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“TAX & LEGAL CHALLENGES FOR DOING BUSINESS IN SPAIN:
NEW RULES, NEW OPPORTUNITIES”
DIEGO SILLER BELTRAN
JUAN MANUEL MORAL CALVO
PABLO ULECIA RUBIO
AGRADECIMIENTO
A Dios, que me puso en éste camino que
fascinado estoy de recorrer.
A mis asesores de tesis, por tenerme una
incansable paciencia y dedicar su tiempo en mí.
A CUNEF, por otorgarme la oportunidad de
cultivar lo más valioso que es el conocimiento.
A todos los que creen en mí.
DEDICATORIA
A mis padres, que lucho incansablemente por
honrarlos y enorgullecerlos con todos mis actos.
Mis hermanos y sus familias, a quienes admiro por
luchar por formar un hogar y apoyarme en todo lo
que hago.
Mis amigos y mis nuevos amigos, los que deje en mí
país pero lo traigo en mi corazón y mis nuevos
amig@s multiculturales que me dejan una
experiencia inigualable.
España, por recibirme con los brazos abiertos, por
darme la oportunidad de conocerte, por regalarme
los mejores meses de mi estancia en Madrid y por
hacerme ver que se puede volver a creer.
“Tax & Legal challenges for doing business in Spain: new rules, new opportunities”
4
CONTENIDO
INTRODUCCIÓN:
1. ESPAÑA
1.1.
1.2.
1.3.
1.4.
EL ESPAÑOL, SU FORMA DE VIDA E IDIOMAS.
SU AHORRO
ENDEUDAMIENTO DEL ESPAÑOL
LA CRISIS
2. LA UNIÓN EUROPEA:
2.1.
LA CONSTITUCIÓN DE LA UNIÓN EUROPEA
2.2.
ÁMBITO SOCIAL
2.3.
ÁMBITO ECONÓMICO
2.3.1. CAMBIO DE MONEDA AL EURO
2.4.
ÁMBITO POLÍTICO
2.4.1. POLÍTICA EXTERIOR Y DE SEGURIDAD COMÚN
2.5.
ESPAÑA COMO PARTE DE LA UNIÓN EUROPEA.
3. EL EMPLEO Y SU LEGISLACIÓN LABORAL.
3.1.
REFORMA LABORAL
3.2.
CONTRATACIÓN Y LIQUIDACIÓN DE PERSONAL
3.3.
SEGURIDAD SOCIAL
4. ESTABLECIMIENTO EN ESPAÑA:
4.1.
PERSONAS JURÍDICAS
4.1.1. SOCIEDADES DE RESPONSABILIDAD LIMITADA:
4.1.2. SOCIEDADES ANÓNIMAS
4.1.3. DIFERENCIAS ENTRE S.A. Y S.R.L.
4.2.
COMO INVERTIR EN ESPAÑA
5. SISTEMA FISCAL
5.1.
IMPUESTOS
5.1.1. IMPUESTO DE SOCIEDADES
5.1.2. IMPUESTO SOBRE LA RENTA DE LAS PERSONAS FÍSICAS
5.1.3. IMPUESTO SOBRE LA RENTA DE NO RESIDENTES
5.1.4. IMPUESTO SOBRE EL VALOR AÑADIDO
5.1.5. IMPUESTO SOBRE ACTIVIDADES ECONÓMICAS
5.1.6. IMPUESTO ESPECIAL DE FABRICACIÓN
5.1.7. IMPUESTO SOBRE BIENES INMUEBLES
5.1.8. IMPUESTO SOBRE CONSTRUCCIONES, INSTALACIONES Y
OBRAS
5.2.
CONVENIOS DE DOBLE IMPOSICIÓN
6. INCENTIVOS EN ESPAÑA PARA LA INVERSIÓN EXTRANJERA
6.1.
INCENTIVOS PARA FOMENTAR EL EMPLEO
“Tax & Legal challenges for doing business in Spain: new rules, new opportunities”
5
6.2.
6.3.
6.4.
ENISA
ICO
INCENTIVOS DE LA UNIÓN EUROPEA
7. MERCADOS
7.1.
7.2.
7.3.
TIPOS DE MERCADOS
CRECIMIENTO
ESPAÑA Y SU POSICIONAMIENTO ECONÓMICO DE CARA AL FUTURO.
8. SISTEMA BANCARIO
8.1.
SISTEMA BANCARIO POSTCRISIS
9. COMPARATIVA CON PAÍSES DE LA UE (ALEMANIA, IRLANDA, LUXEMBURGO, ITALIA,
FRANCIA).
9.1.
APERTURA DE UN NEGOCIO
9.2.
PAGO DE IMPUESTOS
9.3.
OBTENCIÓN DE CRÉDITO
9.4.
COMERCIO TRANSFRONTERIZO
9.5.
MANEJO DE PERMISOS DE CONSTRUCCIÓN
9.6.
CUMPLIMIENTO DE CONTRATOS
10. MEJORAS PARA INCENTIVAR LA INVERSIÓN.
10.1. CONCLUSIONES
“Tax & Legal challenges for doing business in Spain: new rules, new opportunities”
6
INTRODUCCIÓN
España
Es un país con una extensión territorial de 505.990,7 kilómetros cuadrados con una
población de 46.464.053 1 habitantes (2014) de los cuales 4.538.503 son extranjeros, con un PIB
de 1,393,040,177,013.7 U.S. dólares en el 2013 2 con un sistema político de monarquía
parlamentaria en el que S.M. el Rey Don Felipe VI es el Jefe de estado y su presidente de
gobierno Mariano Rajoy Brey con un congreso de diputados de 350 miembros y senado de 264
miembros.
El desarrollo del país ha tenido diferentes sucesos que cambiaron su rumbo, algunos
muy recientes que serán la materia de estudio y que van desde el ingreso a la Unión Europea
desde el primero de enero de 1986 que fortaleció al país y otorgando una gran cantidad de
oportunidades para los inversionistas y posteriormente convertirse en miembro de la zona euro
desde el primero de enero de 1999, por lo que hablaremos de la historia de la Unión Europea y
cuáles son los ejes que pretende concentrarse para el trabajo en conjunto de los países que la
conforman, es importante señalar que España es uno de los pilares para la fortaleza de la Unión
Europea, del mismo modo daremos un resumen de los acontecimientos desde el 2007 a la fecha
con las diferentes crisis económicas que sufrió el mundo e internamente España y la recesión,
por lo tanto analizaremos los motivos de la crisis, las acciones tomadas, los errores y aciertos así
como el resurgimiento del país.
Una vez observada la situación económica del país daremos inicio al análisis jurídico en
donde se estudiaran los beneficios y dificultades que un inversionista extranjero se puede
encontrar al iniciar o expandirse, por lo que el estudio será en diferentes materias del derecho
como lo son:
•
Derecho laboral y su reforma en el 2012.
•
Derecho societario, en el que haremos una comparativa entre los beneficios o conflictos
para crear una sociedad en España o diferentes métodos con los cuales se podrían
realizar negocios.
•
Derecho fiscal, en el apartado de la fiscalidad Española podremos analizar las cargas
tributarias que se le aplican tanto para los residentes españoles como para los
extranjeros y con esto poder empezar a valorar las oportunidades que existen para los
extranjeros y ver que opciones existen de tratados de doble tributación.
Más adelante entraremos en los sectores que se vieron afectados por las crisis del 2007
hasta hoy en día, ya que es fundamental tener conocimiento de cuál es la situación del país y
confirmar que existe una estabilidad tanto en los mercados, bancos e instituciones financieras,
ya que es una pieza fundamental para la seguridad del país
Instituto Nacional de Estadística (2015) [en línea] disponible en http://www.ine.es/inebaseDYN/cp30321/cp_inicio.htm
30/mayo/2015
2
World Bank Group, (2015) Indicadores [en línea] disponible en http://data.worldbank.org/indicator/NY.GDP.MKTP.CD
30/mayo/2015
1
“Tax & Legal challenges for doing business in Spain: new rules, new opportunities”
7
Una de las causas que más dificulta e desincentivan la inversión en nuevos negocios es
el proceso burocrático, que estos suelen ser lentos y costosos por lo que en este apartado
trataremos primero de analizar cuál es la situación de España y en donde se encuentra
comparada con otros países y posteriormente hacer un análisis comparativo para poder
encontrar oportunidades para detectar en que se podría enfocar el gobierno para reducir costos,
tramites y tiempo.
Por lo que se pretende con esta investigación es otorgar un panorama de la situación
actual tanto legal como económica y una perspectiva de cuál es el camino esperado para el
futuro y otorgar una crítica constructiva para el país en donde se puedan localizar los puntos de
mejora tanto legales, administrativos y económicas.
“Tax & Legal challenges for doing business in Spain: new rules, new opportunities”
8
1. ESPAÑA
1.1.
EL ESPAÑOL, SU FORMA DE VIDA E IDIOMAS.
El español es una combinación de culturas entre los romanos, visigodos, árabes, judíos
y otras culturas, todos ellos conforman ahora un población ya mencionada de poco más de 46
millones de habitantes con un alto porcentaje del 79% habitando en zonas urbanas por lo que
la población activa se separa en 75,83% en servicios, 13,99% en industria, 6,08% construcción,
4,11% en agricultura 3 y que hablan como idioma oficial el español, sin embargo cuentan con
otras lenguas como lo son el catalán, aranes, gallego, euskera y valenciano.
Por lo que de la información anterior podemos resaltar las áreas de oportunidad que
existen para los inversionistas extranjeros, ya que no existe una gran diversificación de
actividades en los sectores industria, construcción y sobre todo agricultura.
En otro tema la calidad de vida según los datos que nos otorga el human development
report 2014 de las naciones unidad nos señala que España se encuentra en el número 27 4 del
ranking mundial en desarrollo humano, en donde se valoran las expectativas de vida, la media
de años y la expectativa de años de escolaridad, ingresos per cápita, en donde los países que
analizaremos más adelante se encuentran respectivamente en el número 6 Alemania, 11
Irlanda, 20 Francia, 21 Luxemburgo y 26 Italia por lo que España se encuentra lejos de ser
competitivo en lo que concierte a la calidad de vida de sus habitantes.
1.2.
SU AHORRO
5
Instituto Nacional de Estadística (2014) Población ocupada, con datos del primer trimestre 2015
Naciones Unidad 2014 development report [en línea] disponible en http://hdr.undp.org/sites/default/files/hdr14-report-en-1.pdf
30/ mayo/2015
5
Asociación de Instituciones de Inversión Colectiva y Fondos de Pensiones (Inverco), (2015) Las Instituciones de inversión colectiva y
los fondos de pensiones, pág. 11
3
4
“Tax & Legal challenges for doing business in Spain: new rules, new opportunities”
9
Otro punto importan para conocer el estado de vida del Español consiste en saber cuál
es su estabilidad económica de las familias por lo tanto Asociación de Instituciones de Inversión
Colectiva y Fondos de Pensiones (INVERCO) realiza un estudio y entre los datos que otorgan está
el de la tasa de ahorro de los hogares españoles, en el cual demuestra los efectos de la crisis en
donde el nivel de ahorro sube desproporcionadamente ya que al existir incertidumbre de la
situación que se aproxima el gasto se retrae y esto si sumamos que la renta disponible se
desploma de igual manera por el mercado laboral, por lo que la economía tampoco tiene el
mismo movimiento, sin embargo los escenarios comenzaron a cambiar en el 2013 ya que fue un
año favorable después de tiempos de recesión y entrando el 2014 se presentan dos situaciones
de la economía una favorable al existir más gasto de las familias la economía tiene un
movimiento positivo, sin embargo el escenario no tan favorable es en el mediano largo plazo al
no existir ahorro esto concierne que la economía no tenga el soporte que requiere el país para
su desarrollo continuo, en el 2014 se obtuvo una separación entre el ahorro reduciéndose hasta
el 9,1% de las rentas disponibles además de que el PIB cerro el año con un crecimiento del 1,4%
entre los datos otorgados por la asociación, pero todavía queda espacio para mejora en el que
las familias españolas comiencen de nuevo ahorrar y no volver a caer en los porcentajes de gasto
excesivo como en el 2007.
1.3.
ENDEUDAMIENTO DEL ESPAÑOL
6
Compaginado con los datos del ahorro de la tabla anterior viene el endeudamiento en
donde se reflejan los errores del gasto desmesurado en el 2006 sobre todo en la adquisición o
el ahorro en inmuebles que al final crea endeudamiento al realizarse la operación por medio de
financiamiento que al final resulta en deuda y al desestabilizarse la economía se vieron
perjudicadas las estrategias de ahorro y como dato “positivo” podemos percatarnos que el
porcentaje 77,5% en el 2014 se acerca al del 2005 76,4%, sin embargo la pregunta es ¿Cuál es el
porcentaje ideal para crear estabilidad entre los ingresos y gastos de las familias? por el
6
Asociación de Instituciones de Inversión Colectiva y Fondos de Pensiones (Inverco), et al 2015, pág. 12
“Tax & Legal challenges for doing business in Spain: new rules, new opportunities”
10
momento podemos obtener como dato que los españoles están disminuyendo su nivel de deuda
y en gran parte por las nuevas oportunidades del mercado laboral.
Respecto a la comparativa de los tipos de activos del ahorro en los que tienen sus
inversiones las familias Españolas la Asociación de Instituciones de Inversión Colectiva y Fondos
de Pensiones señala que más de un 70% es en activos no financieros principalmente
inmobiliarios de este modo la crisis inmobiliaria afecto directamente a las familias españolas con
diferencia de lo sucedido que en el escenario opuesto se encontraban los Estados Unidos de
América con más de un 70% en activos financieros, por lo que para los españoles las pérdidas
de la crisis en el sector inmobiliario por el hecho de que el valor de los inmuebles se encontraban
sobrevalorados y hasta el último dato siguen sin recurar sus pérdidas y los casos de los activos
financieros sí recuperaron su valor.
1.4.
LA CRISIS
En el año 2007 se dieron una cantidad de problemas a nivel mundial que afectaron a
una gran cantidad de países que en el 2008 primero estallara la crisis económica mundial,
posterior a esto España entra en recesión con el final de la burbuja inmobiliaria local, y
posteriormente en el 2010 detrás la crisis bancaria española y sumando el problema del
desempleo.
Como se comentó en el subcapítulo 1.3 los Españoles tenían un gran nivel de
endeudamiento por falta de un análisis correcto por medio de los bancos al otorgar créditos,
gran parte de estos fue por la adquisición de inmuebles que estaban mal valorados y los créditos
otorgados por una cantidad superior al valor del inmueble, por lo tanto al juntarse una
diversidad de escenarios, causa un gran problema en el país, al estallar la burbuja inmobiliaria
los predios cayeron de precio, el desempleo causo que los usuarios dejaran de pagar sus créditos
y por lo tanto al ser los créditos más altos que el valor de los inmuebles al recurarlos no era
suficiente para liquidar la deuda, por lo que no era posible para los Españoles pagar esos
créditos.
Del mismo modo aparecieron los problemas bancarios y de las cajas de ahorro como
señala el Dr. Joaquín Maudos, en su nota periodística “el sector bancario español que, como
consecuencia de la crisis, ha experimentado una profunda reestructuración cuyas principales
cifras ponen los pelos de punta: pérdidas del 30% del empleo y cierre del 25% de las oficinas;
reducción del 12% del activo bancario desde su nivel máximo; 28% del PIB en saneamiento con
cargo a resultados; 26% de caída del stock de crédito al sector privado residente, etcétera” 7 sin
lugar a duda la ayuda tenía que llegar y esto provoco que el gobierno Español con la ayuda de la
Unión Europea y Banco Central Europea, tuvieron que tomar una gran cantidad de medidas
ordinarias y extraordinarias para poder resolver los conflictos, sin embargo los efectos de la crisis
se vieron reflejados en el “PIB de España y en el desempleo de una forma más crítica que las
recesiones anteriores que había sufrido en 1974 y la de 1992” 8 por lo tanto los efectos del PIB
fueron de la siguiente manera:
7
8
Maudos, J. (2014) Radiografía bancaria, Cinco Días.
Ortega, E. y Peñalosa J. Claves De La Crisis Económica Española Y Retos Para Crecer En La Uem, Banco de España
“Tax & Legal challenges for doing business in Spain: new rules, new opportunities”
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9
Por primera ocasión en el cuarto trimestre del 2013 España salió de la recesión
reflejando datos positivos de que la salida de la crisis estaba por llegar, por lo que esto es uno
de los datos más alentadores para la inversión extranjera, ya que se aplicaron diferentes
medidas para poder llegar a la situación actual.
