aires y Asunción abrieron cátedras de filosofía y teología; que en el
transcurso de sus centurias disciplinaron las mentes de la juventud americana.
Cuando en 1551 se fundó la Universidad de Lima ordenó Felipe II que se siguiera la
doctrina de Santo Tomás, del Doctor Scoto y de Francisco Suárez.
Nuestro Personaje influyó en América no sólo por la Compañía de Jesús, sino mediante
discípulos que llegaron a estas tierras.
En 1585, vio Suárez como partía al Río de la Plata a uno de sus discípulos predilectos, el
jesuita Juan de Atienza. Y en 1608 ya había en Córdoba un egregio discípulo de Atienza, y
por ende, del mismo Suárez, nos referimos al padre Juan Perlín.
Perlín, alumno de Córdoba del Tucumán, aunque nacido en Perú, después de enseñar la
filosofía con grandes frutos y reconocimiento en Lima, en el Cuzco y en Quito, pasó, como
lo deseaba Suárez, a España, donde enseñó esa ciencia en Alcalá y en Madrid, y
finalmente en Colonia, de Alemania. Regresando a España muere en 1638.
Suárez era el filósofo por autonomía entre los Jesuitas, y no Jesuitas, del Río de la Plata,
aunque en Perú, y en 1605, contaba con algunos opositores, como lo indican las palabras
escritas por el general de los Jesuitas al provincial peruano: “Nuestros lectores (esto es,
catedráticos) en Lima, o algunos de ellos, entiendo que dan en rechazar las opiniones del
padre Francisco Suárez. Sí así fuese, no podríamos dejar de admirarnos que V. R. y el
Rector lo haya permitido, o no lo hayan remediado”.
El padre Diego Torres, fue el primer provincial de la nueva Provincia del Paraguay. A él se
debió la fundación en Córdoba del Colegio Máximo (1612), que, desde 1622, se acopló a
la universidad, establecida por obra de los Jesuitas, aunque por inspiración genial de
monseñor Fernando Trejo y Sanabria.
Fundado el colegio, escribía el padre Torres al general de los Jesuitas en febrero de 1613:
“…ordené que en todo lo referente a cuestiones teológicas se siga al padre Francisco
Suárez…”
Dos años más tarde, al partir para Roma el padre Juan de Viana, elegido procurador por la
Provincia del Paraguay, llevaba “un papel de las razones y motivos que hubo para
comenzar a asentar en esta provincia la doctrina del padre Suárez y tenerle por expositor
de santo Tomás…”
Tales fueron los inicios de los estudios teológicos y filosóficos en Córdoba, a principios del
siglo XVII. Como se desprende de lo dicho, Francisco Suárez era el inspirador primordial
de los claustros cordobeses.
Por esto y otros testimonios, queda claro de que fue Suárez el filósofo que ejerció una
influencia más duradera, más profunda y más trascendental en las mentes de las
generaciones rioplatenses; desde principios del siglo XVII hasta principios del siglo XIX.
Doctrina sobre el origen del poder en Francisco Suárez
La teoría de la soberanía popular, afirma que la soberanía va de Dios directamente al
pueblo, y de éste al gobernante, esta ya existía en la Edad Media (la teoría de la soberanía
popular del siglo XIX, es simple eco y desarrollo de la doctrina del poder de la ciencia
cristiana medieval), pero figuró como sistema sólo posteriormente durante el siglo XVII, en
contraposición de la teoría de Jacobo I, rey de Inglaterra, que sostenía el origen divino de
los reyes; la teoría de la soberanía popular tuvo su mejor exponente en los jesuitas: San
Roberto Belarmino y Francisco Suárez.
El núcleo de la teoría de la soberanía popular lo expresa el padre Francisco Suárez al
afirmar:
“El poder reside inmediatamente, como en su propio sujeto, en toda la multitud”, y agrega,
“Dios confiere inmediatamente la suprema potestad civil tan sólo a la comunidad perfecta”.
El padre Guillermo Furlong, cita al historiador Raúl A. Molina, quien afirma: “es evidente,
que la lógica y metafísica de Antonio Goudin (filósofo dominico francés antisuarista), iba
directamente contra la doctrina de Suárez, que tanto Chorroarín y Paso, formados enla
Universidad de Córdoba, donde aprendieron la doctrina de Suárez, se sentían a su vez
cohibidos cuando tenían que enseñar la doctrina de Gaudín, quien sostenía el derecho
divino de los Borbones, en cambio Suárez mantenía el derecho de la soberanía del pueblo
por derecho natural”.
