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Tema 10: Filosofía política, el contrato social.
TEMA 10
FILOSOFÍA POLÍTICA MODERNA: EL CONTRACTUALISMO
0. La filosofía política inglesa.
1. Thomas Hobbes.
2. John Locke.
3. La filosofía política ilustrada: Rousseau.
0. La filosofía política del empirismo inglés: Hobbes y Locke.
Durante el siglo XVII, Inglaterra vivió graves convulsiones políticas. El absolutismo,
impuesto en prácticamente el resto de Europa, no logró consolidarse en las islas británicas: por un
lado, las minorías religiosas más radicales cuestionaban la vieja monarquía (Cromwell y sus
calvinistas hicieron rodar la pobre cabeza de Carlos I en 1649), por otro lado, los intereses de una
rica burguesía abogaban más por un régimen de carácter más liberal y parlamentario que
protegiera sus intereses (revolución gloriosa de 1688). Esto condujo a una serie de filósofos a
plantearse el problema del buen gobierno y el origen de la sociedad civil.
El origen de esta polémica se remonta a la época de la sofística (nuestros amiguitos los
griegos) cuando hacían la distinción entre convención (“nomos”) y naturaleza (“physis”). La
naturaleza era entendida como el estado natural del hombre antes de entrar en sociedad, mientras
que la convención era el estado del hombre ya integrado en un orden social determinado.
Pensemos la diferencia metodológica radical respecto a toda la teoría aristotélica y tomista: el
punto de partida no es la sociedad, sino los individuos. Estos firman un acuerdo a posteriori que
les separa de ese estado original: el contrato social. El carácter de ese contrato social
determinará qué régimen político resulta elegido, y dependerá, naturalmente, del punto de partida
del que se parta y la visión del hombre que cada filósofo presente.
1.1. THOMAS HOBBES.
Hobbes es el primer pensador político que plantea este problema. Aparte de filósofo, tuvo fama de
ser un buen intrigante político y virtuoso tenista -deporte snob de la época-, pero su habilidad con las
pelotas no le salvó de los negros tiempos de la crisis del XVII: a este autor le toca sufrir la misma
incertidumbre política y social que les afectó a Descartes y Spinoza. Cuando este autor nace (1588),
Inglaterra está en peligro por la armada española (“nací con un hermano gemelo, el miedo”) y
posteriormente se abaten sobre el reino terribles guerras de religión, que sumen en una escala de violencia
al país ante la incompentencia de los monarcas. El Leviathan, de 1651, su obra más famosa, servirá para
legitimar las dictaduras y monarquías posteriores, y lectura obligada para todo buen futuro dictador.
Fruto de esta experiencia vital, no es de extrañar que en semejante caos, Hobbes se lance
como propugnador de un estado autoritario, pero no como monarquía absoluta (tipo España o
Francia, en el que el poder del monarca proviene de Dios) sino en un sentido mucho más
contemporáneo, como dictaduras (y de hecho, Cromwell decapitó a Carlos I y fue dictador de
Inglaterra hasta 1660). La forma de legitimación de ese autoritarismo ha sido tan demoledor que
Hobbes todavía es la imagen oscura en la que podría haberse reflejado cualquier autoritarismo
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Tema 10: Filosofía política, el contrato social.
contemporáneo. Y el Leviathan y De Cive (sobre el ciudadano)se ha convertido en obras maestras
de la política de todos los tiempos.
¿Cómo va a realizar esto Hobbes? Este autor va a proponer como punto de partida aquello
que Descartes y otros racionalistas no se habían atrevido a tocar: formular una teoría política
fundamentada sobre los principios del mecanicismo y de la ciencia de la época: es decir, proponer
unas leyes de comportamiento universales que siempre se cumplirán en el hombre. El hombre, por
tanto, no es libre, sino que está sometido a leyes psicológicas que rigen de forma implacable como
la ley de la gravedad sobre una mesa o los pelos del profesor de filosofía, que caen sin remedio.
