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Transcript
Delegación de Bienestar Social
Servicios Sociales Comunitarios
Centro de Servicios Sociales Comunitarios “Vegas Altas”
Plan Extraordinario de Solidaridad y Garantía Alimentaria.
( Orden 20 de Marzo de 2015 por la que se prorrogan las medidas extraordinarias y urgentes del Decreto-ley 8/2014 de 10 de junio, de medidas
extraordinarias y urgentes para la inclusión social a través del empleo y el fomento de la solidaridad en Andalucía ).
1.- Finalidad: garantizar las necesidades alimentarias básicas de personas y familias en situación de exclusión social o
en riesgo de estarlo.
2.- Líneas de actuación: asegurar la garantía alimentaria a colectivos especialmente vulnerables y personas con escasos
recursos económicos.
3.- Gastos de adquisición de alimentos: sólo podrán destinarse los fondos transferidos a gastos corrientes y, en
particular, para comida y bebida de primera necesidad.
4.- Proceso y criterios de la distribución de alimentos: el proceso de distribución de alimentos, que se realizará con
discreción para garantizar la confidencialidad, estará destinado a las personas o unidades familiares que los Servicios
Sociales Comunitarios competentes consideren que se encuentran en situación de exclusión social o en riesgo de
estarlo, de conformidad con los criterios de necesidad social establecidos.
5.- REQUISITOS DE ACCESO AL PROGRAMA:
 Estar empadronado en el municipio con una antigüedad de un año.
 Ser persona mayor de edad o menor emancipado.
 No disponer de recursos suficientes con los que afrontar los gastos para necesidades básicas de la unidad
familiar.
Los ingresos máximos , durante los últimos 6 meses, del conjunto de personas que forman la unidad familiar no pueden
superar las siguientes cantidades:
1. Unidades familiares de una sola persona: menor de 3. 195,06 €.
2. Unidades familiares de dos personas: menor de 4. 153,57 €.
3. Unidades familiares de tres personas: menor de 4. 792,56 €.
4. Unidades familiares de cuatro o más personas: menor de 5.431,60 €.
6.- DOCUMENTACION:
 Solicitud debidamente cumplimentada( según modelo adjunto).
 Certificado de empadronamiento histórico colectivo de todos los miembros que conviven en la vivienda.
(obligatorio que la persona solicitante figure en el padrón del municipio de Albolote como mínimo 6
meses).
 Fotocopia del DNI de todos los miembros mayores 16 años.
 Fotocopia del Libro Familia.
 Acreditar ingresos de todos los miembros mayores de 16 años que convivan en el mismo domicilio de los
últimos 6 meses. (Se presentará uno ó varios de los siguientes documentos que cada persona de la unidad de
convivencia tengan reconocido y/o pueda demostrar):
▪ Tarjeta demanda empleo.
▪ Fé de vida laboral.
▪ Certificados positivos o negativos del SAE.
▪ Certificado del INSS de pensión en el caso que la tenga algún miembro ( carta que se enviá
anualmente ).
▪ Fotocopia de última nómina en el caso de que algún miembro la tenga.
▪ Ultima Declaración de la Renta de los miembros que la hagan.
 Declaración jurada ingresos y de bienes ( según Modelo adjunto).
 Documentación opcional:
▪ Certificado de discapacidad o de dependencia de los miembros que lo tengan reconocido. (
Certificado del Centro Base de Minusvalía y /o Resolución de reconocimiento del grado de
dependencia)
▪ Documentación acreditativa de la condición de víctima de violencia de género; fotocopia de la
denuncia de malos tratos, de la orden de alejamiento, Certificado de ser beneficiaría de la Renta
Activa de Inserción (RAI).
▪ Familias monoparentales, separadas o en proceso de divorcio, documentación judicial que acredite
esta situación.
7.- PROCEDIMIENTO:
1. Presentar la solicitud en el Centro de Servicios Sociales Comunitarios del municipio en que se encuentren
empadronados.( Publicación por parte del ayuntamiento de un plazo de 20 días para solicitar dicho programa, en el caso
que no se agote el dinero previsto continuará abierto el plazo hasta finalización del presupuesto).
2. Los Servicios Sociales Comunitarios comprobarán la solicitud y documentación presentada, así como el
cumplimiento de los requisitos de acceso. (A tales efectos, podrá pedir cuantos datos e informes sean necesarios a otras
instituciones o entidades públicas y privadas o a la propia persona solicitante, limitándose a aquéllos que resulten
imprescindibles para la comprobación del cumplimiento por parte de la persona solicitante de los requisitos que se
exigen para acceder a la prestación).
3. los profesionales de los Servicios Sociales Comunitarios elaborarán un informe de aquellas personas solicitantes que
se encuentran en situación de exclusión social o en riesgo de estarlo, dicha valoración en riesgo será requisito
imprescindible para la concesión de la ayuda.
4. El expediente ( Fotocopia DNI, solicitud e informe de riesgo o exclusión social) con un oficio del Centro de
Servicios Sociales Comunitarios se registrará en el Ayuntamiento para que sea resuelto por la persona titular de la
Alcaldía del Ayuntamiento o persona titular de la Concejalía competente en materia de servicios sociales en quien
aquélla delegue.
8.- PLAZOS DEL PROCESO DE INTERVENCIÓN.
Presentación de solicitudes: Del 18 de Enero a 8 de Febrero.
Elaboración de los informes de Exclusión social y registro de entrada en ayuntamiento: 22 de Febrero