Suárez, además de ser el filósofo que más adeptos tuvo durante toda la época hispana en
toda la América española, y muy en especial en el Río de la Plata, fue quien hizo que
nuestra separación de España, proceso que comienza en 1810, fuera un acto
jurídicamente legítimo y hasta noble. Ello se debió no al “Contrato Social” de Rousseau
(1712-1778), como equivocadamente han opinado algunos escritores, sino al “Contrato o
Pacto Político” de Suárez.
Para el padre Francisco Suárez, cuatro son los pasos o etapas en lo que concierne al
origen del poder.
1. A ninguna persona, física o moral, le viene inmediatamente de Dios la potestad civil,
por naturaleza o por donación graciosa.
2. Es mediante el pueblo que le viene al gobernante la autoridad.
3. El pueblo la otorga, por su libre consentimiento, derivándose de allí los títulos legítimos
de gobierno.
4. Al hacer esa donación o traspaso, hay limitaciones en el poder, así por parte del
gobernante que la recibe, y no puede usar de ella a su antojo, como por parte del
pueblo que la confiere y que ya no puede reasumirla a su capricho.
Según Suárez, es por medio de actos humanos, de los que se derivan vínculos jurídicos –
sociales, entre el pueblo y los gobernantes. Reduce estos actos, en última instancia, al
pacto o consentimientos entablados entre los ciudadanos y el Estado.
La influencia de esta doctrina se muestra cuando Castelli, en su discurso del 22 de Mayo,
se refirió varias veces a la potestad regia, se refería a la Ley Regia, que Suárez comentó
en su Defensio Fidei, describiendo de paso la naturaleza del pacto o consentimiento.
Oigamos estas palabras de Suárez:
“Probablemente… a este pacto de obediencia entre la sociedad y el gobernante se le llamó
«ley regia» en la constitución de los príncipes, no porque haya sido expedida por algún
rey, sino porque la materia de ella es el reinado mismo, ya que por medio de ella, como
dice Ulpiano: jurisconsulto romano 170-228: «el pueblo ha trasladado al príncipe, y sobre
él, todo su imperio y potestad»”.
“Allí también se significaba -comenta Suárez- que ha sido constituida por el pueblo que
crea e instituye la dignidad del rey, transfiriendo sobre él su potestad. No pudo esa ley
darse por vía de precepto, ya que por ella el pueblo abdica la suprema potestad legislativa.
Luego debe entenderse que ha sido constituida a modo de pacto, por el que el pueblo ha
transferido la potestad en el príncipe, bajo la obligación y peso de mirar por la república y
administrar justicia; y el príncipe ha aceptado, así la potestad como condición”.
Suárez puntualiza y limita las potestades, así la del gobernante como la del pueblo:
“Después de que el pueblo ha transferido en el rey su potestad, no puede justamente,
apoyado en la misma potestad, a su arbitrio, o cuando le diera la gana, proclamar su
libertad”.
“No puede, a su arbitrio, o cuando se le antoje, proclamar su libertad, agrega Suárez, pero
es obvio que puede hacerlo cuando hay razón suficiente para ello…”
Es importante reconocer que es precisamente a esta doctrina, y no a las rousseaunianas,
a las que se refieren los hombres de 1810.
Para mayor claridad y precisión tengamos presente que el pacto expuesto y defendido por
Suárez difiere del de Rousseau en cinco puntos sumamente trascendentales.
1. La autoridad o soberanía del pueblo, según Suárez, puede y debe ser transferible y
puede ser ejercida por otro; según Rousseau, es intransferible y no puede ser
representada más que por sí misma.
2. Según Suárez, la soberanía es atributo de toda la comunidad perfecta, pero no de cada
individuo; según Rousseau, la soberanía es de todos y cada uno; y de tal manera es de
cada uno, que ninguno la puede abdicar en todos, de donde resulta un galimatías en
que abundan más los absurdos que las palabras, y un sistema contradictorio en
abstracto e impracticable en lo concreto.
3. Según Suárez, el hombre, de suyo, es culto y social, y de su misma cultura y sociedad
brota la necesidad de reunirse, y una vez hecha la unión con un fin político, “ipso facto”
nace la autoridad suprema de la comunidad, como algo que emana naturalmente de la
naturaleza, y esto, quieran o no quieran los hombres que se han reunido en sociedad
perfecta, así como puesto el acto de la generación, se sigue la creación del alma
humana y la vida del hombre, independiente de la voluntad de los padres; según
Rousseau, el hombre es naturalmente salvaje; y la autoridad sólo fue efecto de un
pacto enteramente artificial y no una emanación de la naturaleza.