Antropología. Este mecanicismo antropológico cuenta con varios principios: en primer
lugar, exige un individualismo radical (la sociedad es una suma de individuos), y también una
visión determinada del hombre, que bajo esa visión mecanicista, siempre se cumple: el ser
humano es egoísta y hedonista: busca el placer y evita el dolor, y además, es insaciable.
No existe altruísmo en ese individuo, pero sin embargo, tiene un componente que lo separa del
resto de los animales: es de naturaleza racional. Ahora bien, esa racionalidad está delimitada a
un ámbito: la capacidad de medir las consecuencias que tiene una acción actual sobre el futuro.
Por ejemplo: yo tengo cuatro manzanas, y sé que hasta cuatro días no tengo más comida;
entonces lo mejor es racionar la comida que dispongo y no darme un atracón de manzanas.
Estado de naturaleza: el mundo hobbesiano no es fácil. Cada hombre atiende a lo suyo,
es absolutamente libre y busca el placer en detrimento del que tiene a su lado. En esa libertad sin
límites los individuos actúan violentamente unos contra otros para lograr saciar su desmedida
necesidad de placer y deseo. De aquí esa famosa cita vinculada a su pensamiento: el hombre es
un lobo para el hombre. En esta trágica posición originaria nos encontramos con un estado de
guerra de todos contra todos: no hay propiedad ni justicia.
Contrato social: El estado de naturaleza no es deseable. El individuo siente miedo ante
una muerte violenta y eso le incita a usar su capacidad racional. A pesar de nuestro egoísmo,
firmemos un pacto en el que al menos, tengamos seguridad y nos libremos de ese miedo
intrínseco a la muerte violenta en el estado de naturaleza. En ese pacto social, los individuos
firmantes pierden su libertad y todos sus derechos y la traspasan a un régimen político que
detentará el control radical de la violencia. Una vez instituido, los ciudadanos no tienen ningún
derecho a la rebelión contra ese estado.
Gobierno resultante: Vistas así las cosas, Hobbes está legitimando un estado
autoritario o una dictadura, en el que la búsqueda de la seguridad es más importante que las
libertades. El gobierno tiene todos los poderes políticos y establece las normas que desee. Sin
embargo, existe una limitación al poder del soberano: el estado resultante debe respetar la vida de
los gobernados, porque esa ha sido la principal razón por la que esos individuos han suscrito ese
contrato social. Así, sólo se puede dejar de obedecer al estado cuando este ya no es capaz de
cumplir la función para la cual fue creado, la protección de la vida de los súbditos. Este contrato
en definitiva es un pacto de sumisión (“pacto subjectionis”) para crear el gran Leviathan.
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Tema 10: Filosofía política, el contrato social.
Derecho: Hemos afirmado alguna vez que Hobbes defiende una concepción del derecho
positivista. Es decir: las leyes del soberano son buenas, no porque sean moralmente defendibles o
no, sino porque tiene una espada por detrás que sostiene ese derecho. El derecho se reduce por
tanto a una cuestión de legalidad y no de ética: es el conocido iuspositivismo o positivismo
jurídico. Sin embargo, esto exige una acotación: ese derecho no puede atentar contra la vida del
individuo de forma injustificada.
2. JOHN LOCKE.
A diferencia de Hobbes, las cosas mejoran en el momento histórico de John Locke (16321704). Cromwell ha muerto, las revueltas religiosas y sociales se aplacan y vuelve a instaurarse la
monarquía. La poderosa burguesía mercantil inglesa ha decidido entrar en política y aboga ahora
por un golpe incruento que dé estabilidad a sus negocios y permita al mismo tiempo un órgano
político en el que se de cabida a sus intereses. Esto aparece en la Revolución Gloriosa, cuando la
dinastía de Orange entra a reinar en Inglaterra, y se instaura el parlamentarismo liberal como
régimen de gobierno, algo que llega hasta los días de la actual Gran Bretaña. El gran teórico de
esta revolución liberal será Locke, y para ello, no sólo refutará los fundamentos de la vieja
monarquía absoluta de origen divino, sino también los de la dictadura que había propuesto
Hobbes. Locke, que al igual que en su resto de su filosofía, exhibe un talante moderado y
conciliador, propone lo mismo para su política, y de hecho, se apropia de los conceptos que ya
había utilizado Hobbes para rebatirle.