De este modo la crisis empieza a quedar atrás y el panorama de España y la Unión
Europea comienza a ser cada vez más positivo al mostrar diferentes signos de crecimiento y
estabilidad, por lo tanto nos daremos la tarea a estudiar los efectos postcrisis y los retos que
España, en el siguiente capítulo veremos el efecto en el empleo y la reforma aplicada en esta
materia en el 2012, del mismo modo analizaremos la situación del sistema financiero y la bolsa
española.
Instituto Nacional de Estadística (2015) [en línea] disponible en http://www.ine.es/prensa/cntr0115a.pdf 30/mayo/2015
9
“Tax & Legal challenges for doing business in Spain: new rules, new opportunities”
12
2. LA UNIÓN EUROPEA
2.1.
LA CONSTITUCIÓN DE LA UNIÓN EUROPEA
En este capitulo realizaremos un análisis de la Unión Europa en donde se describirá su
constitución, sus objetivos y la eurozona sin embargo no es la materia de estudio los puntos
señalados anteriormente sino los beneficios que esta trae a los países que son miembros por lo
que en el subcapítulo de España en la Unión Europa veremos las áreas de oportunidad que trae
la unión de federaciones específicamente para esta nación.
La unión europea UE es una federación de países (Alemania (1958), Austria (1995),
Bélgica (1958), Bulgaria (2007), Chipre (2004), Croacia (2013), Dinamarca (1973), Eslovaquia
(2004), Eslovenia (2004), España (1986), Estonia (2004), Finlandia (1995), Francia (1958), Grecia
(1981), Hungría (2004), Irlanda (1973), Italia (1958), Letonia (2004), Lituania (2004), Luxemburgo
(1958), Malta (2004), Países Bajos (1958), Polonia (2004), Portugal (1986), Reino Unido (1973),
República Checa (2004), Rumanía (2007), Suecia (1995)) que se han unificado y que a través de
los años se le han transferido diversas funciones y tareas, en la actualidad no existe una
constitución de la Unión Europea aún y cuando se intentó realizar por medio del trato
constitucional del 29 de octubre de 2004.
El objetivo del tratado de la Unión Europa conforme a lo señalado en el artículo 2 del
tratado constitutivo de la comunidad europea señala:
“La Comunidad tendrá por misión promover, mediante el establecimiento de un mercado
común y de una unión económica y monetaria y mediante la realización de las políticas o
acciones comunes contempladas en los artículos 3 y 4, un desarrollo armonioso, equilibrado y
sostenible de las actividades económicas en el conjunto de la Comunidad, un alto nivel de empleo
y de protección social, la igualdad entre el hombre y la mujer, un crecimiento sostenible y no
inflacionista, un alto grado de competitividad y de convergencia de los resultados económicos,
un alto nivel de protección y de mejora de la calidad del medio ambiente, la elevación del nivel y
de la calidad de vida, la cohesión económica y social y la solidaridad entre los Estados
miembros” 10.
Por lo que la creación de la Unión Europea los estados miembros renuncias a su
autoridad sobre ciertos aspectos que pasan a ser competencia y que ellos se someten a las
disposiciones que se acuerdan en la Unión.
La Unión Europea cada vez se acerca más a la constitución de una entidad federal en la
cual sus funciones engloban atributos económicos, sociales y políticos, en donde cada una de
ellas son en referencia al artículo segundo, señalado anteriormente así como el tercero y cuarto
del mismo tratado por lo que en el apartado de la económico se encuentra además:
“Artículo 3: a) La prohibición, entre los Estados miembros, de derechos de aduana y de
restricciones cuantitativas a la entrada y salida de las mercancías, así como de
cualesquiera otras medidas de efecto equivalente;
b) Una política comercial común;
10
Diario oficial de las comunidades europeas, (2002) tratado constitutivo de la comunidad europea, artículo 2
“Tax & Legal challenges for doing business in Spain: new rules, new opportunities”
13
c) Un mercado interior caracterizado por la supresión, entre los Estados miembros, de
los obstáculos a la libre circulación de mercancías, personas, servicios y capitales;”
“Artículo 4: La adopción de una política económica que se basará en la estrecha
coordinación de las políticas económicas de los Estados miembros, en el mercado interior
y en la definición de objetivos comunes, y que se llevará a cabo de conformidad con el
respeto al principio de una economía de mercado abierta y de libre competencia” 11
En el apartado económico podemos obtener lo que se conoce como el pasaporte que
España obtiene al ser parte de esta unión de países, por lo que otorga una igualdad de
competencia para los nuevos inversionistas al no existir impedimentos o beneficios adicionales
para algún país u otro para salir al mercado Europeo por lo que crea una igualdad de
competencias para todos, sin embargo aún y cuando existen estas políticas económicas como
veremos más adelante en la comparativa de los países no será lo mismo iniciar operaciones en
cualquier país, ya que existen diferentes políticas internas para la operación de un negocio y
estas circunstancias podrían impedir el desarrollo más rápido de un país que de otro.
Lo anterior confirmado con lo señalado en el artículo 23 del tratado constitutivo de la
comunidad europea que señala lo siguiente:
“La Comunidad se basará en una unión aduanera, que abarcará la totalidad de los
intercambios de mercancías y que implicará la prohibición, entre los Estados miembros,
de los derechos de aduana de importación y exportación y de cualesquiera exacciones
de efecto equivalente, así como la adopción de un arancel aduanero común en sus
relaciones con terceros países.” 12
2.2.
ÁMBITO SOCIAL:
En lo referente a lo social la Unión Europea debe vigilar el desarrollo del empleo con la
creación el fondo social de empleo, la protección social, la igualdad de sexos, por lo que uno de
los ejemplos de los beneficios sociales para países que tienen una gran cantidad de migración
de empleados en busca de nuevas oportunidades consiste en lo que señala el Dr. Klaus-Dieter
Borchardt como un fundamental punto de partida
“un primer punto de partida es, por ejemplo, la introducción de un sistema de seguridad
social para los trabajadores migrantes. Este sistema garantiza que ningún trabajador
que, a lo largo de su vida laboral, haya trabajado en más de un Estado miembro y, por
tanto, haya contribuido a diversos sistemas de seguridad social, sufra a raíz de ello
ningún tipo de perjuicio en relación con su protección social 13“ esto es un avance que
diferentes países podrían tomar nota, solo imaginar países como México y Estados
Unidos de América, así como los países del continente asiático pudieran tener sus
trabajadores esta seguridad jurídica.
Diario oficial de las comunidades europeas, (2002) et al artículo 3
Diario oficial de las comunidades europeas, (2002) et al artículo 23
13
Borchardt, K.(2011) El ABC del Derecho de la Unión Europea, Luxemburgo Oficina de Publicaciones de la Unión Europea, pág. 39
11
12
“Tax & Legal challenges for doing business in Spain: new rules, new opportunities”
14
Adicionalmente otro artículo fundamental es el 39 que va muy relacionado con lo
señalado del sistema social que consiste en la libre circulación de personas, servicios y capitales
en el título III del tratado constitutivo de la comunidad europea, en su inciso primero que
señalada quedará asegurada la libre circulación de los trabajadores dentro de la Comunidad.
2.3.
ÁMBITO ECONÓMICO
2.3.1. Cambio de moneda al Euro
La política monetaria de la Unión Europea se introdujo con la iniciativa de tener una
única moneda, el primero de enero de 1999 se implantó el euro como moneda única europea
para los estados que cumplieran con ciertas condiciones por lo que únicamente fueron Francia,
Italia, Alemania, Irlanda, España, Bélgica, Luxemburgo, Países bajos, Austria, Portugal y
Finlandia, por lo que el primero de enero de 2002 se realiza el cambio de las monedas nacionales
por el euro.
Posteriormente se unirían otros países siendo hoy un total de diecinueve países,
agregándose Chipre, Eslovaquia, Eslovenia, Estonia, Grecia, Irlanda, Letonia, Lituania y Malta, sin
embargo algunos países como lo son Reino Unido y Dinamarca optaron por no adoptar el euro,
otros países que son miembros de la Unión Europea pero no del euro por no cumplir las
condiciones son Bulgaria, Croacia, Chequia, Hungría, Polonia, Rumanía, Suecia.
En lo referente a la zona del euro, la crisis lo puso en una situación crítica que inclusive
algunos pensaban que España podría salir del euro, sin embargo las decisiones acertadas del
Banco Central Europeo lograron que la estabilidad llegará despacio, pero las expectativas son
cada vez más positivas, la zona euro sigue con una situación complicada con lo referente a Grecia
y su deuda pero todavía queda tiempo para ver como perjudica la situación económica de aquel
país a la euro zona.
2.4.
ÁMBITO POLÍTICO
2.4.1. Política exterior y de seguridad común
En lo que refiere a la política exterior y de seguridad común señala el autor Dr. KlausDieter Borchardt
•
Mantener los valores comunes, los intereses fundamentales y la independencia de la UE;
•
Fortalecer la seguridad de la UE y de sus Estados miembros;
•
Preservar la paz mundial y potenciar la seguridad internacional;
•
Fomentar la cooperación internacional;
•
Promover la democracia y el Estado de Derecho, así como el respeto de los derechos
humanos y las libertades fundamentales.
“Tax & Legal challenges for doing business in Spain: new rules, new opportunities”
15
•
Desarrollar una defensa común. 14
La conjugación de las funciones en política exterior convierte a la Unión Europea en una
gran potencia mundial protegida por una alianza estrategia que le brinda el poder ante cualquier
país en el mundo, pero aún queda un camino largo ya que como bien señala el autor no todos
los países son miembros de la OTAN por lo que las medidas de seguridad no necesariamente se
toman únicamente por la Unión Europea sino que los países tienen que sujetarse a otras
disposiciones por lo que el camino por recorrer en este rubro sigue siendo largo, pero muy
prometedor.
2.5.
ESPAÑA COMO PARTE DE LA UNIÓN EUROPEA.
Pero ¿por qué es importante señalar la unión Europea en el estudio? La respuesta
parece ser sencilla y sus beneficios se vieron en la pasada crisis que vivió el mundo, España
recibió ayuda por 100.000 millones de euros para la recapitalización al sector financiero en el
2012 15, y posteriormente las subastas del 2014 de 400.000 millones de euros, al formar parte
de esta unión, los miembros se ven beneficiados al contar con un respaldo de instituciones que
otorgan una gran certeza y tranquilidad al país, quizás el escenario de adversidad de la crisis
pudo ser peor o el periodo de recuperación del país como ya fue mencionado hubiera sido más
largo.
Si nos referimos al iniciar un negocio no solo se tiene un acceso a 46 millones de
habitantes con alto poder adquisitivo de habitantes sino que se tiene la oportunidad de
integrarse a un mercado como lo es toda la unión europea y las regiones de oriente medio y el
norte de áfrica, sin duda el punto esencial consiste en el pasaporte a la unión europea por lo
que en el apartado de sociedades podremos verificar con qué tipo de sociedades se puede
realizar operaciones o si es posible por medio de un contrato.
Por lo tanto el beneficio de pertenecer a la unión Europa es completamente para
España, al abrirse una gran cantidad de oportunidades al compartir fronteras con los miembros
de la Unión Europea.
Borchardt, K.(2011 et al pág. 40
Comisión Europea (2012) [en línea] disponible en http://ec.europa.eu/spain/actualidad-y-prensa/noticias/economia-en-la-unioneuropea/financiero-esphana_es.htm 30/mayo/2015
14
15
“Tax & Legal challenges for doing business in Spain: new rules, new opportunities”
16
3. EL EMPLEO Y SU LEGISLACIÓN LABORAL.
3.1.
REFORMA LABORAL
Con la aprobación del Real Decreto-ley 3/2012, de 10 de febrero, de medidas urgentes
para la reforma del mercado laboral el Gobierno se propuso alcanzar unos objetivos que se
adaptaran a la crítica situación que atraviesa España tales como fomentar el empleo entre los
jóvenes y los desempleados de larga duración, fomentar los contratos indefinidos y establecer
el despido como último recurso. En definitiva lo que se pretendía era conseguir un empleo
estable y una mayor flexibilidad en el mercado laboral.
La crisis económica ha puesto de relieve las debilidades del modelo laboral español y ha
optado por llevar a cabo una reforma que permita estabilizar la situación laboral. La gravedad
de la crisis actual no tiene precedentes, España ha destruido más empleo, y más rápidamente,
que las principales economías europeas. Uno de los sectores que más se ha visto afectado han
sido los jóvenes menores de 25 años, cuya tasa de paro ha llegado a alcanzar un porcentaje de
hasta el 50%.
16
Uno de los principales problemas que actualmente presenta la sociedad española es la
incertidumbre a la hora de entrar en el mercado de trabajo ya que no se garantiza una
estabilidad y los sueldos son cada vez más reducidos. Esta situación económica está provocando
que cada vez más sean los jóvenes que al finalizar sus estudios emigren al extranjero en busca
de una oportunidad perdiendo el mercado laboral español la posibilidad de contar con
profesionales altamente cualificados que se ven en la obligación de abandonar su país.
Son además las instituciones económicas mundiales y europeas, tras analizar la
situación, las que establecen la necesidad de un cambio necesario y urgente dado que los datos
que muestran las estadísticas reflejan una realidad desoladora que deja al país en una posición
de desventaja.
Lo que se pretende con esta reforma laboral es la aplicación inmediata de medidas
incisivas con el objetivo de estabilizar la situación laboral y facilitar la creación de empleo
16
Instituto Nacional de Estadística (2015) et al 30/mayo/2015
“Tax & Legal challenges for doing business in Spain: new rules, new opportunities”
17
regulando las relaciones de trabajo. Se pretende crear un ambiente flexible y seguro en materia
laboral.
A la hora de analizar este Real Decreto podemos observar como cada capítulo está
dedicado a alcanzar un objetivo claro y concreto. Se pretende promover la contratación por
PYMES y dar prioridad a la contratación de jóvenes que se encuentran en una situación de
desamparo ya que al terminar sus estudios, sus posibilidades en el mundo laboral son escasas y
es por ello que se apuesta por medidas tales como el desarrollo de la formación profesional para
el empleo. Por otro lado, se quiere fomentar los contratos indefinidos ya que actualmente son
muy pocos los contratos que se celebran por tiempo ilimitado acaparando todo el protagonismo
los contratos temporales, los cuales sólo provocan una situación de inseguridad e inestabilidad
en la sociedad.
Así mismo, la ley hace referencia la necesidad de incentivar la flexibilidad interna en la
empresa como medida alternativa al desempleo, es decir, acudir al despido como última
instancia y acordar medidas alternativas que permitan al empresario y al trabajador llegar a un
acuerdo y conseguir un equilibrio que favorezca a ambos. Por último, se incluye un conjunto de
medidas para favorecer la eficiencia del mercado de trabajo y reducir la dualidad laboral que
perjudica a una gran parte del sector laboral.
3.2.
CONTRATACIÓN Y LIQUIDACIÓN DE PERSONAL
La contratación laboral en España se encuentra regulada en el Artículo 1.1 del Estatuto
de los Trabajadores el cual establece que “la presente ley será de aplicación a los trabajadores
que voluntariamente presten sus servicios retribuidos por cuenta ajena y dentro del ámbito de
organización de otra persona, física o jurídica, denominada empleador o empresario” 17.
Las notas características de un trabajador a la hora de celebrar un contrato de trabajo
son la voluntariedad, el carácter personal, la dependencia, la ajenidad y la remuneración. Como
en el resto de contratos, sus elementos esenciales son el consentimiento, el objeto y la causa.
Así mismo, otras características serían que se trata de un contrato sinalagmático, es
decir, encierra obligaciones recíprocas y el cumplimento de las obligaciones de cada parte es la
respuesta simultánea al cumplimiento de las obligaciones de la otra. Se trata de un contrato
oneroso en el que las obligaciones que cada una de las partes compromete están compensadas
adecuadamente, es conmutativo ya que la equivalencia de las prestaciones está determinada
inicialmente, es consensual, típico, al contar con una regulación leal específica y principal ya que
su naturaleza es independiente.
“El Artículo 49 señala las causas de extinción del contrato estableciendo que “1. El
contrato de trabajo se extinguirá:
a) Por mutuo acuerdo de las partes.
b) Por las causas consignadas válidamente en el contrato salvo que las mismas
constituyan abuso de derecho manifiesto por parte del empresario.
Real Decreto Legislativo 1/1995, Ley del Estatuto de los Trabajadores Boletín Oficial del Estado España, 24 de marzo 1995
Artículo 1.1
17
“Tax & Legal challenges for doing business in Spain: new rules, new opportunities”
18
c) Por expiración del tiempo convenido o realización de la obra o servicio objeto del
contrato. A la finalización del contrato, excepto en los casos del contrato de interinidad
y de los contratos formativos, el trabajador tendrá derecho a recibir una indemnización
de cuantía equivalente a la parte proporcional de la cantidad que resultaría de abonar
doce días de salario por cada año de servicio, o la establecida, en su caso, en la normativa
específica que sea de aplicación.
