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Transcript
Phoenix dactylifera L.
Palmera datilera
Date palm
División
Spermatophyta
Clase
Liliopsida
Orden
Arecales
Familia
Arecaceae
C. Samarín Bello
DESCRIPCIÓN
Palmera dioica (separados los sexos en distinto árbol), de tronco único o ramificado en su
base, de hasta 20 m de altura y 30-40 cm de diámetro, cubierto con los restos de las
hojas viejas. Presenta hojas pinnadas, de 6-7 m. de longitud, con folíolos de unos 45 cm
de largo, de color glauco. Inflorescencia muy ramificada naciendo de entre las hojas.
Flores masculinas de color crema, y femeninas amarillas, olorosas. Frutos oblongoovoides, de 2,5-9 cm. de longitud, al principio de color amarillo o anaranjado y
posteriormente castaño rojizo, con un solo hueso, muy duro y con un profundo surco
longitudinal, de pulpa carnosa y dulce conocidos como dátiles.
Aunque tradicionalmente se ha tratado de diferenciar de la palmera canaria (Phoenix
canariensis) en que alcanza mayor altura, el tronco presenta un diámetro menor, y el
color de las hojas es verde azulado, mientras que en la palmera canaria es verde, es muy
difícil establecer diferencias morfológicas entre ambas especies e incluso distinguir los
ejemplares híbridos. Algunos autores diferencian los ejemplares de ambas especies
atendiendo a lo siguiente:
La palmera canaria es más robusta, más verde, más frondosa y produce támaras,
mientras que la datilera es más delgada, su copa es más grisácea o azulada y produce
los verdaderos dátiles. La época de floración también está separada en el tiempo ya que
la canaria florece generalmente en verano-otoño, mientras que la datilera lo hace en
primavera. (Fernández Palacios et al. 2008)
DISTRIBUCIÓN
Área de distribución natural
La mayor parte de los datos señalan el origen de esta especie en el Suroeste de Asia y
Norte de África.
Área de introducción mundial
Esta especie se ubica en regiones que se extienden desde Arabia hasta el Golfo Pérsico
donde conforma la vegetación de los oasis. Se cultiva también en el Mediterráneo
septentrional y en la parte meridional de los Estados Unidos.
Área de introducción en Canarias
Según la información disponible en el Banco de Datos de Biodiversidad de Canarias esta
especie se considera asilvestrada en La Palma, Tenerife, Gran Canaria, Fuerteventura y
Lanzarote, aunque está presente en el resto de las islas asociada a zonas ajardinadas.
HÁBITAT
Hábitat en su área de distribución natural
En terrenos abiertos de territorios muy cálidos, con muchas horas de sol, que se
corresponden con el termomediterráneo y mesomediterráneo, y un ombroclima de
semiárido a seco.
Hábitat en su área de introducción en Canarias
Fundamentalmente en los bosque característicos del piso termófilo (Palmerales), y zonas
del piso basal.
Requerimientos ambientales
Resistente a todo tipo de suelos siempre que tenga humedad y cercanía al mar. Para que
los frutos alcancen la completa maduración necesitan temperaturas muy elevadas (40ºC)
y gran disponibilidad de agua. Requiere por tanto un clima cálido, con sol abundante y
suelo no demasiado seco.
BIOLOGÍA Y ECOLOGÍA
Longevidad/forma de vida
Perenne. Según algunos autores los ejemplares de esta especie pueden llegar a alcanzar
los 250-300 años de vida media.
Madurez sexual
Entre 8 y 10 años empieza a producir los primeros frutos y los hace abundantemente
hasta los 60-80 años.
Tipo de reproducción
Reproducción sexual por semillas, que tardan aproximadamente 2 meses en germinar.
En cultivo también se utiliza la reproducción asexual por hijuelos, o tratamientos in vitro
por cultivo de meristemos.
Producción de semillas/planta
Cientos. Puede tener una producción de 100 kilos de dátiles por año y árbol.