Estado de naturaleza: Locke describe el estado de naturaleza de forma mucho más
idílica que en el caso de Hobbes. El hombre atiende a sus propios intereses y es racional, como en
el caso de Hobbes, pero en este estado de naturaleza existe una especie de armonía
preestablecida, una sociedad natural en la que los hombres gozan, en relativa paz, de ciertos
derechos como la libertad y la propiedad privada. Dios ha creado un orden natural de carácter
racional reconocido por los hombres: este orden se configura como derechos naturales de los
hombres (y aquí respeta en cierta forma la tradición tomista y aristotélica) que siempre deben ser
respetados.
La característica más peculiar respecto a los otros autores es la importancia de la
propiedad privada en esa naturaleza humana: es el fundamento de su felicidad y se consigue
mediante el trabajo que un individuo deposita sobre la naturaleza (eso es lo que le hace detentor
de un derecho sobre algo frente a los demás individuos).
Contrato social: Sin embargo, en ese estado de naturaleza, existen ciertas limitaciones.
Como falta una autoridad establecida y un juez imparcial, los crímenes que se cometen contra los
derechos naturales, sobre todo la propiedad, quedan impunes. No existe un árbitro capaz de
imponerse y que juzgue de forma racional las disputas entre los distintos individuos. Estas
consideraciones hacen deseable la entrega de la autoridad a un poder civil en el que se pueda
confiar. De ahí la necesidad del contrato; la finalidad de éste es crear una autoridad para
salvaguardar nuestros derechos naturales, el más importante de los cuales será la propiedad.
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Tema 10: Filosofía política, el contrato social.
Locke plantea que la sociedad política puede ser útil a la hora de salvaguardar el disfrute
pacífico de los derechos naturales. El fundamento de esta sociedad es un contrato social, pero
contrato basado en el consenso y no la imposición (frente a un “pacto Subjectionis” se reclama
ahora un “pacto unionis”). A través de ese pacto los individuos renuncian a parte de su libertad,
para poder gozar de ella con mayor seguridad, aceptando someterse a la voluntad de la mayoría.
Pero ese pacto no es irrevocable, como en Hobbes, y los ciudadanos pueden actuar contra el
gobierno en caso que no respete esos derechos fundamentales. Esto es de importancia vital, en
cuanto que Locke criticará a Hobbes que la monarquía absoluta o la dictadura no es una forma de
gobierno civil porque no hay ninguna autoridad neutral que decida las disputas entre el monarca y
un súbdito. Para Locke el contrato social que instituye el gobierno implica la regla de la mayoría.
Esa mayoría además cede parte de sus derechos en el contrato, pero no para ser suprimidos, sino
para gozar de ellos con mayor seguridad. Así, cualquier forma de gobierno debe respetar los tres
pilares del derecho natural: vida, libertad y propiedad privada, siendo revocable en caso que
incumpla tal compromiso con los ciudadanos.
Gobierno resultante: No es de extrañar que en Locke el estado resultante sea bastante
distinto del hobbesiano, vistas las circunstancias de las que parte. Este autor y su Segundo
Tratado sobre el Gobierno Civil son las bases de la democracia liberal contemporánea.
Las consecuencias políticas de este planteamiento son evidentes: los hombres ceden al
poder legislativo y ejecutivo la autoridad para sancionar y poner en vigencia las leyes que
protegen sus derechos naturales. Locke defiende la separación de ambos poderes como forma de
garantizar su correcto funcionamiento (esto lo va a desarrollar todavía más Montesquieu). Estos
poderes constituyen el gobierno que en este caso no se identifica con el estado como en el de
Hobbes: la caída de un gobierno no implica el derrumbe del régimen, sino su correcto
funcionamiento, prueba de la permanencia del derecho de libertad entre los ciudadanos para
mostrar su descontento en un caso de necesidad.