Los contratos de duración determinada que tengan establecido plazo máximo de
duración, incluidos los contratos en prácticas y para la formación, concertados por una
duración inferior a la máxima legalmente establecida, se entenderán prorrogados
automáticamente hasta dicho plazo cuando no medie denuncia o prórroga expresa y el
trabajador continúe prestando servicios.
Expirada dicha duración máxima o realizada la obra o servicio objeto del contrato, si no
hubiera denuncia y se continuara en la prestación laboral, el contrato se considerará
prorrogado tácitamente por tiempo indefinido, salvo prueba en contrario que acredite
la naturaleza temporal de la prestación.
Si el contrato de trabajo de duración determinada es superior a un año, la parte del
contrato que formule la denuncia está obligada a notificar a la otra la terminación del
mismo con una antelación mínima de quince días.
d) Por dimisión del trabajador, debiendo mediar el preaviso que señalen los convenios
colectivos o la costumbre del lugar.
e) Por muerte, gran invalidez o invalidez permanente total o absoluta del trabajador, sin
perjuicio de lo dispuesto en el artículo 48.2.
f) Por jubilación del trabajador.
g) Por muerte, jubilación en los casos previstos en el régimen correspondiente de la
Seguridad Social, o incapacidad del empresario, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo
44, o por extinción de la personalidad jurídica del contratante.
En los casos de muerte, jubilación o incapacidad del empresario, el trabajador tendrá
derecho al abono de una cantidad equivalente a un mes de salario.
En los casos de extinción de la personalidad jurídica del contratante deberán seguirse los
trámites del artículo 51 de esta Ley.
h) Por fuerza mayor que imposibilite definitivamente la prestación de trabajo, siempre
que su existencia haya sido debidamente constatada conforme a lo dispuesto en el
apartado 7 del artículo 51.
i) Por despido colectivo fundado en causas económicas, técnicas, organizativas o de
producción.
j) Por voluntad del trabajador, fundamentada en un incumplimiento contractual del
empresario.
k) Por despido del trabajador.
“Tax & Legal challenges for doing business in Spain: new rules, new opportunities”
19
l) Por causas objetivas legalmente procedentes.
m) Por decisión de la trabajadora que se vea obligada a abandonar definitivamente su
puesto de trabajo como consecuencia de ser víctima de violencia de género.
2. El empresario, con ocasión de la extinción del contrato, al comunicar a los trabajadores
la denuncia, o, en su caso, el preaviso de la extinción del mismo, deberá acompañar una
propuesta del documento de liquidación de las cantidades adeudadas
El trabajador podrá solicitar la presencia de un representante legal de los trabajadores
en el momento de proceder a la firma del recibo del finiquito, haciéndose constar en el
mismo el hecho de su firma en presencia de un representante legal de los trabajadores,
a bien que el trabajador no ha hecho uso de esta posibilidad. Si el empresario impidiese
la presencia del representante en el momento de la firma, el trabajador podrá hacerlo
constar en el propio recibo, a los efectos oportunos.” 18
3.3.
SEGURIDAD SOCIAL
Todas las personas ya sean empresarios, trabajadores asalariados o por cuenta propia,
deberán estar inscritos en el sistema español de seguridad social así como realicen sus
cotizaciones.
Las cotizaciones en la seguridad social será aportada proporcionalmente por los
patrones y por el trabajador, estos estarán sujetos al régimen general. Las cuotas se fijaran
dependiendo de la categoría en la cual se tienen limitaciones mínimas y máximas, dicha
cotización estará sujeta también a su respectiva categoría profesional.
La base máxima actual es cotización será de 3.597,00 euros mensuales para todos los
grupos y categorías profesionales.
Sin embargo las cotizaciones tienen ciertos factores que pueden originar un cambio en
las cuotas que se tienen que aportar para la seguridad social, estas pueden ser por accidentes
de trabajo y enfermedades profesionales.
Por lo tanto el mecanismo para realizar el pago de las cuotas va directo a los recibos
salariales de los trabajadores. Además las empresas deberán comunicar a la tesorería de la
seguridad social el importe de los pagados a sus trabajadores.
Como medidas para combatir el desempleo también existe la tarifa plana, que aparece
en el Real Decreto-Ley 3/2014, de 28 de febrero, de medidas urgentes para el fomento del
empleo que señala lo siguiente:
Artículo único. Reducción de las cotizaciones empresariales por contingencias comunes
a la Seguridad Social por contratación indefinida.
1. Con efectos de 25 de febrero de 2014, cuando se cumplan las condiciones y requisitos
establecidos en este artículo, la aportación empresarial a la cotización a la Seguridad
18
Ley del Estatuto de los Trabajadores et al 1995 Artículo 49
“Tax & Legal challenges for doing business in Spain: new rules, new opportunities”
20
Social por contingencias comunes se reducirá, en los supuestos de contratación
indefinida, a las siguientes cuantías:
a) Si la contratación es a tiempo completo, 100 euros mensuales.
b) Si la contratación es a tiempo parcial, cuando la jornada de trabajo sea, al menos,
equivalente a un 75 por 100 de la jornada de un trabajador a tiempo completo
comparable, 75 euros mensuales.
c) Si la contratación es a tiempo parcial, cuando la jornada de trabajo sea, al menos,
equivalente a un 50 por 100 de la jornada de un trabajador a tiempo completo
comparable, 50 euros mensuales.
Estas reducciones se aplicarán durante un período de 24 meses, computados a partir de
la fecha de efectos del contrato, que deberá formalizarse por escrito, y respecto de los
celebrados entre el 25 de febrero de 2014 y el 31 de diciembre de 2014.
Finalizado el período de 24 meses, y durante los 12 meses siguientes, las empresas que
al momento de celebrar el contrato al que se aplique la reducción cuenten con menos de
diez trabajadores tendrán derecho a una reducción equivalente al 50 por 100 de la
aportación empresarial a la cotización por contingencias comunes correspondiente al
trabajador contratado de manera indefinida.
Cuando las fechas del alta y de la baja del trabajador en el régimen de Seguridad Social
que corresponda no sean coincidentes con el primero o el último día del mes natural, el
importe de la aportación empresarial a que se refiere este artículo se reducirá de forma
proporcional al número de días en alta en el mes. 19
Por lo tanto estas medidas extraordinarias son los reflejos de un país que busca el
beneficio de sociedad, aplicando nuevas medidas extraordinarias para invertir el empleo y crear
nuevas oportunidades.
Real Decreto-ley 3/2014, medidas urgentes para el fomento del empleo y la contratación indefinida, Boletín Oficial del Estado
España. 28 de febrero 2014
19
“Tax & Legal challenges for doing business in Spain: new rules, new opportunities”
21
4. ESTABLECIMIENTO EN ESPAÑA:
4.1.
PERSONAS JURÍDICAS
Existen dos formas para realizar operaciones ya sea persona física o por la constitución
de una sociedad mercantil, sin embargo las obligaciones, las cargas fiscales y los requisitos no
son los mismos, por lo que trataremos de otorgar un panorama entre los beneficios de realizar
negocios de una forma o la otra y tratar de llegar a la mejor opción, primero analizaremos las
personas jurídicas.
La legislación Española otorga diversos tipos de personas jurídicas sin embargo ya que
el uso más comunes son las establecidas en el Real Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de julio
tanto las sociedades anónimas (S.A.) y como las sociedades de responsabilidad limitada (S.L) o
(S.R.L.) en donde señala todas lo referente a estas dos sociedades para el estudio de este trabajo
nos enfocaremos principalmente en estas dos por ser las de mayor uso en el mercado español
por lo tanto estas son sus diferencias.
Las sociedades tanto anónimas como de responsabilidad limitada deberán de inscribirse
en el registro mercantil, por lo que la inscripción le otorga personalidad jurídica y capacidad legal
a la sociedad.
Para los accionistas y socios su responsabilidad será limitada a la cifra de capital
aportado en lo personal. Por lo que se tiene una especie de protección del patrimonio personal
sin embargo en ciertos casos cuando se realicen actividades que puedan perjudicar a tercero los
socios podrían llegar a tener que cumplir sus obligaciones con su patrimonio.
4.1.1. Sociedades de responsabilidad limitada:
Estas deberán tener un capital social mínimo que será desembolsado en la constitución
en su totalidad de 3.000 euros
“Artículo 61. Aportaciones dinerarias. 1. Las aportaciones dinerarias deberán
establecerse en euros. 2. Si la aportación fuese en otra moneda, se determinará su
equivalencia en euros con arreglo a la ley” 20.
En el caso de las aportaciones no dinerarias no tendrán que ser valoradas por expertos
pero los fundadores y socios responden solidariamente por la autenticidad de dichas
aportaciones, dicho capital estará dividido en participaciones sociales según lo señalado en el
“Artículo 1. Sociedades de capital.
1. En la sociedad de responsabilidad limitada, el capital, que estará dividido en
participaciones sociales, se integrará por las aportaciones de todos los socios, quienes
no responderán personalmente de las deudas sociales” 21.
La transmisión de participaciones se realizará en anotación será conforme a lo señalado
en el Capítulo III en su
20
21
Real Decreto Legislativo 1/2010, Ley de Sociedades de Capital, Boletín Oficial del Estado España de 2/julio/2010 Artículo 61
Ley de Sociedades de Capital. (2010) et al. Artículo 1
“Tax & Legal challenges for doing business in Spain: new rules, new opportunities”
22
“Artículo 104. Libro registro de socios.
1. La sociedad limitada llevará un Libro registro de socios, en el que se harán constar la
titularidad originaria y las sucesivas transmisiones, voluntarias o forzosas, de las
participaciones sociales, así como la constitución de derechos reales y otros gravámenes
sobre las mismas.” 22
Deberán realizar “así como la constitución del derecho real de prenda sobre las mismas,
deberán constar en documento público” 23, la modificación de los estatutos no requiere un
informe, su consejo administrativo como lo señala el Capítulo VI
“Artículo 242. Composición.
1. El consejo de administración estará formado por un mínimo de tres miembros...
2. En la sociedad de responsabilidad limitada, en caso de consejo de administración, el
número máximo de los componentes del consejo no podrá ser superior a doce” 24.
Con un plazo indefinido de su administrador y estas no pueden emitir obligaciones.
4.1.2. Sociedades anónimas
Tienen ciertas características que las hacen una excelente opción para que sea elegida
con mayor frecuencia que otras sociedades,
1. “La división del capital en acciones que son participaciones de un valor nominal
reducido representadas por valores negociables, lo que facilita la inversión, pues
puede canalizarse hacia las grandes sociedades anónimas cotizadas en bolsa la
masa del ahorro aun cuando sea modesto, con la posibilidad además de que
cualquier socio aumente fácilmente el importe de sus participaciones.
2. La ausencia de responsabilidad personal de los socios por las deudas sociales, a las
que ha de hacerse frente únicamente con el patrimonio social.” 25
En el caso de las sociedades anónimas, la situación cambia por completo al tener mucho
mayores exigencias por ejemplo en el caso de capital se requiere un mínimo de 60.000 euros
con un desembolso mínimo del 25% conforme al:
“Artículo 44. Suscripción y desembolso de acciones.
1. La suscripción de acciones, que no podrá modificar las condiciones del programa de
fundación y del folleto informativo, deberá realizarse dentro del plazo fijado en el
mismo, o del de su prórroga, si la hubiere, previo desembolso de un veinticinco por
ciento, al menos, del importe nominal de cada una de ellas, que deberá depositarse a
nombre de la sociedad en la entidad o entidades de crédito que al efecto se designen.
Las aportaciones no dinerarias, en caso de haberlas, se efectuarán en la forma prevista
en el programa de fundación” 26.
Ley de Sociedades de Capital. (2010) et al. Artículo 104.
Ley de Sociedades de Capital. (2010) et al. Artículo 106
24
Ley de Sociedades de Capital. (2010) et al. Artículo 242.
25
Sánchez F., Principios de derecho mercantil, España, 17 ed. Thomson Reuters Aranzadi Pag 206.
26
Ley de Sociedades de Capital. (2010) et al. Artículo 44
22
23
“Tax & Legal challenges for doing business in Spain: new rules, new opportunities”
23
Las aportaciones no dinerarias en las sociedades anónimas conforme al:
“Artículo 68. Responsabilidad del experto.
1. El experto responderá frente a la sociedad, frente a los accionistas y frente a los
acreedores de los daños causados por la valoración, y quedará exonerado si acredita que
ha aplicado la diligencia y los estándares propios de la actuación que le haya sido
encomendada.” 27
Adicionalmente el artículo 1 de la ley de sociedades de capital señala que las sociedades
anónimas estará dividida en acciones según lo señalado en el:
“Artículo 1. Sociedades de capital.
2. En la sociedad anónima el capital, que estará dividido en acciones, se integrará por
las aportaciones de todos los socios, quienes no responderán personalmente de las
deudas sociales.” 28
El capital mencionado estará divido en acciones por lo que el autor Fernando Sánchez
Calero, en el manual de principios de derecho mercantil señala que
“Ha de existir una relación exacta entre el número de acciones que tienen la sociedad, su
valor nominal y el capital social, de manera que la cuantía de éste es el resultado de
multiplicar el número de acciones por su valor nominal.” 29
Por lo que su transmisión será conforme al capítulo IV y la composición del consejo
administrativo conforme al:
“Artículo 242. Composición.
1. El consejo de administración estará formado por un mínimo de tres miembros. Los
estatutos fijarán el número de miembros del consejo de administración o bien el máximo
y el mínimo, correspondiendo en este caso a la junta de socios la determinación del
número concreto de sus componentes.” 30
4.1.3. Diferencias entre S.A. y S.R.L.
Las sociedades de responsabilidad limitada tienen ciertas diferencias con las sociedades
anónimas por lo que a continuación expondremos algunos de ellos.
a) Carácter cerrado de la sociedad, que se manifiesta en que las participaciones
sociales, que otorgan a su titular la condición de socio, no pueden transmitirse
libremente a personas ajenas a los socios, ciertos familiares o herederos, o
sociedades pertenecientes al mismo grupo.
b) Régimen relativamente más flexible que el de la sociedad anónima.
Ley de Sociedades de Capital. (2010) et al. Artículo 68.
Ley de Sociedades de Capital. (2010) et al. Artículo 1
29
Sánchez F., et al., Pág. 230
30
Ley de Sociedades de Capital. (2010) et al. Artículo 242
27
28
“Tax & Legal challenges for doing business in Spain: new rules, new opportunities”
24
c) El capital social, que puede ser de un mínimo de 3.000 euros, ha de estar
completamente desembolsado en el momento de la constitución de la sociedad. 31
4.2.
COMO INVERTIR EN ESPAÑA
Con el estudio del inciso anterior para realizar negocios en España existen dos
sociedades que son las más utilizadas las cuales ya comentamos los requisitos, por lo tanto al
crear una sociedad la responsabilidad de las transacciones que se realicen estarán avaladas por
el capital de la sociedad y no por el patrimonio de las personas físicas, por lo tanto es la forma
más sencilla de operar, sin embargo existen otras formas como lo son por medio de contratos,
sucursales o como persona física.
4.2.1. Joint venture
Joint venture, Uniones Temporales de empresas o Agrupaciones de Interés Económico
como lo señala la ley 18/1982 sobre régimen fiscal de agrupaciones y uniones temporales de
empresas y de las sociedades de desarrollo industrial regional, tienen como objetivo lo señalado:
“Artículo octavo:
b) El objeto de las Uniones Temporales de Empresas será desarrollar o ejecutar
exclusivamente una obra, servicio o suministro concreto, dentro o fuera de España” 32.
Agrupaciones de Interés Económico
“Artículo 3 º Objeto.
1. El objeto de la Agrupación de Interés Económico se limitará exclusivamente a una
actividad económica auxiliar de la que desarrollen sus socios.
2. La Agrupación no podrá poseer directa o indirectamente participaciones en sociedades
que sean miembros suyos, ni dirigir o controlar directa o indirectamente las actividades
de sus socios o de terceros.” 33
Dichas uniones temporales de empresas estarán sujetas al impuesto sobre sociedades y
serán formalizadas por escritura pública, en donde se establecerá el nombre, apellidos, razón
social de los otorgantes, su nacionalidad y su domicilio, por lo que los extranjeros podrán
participar en las uniones para realizar negocios en España,
4.2.2. Contrato de franquicia
“Se trata de un contrato con arreglo al cual una parte (franquiciador), que es titular de
una determinada marca, patente, método o técnica de fabricación o actividad industrial
y comercial, con notable prestigio mercantil, concede a la otra parte (franquiciado) el
derecho a explotar tales bienes inmateriales relativos, a productos o servicios, por un
tiempo y en un área especial delimitados y bajo ciertas condiciones de control, a cambio
Sánchez F., et al., Pág. 355
Ley 18/1982, sobre régimen fiscal de agrupaciones y uniones temporales de Empresas y de las Sociedades de desarrollo industrial
regional. Boletín Oficial del Estado España de 26/mayo/1982. Artículo 8.