4. Según Suárez, Dios da inmediatamente la suprema autoridad a la comunidad perfecta,
por el mero hecho de formarse por la unión de las voluntades; según Rousseau, la
autoridad es la simple suma de las voluntades materialmente tomadas.
5. Según Suárez, la comunidad no siempre se despoja de toda su autoridad, sino que
ordinariamente la comunica limitadamente al príncipe; según Rousseau, los individuos
pierden toda su libertad natural y adquieren la libertad civil y política, viniendo la suma
de las voluntades a convertirse en fuente y origen de todos los derechos, sin ninguna
limitación.
Resumiendo, Rousseau, sostiene el principio de la soberanía popular de carácter absoluto,
casi divino, que no puede someterse a ningún principio superior. Así, la voluntad de la
mayoría, expresada numéricamente, queda legitimada para decidir e imponer cualquier
cosa, según sea el capricho o la arbitrariedad de la multitud. Niega que pueda haber un
orden de valores por encima de la voluntad de los individuos manifestada numéricamente
en la voluntad general. Es todo el pueblo quien gobierna como único soberano y la
autoridad no es sino la mandataria o delegada de la multitud, que puede dejar sin efecto su
mandato en cualquier momento.
Esta doctrina nunca echa raíces en nuestra Patria ni en sus Instituciones.
Conociendo, como ya conocemos, la enorme popularidad de que gozó Suárez en el Río
de la Plata, y en toda América hispana, durante dos centurias, y la ninguna popularidad de
Rousseau, sino recién a fines del año 1810, cuando la Revolución era ya un hecho, y
conociendo, por otra parte, cual era la índole del contrato, según el autor granadino, y cual
según el escritor ginebrino, es evidente a todas luces, que fue Suárez y no Rousseau
quien dio a los patriotas de 1810 el principio filosófico – jurídico sobre que construir la
nueva nación.
Prueba de esto es la exposición que Castelli hizo en el Cabildo abierto del 22 de mayo;
cuando sostuvo la realidad de un contrato existente entre los reyes hispanos y los pueblos
de América, y sobre la existencia de ese contrato basó toda su argumentación. Sostenía,
como se lee en el Informe de los Oidores, que con la disolución de la Junta Central había
caducado el gobierno soberano de España, y deducía de este hecho “la reversión de los
derechos de la soberanía al pueblo de Buenos Aires y su libre ejercicio en la instalación de
un nuevo gobierno, principalmente no existiendo ya, como se suponía no existir, la
España en la dominación del señor Fernando Séptimo”.
Al año, y en su manifiesto a los pueblos del Alto Perú, el 3 de abril de 1811, manifestaba
Castelli “que no reconocía, en los virreyes y en las autoridades subordinados,
«representación» alguna para negociar sobre la suerte de los pueblos, cuyo destino no
depende sino de su libre consentimiento…, porque el pueblo es el origen de toda autoridad
y el magistrado no es sino un precario ecónomo de sus intereses…”
La más antigua versión castellana del “Contrato Social” es la que se publicó en Londres,
durante 1799, y de esa versión llegaron a España en los años posteriores, algunos
ejemplares. Por lo que respecta al Río de la Plata, algún ejemplar de esta edición
londinense, o de alguna otra, de la que no hay noticias, llegó en los primeros diez años del
siglo XIX, ya que, a fines de 1810, Mariano Moreno dispuso que se reimprimiese en
Buenos Aires. Y a principio del siguiente año se publicó la segunda parte. Advertía
Moreno, en una breve introducción, que se encuentra al frente de la primera parte, que
“como el autor tuvo la desgracia de delirar en materia religiosa, suprimo el capítulo y
principales pasajes, donde ha tratado de ellos”.
Finalmente, el “Contrato Social” se publicó en Paris en marzo de 1762. Pero no se conoce,
como dijimos, que antes de 1810 llegase ejemplar alguno al Río de la Plata.
“Consta, es verdad, que en 1798, el obispo Azamor poseía un libro de Rousseau, pero no
sabemos cuál: si el “Contrato Social” o lo que es más probable, el “Emilio”.
¿Influyó la Revolución Francesa en los acontecimientos de Mayo de 1810?
Sin duda alguna, que eran no pocos los hombres cultos en el Río de la Plata que tenían,
entre 1790 y 1810, algunas noticias de los ideales de la Revolución Francesa, en especial
de la “declaración de los derechos del hombre”, pero ni uno hubo, en cuanto sepamos, que
considerara sanos, nobles, sensatos y convenientes aquellos alardes de la Francia de
1789 y 1793.