Resistencia a factores externos
Se desarrolla bien en todo tipo de suelos próximos al mar. Presenta gran adaptabilidad a
una amplia gama de climas. No le afecta las brisas salinas, ni el agua salobre. Resiste
heladas de hasta -10ºC. Con -4ºC las hojas empiezan a "quemarse”. Vegeta con dificultad
en suelos apelmazados con deficiencias en la evacuación de agua. Resiste suelos
encharcados durante más de 2 meses y a pesar de ello muestra una excelente resistencia
a la sequía.
Otros
Los dátiles tienen una composición de taninos que le otorga propiedades medicinales
frente a desarreglos intestinales. Como una infusión, decocción, jarabe, o pasta, los
dátiles pueden administrarse para ardor de garganta, resfriados o procesos bronquiales.
FECHA O PERIODO INTRODUCCIÓN
Las descripciones precoloniales del archipiélago (Recco s. XIV, Azurara s. XV), las
crónicas de la conquista (s. XV) y documentos posteriores confirman la presencia de esta
especie en al menos tres islas del archipiélago, como son Fuerteventura (Valle del Río
Palmas), Gran Canaria (Arguineguín y Tirajana) y La Gomera (Chipude y Valle Santiago),
mencionándola como “palmeras que producen dátiles”, “palmeras que dan dátiles y no
támaras” o “palmeras datileras”.
El cultivo de esta especie en las islas es probable que fuera también instaurado en las
islas por los fenicios, griegos o cartagineses, pero en zonas puntuales ligadas a
asentamientos humanos, donde no es probable que llegaran a contaminar a los
palmerales naturales de Phoenix canariensis.
Algunos autores incluso apuntan la posibilidad de que esta especie fuera introducida por
las primeras comunidades neolíticas que poblaron las islas probablemente en el primer
milenio antes de Cristo, que provenían del norte de África, donde ésta especie se
cultivaba desde hacía más de 5.000 años.
VÍAS Y CAUSAS DE INTRODUCCIÓN
Es bastante probable que la introducción precolonial estuviera ligada a la producción de
dátiles como fuente de alimento. Al parecer era una práctica habitual de las sociedades
errantes, exploradoras, el cultivar determinados elementos de su dieta e introducir
animales domésticos en lugares estratégicos de sus rutas con el fin de disponer de
alimento en próximas expediciones. Ésto respondería a la distribución tan localizada de
estas poblaciones de palmeras datileras antes de la conquista.
PRINCIPAL VÍA DE DISPERSIÓN/PROPAGACIÓN ACTUAL
Sin embargo la gran expansión de ésta especie por el mundo en las últimas décadas se
debe fundamentalmente a su interés ornamental. El desarrollo urbanístico desmesurado
sufrido en el archipiélago en los último años ha traído consigo entre otras cosas la
proliferación de zonas ajardinadas con especies alóctonas de crecimiento rápido, muy
polivalentes desde el punto de vista ecológico capaces de adaptarse a gran variedad de
ambientes y con pocos requerimientos ambientales, como Phoenix dactylifera a partir de
material producido en países norteafricanos o en Elche (Península Ibérica).
IMPACTO
Sobre los hábitats
Alteraciones en la estructura de la vegetación o en la abundancia relativa de especies
nativas o endémicas o en los patrones de sucesión naturales de la vegetación nativa.
Sobre especies endémicas, nativas o introducidas
Hibridación con especies endémicas o nativas, concretamente con Phoenix dactylifera.
Introducción de plagas o enfermedades en los palmerales: Rhynchoforus ferrugineus o
Diocalandra frumentti, entre otros.