33
Ley 12/1991, de Agrupaciones de Interés Económico. Boletín Oficial del Estado España de 29/abril/1991, Artículo 3
31
32
“Tax & Legal challenges for doing business in Spain: new rules, new opportunities”
25
de una prestación económica, que suele consistir en una cantidad o canon inicial al que
se añaden pagos sucesivos cuyo importe se determina según las ventas realizadas”. 34
Descrito en la Ley 7/1996, de 15 de enero, de ordenación del comercio minorista, el
contrato de franquicia es una opción para realizar negocios teniendo el mismo funcionamiento
que en el resto del mundo en donde se transmite el know-how por medio de un contrato el
artículo 62 de la mencionada ley nos señala el régimen de franquicia de la siguiente manera:
“Artículo 62. Regulación del régimen de franquicia.
1. La actividad comercial en régimen de franquicia es la que se lleva a efecto en virtud
de un acuerdo o contrato por el que una empresa, denominada franquiciadora, cede a
otra, denominada franquiciada, el derecho a la explotación de un sistema propio de
comercialización de productos o servicios”. 35
4.2.3. Contratos de distribución
El contrato de distribución es otro método que también puede utilizarse en España sin
embargo esto consiste en la reventa de productos por lo que esto implicaría la operación de una
empresa extranjera realizando negocios, sin embargo no existe una acción que tenga que
realizar el comercializador ya que es un contrato entre dos sociedades y cada una tendría sus
obligaciones específicas y dependerá de las condiciones del contrato para la tributación de
ambas ya que se analizará si se crea la figura de establecimiento permanente como lo señala el
artículo 5 inciso 5 del modelo de convenio para evitar la doble imposición de la OCDE que
menciona que “cuando una persona distinta de un agente independiente actúe por cuenta de
una empresa y tenga y ejerza habitualmente en un Estado contratante poderes que la faculten
para concluir contratos en nombre de la empresa, se considerará que esa empresa tiene un
establecimiento permanente en ese Estado respecto de las actividades que dicha persona realice
para la empresa” 36 en España y en su caso tributaria conforme a la Ley de Impuesto sobre la
renta de no residentes o en su caso la aplicación de los contratos de doble imposición en caso
de existir entre los países de origen.
4.2.4. Contrato de agencia
“Es aquel por el que una persona natural o jurídica, denominada agente, se obliga frente
a otro de manera continuada o estable, a cambio de una remuneración, a promover actos y
operaciones de comercio por cuenta ajena, o a promoverlo y concluirlos por cuenta y en nombre
ajenos, como intermediario independiente, sin asumir, salvo pacto contrario, el riesgo y ventura
de tales operaciones.” 37
El contrato de agencia es un acuerdo en el cual se utiliza para la representación frente a
un tercero por lo que tiene una gran similitud que el contrato de distribución, sin embargo el
contrato de distribución consiste en una relación ocasional y en el de agencia consiste en un
Duran, A., Calvo, A., Carrascosa, J., Derecho internacional privado (2010-2011), España, 11 ed., Comares editorial, pág. 559
Ley 7/1996, de Ordenación del Comercio Minorista, Boletín Oficial del Estado España de 15/enero/1996 Artículo 62
36
OCDE Modelo de convenio [en línea] disponible en http://www.oecd-ilibrary.org/taxation/modelo-de-convenio-tributario-sobrela-renta-y-sobre-el-patrimonio-version-abreviada_9789264184473-es artículo 5 inciso 5 30/mayo/2015.
37
Sánchez F., et al., Pag 587.
34
35
“Tax & Legal challenges for doing business in Spain: new rules, new opportunities”
26
relación continuada, la Ley 12/1992, de 27 de mayo, que habla sobre el contrato en estudio lo
define como:
“Artículo 1. Contrato de agencia.
Por el contrato de agencia una persona natural o jurídica, denominada agente, se obliga
frente a otra de manera continuada o estable a cambio de una remuneración, a
promover actos u operaciones de comercio por cuenta ajena, o a promoverlos y
concluirlos por cuenta y en nombre ajenos, como intermediario independiente, sin
asumir, salvo pacto en contrario, el riesgo y ventura de tales operaciones” 38.
En lo referente a la fiscalidad aplicará el mismo supuesto que en el contrato de
distribución al tener que analizarse la residencia.
4.2.5. Contrato de comisión
El contrato de comisión es un acuerdo en el cual comisionista se obliga a realizar actos
o contratos por cuenta de otra persona, la cual tendrá que pagar una comisión por las
operaciones que esté realice, ya sean en nombre propio o en nombre del comitente
Respecto a la fiscalidad el contrato de comisión tendrá una variación al tenerse que
analizar si tiene poderes para vincular al comitente no residente.
4.2.6. Apertura de Sucursal
La sucursal funcionará por medio de un representante que se ubicara en España, que
realizará los tramites muy similares a los de una sociedad jurídica como lo mencionamos
anteriormente, se realizará el trámite ante notario, con la documentación que otorgue los datos
de la empresa matriz, se inscribirá en el registro mercantil, sin embargo existen diferencias muy
importantes con crear una sociedad española, consisten en que una sucursal no requiere de un
capital mínimo como lo son las sociedades anónimas o las sociedades de responsabilidad
limitada, sin embargo tienen algunas consecuencias que podrían crear ciertos conflictos al
momento de operar, primero al ser una sucursal esta carece de personalidad jurídica propia por
lo que es la matriz la que tiene la responsabilidad de los actos de la sucursal, además de no
contar con un órgano administrativo, por lo tanto esto podría causar ciertos gastos operativos
al momento del control y vigilancia de la sucursal sea directo desde el país de origen, además de
que podría perjudicar en caso de que los objetivos no sean los esperados es la matriz quien
repondrá.
Las sucursales estarán sujetas al impuesto sobre la renta para no residentes, ya que
existirá un establecimiento permanente en España por lo que debemos de entender según el
convenio para evitar la doble imposición de la OCDE como
“Articulo 5
Un lugar fijo de negocios mediante el cual una empresa realiza toda o parte de su
actividad”. 39
Ley 12/1992, sobre Contrato de Agencia. Boletín Oficial del Estado España de 27/mayo/1992. Artículo 1
OCDE et al. artículo 5.
38
39
“Tax & Legal challenges for doing business in Spain: new rules, new opportunities”
27
Por lo que la carga tributaria es para la empresa holding en el país de residencia, ya que
existe una relación directa, en el caso de repatriación de beneficios la sucursal deberá tener
ciertas características y dependerá primero si existe un convenio para evitar la doble imposición
y con esto la matriz pagará dependiendo del convenio que tenga celebrados y se determinará si
el pago es en el país de origen o en España.
4.2.7. Personas física:
La persona que desee realizar operaciones en España sin constituir una de las sociedades
jurídicas mencionadas anteriormente o realizar por medio de uno de los contratos también
señalados, algún tipo de operación en el territorio Español se sujetará a la Ley 14/2013, de 27
de septiembre, de apoyo a los emprendedores y su internacionalización, para desarrollar
actividades económica, empresarial o profesional. Con el fin de combatir las consecuencias de
la crisis que sufrió España dicha ley es una medida para combatir el desempleo por medio de
incentivar al emprendedor y facilitarle el inicio de su actividad empresarial, además de otorgar
un apoyo de preparación educativa crea una nueva figura denominada el emprendedor de
responsabilidad limitada que uno de sus principales beneficios al igual que la sociedad jurídica
de responsabilidad limitada es que podrá limitar su responsabilidad por las deudas que traigan
causa de ejercicio de dicha actividad empresarial o profesional por lo que le otorga una
protección a su vivienda.
Por lo tanto la normativa mencionada en el párrafo anterior es sin duda una nueva área
de oportunidades para la sociedad, si bien podríamos estar hablando de pequeños
contribuyentes, la reducción del desempleo es una de las principales tareas del gobierno, ya
que esto ayuda que el movimiento de la economía sea positivo.
La persona física que realice operaciones en el territorio Español, estará sujeto al
impuesto sobre la renta, cuando cumpla con ciertas condiciones como lo es la residencia
habitual, es decir que permanezca más de 183 días durante un año natural en el territorio
Español o que sus descendientes menores de edad que dependan de él así como su cónyuge
será considerado como su residencia habitual.
Los contribuyentes sujetos al impuesto sobre la renta para personas físicas, tributaran
por todas sus rentas obtenidas en cualquier parte del mundo.
“Tax & Legal challenges for doing business in Spain: new rules, new opportunities”
28
5. SISTEMA FISCAL
5.1.
IMPUESTOS ESTATALES
5.1.1. Impuesto de sociedades
“Es un tributo directo, personal y proporcional sobre la renta global obtenida por las
personas jurídicas y demás entidades sin personalidad jurídica, a las que la LIS atribuye la
calificación de sujetos pasivos residentes en España.” 40 y que se encuentra regulado por la Ley
27/2014, de 27 de noviembre y que grava la renta de las sociedades y entidades jurídicas, dicho
impuesto siempre estará relacionado con los tratados que celebre en España para evitar la doble
imposición.
El hecho imponible como lo señala su artículo cuarto constituye la obtención de rentas
en donde se obtendrá la diferencia con los gastos del periodo, obteniéndose el resultado del
ejercicio por lo que después de aplicar los ajustes deducibles correspondientes, esto sería la
estimación directa.
Dicho impuesto se relaciona directamente con el impuesto sobre la renta de no
residentes, ya que su diferencia se basa en la identificación de la residencia fiscal de la entidad,
por lo tanto el impuesto en mención es fundamental para la creación de una empresa ya que
podría ser un motivo por el cual un inversionistas decida por otro país, por lo tanto en la
comparativa de países analizaremos los impuestos para poder obtener un panorama de la
ubicación de España en la fiscalidad.
5.1.2. Impuesto sobre la renta de las personas físicas
El impuesto robre la renta de las personas físicas Se encuentra en la Ley 35/2006, de 28
de noviembre de 2006, por lo tanto estarán sujetos al impuesto en estudio las persona físicas
que tenga su residencia habitual en territorio español o de nacionalidad española con residencia
habitual en el extranjero pero realicen ciertas actividades como los diplomáticos o los que
residan en un paraíso fiscal.
Cuando permanezca más de 183 días, durante un año natural, en territorio español
Este impuesto no aplicaría para los contratos o con las sociedades mencionadas de
forma directa, por lo tanto aplicaría para el caso de emprendedores o en el pago de dividendos
por parte de las sociedades.
5.1.3. Impuesto sobre la Renta de No Residentes
“Es el tributo de carácter directo que grava la renta obtenida en el territorio español por
las personas físicas y entidades no residentes en el mismo.” 41
40
41
Albil, E., Paredes, R., Rodriguez, J. (2014), Sistema fiscal español II, 5ta ed. España Ariel. Pág. 271
Albi, E., et al, (2014) Pág. 441
“Tax & Legal challenges for doing business in Spain: new rules, new opportunities”
29
Por lo tanto el impuesto de no residentes aplica directamente para las formas señaladas
en el capítulo como invertir en España, ya que aplicaría en los casos de no crear un
establecimiento permanente.
5.1.4. Impuesto sobre el valor añadido
El impuesto al valor añadido se encuentra armonizado en la Unión Europea por medio
del tratado de roma y en la legislación española en la Ley 37/1992, en vigor desde el 1 de enero
de 1993 ya que al eliminar las barreras fiscales de la UE.
El IVA tiene una complejidad para el usuario final, ya que es quien realmente asume el
coste del impuesto, ya que las empresas solo lo transmiten y lo acumulan al precio del producto.
5.1.5. Impuesto sobre Actividades Económicas
“Es un impuesto directo, real, objetivo y periódico, cuyo hecho imponible está constituido
por el mero ejercicio, en territorio nacional, de actividades empresariales, profesionales
o artísticas.” 42
5.1.6. Impuesto especial de fabricación
Dicho impuesto crea una carga fiscal al crear para la producción de ciertos productos el
autor Emilio Albi lo define de la siguiente manera:
“Son tributos indirectos que recaen sobre el consumo especifico de determinados
productos incluidos en el ámbito objetivo de cada uno de ellos, gravado, en fase única,
su fabricación, su importación y en su caso, su introducción en el ámbito territorial
interno.” 43
5.1.7. Impuesto sobre Bienes Inmuebles.
El impuesto sobre bienes inmuebles se devenga anualmente por la propiedad de bienes
inmuebles y sus tipos de variaran dependiendo del tipo de predio ya sea urbano o rustico.
5.1.8. Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras.
El impuesto sobre construcciones grava el coste de cualquier obra de construcción que
requiera un permiso municipal previo y el tipo del impuesto será el fijado por cada
Ayuntamiento.
5.2.
CONVENIOS DE DOBLE IMPOSICIÓN
España tiene actualmente celebrados 82 convenios 44 para evitar la doble imposición,
además si contamos los pases de la Unión Europea en donde no se requiere convenios, podemos
Albi, E., et al, (2014) Pág. 683
Albi, E., et al, (2014) pág. 676.
44
Agencia tributaria, Convenios para evitar la doble imposición [en línea] disponible en http://www.agenciatributaria.es/AEAT
.internet/Inicio_es_ES/La_Agencia_Tributaria/Normativa/Fiscalidad_Internacional/Convenios_de_doble_imposicion_firmados_por
_Espana/Convenios_de_doble_imposicion_firmados_por_Espana.shtml 30/05/15
42
43
“Tax & Legal challenges for doing business in Spain: new rules, new opportunities”
30
obtener como resultado que España tiene una excelente relación con una gran cantidad de
países.
De éste modo es importante para un país como España tener un sistema fiscal
internacional avanzado para poder compensar la falta de ingresos de otros sectores.
Por lo tanto la existen dos métodos para evitar la doble imposición internacional que
consisten en:
“Sistema de deducción:
Este método consiste en que la totalidad de las rentas o plusvalías obtenidas en el
extranjero por compañías residentes en España se integran en la base imponible con el objeto
de calcular el impuesto. De la cantidad de impuesto resultante (cuota) se podrán deducir los
impuestos efectivamente pagados en el extranjero, con el límite de lo que hubiera correspondido
pagar por las mencionadas rentas si se hubieran obtenido en territorio español. El cálculo se
realizará integrando todas las rentas obtenidas en un mismo país, excepto en el caso de
establecimientos permanentes, en el que se realizará agrupando las obtenidas por cada uno de
ellos.
Sistema de exención
Aplicable a rentas procedentes de las actividades empresariales desarrolladas en el
extranjero a través de filiales o por medio de establecimientos permanentes.
En el sistema de exención, tanto los dividendos o participaciones en beneficios que deriven de la
participación en el capital o en los fondos propios de entidades no residentes en territorio español
como las posibles rentas (plusvalías) que se obtengan de la transmisión de dichas participaciones
estarán exentos de tributación siempre que se cumplan los requisitos” 45
45
Garrigues, (2014) guide to business in Spain, España, Sistema fiscal Pag 37
“Tax & Legal challenges for doing business in Spain: new rules, new opportunities”
31
6. INCENTIVOS EN ESPAÑA PARA LA INVERSIÓN EXTRANJERA
En España existe una diversidad de inventivos para fomentar la inversión estos
benefician directamente a ciertos sectores de la población o para cada proyecto dependiendo
de sus características por lo que haremos mención de estas ayudas que otorga el estado Español
y la Unión Europea.
6.1.
INCENTIVOS PARA FOMENTAR EL EMPLEO
Una de las situaciones que vive España como ya lo mencionamos anteriormente es el
tema del desempleo ya que en los últimos años los parados cada vez tienen más problemas para
conseguir nuevas oportunidades, se sabe que mientras más tiempo está el ciudadano en el paro
más complicado se vuelve que obtenga una nueva oportunidad de trabajo, por lo tanto existen
incentivos creados previos y posteriores a la crisis en el ámbito de formación de empleados en
donde la empresa realiza acciones que permitan al empleado seguirse preparando
profesionalmente, para la empresas que realicen programas de formación de empleados,
tendrán ciertos beneficios que consiste en la bonificación de las cuotas a la seguridad social o
deducciones fiscales, la medida para las empresas es un incentivo doble al tener un ahorro en
su inversión y que se ve reflejado en el incremento del profesionalismo de sus trabajadores.
