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La organización de la protección de la infancia en Francia
CEDIS
La organización de la protección de la infancia en Francia
01 – Las fuentes legales que definen la protección del niño en Francia
02 – El contexto degal de la protección de la infancia en riesgo en Francia
03 – El marco nacional
04 – El marco local
05 – Misiones de la célula de recogida, tratamiento y evaluación de las situaciones de
peligro o de riesgo de peligro de menores y adolescentes
06 – Definición de la información preocupante
07 – La notificación
08 – Establecimientos y servicios de protección a la infancia
09 – Las políticas públicas francesas y los “menores delincuentes”
10 – Las diferentes categorías de menores
El Sistema de Protección
Francés
André Constantain
01 – Las fuentes legales que definen la protección del niño en Francia
Convención internacional de derechos del niño
La ley del 24 de julio de 1889 que instituyó el decaimiento de la potestad paternal
como primer intento contra la autoridad soberana del padre de familia. El interés de
este acontecimiento legislativo reside sobre todo en el hecho de que se trata por
primera vez de nuestro derecho a instaurar un control judicial sobre la autoridad de
los padres
La loi du 19 avril 1898 sur la répression des violences, voie de faits et attentats
commis contre les enfants prévoit de son côté, pour la première fois, des mesures
autoritaires de placements.
La ley del 19 de abril de 1898 sobre la represión de la violencia, y los ataques
cometidos contra los niños preve por su parte, por primera vez, medidas autoritarias
de acogimiento de niños
El decreto ley del 30 de octubre de 1935 contempla, sin ninguna exigencia de culpa,
el acogimiento de menores que no tienen trabajo, ni domicilio, o que obtienen sus
recursos del desenfreno o de los oficios prohibidos. Instituye la vigilancia y el
seguimiento educativo de los menores
Los artículos 375 - 382 del Código Civil, modificados por la ordenanza del 1 de
septiembre de 1945 organizaron: la corrección paternal. Se trata de la posibilidad de
acoger al menor, cuando se dan temas muy graves de descontento
La ordenanza del 2 de febrero de 1945 sobre los menores delincuentes
La ordenanza del 23 de diciembre de 1958, modificando los artículos 375 y
subsiguientes del Código Civil, define claramente las condiciones de la protección
Judicial de la infancia: los menores de 21 años cuya salud, seguridad, moralidad y
educación están comprometidas puedan ser objeto de medidas de asistencia
educativa. El artículo 375-1 del Código Civil le confiaba al juez de menores el ejercicio
de esta misión.
Ley del 4 de junio de 1970 sobre la autoridad de los padres que reemplaza en lo
sucesivo la potestad paternal, la asistencia educativa es objeto de un título concreto
que comprende los artículos 375 - 375-8 del Código Civil.
Ley del 5 de marzo de 2007 que reforma la protección de la infancia
Ley del 5 de marzo de 2007 relativa a la prevención de la delincuencia
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La organización de la protección de la infancia en Francia
La organización de la protección de la infancia en Francia
02 – El contexto legal de la protección de la infancia en peligro en Francia
La ley sobre "la protección de menores en peligro en Francia " como dispositivo legal,
tal como ha sido establecido por la ley del 5 de marzo de 2007 que reforma la
protección de menores, se inscribe en el marco las leyes internacionales ya definidas
anteriormente,
La protección de menores en peligro en Francia contine dos aspectos:
• la protección administrativa ;
• la protección judicial.
La primera es confiada al consejo general (departamento, dirección de solidaridad
departamental, las asociaciones, establecimientos acreditados y educadores especializados).
Se rige por el código de la acción social.
La segunda es confiado al ministerio de Justicia (Estado) a través del juez de menores y el
fiscal. El Código Civil hace referencia.
03 – El marco nacional
Es el Ministerio de Trabajo, Relaciones Sociales, Familia y Solidaridad (antiguamente
Ministerio de Asuntos Sociales) el que dirige la política de acción social en el país, incluída la
de protección de la infancia.
