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oFICIo CIRCULAR
Quito, D.M.,O
1
No. SEPS-IFPS-2014- 1g'4 6 8
OCT ?01{
Señores
ENTIDADES DEL SECTOR FINA¡ICIERO POPULAR Y SOLIDARIO
ORGAIIISMOS DE INTEGRACIÓN
Presentes
Asunto: "Calificación, registro y entrega de claves de auditores intemos y externos"
De mi consideración:
l.
El Código Organico Monetario y Financiero, publicado en el Registro Oficial No. 332,
de 12 de septiembre del 2014, en su artículo 455, que indica:
"Las cooperativas de ahono y crédito contarán con auditores interno y externo
cuando sus activos superen USD 5'000.000,00 (cinco millones de dólares de los
Estados Unidos de América). Este valor se ajustará anualmente conforme al índice de
precios al consumidor. Las cooperativas de ahoruo y crédito cuyos actívos sean
inferiores al monto señalado en el inciso precedente, contarán con las auditorias que
determine el consejo de administración, de conformidad con las normas que emita la
Junta de Política y Regulación Monetaria y Financiera."
Sobre esta base, el Reglamento Especial para Calificación de Auditores Internos y
Externos de las Organizaciones bajo control de la Superintendencia de la Economía
Popular y Solidaria, indica los requisitos para los procesos de calificación, registro, y
entrega de claves para los auditores intemos y extemos, apegados a las siguientes
premisas:
Requisitos Generales:
o
o
o
o
o
'
Solicitud de calificación, suscrito por el solicitante o por el representante legal de la
firma auditora si fuese persona jurídica;
Formulario de datos proporcionado por la Superintendencia de Economía popular y
Solidaria debidamente lleno y suscrito por el solicitante o por el representante legal
de la firma auditora si fuese persona jurídica;
Copia de cedula de ciudadanía o identidad del solicitante o del representante legal de
la firma auditora si fuese persona jurídica;
Copia de papeleta de votación del solicitante o representante legal de la firma auditora
si fuese persona jurídica;
Copia del Registro Único de contribuyentes del solicitante o de la firma auditora si
fuese persona jurídica (si fuese aplicable).
Portugol El0-47 y Repúblico de El Solvodor
. www.seps.gob,ec . [email protected] .
(593) 2 394 88 40
Requisitos Generales para auditores internos y externos, personas naturales:
.
o
.
.
.
.
.
.
.
Hoja de vida profesional debidamente respaldada y certificada, la cual deberá incluir:
a) Copia certificada ante Notario, del título que acredite su calidad de contador
público autorizado o auditor titulado (El cual deberá estar debidamente
registrado por la Secretaria Nacional de Educación Superior, Ciencia,
Tecnología e Innovación-SENESCYT);
b) Impresión de la página web del SENESCYT, en la cual conste el registro
respectivo o certificación emitida por dicho organismo;
Certificados que acrediten experiencia de al menos tres años en la realización o
dirección de funciones o trabajos de auditoría interna o externa;
Copia del Registro Único de Contribuyentes (si fuese aplicable);
Copia de la declaración del pago del impuesto a la renta del último periodo fiscal;
Declaración Juramentada otorgada ante Notario Público, de no estar incurso en las
prohibiciones determinadas por la Ley Orgránica de la Economía Popular y Solidaria
y del Sector Financiero Popular y Solidario (*);
Documento que acredite la aprobación del curso de capacitación como auditor,
reconocido por la Superintendencia de Economía Popular y Solidaria (**);
Certificado de responsabilidades otorgado por la Contraloría General del Estado;
Certificado de no constar como contratista incumplido o adjudicatario fallido emitido
por el Instituto Nacional de Contratación Pública;
Declaración patrimonial actualizada con su firma de responsabilidad.
(*) La declaración juramentada de no estar incurso en las prohibiciones determinadas por la Ley, junto con
la que tiene relación con los impedimentos para ejercer el cargo de auditor, podrá ser presentada en un
mismo instrumento.
(**) Por el momento, este documento no se exige para la calificación, con base en lo dispuesto en la
Disposición Transitoria Segunda de la Resolución No. SEPS-IFPS-IEPS-IEN-2014-007, de 5 de febrero de
2014, expedida por la Superintendencia de Economía Popular y Solidaria, que señala: "Los requisitos
dispuestos en los literales e) del numeral I y e) del numeral 4 del artículo 6 se exigirán una vez que la
Superintendencia de Economía Popular y Solidaria acredite los cursos correspondientes." Stn embargo,
r¡na vez que la SEPS determine su obligatoriedad, en caso de incumplimiento, este organismo de control
dejará sin efecto la calificación de auditor en caso de haberla otorgado.
