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EJEMPLAR PARA EL INTERESADO
Tipo de Comunicación: Correo electrónico.
Interesado:
MALLORCA VEGAN, S.L.
CALLE POU DEN VERDERA, NO. 33 COLONIA ST JORDI
SALINES (SES)
07638
ILLES BALEARS
Agente - 0581 (9)
Fernández de Bethencourt, Marcos
C/ Goya, 127,4 Izq.
Madrid
28009 MADRID
Expediente
Modalidad:
MARCA NACIONAL
Número:
3109363 / 9
Distintivo Solicitado:
MALLORCA VEGAN
Clases Solicitadas:
29, 30, 43
Tipo:
MIXTA
RESOLUCIÓN DE CONCESIÓN
Publicado el suspenso del presente expediente de MARCA NACIONAL en el Boletín Oficial de la
Propiedad Industrial (B.O.P.I.) de 30/05/2014 conforme a lo previsto en el art. 21 de la Ley 17/2001, de Marcas,
(B.O.E. Núm, 294, de 8 de diciembre), y habiendo contestado el interesado a dicho suspenso, en virtud de lo
establecido en el art. 22 de la citada Ley de Marcas, se acuerda la CONCESIÓN de la marca nacional solicitada con
base a los siguientes MOTIVOS:
Subsana la prohibición de los art. 5.1 f) y g) de la Ley de marcas 17/2001, de 7 de diciembre al limitar
los productos en la lista de productos presentada en fecha 27/06/2014.
Se estima la convivencia de la marca solicitada con las marcas oponentes: M1764429 "MALLORCA
M (mixta)" y otras marcas del mismo oponente señaladas en el acuerdo de suspenso, por sus
diferencias de conjunto fonético-denominativas y gráficas; considerando que no existe riesgo de
confusión en el público ni asociación con las marcas anteriores.
En cuanto al renombre invocado por la oposición de la marca oponente, cabe decir que la protección
reforzada del renombre sólo puede proyectarse cuando existe un riego de confusión o asociación entre
marcas, y no existiendo tal riesgo, no puede esgrimirse el argumento de renombre para desvirtuar el
juicio sobre la compatibilidad de las marcas.
En consecuencia, se acuerda lo siguiente:
1º .- Tener por limitadas o modificadas, a petición del solicitante, las clases siguientes a los
productos/servicios que se indican:
CL. 29 para "productos vegetales preparados; productos vegetales para uso alimenticio; grasasvegetales
para cocinar; frutas (excepto almendras y olivas) y verduras, hortalizas ylegumbres en conserva, congeladas,
secas y cocidas; hamburguesas vegetales; patésvegetales; jaleas, confituras, compotas, mermeladas, gelatina
para alimentos; huevos,leche, yogurt, queso, mantequilla, nata y productos lácteos; croquetas
alimenticias;caldos; concentrados de zumos vegetales para alimentos; concentrados (caldos);
sopasvegetales; preparaciones para hacer sopa; extractos de algas para uso alimenticio;ensaladas de
verduras; ensaladas de fruta (macedonias), frutas confitadas y escarchadas(excluyendo almendras y olivas);
conservas de verduras y hortalizas; alimentos congelados,alimentos preparados y platos precocinados a base
de: frutas (excluyendo almendras yolivas), verduras, legumbres y hortalizas; patatas fritas; todos estos
productosprocedentes de mallorca y con excepción expresa de sobrasadas de mallorca, almendras
demallorca, aceite de mallorca y
[email protected]
www.oepm.es
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Pº DE LA CASTELLANA Nº 75
28071 MADRID
TELF.: 902 15 75 30
EJEMPLAR PARA EL INTERESADO
Expediente
Modalidad:
MARCA NACIONAL
Número:
3109363 / 9
Clases Solicitadas:
29, 30, 43
aceituna de mallorca/aceituna mallorquina/oliva demallorca/oliva mallorquina."
2º .- Tener por limitadas o modificadas, a petición del solicitante, las clases siguientes a los
productos/servicios que se indican:
CL. 30 para "café, té, cacao, azúcar, tapioca, sagú, sucedáneos del café; chocolate y bebidas abase de
chocolate; arroz, productos de arroz y preparaciones hechas a base de arroz noincluidas en otras clases; pan;
pan de especias; bollos; budines; pizzas; sándwiches;bizcochos, tortas, galletas, galletitas saladas,
barquillos, crêpes, masa para pasteles,productos de pastelería y de confitería (excluyendo ensaimadas);
masa de harina; masa paraproductos de pastelería y repostería; harinas alimenticias, productos
harineros,preparaciones hechas con cereales, cereales tostados, copos de cereales, maíz molido,avena
molida, alimentos a base de avena, harina de cebada, cebada molida, harina de flor,sémola para la
alimentación humana, couscous (sémola), sémola de alforfón (de trigosarraceno o trigo negro), fideos,
pastas, almidón y féculas alimenticias; glucosa y glutenpara uso alimenticio; helados comestibles y yogourt
helado; crema inglesa; miel, jaleareal para uso alimenticio, jarabe de melaza; levaduras, polvos de hornear;
mostazas,salsas (condimentos), mayonesa, ketchup, salsas de tomate, salsa de soja, salsas parasazonar,
salsas de frutas y salsas o aliños para ensaladas; condimentos y especias;sazonamientos; mezclas de
especias; sal, pimienta, azafrán, curry, chow-chow (condimento),alcaparras, curcuma y preparaciones
aromáticas para uso alimenticio; vainilla(aromatizante); vainillina (sucedáneo de la vainilla); malta para la
alimentación;espesantes para la cocción de productos alimenticios; toda clase de vinagres (incluido
elvinagre de cerveza); hielo; todos estos productos procedentes de mallorca y con excepciónexpresa de
ensaimadas de mallorca."