06 – DEFINICIÓN DE LA INFORMACIÓN PREOCUPANTE
La ley define la informaicón preocupante en el artículo 375 del Código Civil: una Información
preocupante es una recopilación de elementos de presunción de peligro que podría, llegado
el caso, acabar en una notificación. Se entiende por información preocupante todo
elemento de inquietud, incluido el médico, susceptible de sospecha de que un niño se
encuentre en situación de peligro o de riesgo de peligro y pueda necesitar ayuda.
Los elementos de inquietud pueden concernir a:
Condiciones cotidianas hostiles a su desarrollo
necesidades básicas de desarrollo físico, afectivo, intelectual y social
insuficientemente tomados en cuenta,
sanidad, seguridad, moralidad y autonomía no preservadas
relaciones perturbadas entre niños y padres,
dificultades de movilización de los padres con respecto a sus hijos,
el contexto familiar y el entorno que no favorezca el desarrollo del niño
ESQUEMA DE TRATAMIENTO DE UNA INFORMACIÓN PREOCUPANTE
04 – El marco local
El Consejo General es responsable de la protección de la infancia a nivel local.
Presidente del Consejo General, con sus servicios, debe:
• Llevar a cabo medidas de urgencia de protección en favor de los menores de edad
• Tomas medidas de prevención de malos tratos contra menores
• Organizar la recogida de información de interés relativas a los menores
maltratados
• Participar en la protección de menores
Los nuevos dispositivos 2007
Una sección de recogida, tratamiento y evaluación de las situaciones de peligro o de
los riesgos de peligro del niño y el adolescente
Observatorio departamental de la protección de la infancia en los consejos generales
05 – MISIÓN DE LA SECCIÓN DE RECOGIDA, TRATAMIENTO Y EVALUACIÓN DE LAS
SITUACIONES DE PELIGRO O DE LOS RIESGOS DE PELIGRO DEL NIÑO Y EL ADOLESCENTE
1. Centralizar la IP para evitar su pérdida
2. Garantiza la recogida, el tratamiento y la evaluación de la IP
3. Transmitir los datos a dos observatorios:
• El Observatorio nacional de la infancia en peligro (ONED)
• El Observatorio departamental de la protección a la infancia (ODPE)
4. Organizar la colaboración entorno a un protocolo
5. Informar y sensibilizar a la población
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La organización de la protección de la infancia en Francia
La organización de la protección de la infancia en Francia
07 – LA NOTIFICACIÓN
Referente a la autoridad judicial
08 – ESTABLECIMIENTO DEL SERVICIO DE PROTECCIÓN A LA INFANCIA
Antes de la ley del 5/3/07
menores maltratados o sospechados de serlo
ó imposibilidad de evaluar la situación
ó rechazo de la familia a las intervenciones de la Ayuda Social a la Infancia
ó IP de carácter sexual o penal
Después de la ley del 5/3/07
menores en peligro
y aplicación de medidas de protección social que no hayan podido remediar la
situación
ó rechazo o imposibilidad de la familia de colaborar con el servicio
ó IP de carácter sexual o penal
Delincuencia (ordenanza 45)
Medio Cerrado
Hogar de Acción Educativa: estructura de alojamiento para menores delincuentes o
menores en peligro de duraciones inferiores a 6 meses, por decisión del juez de
menores.
Centro Educativo Cerrado: teóricamente, los CEF están destinados a menores
multirreincidentes que han gozado de medidas educativas y cuya repetición de actos
delictivos los lleva a una medida de control judicial o una condena condicional con
puesta a la prueba. A menudo hablamos de “última chance” ya que esta medida
representa la última alternativa al encarcelamiento.
Centro Educativo Reforzado: el CER, interviene en general antes del CEF para evitar
la recidiva y/o la marginación. A menudo se trata de " estructuras de ruptura "
decidida por un juez de menores con una duración de 2 a 3 meses. El adolescente es
seguido de cerca por un educador referente que elabora con él un proyecto de
reinserción social a través de actividades importantes (viajes humanitarias, deportes
extremos etc).