AFECCIONES A HÁBITATS Y ESPACIOS PROTEGIDOS
Hábitats incluidos en el Anexo I de la Directiva de Hábitats
9370* Palmerales de Phoenix
92D0 Galerías ribereñas termomediterráneas
5333 Matorrales termomediterráneos preestépicos.
Red Natura 2000 (LIC)
ES7010007 Dunas de Maspalomas (Gran Canaria)
ES7010024 Vega de Río Palmas (Fuerteventura)
ES7010062 Betancuria (Fuerteventura)
Red Canaria de Espacios Naturales Protegidos
C-7 Reserva Natural Especial Las Dunas de Maspalomas
F-4 Parque Rural de Betancuria
F-10 Monumento Natural de Ajuí
Otros
Texto
IMPACTOS SANITARIOS, ECONÓMICOS Y SOCIALES
Destaca en primer lugar el impacto sanitario ocasionado por las plagas asociadas a esta
especie, concretamente la del picudo rojo (Rhynchoforus ferrugineus), que ha ocasionado
numerosas pérdidas económicas en las islas así como un gran esfuerzo material,
personal y económico por parte de las Administraciones Públicas Canarias que desde la
aparición de los primeros casos de infección han puesto en marchas diferentes paquetes
de medidas para paliar este problema, aunque en muchos casos sin los resultados
esperados como veremos más adelante.
Los síntomas de infección por picudo rojo en ejemplares de Phoenix dactylifera son los
siguientes:
-Exudación de color rojizo o negro y restos de fibra que pueden aparecer en el fuste de
los ejemplares afectados
-Hijuelos con hojas comidas.
-Pupas y orificios al levantar algunas de las axilas de las hojas que quedan pegadas al
tronco.
En segundo lugar destaca el aprovechamiento ornamental de esta especie como planta,
que se utiliza mucho en el ajardinado de urbanizaciones y complejos turísticos, tal y como
ya se ha comentado en esta ficha.
En tercer lugar el aprovechamiento de sus frutos, los dátiles como fuente de alimento
pudo tener mayor relevancia en el pasado, sin que prosperara una industria instaurada en
las islas con este objetivo. Los dátiles, son muy nutritivos y constituyen la base de la
alimentación de muchas regiones del norte de África, y suroeste de Asia, por lo que es
uno de los vegetales más útiles del mundo. Además la savia de la palmera produce una
bebida llamada Lagmi, muy apreciada por los habitantes de los oasis. Un pie da
diariamente 15 litros de esta bebida, pero muere a los dos años de tratamiento.
De los dátiles se extrae un líquido utilizado como emoliente para ablandar y suavizar las
vías respiratorias. Bien maduros y hervidos con leche se emplean para ablandar y
suavizar las vías respiratorias.
De la savia se obtiene por fermentación el vino de palma, del cual se produce mediante
destilación el aguardiente llamado "arrack".
En épocas de carestía económica se han llegado a utilizar los huesos de los dátiles como
sustitutivos del café.
Esta palmera, muy importante desde la antigüedad, era considerada por los egipcios
símbolo de la fertilidad, los cartagineses la estamparon en su moneda y en los
monumentos, y los griegos y romanos la utilizaron como ornamento para las
celebraciones triunfales.
En la tradición cristiana las hojas representan la paz y recuerdan la entrada de Jesús en
Jerusalén.
Sus hojas, llamadas simplemente palmas, fueron en la Antigüedad un símbolo de la
victoria. Pueden verse en grabados de medallas como indicación de la conquista de
alguna ciudad. Era costumbre además otorgar una palma a los atletas y corredores de
carros triunfadores.
En la zona de Elche, sus hojas se aprovechan especialmente con destino al Domingo de
Ramos.
SITUACIÓN LEGAL DE LAS ESPECIES AFECTADAS
Nombre científico
Phoenix canariensis
Nombre común
Palmera canaria
CEAC: Catálogo de Especies Amenazadas de Canarias (2001)
Directiva Hábitats
CEAC
MANDATO LEGAL PARA SU CONTROL
Planes de especies amenazadas
No hay planes de gestión de especies amenazadas que reflejen medidas específicas
referentes a esta especie.
Instrumentos de gestión de espacios naturales protegidos
Resolución de 16 de mayo de 2005, por la que se hace público el Acuerdo de la
Comisión de Ordenación del Territorio y Medio Ambiente de Canarias de 29 de
diciembre de 2004, relativo a la aprobación definitiva de las Normas de
Conservación del Monumento Natural de Ajuí (F-10), término municipal de Pájara
(Fuerteventura).- Expte. nº 015/03 (BOC núm. 102 de 25 de mayo de 2005)
Según el artículo 35 entre los usos autorizables se permite la tala, corte y arranque de
especies introducidas de porte arbóreo, arbustivo o herbáceo siempre que se produzca la
sustitución de vegetación introducida por vegetación autóctona o endémica.