Citemos que aunque Locke desarrolla las bases de una monarquía constitucional, lo que se
extrae de su pensamiento es especialmente la asignación de unos derechos para todos los
ciudadanos: tolerancia religiosa y libertad de expresión, entre otros. Locke está muy lejos de
proponer una democracia: los miembros relevantes de esta sociedad (con derecho a participar en
la política de un país) no son más que una minoría, los propietarios. No olvidemos que quien
hace la revolución en Inglaterra no son los pobres, sino los grandes burgueses y que ellos son los
beneficiarios del proyecto político de este autor.
El problema de la propiedad en el sistema liberal.
De esto se extrae una crítica radical para el planteamiento de Locke: ¿dónde quedan los derechos de
los pobres, que no son representados bajo este sistema? Esta carga va a suponer que a largo plazo, cuando
estalle la Revolución Industrial, los proletarios no se vean representados por los regímenes liberales de
Europa, y busquen en el socialismo y las revoluciones su forma de introducirse en el juego político.
Pensemos que en España, la Constitución de 1812 propone el sufragio censitario siguiendo ese criterio de
Locke (la propiedad) y que es solo en 1890 cuando el gobierno liberal de Sagasta impone el sufragio
universal (el derecho a voto de la mujer se postergará hasta la II República (1931) Este problema va a ser
criticado duramente por Rousseau y Marx.
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Tema 10: Filosofía política, el contrato social.
Derecho: John Locke se opondrá, como hemos podido ver, al iuspositivismo de Hobbes
(cualquier ley es buena, si es llevada a la práctica por el poder coercitivo del soberano). Sin
embargo, al defender la existencia de los derechos naturales y una especie de orden natural
mantenido por un dios creador (como santo Tomás), Locke está traicionando su propio empirismo.
Recordemos que bajo el empirismo se criticaba el innatismo por una parte y el nominalismo
tampoco nos permitía defender cosas como la existencia de esos derechos naturales. Este detalle
ha sido criticado como una de las incoherencias más graves de su pensamiento político y sin
embargo, han sido esos principios naturales (vida, libertad y propiedad) los que han permitido un
mayor éxito político a este autor.
Idea de tolerancia: Locke escribió también sobre la problemática religiosa y expuso sus
ideas en un pequeño escrito, Tratado sobre la Tolerancia. Las ideas de este libro son clásicas y de
inesperada actualidad para Europa. Así Locke sostiene que cualquier grupo religioso puede y debe
ser respetado por un estado que debe mantenerse completamente neutral en dicha materia. Sin
embargo, dentro de esa tolerancia, quedan excluidos de Inglaterra los católicos. La razón de esto
es clara: los católicos (en aquella época) obedecían a un segundo monarca, el Papa (que era un
rey terrenal, con sus intereses particulares). Así, podía existir una contradicción de poderes y
soberanía (obedecer al rey y el parlamento de Inglaterra o bien al Papa) que trajo muchas
desgracias en la historia de Inglaterra (Tomás Beckket y Tomás Moro, ambos eliminados por los
reyes ingleses). La tolerancia de Locke parte por tanto de una separación radical entre espiritual y
terrenal, y en este último terreno la soberanía de la monarquía inglesa es incuestionable.
Sombras de Locke: La tolerancia actual hacia distintas culturas.
Pensemos cómo esta idea reservada de tolerancia se mantiene en la problématica convivencia con la
minoría árabe en Europa. Un sector de los europeos considera inaceptable la presencia de estos
musulmanes porque no mantienen sus creencias en privado, sino que enarbolan cuestiones políticas y
sociales que van en contra de las costumbres del país de adopción. Ese sector tiene miedo que los árabes lo
que desean en el fondo es establecer sus propia tradición en estos países: en último término, podría decirse
al igual que Locke que la convivencia no es posible cuando se tiene a dos amos al mismo tiempo, el estado
europeo (laico o aconfesional) y la ley islámica, ambos opuestos entre sí.