Centro de acogida inmediata: es un dispositivo de emergencia para los menores
delincuentes que hayan cometido acto delictivo. La estancia tiene una duración de
entre 1 y 3 meses, el adolescente es dirigido, entonces, a una estructura adaptada a
sus necesidades. – Establecimiento Penitenciario para Menores
Medio Abierto
Centro de Acción Educativa: un equipo pluridisciplinar ejerce las medidas educativas
en medio abierto por decisión del juez de menores. Los CAE tienen una misión con
tres vertientes: la investigación (estudios sociales o de medidas de investigación y
orientación educativa), la inclusión de los jóvenes en un proceso de socialización y las
medidas correctivas.
Servicios Educativos en el tribunal: los educadores especializados están presentes en
el tribunal para la acogida y el apoyo de las familias y de los menores. Se habla a
veces "de abogado educativo", cunando el educador va al encuentro de los menores
que comparecen ante la justicia.
Infancia en peligro Ministerio de Justicia y de las libertades
En establecimientos
Hogar Departamental de la Infancia: es una estructura de acogimiento de urgencia
por decisión de juez de menores que varía de 1 a 3 meses.
Casas de niños con carácter social: el MECS acoge a niños hasta la edad de 21 años
por abuso, aislamiento, privación emocional, problemas de conducta, etc ... Por lo
general se trata de una casa de acogida donde el educador trabaja con los menores a
fin de ofrecerle un ambiente lo suficientemente seguro como para que pueda asumir
responsabilidades, evolucionar en sociedad y reconstruirse psicológicamente. En
principio, se debe hacer un trabajo para mantener los lazos con la familia de origen,
en la medida de las posibilidades.
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La organización de la protección de la infancia en Francia
Servicios de acogida no tradicionales: los SANT cuentan por ejemplo con, Aldeas
Infantiles, que constituyen de hecho casas dónde son alojados los hermanos
reconstruir el aspecto del hábitat familiar. Estas instalaciones son gestionadas por la
Ayuda Social a la infancia
Familias de acogida
En medio natural
Casa Departamental de la Solidaridad: los educadores generalmente hacen un
seguimiento de los acogimientos en medio abierto o intervienen en acciones
educativas a domicilio.
Asociaciones designadas para efectuar acciones educativas en medio abierto
(AEMO), investigaciones o indagaciones sociales.
Prevención especializada: intervenciones sociales efectuadas sobre territorios
definidos entorno a los jóvenes o a las familias en dificultad.
09 –LAS POLÍTICAS PÚBLICAS FRANCESAS Y « LOS MENORES DELINCUENTES »
Desde la perspectiva judicial, existen tribunales y educadores judiciales llamados
específicamente Tribunal de Menores y Educadores PJJ. La ordenanza del 2 de febrero de
1945 sobre la delincuencia juvenil, estableció los tribunales de menores actuales (una ley de
1912 existía precedentemente), así como al juez de menores, y ha definido claramente la
primacía de lo educativo sobre lo represivo, y con una perspectiva de reinserción social.
10 – LAS DIFERENTES CATEGORÍAS DE MENORES
Menor de 10 años sin discernimiento: irresponsabilidad penal absoluta.
Menores de menos de 13 años y con discernimiento (apreciación soberana del juez 8 años en promedio): se enfrenta a la imposición de medidas educativas. Una
distinción debe hacerse entre los menores de 10 años y los menores de 10 a 13 años
que incurren en la imposición de sanciones educativas, medidas controvertidas, pues
están en la frontera entre las penas y las medidas educativas, y cuya sanción por la
falta de cumplimiento no es otra que el acogimiento en una estructura dentro de las
medidas educativas ...
Menor de 13 a 16 años: además de las medidas y de las sanciones educativas, se
benefician de una atenuación legal de la responsabilidad que sólo representa la
mitad de la pena del derecho común, siempre que no pase los 20 años de reclusión y
los €7500 de multa.
Menor de 16 a 18 años: su caso es más complejo. Beneficiándose siempre de la
excusa de la minoría, que puede ser descartada, en principio, en caso de una segunda
recurrencia en ciertos crímenes y delitos taxativamente enumerados.
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