Las medidas para promover el empleo no son nuevas para los empleadores Españoles
ya que desde el 2006 estas existen en la legislación española, en donde se incentiva para la
contratación de empleados con ciertas características y obtendrán un beneficio en las cuotas de
seguridad social, si bien estas medidas fueron ya modificadas con las últimas medidas postcrisis
pero analizaremos las restantes que siguen establecidas en la legislación del 2006 y
posteriormente con las últimas reformas.
Por lo tanto en el 2006 en la Ley 43/2006, de 29 de diciembre, para la mejora del
crecimiento y del empleo, se encuentran los siguientes incentivos para los empleadores:
“2. Los empleadores que contraten a personas con discapacidad tendrán derecho a las
siguientes bonificaciones:
1) En el supuesto de contratación indefinida, tendrán derecho a una bonificación
mensual de la cuota empresarial a la Seguridad Social o, en su caso, de su equivalente
diario por trabajador contratado, de 375 euros/mes (4500 euros/año) durante toda la
vigencia del contrato. La misma bonificación se disfrutará en el supuesto de
transformación en indefinidos de los contratos temporales de fomento del empleo
celebrados con personas con discapacidad, o de transformación en indefinidos de
contratos formativos suscritos con trabajadores con discapacidad.
2) En el supuesto del número anterior, la bonificación será de 425 euros/mes (5100
euros/año) si el trabajador con discapacidad está incluido en alguno de los grupos
siguientes:
“Tax & Legal challenges for doing business in Spain: new rules, new opportunities”
32
a) Personas con parálisis cerebral, personas con enfermedad mental o personas con
discapacidad intelectual, con un grado de minusvalía reconocido igual o superior al 33
por 100.
b) Personas con discapacidad física o sensorial, con un grado de minusvalía reconocido
igual o superior al 65 por 100.
3) Si el trabajador con discapacidad tiene en el momento de la contratación 45 o más
años o si se trata de una mujer, la bonificación que corresponda de acuerdo con los
números anteriores, se incrementará, respectivamente, en 100 euros/mes (1200
euros/año) o en 70,83 euros/mes (850 euros/año), sin que los incrementos establecidos
en este número sean compatibles entre sí.
4) En el caso de que las personas con discapacidad sean contratadas mediante el
contrato temporal de fomento del empleo, la bonificación ascenderá a 291,66 euros/mes
(3500 euros/año) durante toda la vigencia del contrato.
La bonificación será de 341,66 euros/mes (4.100 euros/año) si el trabajador con
discapacidad está incluido en alguno de los grupos siguientes:
i) Personas con parálisis cerebral, personas con enfermedad mental o personas con
discapacidad intelectual, con un grado de minusvalía reconocido igual o superior al 33
por 100.
ii) Personas con discapacidad física o sensorial, con un grado de minusvalía reconocido
igual o superior al 65 por 100.
Si el trabajador tiene en el momento de la contratación 45 o más años, o si se trata de
una mujer, la bonificación que corresponda de acuerdo con los párrafos anteriores, se
incrementará, en ambos supuestos, en 50 euros/mes (600 euros/año), siendo tales
incrementos compatibles entre sí..” 46
Como lo mencionamos anteriormente con el fin de incentivar el desempleo el legislador
Español tomo medidas urgentes tal como lo señala el título de dicha ley, en el cual se tomaron
las decisiones necesarias para incentivar a los empleadores y con esto combatir el desempleo
que estaba viviendo España, este tipo de acciones crearan nuevas oportunidades para el país,
otorgando un panorama favorable para los empresarios, por lo tanto se realizó la ley de medidas
urgentes para la reforma del mercado laboral que tuve modificaciones en el 2010, 2012,2013 y
2014 todas estas medidas con el mismo fin de fomentar el empleo otorgando los siguientes
incentivos:
“Artículo 4 inciso 5.
a) Jóvenes entre 16 y 30 años, ambos inclusive, la empresa tendrá derecho a una
bonificación en la cuota empresarial a la Seguridad Social durante tres años, cuya
cuantía será de 83,33 euros/mes (1.000 euros/año) en el primer año; de 91,67 euros/mes
46
Ley 43/2006, para la mejora del crecimiento y del empleo. Boletín Oficial del Estado España de 29/diciembre/2006, artículo 2.
“Tax & Legal challenges for doing business in Spain: new rules, new opportunities”
33
(1.100 euros/año) en el segundo año, y de 100 euros/mes (1.200 euros/año) en el tercer
año.
Cuando estos contratos se concierten con mujeres en ocupaciones en las que este
colectivo esté menos representado las cuantías anteriores se incrementarán en 8,33
euros/mes (100 euros/año).
b) Mayores de 45 años, la empresa tendrá derecho a una bonificación en la cuota
empresarial a la Seguridad Social, cuya cuantía será de 108,33 euros/mes (1.300
euros/año) durante tres años.
Cuando estos contratos se concierten con mujeres en ocupaciones en las que este
colectivo esté menos representado, las bonificaciones indicadas serán de 125 euros/mes
(1.500 euros/año).” 47
Como podemos detectar las medidas utilizadas van para todos los ámbitos pero lo
principal es incentivar el empleo de los menores de treinta años, ya que como lo estudiamos
estos son las personas que más afectados se vieron con la crisis por lo que el legislador sigue
realizando modificaciones a la ley en estudio para cada vez crear oportunidades para los
empleadores para que sea más fácil la contratación de personal y no sea una carga para ellos
sino todo lo contrario un beneficio, por lo tanto el Real Decreto-ley 4/2013, de 22 de febrero,
de medidas de apoyo al emprendedor y de estímulo del crecimiento y de la creación de empleo,
señala los siguientes artículos para continuar aportando al incentivo del empleo:
“Artículo 9. Incentivos a la contratación a tiempo parcial con vinculación formativa.
1. Las empresas, incluidos los trabajadores autónomos, que celebren contratos a tiempo
parcial con vinculación formativa con jóvenes desempleados menores de treinta años
tendrán derecho, durante un máximo de doce meses, a una reducción de la cuota
empresarial a la Seguridad Social por contingencias comunes correspondiente al
trabajador contratado, del 100 por cien en el caso de que el contrato se suscriba por
empresas cuya plantilla sea inferior a 250 personas, o del 75 por ciento, en el supuesto
de que la empresa contratante tenga una plantilla igual o superior a esa cifra.
Artículo 10. Contratación indefinida de un joven por microempresas y empresarios
autónomos.
1. Las empresas, incluidos los trabajadores autónomos, que contraten de manera
indefinida, a tiempo completo o parcial, a un joven desempleado menor de treinta
años tendrán derecho a una reducción del 100 por cien de la cuota empresarial a la
Seguridad Social por contingencias comunes correspondiente al trabajador
contratado durante el primer año de contrato
Artículo 11. Incentivos a la contratación en nuevos proyectos de emprendimiento joven.
47
Ley 3/2012, de 6 de julio, de medidas urgentes para la reforma del mercado laboral. Boletín Oficial del Estado España, artículo 4
“Tax & Legal challenges for doing business in Spain: new rules, new opportunities”
34
Tendrán derecho a una reducción del 100 por cien de la cuota empresarial de la
Seguridad Social durante los doce meses siguientes a la contratación los trabajadores
por cuenta propia menores treinta años, y sin trabajadores asalariados, que desde la
entrada en vigor de este real decreto-ley contraten por primera vez, de forma indefinida,
mediante un contrato de trabajo a tiempo completo o parcial, a personas desempleadas
de edad igual o superior a cuarenta y cinco años, inscritas ininterrumpidamente como
desempleadas en la oficina de empleo al menos durante doce meses en los dieciocho
meses anteriores a la contratación o que resulten beneficiarios del programa de
recualificación profesional de las personas que agoten su protección por desempleo.
Artículo 12. Primer empleo joven.
1. Para incentivar la adquisición de una primera experiencia profesional, las empresas
podrán celebrar contratos temporales con jóvenes desempleados menores de treinta
años que no tengan experiencia laboral o si ésta es inferior a tres meses.
3. Las empresas, incluidos los trabajadores autónomos, que, una vez transcurrido
un plazo mínimo de tres meses desde su celebración, transformen en indefinidos los
contratos a que se refiere este artículo tendrán derecho a una bonificación en las
cuotas empresariales a la Seguridad Social de 41,67 euros/mes (500 euros/año),
durante tres años, siempre que la jornada pactada sea al menos del 50 por cien de
la correspondiente a un trabajador a tiempo completo comparable. Si el contrato se
hubiera celebrado con una mujer, la bonificación por transformación será de 58,33
euros/mes (700 euros/año)”.
Los contratos de prácticas tienen como función apoyar a los jóvenes para que inicien su
proceso en la vida laboral, el manual de cursos de derecho privado señala que es
“La manifiesta de proporcionar calificación profesional a quienes acceden al mercado de
trabajo sin experiencia o, lo que es igual, ofrecer formación profesional a quienes
previamente han adquirido unos determinados conocimientos teóricos verificados
mediante la obtención de un título” 48
Por lo tanto la ley de otorga ciertos incentivos a los empresarios que contraten a estos
ciudadanos.
“Artículo 13. Incentivos a los contratos en prácticas para el primer empleo.
1. Sin perjuicio de lo establecido en el artículo 11.1 del Estatuto de los Trabajadores
podrán celebrarse contratos en prácticas con jóvenes menores de treinta años, aunque
hayan transcurrido cinco o más años desde la terminación de los correspondientes
estudios.
2. Las empresas, incluidos los trabajadores autónomos, que concierten un contrato en
prácticas con un menor de treinta años, tendrán derecho a una reducción del 50 por
Bataller, J., Campuzano, A., Lobato de Blas, J., Mercader, J., Orduña, F., Plaza, J., Curso de Derecho Privado. 16 ed. España, Tirant
lo Blanch, 2013, Pág. 541
48
“Tax & Legal challenges for doing business in Spain: new rules, new opportunities”
35
ciento de la cuota empresarial a la Seguridad Social por contingencias comunes
correspondiente al trabajador contratado durante toda la vigencia del contrato.
Artículo 14. Incentivos a la incorporación de jóvenes a entidades de la economía social.
1. Se incorporan las siguientes bonificaciones aplicables a las entidades de la economía
social:
a) Bonificaciones en las cuotas empresariales de la Seguridad Social durante tres años,
cuya cuantía será de 66,67 euros/mes (800 euros/año), aplicable a las cooperativas o
sociedades laborales que incorporen trabajadores desempleados menores de 30 años
como socios trabajadores o de trabajo. En el caso de cooperativas, las bonificaciones se
aplicarán cuando éstas hayan optado por un régimen de Seguridad Social propio de
trabajadores por cuenta ajena, en los términos de la disposición adicional cuarta del
texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social, aprobado por el Real Decreto
Legislativo 1/1994, de 20 de junio.
b) Bonificaciones en las cuotas de la Seguridad Social aplicables a las empresas de
inserción en los supuestos de contratos de trabajo suscritos con personas menores de 30
años en situación de exclusión social incluidas en el artículo 2 de la Ley 44/2007, de 13
de diciembre, para la regulación del régimen de las empresas de inserción, de 137,50
euros/mes (1.650 euros/año) durante toda la vigencia del contrato o durante tres años,
en caso de contratación indefinida. Estas bonificaciones no serán compatibles con las
previstas en el artículo 16.3.a) de la Ley 44/2007, de 13 de diciembre.” 49
Del mismo modo existen incentivos fiscales para el apoyo de la creación de empleos en
el que la Ley 27/2014, de 27 de noviembre, del Impuesto sobre Sociedades, otorga beneficios
por la contratación de emprendedores y para combatir el desempleo más fuerte que es el de los
menores de 30 años, por lo tanto da un beneficio fiscal para la empresa, que consiste según lo
señalado en el artículo siguiente:
“Artículo 37. Deducciones por creación de empleo.
1. Las entidades que contraten a su primer trabajador a través de un contrato de trabajo
por tiempo indefinido de apoyo a los emprendedores, definido en el artículo 4 de la Ley
3/2012, de 6 de julio, de medidas urgentes para la reforma del mercado laboral, que sea
menor de 30 años, podrán deducir de la cuota íntegra la cantidad de 3.000 euros.” 50
Analizando todos estos incentivos para el fomento del empleo y con el grafico de los
últimos movimientos de la tasa de desempleo cada vez es más positiva, si bien los incentivos
también causan un efecto positivo por lo que la reducción del 2014 otorga un panorama muy
alentador para todos.
49
Real Decreto-ley 4/2013, medidas de apoyo al emprendedor y de estímulo del crecimiento y de la creación de empleo. Boletín
Oficial del Estado España, de 22 de febrero/2013. Artículos 9, 10, 11, 12, 13 y 14.
50
Ley 27/2014, del Impuesto sobre Sociedades. Boletín Oficial del Estado España de 27/noviembre/2014, Artículo 37 inciso 1
“Tax & Legal challenges for doing business in Spain: new rules, new opportunities”
36
6.2.
ENISA
Otro instrumento creado por el gobierno para otorgar incentivos o facilidades para las
empresas, es el ENISA, que es una empresa pública que depende del ministerio de industria,
energía y turismo, a través de la dirección general de industria y de la pequeña y mediana
empresa, dicha empresa fue constituida desde 1982 sus accionistas son:
•
Dirección General de Patrimonio del Estado 97,60%
•
Centro para el Desarrollo Tecnológico Industrial 2,21%
•
Instituto para la Diversificación y Ahorro de la Energía 0,12%
•
Instituto Español de Comercio Exterior 0,07%
Es una empresa pública muy particular que otorga financiamiento en diferentes sectores
que son los siguientes:
Para los Jóvenes emprendedores dotarlos de los recursos financieros necesarios para
pymes de reciente constitución, creadas por jóvenes, para que puedan acometer las inversiones
que precisa el proyecto en su fase inicial.
•
•
•
•
•
•
Importe mínimo: 25.000 €
Importe máximo: 75.000€
El tipo de interés se aplicará en dos tramos:
• Primer tramo: Euribor + 3,25% de diferencial.
• Segundo tramo: interés variable en función de la rentabilidad financiera de la
empresa, con un límite máximo establecido de acuerdo con el rating de la
operación hasta un máximo de 6,0%.
Comisión apertura: 0,5%.
Vencimiento: máximo 4 años.
Carencia del principal: 1 año. 51
Para los Emprendedores: Apoyar en las primeras fases después de la constitución de
una PYME promovidas por emprendedores, sin límite de edad, para que afronten las inversiones
necesarias en su inicio y lleven a cabo su proyecto.
•
•
•
•
•
Importe mínimo: 25.000 €
Importe máximo: 300.000 €
El tipo de interés se aplicará en dos tramos:
• Primer tramo: Euribor + 3,75% de diferencial.
• Segundo tramo: interés variable en función de la rentabilidad financiera de la
empresa, con un límite máximo establecido de acuerdo con el rating de la
operación hasta un 8,0%.
Comisión apertura: un 0,5%.
Vencimiento: máximo 6 años.
Empresa Nacional de Innovación 2015 en línea disponible en http://www.enisa.es/es/financiacion/info/lineas-enisa/jovenesemprendedores 11/junio/2015
51
“Tax & Legal challenges for doing business in Spain: new rules, new opportunities”
37
•
Carencia del principal: máximo 2 años. 52
Competitividad: Financiar proyectos basados en modelos de negocio viables, rentables
y contrastados PYMES que contemplen mejoras competitivas, enfocados a:
•
•
•
•
•
•
•
•
Mejora competitiva de sistemas productivos y/o cambio de modelo productivo.
Expansión mediante ampliación de la capacidad productiva, avances tecnológicos,
aumento de gama de productos/servicios, diversificación de mercados.
Importe mínimo: 25.000 €
Importe máximo: 1.500.000 €
El tipo de interés se aplicará en dos tramos:
• Primer tramo: Euribor + un 3,75% de diferencial.
• Segundo tramo: interés variable en función de la rentabilidad financiera de la
empresa, con un límite máximo establecido de acuerdo con el rating de la
operación hasta un 8%.
Comisión apertura: un 0,5%.
Vencimiento: máximo 9 años.
Carencia del principal: máximo 7 años. 53
Mercados Alternativos: Financiar proyectos de consolidación, crecimiento e
internacionalización, que busquen capitalización y/o deuda, a través de un mercado regulado,
como puede ser el MAB y el MARF. Pymes con proyectos de consolidación, crecimiento e
internacionalización.
•
•
•
•
•
•
Importe mínimo: 300.000 €
Importe máximo: 1.500.000 €
El tipo de interés se aplicará en dos tramos:
• Primer tramo: Euribor + un 3,75% de diferencial.
• Segundo tramo: interés variable en función de la rentabilidad financiera de la
empresa, con un límite máximo establecido de acuerdo con el rating de la
operación hasta un 8,0%.