Resolución de 1 de diciembre de 2006, por el que se hace público el acuerdo de la
COTMAC de 20 de julio de 2006, relativo a la aprobación definitiva del Plan Rector
de Uso y Gestión del Parque Natural de Jandía (F-3), término municipal de Pájara
(Fuerteventura). (BOC núm. 243 de 18 de diciembre de 2006). Y también en la
Resolución de 22 de abril de 2009 por la que se hace pública la normativa íntegra
del Plan Rector de Uso y Gestión del Parque Natural de Jandía (F-3), término
municipal de Pájara (Fuerteventura) (BOC núm. 85 de 6 de mayo de 2009.)
En el artículo 65 se establece “ Las especies susceptibles de repoblación forestal estarán
incluidas en el anexo II de Especies Forestales de Repoblación de Fuerteventura del Plan
Forestal de Canarias, evitando en todo caso el uso de ejemplares importados de palmera
datilera (Phoenix dactylifera)”
Resolución de 12 de febrero de 2009, por la que se hace público el Acuerdo de la
COTMAC de 30 de enero de 2009, relativo a la Memoria Ambiental del Plan Director
de la Reserva Natural Especial El Brezal, término municipal de Santa María de Guía.
(BOB núm. 40 de 27 de febrero de 2009)
En el artículo 68 se establece la “Erradicación de las especies invasoras vegetales Agave
americana, Opuntia dillenii, Opuntia ficus-barbarica y Phoenix dactylifera distribuidas
preferentemente por los flancos del Barranco de los Mondragones y margen izquierda del
Barranquillo Frío”.
Decreto 68/2004, de 25 de mayo, por el que se subsanan las deficiencias no
sustanciales del Plan Insular de Ordenación de Gran Canaria.(BOC 112 de 11 de
junio de 2004.)
Se prevé en el artículo 69 referente a los Programas de estudios e investigación sobre el
Medio Natural (ND), el eatudio de las especies invasoras o susceptibles de alterar la
pureza de las especies o los hábitats en Gran Canaria, como Penicetum setaceum y
Phoenix sps.
Normativa fitosanitaria
Normativa Autonómica
● Orden de 10 de febrero de 2006, por la que se adoptan medidas fitosanitarias
cautelares para evitar la propagación del curculiónido ferruginoso entre la palmera
canaria, Phoenix canariensis (hort. ex cha.)
En el artículo primero de dicha orden se establece:
a) Prohibir el movimiento de vegetales, distintos de frutos y semillas, de las especies
pertenecientes a la familia de las Palmáceas entre las islas de la Comunidad
Autónoma de Canarias.
b) Condicionar en las islas de Gran Canaria y Fuerteventura, tanto el movimiento de
vegetales, distintos de frutos y semillas, de las especies pertenecientes a la familia
de las Palmáceas, como la realización de nuevas plantaciones, a la autorización
de la Dirección General de desarrollo agrícola, en orden a verificar el estado
fitosanitario de dicho material.
● Orden de 24 de marzo de 2006, por la que se declara la existencia de la plaga
producida por el agente nocivo Rhynchophorus ferrugineus Olivier, curculiónido
ferruginoso de las palmeras y se establecen medidas fitosanitarias para su
erradicación y control. (BOC núm 61 de 28 de marzo de 2006).
● Orden de 26 de julio de 2007, por la que se modifica la Orden de 24 de marzo de
2006, que declara la existencia de la plaga producida por el agente nocivo
Rhynchophorus ferrugineus (Olivier) curculiónido ferruginoso de las palmeras y se
establecen medidas fitosanitarias para su erradicación y control. (BOC núm 151 de
27 de julio de 2007)
Cautelarmente no se introducirá material vegetal de la familia de las palmáceas, excepto
frutos y semillas en las islas de El Hierro, La Gomera, La Palma y Lanzarote.
Además para el resto de las islas se permite el movimiento de palmáceas siempre que
dispongan de volante de circulación autorizado por el Servicio de Sanidad Vegetal.
