Download Anexo de Accionistas, Participes, Socios, Miembros de Directorio y

Document related concepts
no text concepts found
Transcript
Anexo de Accionistas, Participes,
Socios, Miembros de Directorio y
Administradores
22 de Febrero del 2016
Flash Gerencial
GTRIB-Flash-2016-018
Estimados clientes y amigos:
Nos permitimos informarles que, en el Suplemento del Registro Oficial No. 693 del 18 de
febrero del 2016, se publicó la Resolución del SRI No. NAC-DGERCGC16-00000082,
mediante la cual se incorporan importantes reformas a la presentación del Anexo de
Accionistas, Participes, Socios, Miembros de Directorio y Administradores (APS), mismas
que nos permitimos resumir a continuación:
Todas las reformas incluidas el 8 de enero del 2016, al Anexo de
Accionistas, Partícipes, Socios, Miembros de Directorio y Administradores APS (ver nuestro Flash Gerencial 006) serán aplicables a partir del 1 de
febrero del 2017 (es decir al Anexo correspondiente al ejercicio 2016).
Para la presentación del Anexo APS antes de la fecha anteriormente indicada, es decir
para el Anexo correspondiente al ejercicio 2015, se deberán seguir las siguientes reglas:
Sujetos obligados:
Están obligados a presentar este anexo las sociedades, de conformidad con la
definición de la Ley de Régimen Tributario Interno, las sucursales de sociedades
extranjeras residentes en el país y los establecimientos permanentes de sociedades
extranjeras no residentes.
Información a reportar:
Nombres y apellidos completos o razón social, número de identificación y número de RUC, cuando corresponda.
Tipo de persona (natural o jurídica), y en el caso de ser persona jurídica extranjera no domiciliada en
Ecuador, especificar el tipo de sociedad de que se trate.
País de domicilio o residencia, dirección, código postal y medios de contacto.
En el caso de beneficiarios que no tengan domicilio o residencia fiscal en Ecuador, señalar el país o
jurisdicción de residencia fiscal.
Porcentaje de participación correspondiente a cada titular o beneficiario de derechos representativos de
capital.
Señalamiento respecto de si son o no parte relacionada del sujeto obligado a presentar el Anexo.
Av. de los Shyris N34-40 y
República de El Salvador
Edificio Tapia, piso 10, Oficina 1002
Teléfono: (593-2) 333 2742
www.tributum.com.ec
Cuando los titulares o beneficiarios de derechos representativos de capital, miembros de
directorio o administradores, sean sociedades extranjeras no domiciliadas en el Ecuador, se
deberá a su vez consignar la información de éstas, hasta llegar al nivel en el cual se
identifiquen a personas naturales nacionales o extranjeras.
Cuando los titulares o beneficiarios de derechos representativos de capital, miembros de
directorio o administradores sean otras sociedades nacionales, sociedades extranjeras
residentes en el país, establecimientos permanentes de sociedades extranjeras no
residentes, instituciones del Estado, empresas públicas, estados extranjeros o sus
instituciones, o misiones y organismos internacionales reconocidos por el estado
ecuatoriano; estos serán considerados como su último nivel de información a
presentar.
Casos especiales:
Instituciones
sin fines de lucro
Sociedades que
coticen en bolsa
Fideicomisos
Fondos de inversión
•Deberán presentar únicamente la información de sus
socios fundadores, de sus miembros directivos y de sus
administradores.
•La información reportada de sus beneficiarios, miembros
de directorio, y administradores, corresponderá a la
parte de su composición societaria que no se cotice en
bolsa de valores.
•Deberán reportar la información relativa
administradores, constituyentes y beneficiarios.
a
sus
•Además del administrador del fondo, se deberá reportar
la información de aquellos titulares, cuyos derechos
superen dos fracciones básicas gravadas con tarifa cero
del IR.
Excepciones:
No están obligadas a presentar la información requerida en el anexo:
• Sucesiones indivisas
• Instituciones del Estado
• Misiones y Organismos Internacionales
• Empresas Públicas
• Organizaciones del sector no financiero de la Economía Popular y Solidaria, cuyo capital social
sea igual o inferior a 18 fracciones básicas gravadas con tarifa del IR, o que por disposición
reglamentaria se encuentren en un régimen abreviado de sus deberes formales
• Sociedades sujetas a la vigilancia de las Superintendencias de Compañías, de Bancos o de
Economía Popular y Solidaria, que se encuentren en proceso de liquidación, a partir del año
siguiente a aquel en que este proceso haya comenzado
Plazos para la presentación:
 La información correspondiente al ejercicio fiscal 2015, deberá presentarse en el
mes de abril de 2016, previo a la declaración de IR y hasta la fecha de
vencimiento de dicha declaración, considerando el noveno dígito del RUC, según el
siguiente calendario:
Noveno dígito
del RUC
Fecha máxima de
entrega
1
10 de abril
2
12 de abril
3
14 de abril
4
16 de abril
5
18 de abril
6
20 de abril
7
22 de abril
8
24 de abril
9
26 de abril
0
28 de abril
 En el caso de que en el transcurso del ejercicio, se presente cualquier cambio en
la composición societaria y demás información, se deberá presentar el anexo en el
mes subsiguiente en que se produjo dicho cambio, con corte al último día del
período que se informe, de acuerdo al noveno dígito del RUC.
No Presentación o Presentación Incompleta:
Cuando no se presente el anexo, previo a la declaración de IR y hasta la fecha de vencimiento
de dicha declaración, se considerará como no cumplida su obligación y por lo tanto
deberá aplicar la tarifa del 25% a la totalidad de la base imponible para efectos del
cálculo del IR.
Cuando se reporte la información de manera incompleta, aplicará la tarifa del 25% de IR,
a la parte de la base imponible que corresponda a la participación no reportada.
Sobre el resto aplicará la tarifa correspondiente de acuerdo a las normas generales.
Sanciones:
La presentación tardía, la falta de presentación o la presentación inexacta de la
información, serán sancionadas conforme a la normativa vigente, y no exime al
sujeto obligado de la presentación del Anexo.