Requisitos Específicos para Auditores Externos del Sector Financiero Popular y
Solidario, personas naturales :
Detalle del equipo de apoyo para realizar los trabajos de auditoria externa, de ser
aplicable;
Hoja de vida de cada miembro del equipo de apoyo pararealizar los trabajos de auditoria
externa, de ser aplicable, debidamente respaldadas y certificadas;
Copia certificada ante Notario, del título que conste en la hoja de vida de cada miembro
del equipo de apoyo. (El cual deberá estar debidamente registrado por la SENESCYT,
adjuntando la impresión de la págSna web, en la cual conste el registro respectivo o
certificación ernitida por dicho organismo).
ryffi
Sírvase tomar
en cuenta los siguientes impedimentos, y adjuntar la
siguiente
documentación:
o
.
.
Reporte crediticio actualizado (mráx. 30 días) de un buró de información crediticia,
del cual se desprenda que no regisffa créditos castigados durante los últimos cinco
años, en una institución del sistema financiero;
Certificado de la Superintendencia de Bancos de no estar inhabilitado en el manejo
de cuentas corrientes;
Declaración Juramentada otorgada ante Notario Público, en la cual se indique
expresamente que No se encuentra comprendido en los siguientes casos de
impedimento:
a) Ser parte procesal en litigios seguidos por o en contra de la organización;
b) Hallarse inhabilitado para ejercer el comercio;
c)
d)
e)
0
g)
Ejercer funciones en organismos rectores de la política monetaria, crediticia
o de control estatal;
Ser funcionario de la Superintendencia de Economía Popular y Solidaria, o
percibir sueldo, honorario o remuneración con cargo al presupuesto de la
institución;
Haber sido declarado judicialmente responsable de irregularidades en la
administración y auditoria de entidades públicas o privadas mediante
sentenci a ej ecutoriada;
Haber sido sancionado por su actuación profesional como auditor extemo o
interno por la Superintendencia de Economía Popular y Solidaria; y,
Haber presentado documentación alterada o falsa, debidamente comprobada.
Requisitos Generales para auditores externos del Sector Financiero Popular y
Solidario, personas jurídicas:
.
.
o
Hoja de vida profesional debidamente respaldada y certificada del auditor principal,
la cual deberá incluir:
a) Copia certificada ante Notario, del título que acredite la calidad de contador
público autorizado o auditortitulado del auditorprincipal (El cual deberá estar
debidamente registrado por la Secretaria Nacional de Educación Superior,
Ciencia, Tecnología e Innovación-SENESCYT);
b) Impresión de la página web del SENESCYT, en la cual conste el registro
respectivo o certificación emitida por dicho organismo;
Certificados que acrediten la experiencia de la firma auditora/compañía de al menos
tres años (segmentos uno y dos) y de cinco años (en caso de solicitar calificación para
desempeñarse como auditores de las cooperativas de ahorro y crédito de los
segmentos tres y cuatro) en la realización o dirección de funciones o trabajos de
auditoría interna o extema;
Declaración Juramentada otorgada ante Notario Público, del auditor principal y los
miembros del equipo de apoyo, de no estar incursos en las prohibiciones determinadas
por la Ley Orgánica de la Economía Popular y Solidaria y del Sector Financiero
Popular y Solidario (*);
'Poriugol El0-47yRepúblicodeEl Solvodor.www,seps.gotr',[email protected],ec.(593i
23948840
,uou,f.-
.
o
.
Documento que acredite la aprobación del curso de capacitación del auditor principal
los miernbros del equipo de apoyo, reconocido por la Superintendencia de
Economía Popular y Solidaria (**);
Certificado de responsabilidades de la firma auditora/compañía, otorgado por la
Contraloría General del Estado;
Certificado de no constar como contratista incumplido o adjudicatario fallido de la
firma auditora/compañía, emitido por el Instituto Nacional de Contratación Pública.
y
(*) La declaración juramentada de no estar incurso en las prohibiciones detenninadas por la Ley, junto con
la que tiene relación con los impedimentos para ejercer el cargo de auditor, podrá ser presentada en un
mismo instrumento.
(*+) Por el momento, este documento no se exige para la calificación, con base en lo dispuesto en la
Disposición Transitoria Segunda de la Resolución No. SEPS-IFPS-IEPS-IEN-2014-007, de 5 de febrero de
2014, expedida por la Superintendencia de Economía Popular y Solidaria, que señala: "Los requisitos
dispuestos en los literales e) del numeral I y e) del numeral 4 del artículo 6 se exigirán und vez que la
Superintendencia de Economía Popular y Solidaria acredite los cursos correspondientes." Sin embargo,
una vez que la SEPS detennine su obligatoriedad, en caso de incumplimiento, este organismo de control
dejará sin efecto la calificación de auditor en caso de haberla otorgado.
Requisitos específicos para auditores externos del Sector Financiero Popular y
Solidario, personas jurídicas :
.
.
.