● Orden de 29 de octubre de 2007, por la que se declara la existencia de las plagas
producidas por los agentes nocivos Rhynchophorus ferrugineus (Olivier) y
Diocalandra frumenti (Fabricius) y se establecen las medidas fitosanitarias para su
erradicación y control. (BOC núm. 222 de 6 de noviembre de 2007).
Dado que no se consigue frenar la expansión de la plaga de picudo rojo, en esta orden se
dictan nuevamente medidas específicas para las zonas afectadas como protocolos
específicos para la poda y traslado de ejemplares de palmera, se intensifican las medidas
de comercialización y traslado de ejemplares de palmáceas entre islas, así como el
régimen sancionador aplicable ante el incumplimiento de las mismas.
Normativa estatal
● Orden APA/94/2006, de 26 de enero, por la que se modifica la Orden de 12 de
marzo de 1987, por la que se establecen para las Islas Canarias, las normas
fitosanitarias relativas a la importación, exportación y tránsito de vegetales y
productos vegetales, para prohibir la importación de vegetales de especies de
palmeras (Palmae) en la Comunidad Autónoma de Canarias. (BOE núm 24, de 28 de
enero de 2006).
● Orden ARM/605/2009, de 6 de marzo, por la que se establecen medidas
específicas para la aplicación de la Decisión 2007/365/CE, de la Comisión, de 25 de
mayo de 2007, por la que se adoptan medidas de emergencia para evitar la
introducción y propagación en la comunidad de Rhynchophorus ferrugineus
(Olivier) y medidas especiales de protección. (BOE núm. 62 de 13 de marzo de
2009).
Otros
Son muchos los estudios de impacto ambiental sobre proyectos urbanísticos en las islas,
que han puesto de manifiesto la problemática de implantar esta especie en los
ajardinados, muestra de ello son algunos de estos ejemplos:
«Dirección General de Ordenación del territorio.-Resolución de 19 de marzo de 2001,
por la que se hace público el Acuerdo de la COTMAC de 24 de noviembre de 2000, de
Declaración de Impacto ecológico del Proyecto de Campo de Golf Antigua Golf Club,
promovido por Ircosa Canarias, S.A., en el término municipal de Antigua (Fuerteventura)»
Donde se cita expresamente “No se podrán plantar ejemplares de la especie Phoenix
dactylifera con el fin de evitar posibles hibridaciones con la especie Phoenix canariensis.”
«Dirección General de Urbanimo.- Resolución de 28 de julio de 2004, por la que se hace
público el acuerdo de la COTMAC de 5 de abril de 2004, relativo a la Declaración de
Impacto Ecolólogico del mProyecto “Campo de Golf Rosa de Lago”, término municipal de
Puerto de Rosario (Fuerteventura).» Donde se cita expresamente “ Para evitar
hibridaciones entre la palmera (Phoenix canariensis) y la palmera datilera (Phoenix
dactylifera), se deberán cortar anualmente las inflorescencias de los ejemplares de esta
última”. (BOC núm 244 de 17 de diciembre de 2004)
INCLUSIÓN EN LISTAS, BASES DE DATOS O NORMATIVA DE OTROS PAISES U
ORGANISMOS INTERNACIONALES
http://www.invasive.org/species/subject.cfm?sub=3896
http://plants.usda.gov/java/nameSearch?keywordquery=phoenix+dactylifera&mode=scina
me
TÉCNICAS DE MANEJO
La poda o corte de las zonas verdes de los ejemplares de palmera (tanto P. dactylifera
como P. canariensis sólo está permitida en ocasiones estrictamente necesarias dado que
en el corte se produce la emisión de una sustancia volátil (kariomonas), que algunos
insectos plagas son capaces de detectar, y permite localizar a la palmera que les va a
servir de alimento. Es por ello que se éstos tratamientos han sido regulados en la
Comunidad Autónoma de Canarias ante plagas como las de picudo rojo.
