Download La Legislatura de la provincia de Entre Ríos

Document related concepts

Promoción (mercadotecnia) wikipedia , lookup

Marca wikipedia , lookup

Modelo promocional wikipedia , lookup

Servicio de atención al cliente wikipedia , lookup

Publicidad por emplazamiento wikipedia , lookup

Transcript
La Legislatura de la provincia de Entre Ríos
Sanciona con fuerza de
Ley
ARTÍCULO 1º: Créase en el ámbito de la Provincia de Entre Ríos el Programa “Marca
Entre Ríos”, con el fin de promover políticas públicas orientadas a denominar el origen y
promocionar de los bienes y servicios producidos en el territorio provincial, ya sea para el
comercio interno, nacional o internacional.
ARTÍCULO 2º: Son objetivos del presente programa:
a) Fomentar producciones destinadas en medida significativa a mercados externos,
caracterizadas por su designación de origen, y por ser originadas en industrias radicadas en
el territorio provincial, con especial énfasis en las PyMES.
b) Promover el aumento de la producción de bienes y servicios con mayor valor agregado.
c) Estimular el crecimiento del valor de las exportaciones, con la colocación de productos
calificados por su designación de origen.
d) Favorecer el proceso de inversión industrial, con énfasis en la creación y el desarrollo de
las PyMES.
e) Propender a la revalorización del territorio, para generar la promoción directa o indirecta
de inversiones.
ARTÍCULO 3º: El Estado Provincial será titular de la Marca, y será administrada por la
Autoridad de Aplicación de la presente.
ARTICULO 4º: Encomiéndase al Poder Ejecutivo a realizar las acciones pertinentes a fin
de registrar la “Marca Entre Ríos”, en el Instituto Nacional de Propiedad Intelectual,
conforme lo dispuesto en la legislación vigente. Así también a realizar gestiones necesarias
a efectos de lograr el reconocimiento de la Marca, en los organismos nacionales vinculados
al comercio internacional de bienes y servicios.
ARTICULO 5º: El Poder Ejecutivo, a través de la Autoridad de Aplicación, autorizará el
uso de la marca a productores y fabricantes de bienes y servicios que cumplan con los
requisitos que se fijen en esta ley y en la reglamentación correspondiente.
ARTICULO 6º: Serán requisitos mínimos para acceder al uso de la Marca los siguientes:
a) Que el establecimiento elaborador de los bienes se encuentre radicado en la Provincia de
Entre Ríos.
b) Que los bienes producidos posean un nivel mínimo de origen provincial en la integración
de materia prima, parte y piezas de producción, de modo que privilegie los eslabones
regionales de las cadenas productivas.
c) Que los bienes fabricados detenten atributos de calidad tal que ameriten el uso de dicha
marca.
Al establecerse los parámetros que se fijen con arreglo a lo dispuesto en los apartados a) y
b) de este artículo, la reglamentación de la presente ley deberá contemplar estándares que
se consideren apropiados según la especificidad, características y condiciones de cada
región sector o rubro industrial de la jurisdicción.
ARTICULO 7º: El Poder Ejecutivo, a través de la Autoridad de Aplicación, dispondrá las
acciones y medidas necesarias para implementar incentivos fiscales, crediticios y de
promoción para quienes accedan al uso de la Marca. El Poder Ejecutivo provincial se
encuentra autorizado a convenir con el Poder Ejecutivo Nacional y sus organismos
competentes, beneficios, franquicias y exenciones para los bienes y servicios que detenten
la “Marca Entre Ríos”; podrá convenir la aceptación de la Marca por parte del Poder
Ejecutivo Nacional, en los envíos y en el documento que lo acompaña como
“Denominación de Origen”, para los trámites de comercio internacional frente a la Nación.
ARTICULO 8º: El Poder Ejecutivo podrá iniciar las acciones pertinentes contra quienes
obtengan usufructo de la Marca, sin cumplir con los requisitos que se fijan en la presente y
su reglamentación.
ARTÍCULO 9º: Establécese que todos los comercios radicados en el territorio de la
Provincia deben ubicar los productos adheridos al Programa “Marca Entre Ríos”, para su
exhibición o venta, en un lugar privilegiado en góndola, siendo, a su vez, desatacados con
la leyenda “Prefiera productos entrerrianos. Apoye el trabajo local”.
ARTÍCULO 10º: De forma.
FUNDAMENTOS
La Asociación Americana de Marketing define a la marca como “un nombre, un
término, una señal, un símbolo, un diseño o una combinación de varios de ellos que
identifica bienes y servicios de un vendedor o grupo de vendedores y los diferencia de los
de los competidores”. (López, 2005: 90)
Las marcas se han convertido en elementos estratégicos para la diferenciación de
productos, tanto desde el punto de vista empresarial, como también para la obtención de un
adecuado posicionamiento de los territorios. (López, 2005)
Las marcas territorios, ya sea para un país, una provincia o una ciudad, son
herramientas que aportan al ámbito público, la experiencia y conocimiento existente en el
ámbito empresarial y de marketing. De la misma forma sirven para identificar propuestas
diferenciadas y con características propias. Asimismo, ayudan a facilitar el acceso y la
utilización del valor de la oferta que representan entre sus diferentes colectivos. Las marcas
relacionadas con un territorio son la creación de un concepto que incorpora las
características propias y diferenciales de una región, dotándolas de una expresión gráfica
que facilite su actividad de comunicación.
Éstas son un catalizador que contribuyen a atraer flujos de capital y de personas a
los países, regiones o ciudades, fomentando la diferenciación entre los mismos y
destacando sus ventajas competitivas como destino de inversión, destino turístico o
cultural.
Para la creación de una marca territorio, es importante considerar las cualidades o