Influencia de Locke
La influencia de este autor ha sido enorme. Desde una perspectiva filosófica, su obra será
radicalizada por el pensamiento de Hume. Desde un lado más cultural y político, es padre de la
Ilustración Inglesa (Enlightment) y sus ideas tendrán un gran influjo en Francia, especialmente con
Voltaire. No hay que olvidar que aparte de la Revolución Inglesa, Locke tuvo una influencia
fundamental en la Revolución Americana: vida, libertad y propiedad son los tres pilares en los
que se construyó la declaración de derechos de 1778 y todavía sigue siendo el ideario político de
buena parte de los norteamericanos de hoy en día.
2. La filosofía política ilustrada: J. J. ROUSSEAU.
Este filósofo va a proponer un contrato social diametralmente opuesto al de John Locke, que
defendía la propiedad privada como derecho fundamental de su teoría política. Rousseau (ginebrino
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Tema 10: Filosofía política, el contrato social.
muerto en 1776) no va a ser un filósofo empirista, sino que va a presentar sus ideas en el marco de la
Ilustración francesa. Este nuevo marco histórico le va a hacer bastante más radical que sus
antecesores ingleses, siendo el autor que inspiraría los ideales democráticos e igualitarios de la
Revolución Francesa.
Estado de Naturaleza: Para Rousseau, el estado de naturaleza es un auténtico paraíso perdido.
En aquella época, los seres humanos vivían completamente libres y felices, teniendo cada cual lo que
quisiera para él. Esto está en relación con el mito del “buen salvaje”: el hombre no es malo por
naturaleza; tan solo el contacto con la sociedad y la civilización le destruye.
La desaparición de este paraíso vino determinado cuando a alguien se le ocurrió establecer la
propiedad privada y mantener una separación entre las cosas suyas y las de los demás. Y más aún
cuando se le ocurrió que eso era un derecho inalienable. El resultado fue el origen de la desigualdad
entre los hombres y el origen de todas sus desdichas.
Imaginemos por ejemplo que la clase de 2ºA vivió en ese estado de naturaleza maravilloso, con
taparrabos y viviendo de las frutas del bosque. Pero de pronto, Celia y Carmen levantaron una
empalizada en torno a sus tierras y las muy listas convencieron a los demás que esas tierras eran suyas
por el esfuerzo que había depositado en ellas, y que nadie más tenía derecho alguno sobre las mismas.
El resultado fue que en poco tiempo el resto de la gente le siguió su ejemplo, y codificaron leyes para
que la propiedad se respetara: con ello el paraíso idílico se perdió irremediablemente, pues, ¿qué
ocurriría con aquellos que se quedaran rezagados en la obtención de la propiedad?
Contrato social. El estado de naturaleza se ha vuelto terrible, puesto que el hombre está
sometido a la desigualdad más absoluta, sobre todo cuando la propiedad no se legitima en el esfuerzo
personal sino en la suerte, la cuna o en la simple herencia (como en el Antiguo Régimen). Es cierto que
este derecho de propiedad beneficia a unos pocos, pero la inmensa mayoría de la población no tiene
nada y no cuenta con ningún derecho natural para ellos.
La solución va a ser la firma de un nuevo contrato social, por el cual los hombres deciden fundar
un estado político que intente preservar la mayor libertad posible para cada individuo y devolverles en
la medida de lo posible a ese idílico estado de naturaleza que se ha perdido para siempre. Esto
necesariamente implica conceder derechos políticos no solo a los propietarios, como había pretendido
Locke, sino también a aquellos que no poseían nada, para evitar que sean solo unos pocos los que
controlen todo. A partir de ahora, la mayoría será la que decida qué hacer en los asuntos públicos: lo
que Roussseau denominó la voluntad general.