Es por ello que a partir de las directrices establecidas por la Comunidad Autónoma, los
diferentes Cabildos Insulares han dispuesto indicaciones específicas para el manejo de
ésta especie en relación a la prevención de plagas:
-Cabildo de Fuerteventura (BOP de las Palmas núm. 51 de 24 de abril de 2006)
-Cabildo de Gran Canaria (BOP de las Palmas núm. 30 de 8 de marzo de 2006)
-Cabildo de Lanzarote (BOP de las Palmas núm. 25 de 24 de febrero de 2006
-Cabildo de Tenerife (BOP de Santa Cruz de Tenerife núm. 60 de 25 de marzo de 2008)
El Gobierno de Canarias ha editado además un manual de buenas prácticas en el que se
detallan las recomendaciones para el trasplante, corte, transporte, plantación, riego y
tratamientos fitosanitarios, de los ejemplares de palmeras en las Islas Canarias.
ACTUACIONES DE CONTROL
Decreto 62/2006, de 16 de mayo, por el que se establecen medidas para favorecer la
protección, conservación e identidad genética de la palmera canaria (Phoenix
canariensis). (BOC núm. 102, de 26 de mayo de 2006).
Se establece en el artículo 5 referente a las palmeras canarias en áreas protegidas o en
su entorno: “En los entornos naturales de las áreas integradas en la Red Canaria de
Espacios Naturales Protegidos, o en la Red Ecológica Europea Natura 2000, se prohíbe
la plantación o el cultivo de especies palmáceas distintas de la palmera canaria, que
fueren hibridógenas con ésta, por cuanto pueden alterar su pureza genética y causarle
daños por la acción de distintas plagas de organismos nocivos”.
Además en el artículo 6 se estipula “Las personas viveristas, cultivadoras, comerciantes
así como las instituciones públicas o privadas y los ciudadanos, en general, que posean
palmeras exóticas, adoptarán todas las precauciones que fueren precisas para evitar la
hibridación de éstas con ejemplares de palmera canaria y la difusión de plagas.”
Y en el siguiente artículo “Las Administraciones Públicas Canarias fomentarán el empleo
de la palmera canaria en el ajardinado de las obras e infraestructuras públicas que
promuevan, evitando la plantación y cultivo de especies palmáceas foráneas, en tanto
que éstas pueden alterar la pureza genética de aquella, así como transmitirle
enfermedades o plagas. Asimismo, en las áreas ajardinadas de las edificaciones, plazas
y carreteras públicas procederán, en la medida de lo posible, a sustituir gradualmente las
palmeras exóticas existentes por ejemplares de palmera canaria de pureza genética
reconocida, priorizando la eliminación de aquellas altamente hibridógenas.
REFERENCIAS
Banco de datos de Biodiversidad de Canarias. 2006. Dirección General del Medio
Natural. Viceconsejería de Medio Ambiente. Gobierno de Canarias.
Santana Santana, A. & J.M. Rodríguez Toledo. 1999. “Introduction and dispersión of
Phoenix dactylifera in the Canarian archipiélago: Elementes of discussion.” Proc. Of the 2º
Int. Symp. On Ornamental Palms and other Monocots from the Tropics.
Fernández Palacios, J.M. et al. Eds. 2008. Los Bosques Termófilos de Canarias. Proyecto
LIFE04/NAT/ES/000064. Excmo. Cabildo Insular de Tenerife. 192 pp. + Glosario y
Referencias.
ENLACES
http://es.wikipedia.org/wiki/Datilera_(palmera)
http://fichas.infojardin.com/palmeras/phoenix-dactylifera-palmera-datilera-fenix-palmacomun-datilero.htm
http://www.arbolesornamentales.com/Phoenixdactylifera.htm
http://www.floramu.com/verficha.php?ficha=50
http://www.plantsciences.ucdavis.edu/GEPTS/pb143/CROP/Date/Date.htm
http://www. picudorojocanarias.es
http://www.gmrcanarias.com
http://www.ciudadverde.net/picudo.html
Autor textos: Sofía Rodríguez Núñez y Mª del Carmen Marrero Gómez
Autor fotografía: Carlos Samarín Bello.
Fecha: 15/05/08
Revisiones: 08/08/09