atributos tangibles o identificables del lugar, pero también hay que contemplar las
creencias, actitudes, roles, estereotipos y experiencias previas que los individuos tienen
respecto al territorio. (López, 2005)
Actualmente, el entorno en el que se desarrolla la vida diaria hace necesaria una
diferenciación de los territorios, sea que se trate de países, regiones, ciudades, etc., basada
en los “activos intangibles” que posean los territorios y que permitan un posicionamiento
adecuado del lugar, de forma que su desarrollo contribuya, entre otros a:
1. Incrementar la competitividad del territorio,
2. Incrementar la atracción turística de un determinado lugar (ante ofertas cada vez más
homogéneas en cuestión de servicios básicos, calidad y precio),
3. Asegurar unos niveles de inversión extranjera, en peligro por el crecimiento del atractivo
de territorios con economías emergentes
4. Obtener predisposición a consumir productos provenientes de una determinada región,
5. Apoyar las exportaciones,
6. Conseguir un determinado posicionamiento político territorial de carácter estratégico.
(Peralba, 2002)
Según Peter Van Ham, especialista es cuestiones sobre marcas territorios, “ningún
país o estado podrá sobrevivir si no crea una marca que respalde su posicionamiento; el
lugar de origen es necesario para la internacionalización de corrientes culturales, de
empresas, de ciudadanos. Se presenta pues como una ventaja competitiva en términos
económicos y ofrece la posibilidad de establecer diferencias en las políticas de fijación de
precios. A su vez, el desconocimiento del territorio supone una barrera de entrada en el
mercado.” (Van Ham, 2001)
Para la creación de una marca territorio se debe basar en tres pilares:
-Políticos: régimen de gobierno, evolución histórica, acciones políticas exteriores, eventos
de promoción política en el exterior.
-Económicos: grado de apertura, competitividad -la marca territorio es un valor positivo
muy importante para conseguir la competitividad de los productos, servicios y empresas
que la engloben o que la representen, por ejemplo, y favorecerá o no, dependiendo de su
desarrollo, las inversiones exteriores en el territorio, etc.
-Culturales: gastronomía, pintura, idioma en sus diferentes lenguas oficiales, investigación,
desarrollo e innovación, tecnología, creación y desarrollo internos
A la hora de desarrollar una marca territorio, es indispensable hacerlo teniendo en
cuenta el sentido externo, pero, sobre todo, el interno. La correcta comunicación de los
atributos positivos de la marca territorio es uno de los pilares en los que deben basarse las
estrategias de comunicación, ya que configura un canal de comunicación efectiva hacia el
exterior. (Peralba, 2002)
La mayoría de las marcas territorio tienen un enfoque netamente turístico, con la
creación de la Marca Entre Ríos, se busca destacar una imagen positiva de la provincia,
destacando su historia, producción y cultura, a partir de la promoción de la producción
local, la gastronomía, el desarrollo de pequeños y medianos emprendedores. Con este
proyecto, se busca impulsar el crecimiento económico local a través de una herramienta de
comunicación y marketing.
Asimismo, es importante resaltar, que con la Marca Entre Ríos se quiere distinguir a
aquellas empresas, en el sentido amplio de la palabra, de la provincia que cumplan con los
requisitos que establezca la autoridad de aplicación para solicitarla, alcanzando un sello de
distinción que las diferenciará del resto, generando un valor agregado directo en el
producto, ya sea a nivel local, nacional o mundial.
Pero, por sobre todo, es de suma importancia resaltar que este proyecto ayuda a
crear conciencia y compromiso en el consumidor local a la hora de elegir un producto, ya
que de esta manera, sabe, a ciencia cierta, que su compra ayuda al desarrollo de la
economía regional. Para un ciudadano no será lo mismo elegir entre un producto que tiene
un packaging más vistoso o mejor promoción, por costumbre o calidad, sino que lo hará
pensando que su elección ayuda al empresario local y su comunidad.
A su vez, de esta manera, el Estado provincial promueve el desarrollo local,
potenciando, principalmente a las PyMES entrerrianas.
Nuestro país ha firmado el Convenio de París para la Protección Industrial, que
luego fue aprobado por la Ley Nº 17.011; asimismo, el marco normativo en la materia se
complementa con la Ley Nº 22.520 (texto ordenado por Decreto Nº 438/92) y sus
modificaciones.
Dentro de dicho marco, compete al Poder Ejecutivo Nacional, a través de sus
Ministerios, determinar los objetivos y políticas sobre propiedad intelectual, así como
entender en la elaboración del régimen de promoción, organización y participación en
exposiciones, ferias, concursos, muestras y misiones en el exterior y en el interior del país.
Así, sin desconocer las competencias del Gobierno federal sobre el tema, y dentro
de las atribuciones propias del gobierno provincial, se entiende que la creación de una
marca provincia, es una manera más de fortalecer la presencia y jerarquía de nuestros
productos, tanto en el ámbito provincial, como nacional y exterior.
Por las razones expuestas es que solicito a mis pares la aprobación del presente
proyecto de ley.
BIBLIOGRAFÍA
- LÓPEZ LITA, R. y BENLLOCH OSUNA, M.T. (2005): De la marca comercial a la
marca territorio, Recerca. Revista de Pensament i Análisi, Nº 5, pág. 87/100. Castellón de
la Plana, España.
- PERALBA, R. (2002): Posicionamiento internacional de la "marca España", en Las
marcas renombradas españolas: Un activo estratégico para la internacionalización de
España, McGraw-Hill, Madrid, España.
- VAN HAM, P. (2001): El ascenso de los "estados marca". La política posmoderna de la
reputación y la imagen, Materz'al Original de Foreign Affaire, Volumen 80, número 5.