Régimen político: Resultado directo de esto va a ser la democracia, en el que todo ciudadano
va a tener unos derechos básicos independientemente de su posición social. Es por ello que Rousseau
se convirtió en el ideólogo fundamental de la Revolución Francesa. Pero además, es una democracia
radical, en la que el pueblo no solamente decide una vez cada cierto tiempo, sino que tiene el
absoluto derecho a irrumpir en la vida pública en cualquier momento. Dicho de otra forma, no es una
democracia en la que el elector es libre únicamente el día que va a votar a sus representantes y con
ello cede todos sus derechos durante un largo periodo de tiempo. La democracia de Rousseau va más
allá de ese acto de elección y se concentra en lo que hoy llamaríamos la sociedad civil, es decir, el
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Tema 10: Filosofía política, el contrato social.
conjunto de la sociedad que opina o muestra una participación política a través de los medios de
comunicación, huelgas, manifestaciones etc…
Por desgracia su idea de la voluntad general condujo a una tergiversación de esa democracia.
Según Rousseau, la voluntad de la mayoría siempre tenía que ser respetada y podía atentar contra
aquellas minorías que hubiera derrotado. De esta forma, en nombre de la voluntad del pueblo quedaría
legitimado cualquier intento de destruir toda oposición a esa mayoría popular. Es normal que en el
caso de Rousseau no tenga relevancia la división de poderes defendida por Locke o Montesquieu: el
poder legislativo, elegido por la voluntad general, lo puede todo e incluso someter el poder judicial o
ejecutivo a su mandato.
Ese fue el caso del dictador Robespierre en la Revolución Francesa o del comunismo de Stalin: en
nombre del pueblo de Francia o de la dictadura del proletariado, se consideraron con legitimidad
suficiente para mandar a todo opositor a la guillotina o a los gélidos “gulaks” de Siberia y estar por
encima de toda ley. De esta forma también se le ha considerado a Rousseau como una especie de
precursor de todos los sistemas autoritarios populistas de la edad contemporánea.
Otras ideas:
La Educación: “El Emilio”. Una forma de atajar las diferencias existentes en la sociedad real,
aparte del contrato social, parte para Rousseau de una reforma profunda en la educación. Generally
speaking, Rousseau es hijo de la Ilustración y hermano de Kant, que tanta importancia conceden a
este tema. Rousseau parte de una pedagogía basada en la bondad del ser humano y básicamente en el
intento de recuperar la imagen del buen salvaje: superación de los prejuicios sociales, inmersión en la
naturaleza y en los sentimientos individuales son los tres fundamentos de una buena educación.
Es también el primer pedagogo que hace una distinción entre el mundo infantil y el mundo
adulto; hasta esa época, los niños eran considerados “adultos en miniatura”, y no como individuos con
las características propias de esa fase de la vida.
Rousseau prerromántico: los sentimientos. A pesar del interés fundamentalmente político
de su pensamiento, no podemos dejar aquí de citar su carácter prerromántico. Sería engañoso
considerarlo por tanto como un mero ilustrado más, puesto que:
a) No comparte la fe en el progreso de su época sino que es más bien pesimista: el
contrato social no puede enmendar el estado de naturaleza irrecuperable, perdido y la actual
desigualdad de la propiedad.
b) Frente a la importancia de la razón ilustrada (en las ciencias o en el desarrollo de la
filosofía) defiende la importancia y supremacía de los sentimientos y las experiencias subjetivas
en la vida humana.
No en vano, este señor está como un auténtico cencerro con paranoias persecutorias que le
empujan a viajar por toda Europa y visitar a David Hume en Escocia, que acabará de él hasta la
coronilla. Fruto de ello será su obra Las Confesiones y Las Ensoñaciones del Paseante Solitario,
auténticos desbarres de su personalidad paranoica que nadie hasta él habría osado de escribir en un
libro. Pero, como él decía: “Yo solo, ya no debo ocuparme más que de mí”. Algo egocéntrico, el señor
este.
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