Comisión apertura: un 0,5%.
Vencimiento: máximo 9 años.
Carencia del principal: máximo 7 años. 54
Fusiones y adquisiciones, Financiar proyectos empresariales que contemplen una
operación societaria, que conlleve claras ventajas competitivas tanto para su crecimiento en
tamaño y como mejora de productos y servicios.
• Importe mínimo: 300.000 €
• Importe máximo: 1.500.000 €
• El tipo de interés se aplicará en dos tramos:
Empresa Nacional de Innovación 2015 en línea disponible en http://www.enisa.es/es/financiacion/info/lineasenisa/emprendedores 11/junio/2015
53
Empresa Nacional de Innovación 2015 en línea disponible en http://www.enisa.es/es/financiacion/info/lineasenisa/competitividad 11/junio/2015
54
Empresa Nacional de Innovación 2015 en línea disponible en http://www.enisa.es/es/financiacion/info/lineas-enisa/mercadosalternativos 11/junio/2015
52
“Tax & Legal challenges for doing business in Spain: new rules, new opportunities”
38
•
•
•
• Primer tramo: Euribor + un 3,75% de diferencial.
• Segundo tramo: interés variable en función de la rentabilidad financiera de la
empresa, con un límite máximo establecido de acuerdo con el rating de la operación
hasta un 8,0%.
Comisión apertura: un 0,5%.
Vencimiento: máximo 9 años.
Carencia del principal: máximo 7 años. 55
Aeronáutica, Dirigida a apoyar financieramente a las empresas de la industria
aeronáutica y aeroespacial y sectores auxiliares o conexos, que lleven a cabo proyectos
empresariales cuyo resultado sea un avance tecnológico en la obtención de nuevos productos,
procesos, servicios o una mejora sustancial de los ya existentes.
•
•
•
•
•
•
Importe mínimo: 25.000 €
Importe máximo: 1.500.000 €.
El tipo de interés se aplicará en dos tramos:
• Primer tramo: Euribor + 3'75% de diferencial.
• Segundo tramo: interés variable en función de la rentabilidad financiera de la
empresa, con un límite máximo establecido de acuerdo con el rating de la
operación hasta un 6%.
Comisión apertura del 0,5%.
Vencimiento: máximo 12 años.
Carencia: máximo 10 años. 56
Por último agenda digital, Apoyar financieramente la puesta en marcha y desarrollo de
proyectos empresariales de tecnologías de la información, con objeto de impulsar el desarrollo
y lanzamiento de nuevos productos y servicios, contribuyendo a la generación de empleo y
riqueza en un sector con alto potencial de crecimiento.
•
•
•
•
•
•
Importe mínimo: 25.000 €
Importe máximo: 1.500.000 €
El tipo de interés se aplicará en dos tramos:
• Primer tramo: Euribor + 3,75%
• Segundo tramo: un interés variable en función de la rentabilidad financiera de
la empresa, con un límite máximo establecido de acuerdo con el rating de la
operación hasta un 8%.
Comisión apertura: 0,5%
Vencimiento: máximo 9 años.
Carencia del principal: máximo 7 años. 57
Empresa Nacional de Innovación 2015 en línea disponible en http://www.enisa.es/es/financiacion/info/lineas-enisa/fusiones-yadquisiciones 11/junio/2015
56
Empresa Nacional de Innovación 2015 en línea disponible en http://www.enisa.es/es/financiacion/info/lineas-enisa/aeronautica
11/junio/2015
57
Empresa Nacional de Innovación 2015 en línea disponible en http://www.enisa.es/es/financiacion/info/lineas-enisa/agendadigital 11/junio/2015
55
“Tax & Legal challenges for doing business in Spain: new rules, new opportunities”
39
Por lo tanto podemos darnos cuenta que no únicamente las medidas incentivas
realizadas por España son reflejo de la crisis, sino todo lo contrario ya que como nos dimos
cuenta el país cuenta con medidas incentivas desde muchos años atrás con el fin de incentivar
diferentes sectores, con las nuevas reformas ayuda pero para cualquier empresa y más hoy en
día en el mundo de las startup´s el financiamiento para un emprendedor es fundamental por lo
que esto genera nuevos empleos, seguridad social y sobre todo el movimiento de la economía.
6.3.
ICO
Adicionalmente España cuenta con el Instituto de Crédito Oficial es un banco público
con forma jurídica de entidad pública empresarial, adscrita al Ministerio de Economía y
Competitividad a través de la Secretaría de Estado de Economía y Apoyo a la Empresa, que su
normativa constitutiva .señalada en el Real Decreto Ley 12/1995 de 28 de diciembre sobre
medidas urgentes en materia presupuestaria, tributaria y financiera nos señala los objetivos del
banco conocido como el ICO:
“Son fines del Instituto de Crédito Oficial el sostenimiento y la promoción de las
actividades económicas que contribuyan al crecimiento y a la mejora de la distribución
de la riqueza nacional y en especial, de aquellas que, por su trascendencia social, cultural,
innovadora o ecológica, merezcan fomento, con absoluto respeto a los principios de
equilibrio financiero y de adecuación de medios a fines que el Instituta debe observar en
todo caso.
2. Son funciones del Instituto de Crédito Oficial las siguientes:
a) 'Contribuir a paliar los efectos económicos producidos por situaciones de grave crisis
económica, catástrofes naturales u otros supuestos semejantes, de acuerdo con las
instrucciones que al efecto reciba del Consejo de Ministros de la Comisión Delegada del
Gobierno para Asuntos Económicos.
b) Actuar como instrumento de ejecución de determinadas medidas, de política
económica, siguiendo las líneas fundamentales que establezca el Consejo de Ministros la
Comisión delegada del Gobierno para Asuntos Económicos o el Mınıstro de Economía y
Hacienda, con sujeción a las normas y decisiones que al respecto adopte su Consejo
Generar.” 58
6.4.
AYUDAS E INCENTIVOS DE LA UNIÓN EUROPEA
Banco Europeo de Inversiones (BEI)
Fondo Europeo de Inversiones (FEI)
Fondos Estructurales y de Inversión Europeos
Programas de Investigación y Desarrollo de la Unión Europea 59
Real Decreto Ley 12/1995 de sobre medidas urgentes en materia presupuestaria, tributaria y financiera. Boletín Oficial del
Estado España. 28/diciembre/1995
59
Garrigues, (2014) et al
58
“Tax & Legal challenges for doing business in Spain: new rules, new opportunities”
40
7. MERCADOS
7.1.
TIPOS DE MERCADOS
En España tiene un sistema financiero competitivo, además cuanta con todas las
tecnologías necesarias para estar integrado con el mercado internacional, por lo tanto esto
permite que las empresas españolas se financien de cualquier parte del mundo, al igual que los
inversionistas pueden realizar operaciones del mismo modo. Por lo tanto analizaremos
brevemente los tipos de mercados que operan en España y el fondo de garantías de depósitos
El mercado primario es el mercado para los valores negociables de nueva emisión y a la
oferta de venta de valores ya existentes cuyo titular se dirige al público para darle la oportunidad
de adquirirlos.
Los mercados secundarios se negocian valores ya emitidos en el cual el titular de los
valores transfiere a otro inversionista.
Opciones y Futuros, los productos conocidos como derivados sirven principalmente para
protegerse de riesgos inesperado, sin embargo estos productos pueden llegar a ser muy
complejos y no para todos los clientes, por lo que la condiciones para la comercialización tiene
un procedimiento especifico y adecuaciones para cada tipo de cliente.
El FOGAIN ofrece a los clientes de sociedades de valores, agencias de valores, SGIIC y
sociedades gestoras de carteras, la protección de una indemnización en caso que alguna de estas
entidades entre en una situación de concurso de acreedores o declaración de insolvencia.
7.2.
CRECIMIENTO
Los mercados como dato histórico tienen una fluctuación en la cual en cierto periodo de
tiempo tienen una caída repentina por cierta circunstancia mundial que afecta a todos los
mercados, es una tendencia que nadie quisiera experimentar, sin embargo el grafico que nos
otorgar INVERCO, podemos darnos cuenta que desde 1990 al 2014 existen algunas caídas en los
índices bursátiles más conocidos, en los años 2000 la caída en la época de las conocidas .com
posteriormente en el 2008 con las crisis mundiales ya mencionadas anteriormente, pero el nivel
de los mercados en los últimos años es completamente alentador ya que los índices más
poderosos ya superaron los grandes momento del 2007 por lo que esto resulta en grandes
beneficios para los inversionistas que tomaron riesgos en las épocas de crisis.
Los mercados analizados son los siguientes:
1. D
2. S&P
3. DAX
4. IBEX 35
5. CAC
“Tax & Legal challenges for doing business in Spain: new rules, new opportunities”
41
60
Sin embargo, para el Ibex 35 el repunte todavía está en proceso de mejora por lo tanto
quedará ver si la tendencia continúa en ascenso o será cuestión de tiempo para la próxima crisis
financiera y recesión de las grandes potencias.
Lo anterior será tarea de la comisión nacional del mercado de valores inspeccionar las
buenas prácticas de los mercados locales para no caer en problemas como la burbuja
inmobiliaria que se vivió pocos años atrás, ya que las responsabilidades de la supervisión serán
fundamentales para que no se repitan las conductas de la crisis.
60
Asociación de Instituciones de Inversión Colectiva y Fondos de Pensiones (Inverco) 2015, et al. , pág. 19
“Tax & Legal challenges for doing business in Spain: new rules, new opportunities”
42
8. FINANCIERO
8.1.
SISTEMA BANCARIO POSTCRISIS
El sistema financiero Español sufrió grandes dificultades como ya lo mencionamos en el
apartado de la crisis, sus problemas fueron tan grandes que tuvo que ser ayudados para poder
recapitalizarse, por lo tanto posterior a las medidas realizadas para resolver los problemas se
realizaron diversas acciones para combatir la inestabilidad del sector tanto a nivel nacional como
en el nivel europeo, sin embargo las primeras reacciones no dieron los resultados esperado,
pero las más recientes todo parece ser que dieron en el blanco ya que hoy estamos en una época
mucho más favorable, si bien el sistema no es inquebrantable sí es mucho más sólido que en
otras épocas, por lo tanto daremos un resumen de las acciones más significativas para mejorar
la situación de instituciones financieras y realizar todo lo posible para que esto no vuelva a
suceder.
Algunos de las acciones más fuertes fueron la creación del mecanismo único de
supervisión y el mecanismo único de resolución, ya que es la respuesta de los reguladores a la
crisis financiera por lo que se pretende que los procedimientos de supervisión sean para todos
sean iguales.
El mecanismo único de supervisión, basado en los reglamentos 1022/2013, 1024/2013
y reglamento 468/2014, pretende crear una supervisión por el Banco Central Europeo por medio
de su consejo de supervisión del banco central europeo para las entidades significativas
directamente y a las no significativas las mismas políticas pero estas serían supervisadas por el
banco central de cada país pero podrían llegar a ser supervisadas directamente por el Banco
Central Europeo en ciertas condiciones, por lo tanto esto crea que todas las entidades de la zona
euro tengan reglas homogéneas al momento de ser supervisadas por lo que esto crea una mayor
confianza entre los países de la zona ya que todos trabajaran con las mismas reglas, además de
aplicar pruebas de esfuerzo, es decir someterá a los bancos en ejercicios de escenarios adversos
en los cuales se pretender conocer si en dicha situación los bancos podrán soportar la crisis, en
la última prueba la banca española tuvo excelentes resultados, siendo la banca italiana la más
perjudicada.
La creación del mecanismo único de resolución se basa en el reglamento 806, directiva
2014/59/UE, el MUR pretende crear normas uniformes para todas las entidades de la zona euro
y un procedimiento para la resolución de entidades de crédito, que también servirá para la
restructuración de entidades, por lo que la manera en que funcionara es que se analizara la
entidad para conocer su situación en el caso de la entidad tenga un carácter de interés público
se aplicará los mecanismo necesarios para rescatarla y para llegar a la resolución será
fundamental el interés público pero con una normativa uniforme para todas las entidades.
Adicionalmente el Banco Central Europea, utiliza diferentes acciones ordinaras y
extraordinarias para incentivar la economía de la zona euro, por lo que en los últimos meses ha
realizado acciones como la reducción de los tipos de interés, la depreciación del euro, las
subastas dirigidas (TLTRO) por el Banco Central Europeo a tipos de interés bajos para la
recuperación del créditos dicha subasta como lo señala el Dr. Joaquín Maudos en su nota
periodística denominada “El final del calvario de la banca española”, en donde señala que un
“Tax & Legal challenges for doing business in Spain: new rules, new opportunities”
43
indicador optimista por la participación de la banca española el economista menciona lo
siguiente al respecto:
“Si bien para el agregado de la eurozona la cantidad adjudicada apenas supera la mitad
del objetivo del BCE, la cantidad solicitada por la banca española es la práctica totalidad
de la que le asignó y representa el 16% del total adjudicado por el BCE, porcentaje por
encima de lo que nos correspondería según el peso del sector bancario español en el
europeo. El hecho de que nuestro sector bancario haya hecho los deberes
(reestructuración, saneamiento, capitalización, etcétera) y de que nuestra economía
crezca por encima de la eurozona es lo que explica que la banca quiera dar crédito porque
empieza a confiar en la recuperación de la demanda solvente. 61 Sin lugar a duda el
panorama de la banca española se encuentra renovado por las acciones tomadas y las
que se continúan realizando a la fecha.
Por lo tanto la estabilidad que estas acciones crean para el objetivo del análisis de
España que su sistema bancario se encuentre renovado otorga una confianza para el
inversionista y lo crea competitivo con países fuera de la eurozona y lo uniforma con los países
de la zona con la intervención del Banco Central Europeo.
61
Maudos, J, El final del calvario de la banca española, El país, 30/diciembre/2014
“Tax & Legal challenges for doing business in Spain: new rules, new opportunities”
44
9. COMPARATIVA DE ESPAÑA CON PAÍSES DE LA UE
El banco mundial realiza un estudio en donde califica la facilidad para hacer negocio en
cada país, por lo tanto para el estudio comparativo de este trabajo analizaremos
específicamente ciertas económicas España, Alemania, Francia, Italia, Luxemburgo, Irlanda y
Francia, por lo que pondremos a la par cuatro economías consolidadas y dos consideradas como
paraísos fiscales, por lo que trataremos de mostrar los indicadores por medio de gráficos que
muestren el posicionamiento de la economía española con fecha de Junio de 2014, en los
gráficos se entenderá que la economía con un nivel más alto es el peor nivel, es decir que entre
la clasificación de las 189 economías en estudio está peor posicionada en los diferentes apartado
como lo son apertura de un negocio, obtención de un crédito, comercio transfronterizo,
regulación del mercado de trabajo, manejo de permisos de construcción, y cumplimientos de
contratos.
9.1.
APERTURA DE UN NEGOCIO
Los datos otorgados en apertura de un negocio, se refiere a los obstáculos burocráticos
y legales que debe superar un emprendedor para constituir e inscribir una nueva empresa.
Analiza los procedimientos, tiempo y costo implicados en el lanzamiento de una sociedad, con
ciertas características que van relacionadas con un capital inicial de 10 veces el ingreso nacional
bruto de la economía en cuestión y con 50 empleados.
Por lo que los datos que son tomados por el Banco Mundial para realizar el análisis son
los siguientes, para el “número de procedimientos” se toma en cuenta el número total de
procedimientos necesarios para inscribir una sociedad. Un procedimiento se define como
cualquier interacción de los fundadores de la sociedad con terceras partes externas (por
ejemplo, organismos del gobierno, abogados, auditores o notarios), respecto al “tiempo”
número total de días necesarios para inscribir una empresa. La medición captura la duración
promedio que los abogados expertos en la constitución de sociedades estiman como necesaria
para completar un procedimiento, haciendo un seguimiento mínimo de los organismos de
gobierno y sin necesidad de realizar pagos extraordinarios. En el “costo” se registra como un
porcentaje del ingreso per cápita de la economía. Incluye todas las tarifas oficiales y los
honorarios por servicios legales o profesionales si la ley los exige y en “requisitos de capital
mínimo pagado” se obtiene del importe que el empresario necesita depositar en un banco o
ante un notario antes de la inscripción y hasta tres meses después de la constitución de la
sociedad. Se computa como un porcentaje del ingreso per cápita de la economía.