Si bien “en un comienzo, los criollos y algunos elementos hispanos, manifestaron su
simpatía por los primeros actos de los revolucionarios, pero la muerte de Luis XVI y la
persecución sufrida por el clero francés, provocaron un vuelco de la opinión pública; a
partir de ese instante el movimiento francés fue mirado con cierto horror, lo cual no fue
óbice para que no existiese una minoría que, si no simpatizó del todo con los hombres del
93, continuó dando albergue a las primeras enseñanzas de la revolución de 1789” (R. Caillet
– Bois, citados por Guillermo Furlong S. J.).
La voz de la fuentes
En historia la única voz autorizada a partir de la cual intentamos escribirla, son las fuentes,
a ellas acudimos para probar el influjo, en los hombres de Mayo, de los conceptos clásicos
del derecho hispano de la escuela teológica - política española.
Nicolás de Vedia relata, en su memoria, en el debate del 22 de Mayo de 1810:
“… Castelli rompió el silencio, al principio balbuceante, y al fin con profusión de la verba
que le era genial, bien que las objeciones que se le opusieron por parte de unos de los
oidores, que creo que fue Villota, le embarazaron tanto, que para sacarlo del circulo de la
controversia, tomó a su cargo la causa del pueblo el benemérito y elocuente abogado D. J.
José Paso, desempeñándose con tanto poder y valentía que dejó confusos y silenciosos a
los oradores de la Audiencia, (…). Probó Paso que la ausencia involuntaria del monarca
estaban habilitados los pueblos a reasumir la autoridad soberana y elegir el gobierno que
creyesen más adecuado en favor de los derechos del rey”.
En las “Anotaciones AL MARGEN DEL DISCURSO DE CASTELLI”, que con generosidad
Vicente D. Sierra cita, leemos: “Las palabras atribuidas a Castelli han sido interpretadas
como expresión de un ideario revolucionario, que habría sacudido los cimientos del
Imperio Español. Castelli no hizo sino exponer conceptos clásicos en el derecho hispano.
Ya en código de Las Partidas leemos que, cuando la familia real se extingue, el nuevo rey
puede serlo por ‘acuerdo de todos los habitantes del reino que le escogiesen por
señor”(Part. 2, tit. I, ley IX). Y Las Partidas pertenecen al período de auge del romanismo.
Posteriormente, y en especial en el curso del siglo XVI, los escritores que fundan la
escuela teológica- política española, sentaron tesis de más hondo contenido populista”.
A la hora de tomar la palabra Cornelio Saavedra, proclama que, “consultada la salud del
pueblo, y en atención a las actuales circunstancias, (…) no queda duda de que el pueblo
es el que confirma la autoridad o mando”.
Conclusión:
Como se deduce de estas conclusiones: escasísima o nula fue la influencia de la
Revolución Francesa, como hecho histórico, y nula y escasísima fue la influencia que en el
Río de la Plata ejercieron las doctrinas que dieron origen a esa revolución. El que se suele
señalar como decisivo es el “Contrato Social” de Rousseau, pero si esta obra del ideólogo
ginebrino influyó en el movimiento en Francia, no lo hizo en el acaecido en Buenos Aires.
Por último, la llamada “revolución” de Mayo no fue sino el final de una evolución, y ésta se
inició, a principios de la colonización hispana y se desarrolló, sin prisa y sin pausa, por
espacio de dos largas centurias.
Quiera Dios podamos “recordar con gratitud el pasado, vivir con pasión el presente y
abrirnos con confianza hacia el futuro” (Juan Pablo II).
NOTAS
1 – C.E.A. “Jesucristo Señor de la historia”
2 – M. Diament, “La Nación”, 4-I-2006.
3 – Mon. Bergoglio, 15-IV-2001.
4 – Ibid. “VIII Jornada de Pastoral Social”, pág.
BIBLIOGRAFÍA
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Chafuen, Alejandro A.: “Raíces cristianas de la economía de libre mercado”. Ed. El buey mudo. Madrid
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Furlong, Guillermo S. J.: “Historia Social y Cultural del Río de la Plata, 1536-1810” “Los Jesuitas y la
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González, Martín Marcelo, Card.: “El V centenario del comienzo de la Evangelización del Nuevo Mundo,
visto desde Europa: el mandato de anunciar el Evangelio”; en Simposio Internacional, Actas. Ciudad del
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Sierra, Vicente D.: “Historia de la Argentina 1800-1810”, T. IV, Ed. Científica Argentina, Bs. As., 1974.
Mons. Roberto Juan González Raeta