.
o
Documento oficial que acredite su existencia jurídica, de donde se pueda verificar el
objeto social;
Detalle de los servicios a ofertar;
Copia de estados financieros del ultimo periodo fiscal de la firma auditora/compañía,
suscritos por el representante legal y el contador;
Copia de la declaración del pago del impuesto a la renta del último periodo fiscal de
la firma auditora/compañía, suscritos por el representante legal y el contador;
Declaraciónpatrimonial actualizadadel (de los) auditor(es) principal(es) con su firma
de responsabilidad.
Nota: De acuerdo a lo dispuesto en el artículo 6 numeral 6 del reglamento ibídem, establece que: "Para
efectuar auditorías externas en cooperativas de ahorro y crédito ubicadas en los segmentos tres y cuatro,
las firmas auditoras acreditarán previamente una experiencia mínima de cinco años, en la prestación de
servicios de quditoría. Estos segmentos podrán ser auditados únicamente por personasjurídicas."
Sírvase tomar
en cuenta los siguientes impedimentos, y adjuntar la
siguiente
documentación:
Reporte crediticio actualizado (máx. 30 días) de la firma auditora/compañía, de un
buró de información crediticia, del cual se desprenda que no registra créditos
castigados durante los últimos cinco años, en una institución del sistema financiero;
Certificado de la Superintendencia de Bancos que certifique que la firma
auditora/compañía no está inhabilitada en el manejo de cuentas corrientes;
Declaración Juramentada de la firma auditora/compañía, otorgada ante Notario
Público, en la cual se indique expres¿rnente que No se encuentra comprendida en los
siguientes casos de impedimento:
Ó¡§ffiHHF*SH
a) Ser parte procesal en litigios seguidos por o en contra de la organización;
b) Hallarse inhabilitado para ejercer el comercio;
c) Ejercer funciones en organismos rectores de la política monetaria, crediticia
o de control estatal;
d)
e)
0
g)
Ser funcionario de la Superintendencia de Economía Popular y Solidaria, o
percibir sueldo, honorario o remuneración con cargo al presupuesto de la
institución;
Haber sido declarado judicialmente responsable de irregularidades en la
administración y auditoria de entidades públicas o privadas mediante
sentencia ej ecutoriada;
Haber sido sancionado por su actuación profesional como auditor externo o
intemo por la Superintendencia de Economía Popular y Solidaria; y,
Haber presentado documentación alterada o falsa, debidamente comprobada.
Nota: Para el caso de las personasjurídicas las prohibiciones señaladas incluyen a sus socios o accionistas.
2.
Las entidades que hayan registrado sus auditores internos y recibido los accesos al
Sistema de Acopio de Hallazgos de Auditoría, sin tener a sus auditores internos
calificados ante este organismo de control, deberián ser calificados hasta el 3l de
diciembre del2014, momento apartir del cual se revisarán los accesos otorgados a los
auditores intemos que no han sido calificados, ocasionando que su registro sea
insubsistente, desactivando los accesos otorgados.
Para el caso de los auditores externos, el proceso de calificación, registro y entrega de
claves, se mantendrá en las mismas condiciones que hasta el momento.
4. Para las entidades que según a la información periódica reportada a esta Superintendencia
no cumplan con el presupuesto del artículo 455 del Código Orgánico Monetario y
Financiero, a septiembre del 2014, fecha en la cual entró en vigencia la normativa
referida, y que decidan contratar auditoría interna y externa, deberán cumplir con lo
dispuesto en el punto 2 del presente oficio circular y deberán ser calificados ante este
organismo de control.
Si la decisiór, organizacional es la de no contratar auditoría interna, la responsabilidad de
entrega de la información y el acceso al Sistema de Acopio
correspondiente, descansará en el Presidente del Consejo de Vigilancia.
la
5.
En relación al registro de los Presidentes de los Consejos de Vigilancia, me permito
recordar que únicamente los Gerentes de las entidades del Sector Financiero Popular y
Solidario, serán los facultados para solicitar dicho requerimiento ante este organismo de
control previo al cumplimiento de los siguientes requisitos:
o
'
de Hallazgos
Copia del nombramiento del Presidente del Consejo de Vigilancia.
Portugol El0-47 y Repúblico de El Solvodor
.
www.seps.gob.ec
.
[email protected]
.
(S93) 2 394 BB 40
o
o
¡
o
o
Copia de cédula de identidad del representante legal.
Copia de cédula de identidad del funcionario que recibe la clave.
Formulario para solicitud de claves (asignar un correo electrónico personal del
Presidente del Consejo de Vigilanci4 el cual guarde relación con su nombre).
Compromiso de Confidencialidad firmado por el funcionario que recibe la clave.
Formulario de personas estratégicas.
Atentamente,
^,"^
/
L--^---J
Margarita Hernández Naranj o
INTENDENTE DEL SECTOR FINANCIERO POPULAR Y SOLIDARIO