Del análisis del primer grafico podemos percatarnos que de uno de los datos
fundamentales del posicionamiento de España en el ranking mundial de clasificación estando en
el número setenta y cuatro del ranking mundial siendo inclusive más factible realizar negocios
en España que Alemania que es considerada la máxima potencia del Unión Europea y España
apenas a pocos años de salir de una fuerte crisis, adicionalmente está el dato importante de
Francia e Irlanda, este último es un caso especial ya que al ser un paraíso fiscal las facilidades
para iniciar un negocio son demasiado fuertes para poder competir directamente, al tener el
menor número de procesos, el menor tiempo, menor costo y menor requisito de capital mínimo
pagado, sin embargo el requisito mínimo si bien es un beneficio para la facilidad de crear una
empresa, también puede ser un factor que no necesariamente sea positivo al no tener un capital
“Tax & Legal challenges for doing business in Spain: new rules, new opportunities”
45
crean un estado de incertidumbre de pago, la entidad al no tener la garantía que existe un
aportación de los accionistas para la empresa, por lo tanto no existe una solvencia por lo que
podría caer rápidamente en problemas de impago.
Aún y con lo mencionado y siendo España la media de los tiempos, resulta positivo de
cierta manera al estar estable en sus diferentes procesos para iniciar un negocio, es importante
mejorar este apartado, ya que no se puede permitir ninguna economía en el mundo el perder
negocios por temas burocráticos y lo más importante es que son modificaciones que pueden
realizarse con actualización y modificación de métodos para realizar operaciones en las
entidades con mejores sistemas informáticos, mejor organización, automatización de procesos
etc.
114
Ranking de
Número de
clasificación mundial Procedimientos
Alemania
Luxemburgo
Tiempo
España
0
0
35.8
22.5
13.8
5
4.5
6
8.8
2
4.6
14.1
0.9
0.3
0
14.5
18.5
13
20
9
6
6
5
5
4
40
19
60
46
80
28
100
82
74
120
Apertura de un negocio
Costo (% de ingreso Requisito de capital
per cápita)
mínimo pagado (%
de ingreso per
cápita)
Italia
Francia
Irlanda
62
9.2. PAGO DE IMPUESTOS
En el apartado de pago de impuestos el banco mundial realiza un comparativo entre el
número total de tributaciones por año, por lo que el grafico de “pagos” refleja el número total
de impuestos y contribuciones pagados, el método de pago, la frecuencia de pago y el número
de organismos que intervienen durante el segundo año de actividad de la sociedad en el
apartado de “tiempo” se obtiene los datos de cuento tiempo se requiere para preparar,
presentar y pagar (o retener) el impuesto sobre los ingresos de sociedades, el impuesto sobre
el valor agregado y las contribuciones a la seguridad social (en horas al año), en el de impuestos
a las ganancias se señala el importe de los impuestos sobre los ingresos que ha pagado la
empresa, como porcentaje de los beneficios comerciales, en “impuestos laborales y
contribuciones”, el total de los impuestos y contribuciones obligatorias laborales que ha pagado
la empresa, como porcentaje de los beneficios comerciales, en la columna de “otros impuestos”
el importe de los impuestos y contribuciones obligatorias que ha pagado la empresa, como
World Bank Group doing business 2014 en línea disponible en http://espanol.doingbusiness.org/data/exploretopics/starting-abusiness
62
“Tax & Legal challenges for doing business in Spain: new rules, new opportunities”
46
porcentaje de los beneficios comerciales, que no se encuentren incluidos en las categorías
ingresos y laboral y en “tasa de impuestos total” se mide el importe de impuestos y
contribuciones obligatorias que debe pagar una empresa durante su segundo año de actividad,
expresada como porcentaje de los beneficios comerciales.
En el análisis del grafico de pago de impuestos nos podemos percatar de ciertos puntos
que son completamente perjudiciales para España ya que se encuentra en el número 76 de 189
países en análisis, primero hablaremos de los positivos.
En el pago se establecen los datos que señala que el proceso es competitivo aún y con
paraísos fiscales como Luxemburgo e Irlanda, por lo tanto el problema del ranking del país no se
encuentra en lo administrativo o burocrático igual que cómo lo vimos en el gráfico de apertura
de negocio los procedimiento administrativos en España se encuentran a la par del resto de los
competidores que estamos analizando.
En segundo término hablaremos del porcentaje de impuestos sobre ganancias, este es
un punto crítico ya que Irlanda y Luxemburgo se encuentran con una clara ventaja por sus
sistemas fiscales, sin embargo hablando con los competidores del “mismo” nivel España se
encuentra bien posicionado al estar en la media entre Alemania e Italia un dato sorpresivo es
Francia con tan solo un 7.4% estando en este apartado en el número 19 de los 189 países pero
cuando vamos al siguiente punto de impuestos laborales y contribuciones es Francia el país de
los analizados con un mayor porcentaje por lo tanto España se encuentra en la media de los seis
analizados, siendo un factor positivo para el país, del mismo modo vuelve a sufrir Francia con
los “otros impuestos” ya que tiene un 7.5% compensándose su dato positivo del primer grafico
que a primera vista hubiera sido engañoso y España sigue estable en su posición, por lo tanto la
tasa de impuestos total da un giro al sumar los datos anteriores y colocar en segundo lugar entre
los competidores directos con un 9.4% de diferencia con Alemania.
Pago de Impuestos
269
300
Tiempo (horas por año)
Alemania
Luxemburgo
Impuestos laborales y
contribuciones (%)
España
Italia
Francia
48.8
20.2
58.2
65.4
66.6
25.9
4.3
0.4
0.7
2
7.5
1.4
23.3
4.2
21.9
19.9
7.4
12.4
80
55
9
23
8
15
8
9
6
0
Pago de impuestos
clasificación
21.2
15.6
35.7
43.4
51.7
12.1
141
95
76
20
50
68
150
100
167
200
137
218
250
Tasa de impuestos total
(% de ganancia)
Irlanda
63
63
World Bank Group doing business 2014 en línea disponible en http://espanol.doingbusiness.org/data/exploretopics/paying-taxes
“Tax & Legal challenges for doing business in Spain: new rules, new opportunities”
47
Sin embargo el punto de progreso en el pago de impuestos es en lo referente a los
tiempos, si bien Alemania e Italia se encuentra muy por encima de las horas utilizadas por año
que necesitan los Españoles para realizar las operaciones y trámites fiscales, Francia se
encuentra a 30 horas menos si hablamos de 8 horas de trabajo como media esto quiere decir
que podría implicar tres días y medio y si lo comparamos con los paraísos pues esto entonces
sería un tema completamente diferente por lo que si bien el programa PADRE ayuda para las
personas físicas quizás podrían implementarse nuevas aplicaciones informáticas para separar y
reducir los tiempos.
9.3.
OBTENCIÓN DE CRÉDITO
En lo que refiere a la obtención de un crédito el banco mundial hace un estudio en donde
pone especial atención a los registros de información crediticia y la eficacia de las leyes sobre
garantía y sobre la quiebra para facilitar los préstamos, por lo que los datos que se recopilan son
los siguientes “índice de fortaleza de los derechos legales” lo que mide es el grado en que las
leyes de garantía y de quiebras protegen los derechos de prestatarios y prestamistas, y facilitan
así los préstamos, el “índice de alcance de la información crediticia” que analiza las reglas y las
prácticas que influyen en la cobertura, amplitud y accesibilidad de la información crediticia
disponible a través de los registros públicos o los burós privados de crédito, la “cobertura de
registros públicos” y la “cobertura de organismos privados” que informa el número de individuos
y empresas con datos en un buró privado de crédito (correspondientes a su historial crediticio)
en los últimos cinco años. Por lo que nos podrá otorgar un panorama del manejo de información
y los referentes a la legislación de cada país en estudio.
En el estudio del siguiente grafico podemos verificar el índice de fortaleza de los
derechos legales en España, el banco mundial realiza un estudio exhaustivo realizando un
ejercicio en donde simula una persona jurídica al momento de solicitar un crédito, por lo que el
Banco mundial valora 12 punto de cada economía y otorgando un punto en el caso de
cumplimiento para de este modo obtener una valoración, los puntos para valoración son
analizados conforme a las leyes relativas a las garantías mobiliarias y las leyes de quiebra de
cada economía en estudio por lo que a continuación exponemos lo que el Banco mundial analiza:
•
•
•
•
La economía tiene un marco jurídico de transacciones garantizadas integrado o
unificado, que cubre la creación, publicidad y cumplimiento de 4 equivalentes
funcionales a garantías sobre bienes muebles: transferencia fiduciaria de título; leases
financieros; transferencia o asignación de efectos a cobrar; y ventas con retención de
título.
La ley permite a una empresa conceder derechos de garantía sin desplazamiento en una
única categoría de bienes muebles (como maquinaria o existencias), sin requerir una
descripción específica de las garantías.
La ley permite a una empresa conceder derechos de garantía sin desplazamiento sobre
substancialmente todos sus bienes muebles, sin requerir una descripción específica de
las garantías.
Se puede conceder un derecho de garantía sobre bienes futuros o bienes adquiridos y
se extiende automáticamente a los productos, ganancias o sustitución de los bienes
originales.
“Tax & Legal challenges for doing business in Spain: new rules, new opportunities”
48
•
•
•
•
•
•
•
•
Se permite una descripción general de los bienes y obligaciones en el acuerdo de
garantía y en los documentos de registro, cualquier tipo de deudas y obligaciones se
pueden garantizar entre las partes, y el acuerdo de garantía puede incluir la cantidad
máxima garantizada por los bienes.
Un registro de garantías o institución registral para garantías sobre bienes muebles por
entidades incorporadas y no incorporadas está operante, unificado geográficamente y
tiene una base de datos electrónica indexada por los nombres de los deudores.
El registro de garantías es un registro de notificación – un registro que archiva
únicamente una notificación sobre la existencia de garantías (no los documentos
relacionados) y no lleva a cabo una revisión jurídica de la transacción. El registro también
publicita equivalentes funcionales a garantías reales.
El registro de colateral tiene rasgos modernos, como por ejemplo, el permitir a los
acreedores garantizados (o sus representantes) registrar, buscar, enmendar o cancelar
garantías reales por internet.
Cuando un deudor incumple sus obligaciones fuera de un procedimiento de insolvencia,
los acreedores garantizados son pagados con prioridad (por ejemplo, antes de las
reclamaciones fiscales o de trabajadores).
Cuando una empresa entra en liquidación, los acreedores garantizados son pagados con
prioridad (por ejemplo, antes de las reclamaciones fiscales o de trabajadores).
Cuando un deudor entra en un procedimiento de reorganización judicial, los acreedores
garantizados están sujetos a una paralización automática de los procedimientos de
ejecución, pero la ley protege su participación al establecer motivos claros para terminar
con la paralización del procedimiento (por ejemplo, si la propiedad mobiliaria se
encuentra en peligro), o al establecer una fecha límite para ello.
La ley permite a las partes establecer en el acuerdo de garantía que el prestamista podrá
ejecutar su derecho extrajudicialmente. La ley permite las ventas públicas y privadas y
también permite que el acreedor garantizado se apodere del bien en satisfacción de la
deuda.
Por lo tanto España se encuentra bien colocada al estar por debajo de la media de la
OCDE que consiste en un 5,8 número que es menor al de Alemania con esto podemos comprobar
que los mecanismo para la protección son eficiente, en el caso de ley concursal en lo que refiere
a la ley Española ya que su fin es mantener las operaciones de la empresa, sin embargo en la
practica un gran número de ellas termina en liquidación y las posibilidades de recuperación son
bajas por lo que el fin de esta no se encuentra compaginado con la realidad.
“Tax & Legal challenges for doing business in Spain: new rules, new opportunities”
49
180
165
Obtención de crédito
160
0
0
0
15.3
24.6
1.3
0
7
7
6
7
8
0
0
6
3
5
2
4
7
20
23
40
23
60
50
52
80
44.5
71
89
100
100
100
120
100
140
Obtención de
Índice de fortaleza Índice de alcance de
Cobertura de
Cobertura de
crédito clasificación de los derechos
la información registros publicos (% organismos privados
legales (0-12)
crediticia (0-8)
de adultos)
(% de adultos)
Alemania
Luxemburgo
España
Italia
Francia
Irlanda
64
En el análisis de la información crediticia nos podemos dar cuenta que España está bien
colocada con el resto de los países, es importante señalar el buen manejo que realiza el CIRBE
para el acceso para la información de créditos en donde otorga toda la información que una
persona tiene contratada, si bien no otorga toda la información por la protección de datos es un
mecanismo muy útil que podría otorgar información bastante exacta y otorgar la oportunidad
de que los inversionistas tengan un mejor conocimiento de la situación que se encuentra sus
proveedores y sus clientes, ya que entrar en un mercado completamente desconocido podría
crear un cierto efecto en el que la falta de confianza perjudique al aumentar el riesgo de las
operaciones por lo que se sitúa con un índice de siete de ocho solo por debajo de Alemania.
Dichos registros se separan en Coberturas de registro público y privados, por lo que es
aquí la diferencia, ya que España carece de organismos privados que tengan el 100% como sus
competidores Alemania, Italia e Irlanda, por lo que solo tiene un 50% en organismos privados
siendo el más alto pero esto podría cambiar si el 15.3% de la cobertura de los privados fuera
explotado como en otros piases, la información que estos organismos manejan es muy sensible
por lo que se tiene que regular de la manera más acertada posible y sin dudarlo esto sería de
gran beneficio para España, ya que quizás algunos de los problemas que dieron con la crisis fue
la cantidad de créditos que se otorgaron sin la previa verificación de la situación del usuario por
lo que un sistema de información aún más eficiente que el CIRBE en el cual sea parte del proceso
para las entidades revisar la base de datos antes de otorgar un crédito y que se otorgue a los
usuarios una responsabilidad de proteger el estado de su crédito para que este siempre sea
positivo, como sucede en los Estados Unidos de América en donde el número de seguridad social
World Bank Group doing business 2014 en línea disponible en http://espanol.doingbusiness.org/data/exploretopics/gettingcredit
64
“Tax & Legal challenges for doing business in Spain: new rules, new opportunities”
50
está asociado directamente con el crédito de la persona y por el resto de su vida todos los
créditos otorgados a esa persona aparecerán en su reporte por lo que errores y falta de
conciencia del usuario al solicitar a la entidad bancaria su crédito creara que este lo considere
dos veces antes de perjudicarse y no dejando la responsabilidad a la entidad de si ellos es su
problema.
9.4.
COMERCIO TRANSFRONTERIZO
En lo referente al comercio transfronterizo el banco mundial en este segmento mide el
tiempo y el costo (sin incluir aranceles) relacionados con la exportación e importación de un
cargamento estándar de mercancías por transporte marítimo. En los datos obtenidos se registra
el tiempo y costo necesarios para la exportación e importación de mercancías por lo que el dato
que nos otorgará el grafico será bastante acertado no encontrarse valorado por el estudio las
circunstancias marítimas al no tomarse en cuenta los tiempos y costos al no existir una similitud
de circunstancias al no tener contacto directo por vía marítima, sin embargo si se encuentran
todos los documentos requeridos por el comerciante para exportar o importar a través de la
frontera por lo que el estudio consiste en grandes rasgo en:
•
Preparación de documentación;
•
Aprobación de la aduana y otras inspecciones;
•
Transporte terrestre y manejo;
•
Manejo en puerto y terminal.
En “documentos para exportar e importar” el banco mundial analiza el número total de
documentos que exigen, respecto de cada cargamento de mercaderías destinadas a la
exportación e importación, los ministerios, las autoridades aduaneras, las autoridades de los
puertos y terminales de carga, los organismos de sanidad y de control técnico y los bancos.
En “tiempos de exportación e importación”, en el rubro mencionado se analizan los
tiempos necesarios para cumplir con todos los procedimientos exigidos para exportar e importar
las mercaderías. Si se puede acelerar un procedimiento a un costo adicional, se elige el
procedimiento legal más rápido.
En “costos de exportación e importación”, el Banco Mundial señala que analiza el costo
asociado a todos los procedimientos necesarios para exportar mercaderías, incluyendo los
costos por documentos, las tarifas administrativas para despacho de aduanas y control técnico,
los honorarios de los gestores de aduanas, los gastos por manejo en la terminal y el transporte
en el interior del país, por lo que muestra una realidad de los costes de un negocio que tenga
que cruzar fronteras como lo son hoy por hoy en todos los niveles de tamaños de negocios.
“Tax & Legal challenges for doing business in Spain: new rules, new opportunities”
51
37
9
11
4
4
4
3
2
2
7
7
8
9
10
9
8
10
4
5
4
3
2
2
5
10
18
19
30
18
40
35
30
25
20
15
10
5
0
35
Clasificicación y documentos para exportar e importar
Comercio
Documentos para Tiempo para Documentos para Tiempo para
transfronterizo exportar (numero) exportar (dias)
importar
importar (dias)
clasificación
(numero)
Alemania
Luxemburgo
España
Italia
Francia
Irlanda
65
Por lo que dividiéremos en dos cuadros uno en lo que concierne a los tiempos y
documentos para realizar las exportaciones e importaciones y otro más para el análisis de la
comparativa entre los costes de las exportaciones e importaciones.
