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ficha pedagógica
Publicidad
Autorregulación de la publicidad
PIENSA…
Estás viendo la televisión y de pronto emiten un anuncio que te parece
poco creíble, que incita a la violencia, que fomenta la discriminación
o que atenta contra la protección de los niños, en horario infantil.
Existen entidades que regulan muchos aspectos de la publicidad, pero
la realidad es que ese anuncio es inadecuado, y has podido verlo por
televisión. ¿Puedes hacer algo al respecto? ¿Cómo se podría denunciar,
y ante quién habría que hacerlo? ¿Tenéis que enfrentaros tu familia y tú
©2011 iStockphoto
solos a la empresa responsable?
sabias que...
Los sistemas de autorregulación son la respuesta de las propias empresas publicitarias a la exigencia
de la sociedad para que existan unas garantías de confianza y credibilidad en la publicidad. Por
tanto, la autorregulación publicitaria no pretende ser un sustituto del control legal, sino servir
de útil complemento a éste -mediante la corregulación-. Para ello, las empresas se compromente
a cumplir un determinado código ético. Existen organismos a nivel nacional y europeo que se
encargan de establecer dichos códigos, y posteriormente controlan que quienes los han firmado,
los cumplan. En España, este organismo es Autocontrol (Asociación para la autorregulación de la
comunicación comercial).
Una de las actividades más importantes de Autocontrol es resolver las reclamaciones contra
anuncios concretos y lograr así una publicidad mas responsable.
Tanto particulares y asociaciones de consumidores, como empresas pueden presentar una
reclamación cuando consideren que una publicidad vulnera las normas de buenas prácticas.
El Jurado, formado por expertos independientes, resuelve el conflicto extrajudicialmente,
determinando si se ha infringido alguna norma.
Cuando el Jurado de la Publicidad de Autocontrol considera que se han vulnerado las normas
(códigos éticos incluyendo el respeto a la legislación vigente) se solicita la modificación o cese de
las campañas al anunciante o medio reclamado
ficha pedagógica
Autorregulación de la publicidad
Un código ético es un conjunto de directrices que dictan qué conductas son aceptables y cuáles
no en la creación de campañas publicitarias, atendiendo a una serie de valores que garantizan la
protección del consumidor del producto, y también de la audiencia del anuncio. Se basa en los
siguientes principios:
• Legalidad: por supuesto y como una cuestión primordial, la publicidad debe cumplir las normas
jurídicas vigentes aplicables a cada tipo de producto.
• Honestidad: la publicidad siempre empleará informaciones y documentaciones adecuadas y
verdaderas.
• Decencia: deben respetarse los valores morales y sociales de la comunidad a la que va dirigido
el mensaje, y deberán tenerse en cuenta las obligaciones de los individuos que conviven en
dicha comunidad.
• Veracidad: se deben evitar las verdades parciales a la hora de hablar de las ventajas que aporta
un producto o servicio. Las imágenes o descripciones correspondientes a cuestiones que se
puedan comprobar, deberán poder argumentar las bases científicas si fuese necesario.
• Dignidad: la publicidad en ningún caso contendrá situaciones discriminatorias o que denigren
por cuestiones de edad, de raza, de sexo, de religión, de condición social, etc.
• Respeto: no pueden denigrarse otros productos, servicios o conceptos de un publicista de la
competencia, ni tampoco copiar sus ideas.
• Justa competencia: si se hacen comparaciones entre productos, éstos deben poseer características
similares para no llevar a engaños al consumidor.
• Bienestar y salud: no deben contener imágenes, textos o sonidos que pongan en riesgo la salud
de los seres humanos y el respeto al medio ambiente, o la incitación a prácticas inseguras.
¿QUÉ PUEDO HACER YO…?
• Si ves algo que te molesta, te parece de mal gusto, atenta contra los niños, o contiene un mensaje
de violencia o discriminación, consúltalo con tus padres para presentar una reclamación.
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