3º La concesión de la marca solicitada para todos los productos/servicios originariamente solicitados en las
clases siguientes: 43
4º La concesión de la marca solicitada en las clases siguientes y para los productos/servicios siguientes:
Clase 29 : productos vegetales preparados; productos vegetales para uso alimenticio; grasasvegetales
para cocinar; frutas (excepto almendras y olivas) y verduras, hortalizas ylegumbres en conserva, congeladas,
secas y cocidas; hamburguesas vegetales; patésvegetales; jaleas, confituras, compotas, mermeladas, gelatina
para alimentos; huevos,leche, yogurt, queso, mantequilla, nata y productos lácteos; croquetas
alimenticias;caldos; concentrados de zumos vegetales para alimentos; concentrados (caldos);
sopasvegetales; preparaciones para hacer sopa; extractos de algas para uso alimenticio;ensaladas de
verduras; ensaladas de fruta (macedonias), frutas confitadas y escarchadas(excluyendo almendras y olivas);
conservas de verduras y hortalizas; alimentos congelados,alimentos preparados y platos precocinados a base
de: frutas (excluyendo almendras yolivas), verduras, legumbres y hortalizas; patatas fritas; todos estos
productosprocedentes de mallorca y con excepción expresa de sobrasadas de mallorca, almendras
demallorca, aceite de mallorca y aceituna de mallorca/aceituna mallorquina/oliva demallorca/oliva
mallorquina. (por limitación/modificación del solicitante)
Clase 30 : café, té, cacao, azúcar, tapioca, sagú, sucedáneos del café; chocolate y bebidas abase de
chocolate; arroz, productos de arroz y preparaciones hechas a base de arroz noincluidas en otras clases; pan;
pan de especias; bollos; budines; pizzas; sándwiches;bizcochos, tortas, galletas, galletitas saladas,
barquillos, crêpes, masa para pasteles,productos de pastelería y de confitería (excluyendo ensaimadas);
masa de harina; masa paraproductos de pastelería y repostería; harinas alimenticias, productos
harineros,preparaciones hechas con cereales, cereales tostados, copos de cereales, maíz molido,avena
molida, alimentos a base de avena, harina de cebada, cebada molida, harina de flor,sémola para la
alimentación humana, couscous (sémola), sémola de alforfón (de trigosarraceno o
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MARCA NACIONAL
Número:
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Clases Solicitadas:
29, 30, 43
trigo negro), fideos, pastas, almidón y féculas alimenticias; glucosa y glutenpara uso alimenticio; helados
comestibles y yogourt helado; crema inglesa; miel, jaleareal para uso alimenticio, jarabe de melaza;
levaduras, polvos de hornear; mostazas,salsas (condimentos), mayonesa, ketchup, salsas de tomate, salsa de
soja, salsas parasazonar, salsas de frutas y salsas o aliños para ensaladas; condimentos y
especias;sazonamientos; mezclas de especias; sal, pimienta, azafrán, curry, chow-chow
(condimento),alcaparras, curcuma y preparaciones aromáticas para uso alimenticio; vainilla(aromatizante);
vainillina (sucedáneo de la vainilla); malta para la alimentación;espesantes para la cocción de productos
alimenticios; toda clase de vinagres (incluido elvinagre de cerveza); hielo; todos estos productos
procedentes de mallorca y con excepciónexpresa de ensaimadas de mallorca. (por limitación/modificación
del solicitante)
Esta resolución se publicará en el B.O.P.I. de fecha 01/08/2014, pudiendo interponerse contra la misma recurso
de alzada ante la Sra. Directora de la Oficina Española de Patentes y Marcas, en el plazo de UN MES a contar desde la
fecha de la citada publicación.
AVISO : Una vez efectuada la indicada publicación de la resolución de concesión en el B.O.P.I., deberá ser
recogido el título registro de la presente marca nacional. El registro de la misma se otorga por diez años contados
desde la fecha de presentación de la solicitud (05/02/2014), debiendo renovarse por períodos sucesivos de diez años.
Madrid, 28 de julio de 2014
EL EXAMINADOR PROPONENTE
ENRIQUE MARTINEZ
CONFORME
EL DIRECTOR DEL DEPARTAMENTO
P.D. EL JEFE DEL SERVICIO DE EXAMEN
(Resolución de 03/09/2007)
PALOMA HERREROS
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