En el primer cuadro encontramos que entre las economías analizadas (189) España se
encuentra situada en el número treinta por lo que resulta bastante positivo su colocación sin
embargo Alemania y Francia e Irlanda son altamente superior en este rubro, por lo que
analizaremos los datos para comprobar el motivo.
“Documentos para exportar e importar”, en lo referente a documentación como nos
podemos dar cuenta existe una igualdad entre los dos procesos, sin embargo al verificar que
Francia tiene la posibilidad de reducir a la mitad los documentos requeridos para dicho proceso
y es importante señalar que para los países de la Unión Europea existe un beneficio adicional
por pertenecer a la Unión Europea ya que como mencionamos anterior uno de los beneficios de
la unificación de países es trabajar y para de alguna forma decirlo liberar las fronteras y ayudar
al movimiento de mercancías, por lo que esto otorga la visión diferente para estos países
miembros.
Del mismo modo en lo referente a los “tiempos de exportación e importación” los
tiempos de exportación son fundamentales para el movimiento dinámico de una economía,
siendo esto esencial para que los negocios funcionen fluidamente, por lo tanto España se
encuentra colocado en 10 y nueve días, por lo que se encuentra bien colocado en la comparativa
ya sea un día o dos por encima de Alemania y Luxemburgo, por lo tanto lo principal al describir
World Bank Group doing business 2014 en línea disponible en http://espanol.doingbusiness.org/data/exploretopics/tradingacross-borders
65
“Tax & Legal challenges for doing business in Spain: new rules, new opportunities”
52
estos puntos es poder conocer que existen métodos que pudieran crear que España fuera más
eficiente y con esto volverse más competitivo en cada uno de los rubros estudiados.
1445
1121
1050
1145
1400
1420
1335
1160
1200
1015
1400
1195
1425
1600
1310
Costo para exportar e importar
1000
800
600
400
200
0
Costo de exportación (US$ por contenedor)
Alemania
Luxemburgo
España
Costo de importación (US$ por contenedor)
Italia
Francia
Irlanda
66
En el cuadro superior se encuentran los costos para exportar e importar valorados en
US dólares, por lo tanto ya que las cifras son exactas ya que no incluyen los impuestos o
aranceles por lo tanto podemos ver que existe una división del 50% entre los países analizados,
en los que Alemania, Irlanda e Italia se encuentra en ese orden con los mejores costos tanto en
importación como exportaciones del otro lado en se encuentran España, Francia y Luxemburgo
en done estos pasan a ser los que su precio aumenta considerablemente ya que en algunos casos
hablamos cerca de 300 euros de diferencia por contenedor por lo tanto es un tema importante
para los inversionistas que tienen que utilizar el movimiento de mercancías por este medio.
Como resultado del análisis del último grafico es importante señalar que España no se
encuentra bien posicionada como resultada del análisis hecho del banco mundial en donde
analiza los costos por documentos, tarifas administrativas para despacho de aduanas y control
técnico, honorarios de los agentes de aduana, gastos por manipulación en la terminal y
transporte por el interior del país por lo que es un punto de mejora para el país para reducir
gastos.
World Bank Group doing business 2014 en línea disponible en http://espanol.doingbusiness.org/data/exploretopics/tradingacross-borders
66
“Tax & Legal challenges for doing business in Spain: new rules, new opportunities”
53
9.5.
MANEJO DE PERMISOS DE CONSTRUCCIÓN
En el siguiente análisis del Banco Mundial se estudiaran los procedimientos, tiempo y
costos necesarios para construir una nueva bodega incluyendo la obtención de las licencias y
permisos aplicables, la solicitud y recibimiento de las inspecciones requeridas y además los
trámites necesarios para obtener los servicios básicos de agua y drenaje.
El banco analiza los siguientes datos para cada resultado obtenido para los
“procedimientos” se toma el número total de procedimientos necesarios para construir un
almacén. Un procedimiento es cualquier interacción de los empleados o gerentes de la empresa
con terceras partes.
En lo referente al “tiempo” el banco toma el número total de días necesarios para
construir un almacén. La medición captura la duración promedio que los expertos locales
estiman necesaria para completar un procedimiento en la práctica.
Por el ultimo el “costo” se calcula como un porcentaje del ingreso per cápita de la
economía. Sólo se registran los costos oficiales.
229
233
Manejo de permisos de contrucción
183
250
8
11
7
10
8
10
8
50
1.1
0.7
5.2
3.7
4.7
9.5
50
100
0
96
128
86
105
116
150
150
157
200
Manejo de permisos de Procedimientos (número)
construcción clasificación
Alemania
Luxemburgo
España
Tiempo (días)
Costo (% de ingreso per
cápita)
Italia
Irlanda
Francia
67
Del resultado del análisis de los datos tomados del Banco Mundial, nos percatamos que
existe un problema con la situación de España en los procesos para obtener un permiso de
construcción ya que en el primer aparatado el resultado es claro España se encuentra en el 105
de 189 economías estudiadas por lo tanto existe un grave problema, por lo tanto esto si consiste
en un grave error para los procesos por lo tanto ¿de dónde viene el problema?
En lo que refiere al número de procedimientos España es la que menos tiene con 7 pero
como podemos ver en el caso de Italia con tan solo tres procedimientos más y cuatro días
adicionales se encuentra a once posiciones por encima de España por lo que resulta
World Bank Group doing business 2014 en línea disponible en http://espanol.doingbusiness.org/data/exploretopics/dealingwith-construction-permits
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“Tax & Legal challenges for doing business in Spain: new rules, new opportunities”
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fundamental la cantidad de procesos al ser el segundo mejor entre las economías estudias solo
por debajo de Hong Kong con 5, por lo que la tendencia en que en España los procesos
burocráticos suelen muy competitivos.
Sin embargo, el problema viene en los siguientes dos puntos primero en el tiempos en
donde España tiene una gran desventaja al intentar competir con Alemania al tener una
diferentes de 133 días por lo que la demora es inadmisible para una economía que pretender
ser potencial mundial, 229 para los procedimientos para construir un almacén cuando la media
de la OCDE es del 149,5 días y existen países como Singapur que tardan 26 días para España
tiene que existir una modificación de raíz para poder modificar estos procesos que es
completamente visible que existen áreas de mejora.
Costo, otro problema para España consiste en que el porcentaje de costo para la
construcción de un almacén es del 5,2% en donde se toman como referencia los costos oficiales,
las tarifas para la obtención de autorizaciones para edificar sobre el terreno, las licencias para la
construcción, los costos de las inspecciones, las tarifas para la conexión a los servicios públicos
y el registro de la propiedad del terreno, por lo tanto de esa información se obtiene que en
España el costo para construir un almacén es muy alto, al encontrarse mal posicionado entre las
economías estudiadas y muy lejos de la media de la OCDE al ser esta de 1,7 porciento por lo que
sin duda el proceso además de ser lento es muy costoso para el usuario, es importante analizar
este apartado para conocer en donde se están cometiendo esos errores operativos.
9.6.
CUMPLIMIENTO DE CONTRATOS
Por el ultimo los datos del Banco Mundial nos otorga un indicador que analiza la eficacia
en el cumplimiento de contratos, al obtener la información de cómo se llevan al observar el
proceso judicial por la venta de productos, además de analizar los costes, tiempos y el total de
los procedimientos para resolver el conflicto entre las partes hasta su pago.
Por lo que el banco analiza en cada indicador lo siguiente, en el “tiempo” se toma el
periodo para resolver una disputa, contado desde el momento en que el demandante presenta
la demanda en el juzgado hasta el momento del pago. Incluye los días en que tiene lugar el juicio
y también los períodos de espera entre las diferentes fases.
En el “costo” se obtiene los datos del costo de los procesos judiciales además de los
honorarios de un abogado (si se exige comparecer con abogado o son necesarios en la práctica)
expresados como un porcentaje del importe en la demanda.
Por último el número de “procedimientos” que se requieren en promedio para
conseguir el cumplimiento de un contrato. La lista de trámites de cada economía muestra el
orden cronológico de una disputa comercial ante el tribunal competente.
“Tax & Legal challenges for doing business in Spain: new rules, new opportunities”
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Cumplimiento de contratos clasificacion procedimiento
judicial
1185
1400
1200
1000
0
Cumplimiento de
contratos clasificación
Alemania
650
Tiempo (días)
Luxemburgo
31
26
40
37
29
21
200
14.4
9.7
18.5
23.1
17.4
26.9
400
13
2
69
147
10
18
600
395
394
321
510
800
Costo (% de cantidad
demandada)
Procedimientos
(número)
España
Italia
Francia
Irlanda
68
En el análisis de los dato del Banco Mundial se obtiene que España se encuentra
colocado en el número 69 por lo que resulta estar colocada en una posición media pero con
áreas de mejora.
De este modo en lo que refiere al tiempo de un procedimiento judicial nunca serán los
más dinámicos y rápidos, por lo que un proceso largo es de esperarse por lo tanto España toma
aproximadamente 510 días, sin embargo los procedimientos judiciales en otras ramas del
derecho pueden tomar aún más tiempo por lo que el dato es bueno para obtener un panorama
general pero la variación en la práctica puede ser muy amplia.
En el caso de los costes sucede algo similar ya que si bien el pago por los tramites no es
alto pero los honorarios de los abogados es completamente subjetivo y variando en muchos
apartados, sin embargo de lo obtenido por el Banco Mundial, está por debajo de la media de la
OCDE que es de 21,4 por lo que el dato es positivo en este sector.
Sin embargo, en el número de procedimientos la historia cambia un poco al ser España
el país con mayor número entre los países en estudio y por encima del 31,5 de la OCDE, por lo
que si bien podría modificarse para que esto fuera más rápido y con un menor número de
procesos resulta complicado ya que estamos hablando del sistema judicial por completo por lo
que hablaríamos de una reforma integral del sistema judicial Español y que en el corto plazo
resulta muy complicado pero no imposible, ya que siempre existen áreas de oportunidad sin
importar la materia de estudio.
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“Tax & Legal challenges for doing business in Spain: new rules, new opportunities”
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10. MEJORAS PARA INCENTIVAR LA INVERSIÓN.
10.1.
CONCLUSIONES
Como resultado del análisis realizado de cada uno de los capítulos, se obtuvieron
diferentes perspectivas que otorgan un panorama de cómo es España, de cuál fue su situación
y una perspectiva del futuro, para poder llegar a la comparativa de los países de la Unión
Europea con una visión del país y posteriormente con los datos que otorga el Banco Mundial
obtener un visión de cómo diferentes economías se comportaron ante la crisis y que acciones
realizaron para crear oportunidades de competir, para crear nuevos negocios, además de datos
de eficiencia en procesos y costes entre otras cosas.
España:
En lo que refiere a la situación económica del país, se esperan resultados muy positivos
tanto para la economía como para la unión Europa, ya que como pudimos analizar el
movimiento de diferentes factores como el PIB y el desempleo tienen datos muy favorables que
hace años no se veía una situación similar que pudiera otorgar señales de que la crisis quedo
atrás, sin duda de las cosas más importantes es la salida de la recesión de España después de
una etapa complicada ver dígitos tan altos es muy alentador para el país.
En el caso del desempleo, es también un factor fundamental para el movimiento de la
economía, como pudimos percatarnos en el grafico del endeudamiento las familias españolas
se encontraban en una situación compleja pero ahora las cosas son diferentes ya el
endeudamiento baja por lo tanto el Español comienza a gastar y con esto incentivar a la
economía, siempre y cuando no se comentan los excesos de épocas como en el 2007 con la
adquisición de inmuebles.
En lo que concierne a la calidad de vida según los datos de la ONU, España se encuentra
en el último lugar de los seis países analizados, por lo que uno de los puntos importantes para
tomar en cuenta y poner atención en que las acciones realizadas por el gobierno vayan
encaminadas para el fin primordial de una nación que consiste en que los ciudadanos tengan
mejores oportunidades, ya cualquier tipo de medida para la economía es ineficiente si la calidad
de vida de sus ciudadanos es baja.
España cuenta con una gran cantidad de incentivos para fomentar el empleo como
pudimos estudiarlo anteriormente, ya que eso es lo que se requiere al momento, pero también
es un tema preocupante al largo plazo ya que la pirámide invertida de la jubilación podría
volverse cada vez más complicada al tener una menor cantidad de cuotas en la seguridad social
para cubrir las pensiones.
En lo que refiere al sistema bancario las medidas del BCE y del gobierno español son un
gran factor para el repunte de España de su crisis y también para la zona euro, ya que Reducción
de los tipos de interés, la depreciación del euro, las subastas para incentivar el crédito, la
recapitalización de la banca, el nuevo mecanismos de supervisión, el mecanismo de resolución,
todas estas nuevas medidas se realizaron para proteger el sistema bancario, por lo tanto como
ya lo analizamos anteriormente los bancos españoles se encuentran muy fuertes al pasar el
stress test otorga una confianza para el futuro.
“Tax & Legal challenges for doing business in Spain: new rules, new opportunities”
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Los mercados a nivel mundial cada vez tienen mejores regulaciones y España las está
adoptando para poder ser competitivo con otras grandes bolsas.
En lo que refiere a la comparativa entre las economías estudias por el Banco mundial se
obtienen diferentes resultados.
En lo que refiere a inicio de una empresa el único apartado que es importante para
España mejorar en los tiempos para iniciar un negocio, ya que se encuentra distante de sus
competidores por lo tanto la única forma de competir con un paraíso fiscal como Irlanda es crear
procesos agiles para no provocar la salida de empresas, ya que en el rubro de requisitos de
capital España se encuentra bien colocada por lo que los inversionistas pueden tener la certeza
que existe un capital que respaldará las negociaciones.
En la comparativa de pago de impuestos los puntos a destacar son el tiempo que toma
realizar el pago de impuestos con todos sus procesos, sin embargo esto va relacionado
directamente con la complejidad del sistema fiscal español por lo que es importante que los
programas utilizados para las declaraciones sean cada vez más sencillos y dinámicos. Además de
que España cuenta con una gran cantidad de convenios para evitar la doble imposición que
facilitan las inversiones del extranjero.
Como conclusiones del análisis de los datos para obtener un crédito, como bien
señalamos en el capítulo des sistema bancario, este se encuentra renovado, además de que es
la voluntad del Banco Central Europeo incentivar el crédito por lo que otorga un buen panorama
para el consumo de los ciudadanos y la financiación para nuevos empresas, por lo que esto se
reflejara directamente en la economía del país de forma muy positiva.
Una de las áreas de mejora del análisis son el control de los mecanismos para importar
y exportar, ya que como pudimos percatarnos en los datos del Banco Mundial, España tiene más
dificultades para realizar estas operaciones que los países competidores que se analizaron, por
lo tanto sería viable promover nuevas medidas para incentivar el comercio exterior.
Como ya lo vimos en el pago de impuestos España tiene complejidades respecto a los
tiempos para realizar sus procesos administrativos, lo mismo sucede con la construcción, en
donde España tiene una gran desventaja al intentar competir con Alemania al tener una
diferentes de 133 días por lo que la demora es inadmisible para una economía que pretender
ser potencial mundial, además de estar por encima de la media de la OCDE y además de tener
un mayor costo para su construcción.
Por lo tanto España no es un país que sea conocido por su burocracia, ya que como
observamos no tiene una cantidad de trámites excesivos que lo deje en desventaja sino que
tiene pocos procesos pero con un tiempo de demora muy largos y esto pasa en la administración
pública como en la judicial como lo muestra el apartado de cumplimiento de contratos.
Por ultimo quiero concluir con señalar que España es un país que está resurgiendo de
una de sus peores épocas en las que se cometieron errores, pero que se tomaron las decisiones
“Tax & Legal challenges for doing business in Spain: new rules, new opportunities”
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correctas para salir del problema y que aún y comprándolo con otras potencias mundiales
España es competitivo para crear nuevas oportunidades de negocio, con un sistema fiscal muy
completo, un sistema bancario renovado y con nuevas reglas que le impedirán ser tan agresivo
pero cumplir con sus funciones sin poner en peligro al país, con una único supervisor que
otorgará uniformidad de reglas ayudando al país para acortar la distancia con en materia de
regulación bancaria otorgando confianza a los clientes, por lo tanto con todas estas
características que tiene España como país miembro de la Unión Europea, con el euro y con los
escenarios positivos que tiene en la actualidad, no que más que confirmar el escenario positivo
que se avecina y que el país puede competir uno a uno con los más fuertes de Europa.
“Tax & Legal challenges for doing business in Spain: new rules, new opportunities”
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Instituto de Crédito oficial
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